Cataluña

Los letrados del Parlament sostienen que no ha empezado la cuenta atrás para convocar nuevas elecciones

La cuenta atrás para investir presidente de la Generalitat aún no ha comenzado. O al menos así lo interpretan los letrados del Parlament, que este viernes entregaron a los miembros de la Mesa de la cámara un informe en el que explican que para que comience el plazo de dos meses para investir a un nuevo president antes de que se convoquen automáticamente elecciones debe haberse celebrado una primera votación de investidura fallida.

El pasado 30 de enero, el presidente del Parlament, Roger Torrent, decidió aplazar sine die esta votación de investidura después de que el Tribunal Constitucional prohibiese al expresident Carles Puigdemont someterse al debate sin estar presente en el hemiciclo. Por ello, pese a que el debate se convocó formalmente, los letrados del Parlament entienden que no se ha celebrado la votación, y por tanto que el plazo no ha comenzado aún a correr.

El informe ha generado diferencias entre los letrados del Parlament hasta el punto que solo esta firmado por el secretario general de la Cámara, Xavier Muro, y no por el letrado mayor, Antoni Bayona, como es habitual. Y es que, además de resolver sobre el asunto de los tiempos, el escrito también recomienda a Torrent una vía para que el reloj comience a correr. "El inicio del cómputo de dos meses requiere un acto equivalente a la primera votación de investidura, el cual puede ser la comunicación a la cámara de la constatación de bloqueo político que impide que prospere un candidato", señala a este respecto el informe.

Los letrados del Parlament señalan a Torrent como el responsable de llevar a cabo esta comunicación para iniciar la cuenta atrás, y también le recuerdan que tiene en su mano iniciar otra ronda de contactos con los grupos parlamentarios para buscar un candidato alternativo. Pero dan otra opción: que sean los propios grupos quienes declaren bloqueado el escenario "mediante los instrumentos correspondientes" si Torrent no lo hace "sin justificación objetiva y transcurrido un plazo razonable". Esa acción también serviría, a juicio de los letrados, para que se iniciase el plazo de dos meses.

En cualquier caso, hasta que el Tribunal Constitucional no se pronuncie de manera definitiva sobre la admisión a trámite del recurso del Gobierno contra la investidura de Puigdemont –la resolución de hace unos días únicamente da tiempo a las partes para que presenten alegaciones–, los letrados confirman que el pleno puede considerarse suspendido y no anulado, como planteó Torrent. Eso es así porque el aplazamiento decidido por el presidente del Parlament "no se produjo como consecuencia de una voluntad deliberada, sino de la decisión de un órgano externo".

Por tanto, según el informe Torrent puede mantener la suspensión hasta que se pronuncie el TC o, si lo estima oportuno, tomar alguna de las vías que le ofrecen los letrados para que empiecen a correr los tiempos.

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