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Educación privada católica financiada con fondos públicos

Madrid paga a la concertada católica 1,73 millones al año por un plus de ocho trienios por cada cura que da clases

La exconsejera de Educación de la Comunidad de Madrid Lucía Figar, firmante del convenio de 2013.

La Comunidad de Madrid paga a los colegios concertados más de 1,7 millones de euros al año de media en concepto de un plus que otorga automáticamente por cada cura o monja que imparte docencia en dichos centros. El plus sale del reconocimiento a cada uno de estos docentes, por su condición de religiosos, de ocho trienios de antigüedad, 24 años, independientemente del tiempo que lleven prestando servicio.

Se benefician todos los centros concertados que cuentan para su docencia con curas y monjas que, sin contrato laboral, dan clases en la educación privada católica financiada con fondos públicos. La fórmula está blindada por un acuerdo firmado en 2013 por la Consejería de Educación (PP) y la patronal de la concertada.

No se trata de los profesores de la asignatura de Religión, sino de los profesores religiosos, es decir, curas y monjas, que pueden impartir cualquier asignatura, por ejemplo Matemáticas o Lengua. Lo hacen sin contrato laboral, como aportación a la orden a la que pertenezcan: escolapios, jesuitas, concepcionistas...

Pago a los centros

Ha sido una práctica histórica de la escuela católica en España. En democracia el Estado le ha ido dando un encaje legal, desde el real decreto de 1985, que regula los conciertos, hasta la Ley Orgánica de Educación de 2006, que reconoce su "singularidad". Dicha "singularidad" ya había llevado en 1989 a la firma de un acuerdo entre el Ministerio de Educación y la Federación Española de Religiosos de Enseñanza (FERE). El acuerdo fijaba las retribuciones (salario y trienios) por el trabajo de los religiosos en los centros.

Al caso se le aplican varias particularidades. La fundamental es que el sueldo es equivalente al del docente con contrato, pero se le paga no al religioso, sino al centro, que recibe el dinero mensualmente. Si un profesor contratado tiene un sueldo equis, el colegio le paga equis con cargo al dinero del concierto. Pero los profesores religiosos, sin relación laboral, no tienen sueldo. Lo cual no significa que su trabajo no tenga un valor. Lo tiene y está reconocido. Lo que ocurre es que no se le paga al docente, sino al centro. Y el centro se lo queda y lo emplea para los fines que considere oportunos.

Trienios estimados

La segunda particularidad es que, al no haber relación laboral –y por lo tanto no poderse establecer desde cuándo trabaja el religioso–, los trienios se estiman. El acuerdo de 1989 estableció inicialmente un complemento de antigüedad de tres trienios para todo el personal religioso, que fue subiendo, primero a cuatro trienios en 1990 y a cinco en 1993.

Las transferencias competenciales a las comunidades han dado margen a cada una para alcanzar acuerdos con las organizaciones representativas de la escuela concertada católica. En Andalucía, el acuerdo actual es de cinco trienios, reconocidos automáticamente, a raíz de un acuerdo entre la Consejería de Educación y la FERE de 2002. En el País Vasco también son cinco trienios. Cataluña tiene un sistema distinto, regulado en una resolución en 1989. La Generalitat va reconociendo los trienios que efectivamente trabaja el religioso, siempre que sea en Cataluña y en la orden a la que pertenece. Es decir, no contaría que un jesuita trabaje en un colegio de los escolapios en Vic, ni en uno de su propia compañía en Valladolid.

Un acuerdo de 2013 en Madrid

La Comunidad de Madrid, bajo el gobierno del PP, reconoce ocho trienios a los profesores religiosos. Lo hace en función de un acuerdo de 27 de diciembre de 2013 de la Consejería de Educación y la patronal de la concertada. Lo firmaron la entonces consejera, Lucía Figar, y Concepción Viviente, presidenta de la Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos de la Comunidad de Madrid (FERE-CECA Madrid).

El acuerdo establece que, por cada profesor religioso sin contrato, la Comunidad de Madrid le pagará al colegio de turno lo equivalente al sueldo de un docente contratado. También dice que "se computará, a todos los profesores religiosos, el equivalente a ocho trienios de antigüedad en el ejercicio profesional".

El convenio tiene efectos económicos desde 1 de enero de 2014. Su firma recogía la creación de una comisión de seguimiento, que "se reunirá, al menos, una vez al año y siempre que alguna de las partes lo considere necesario". Esta comisión jamás se ha reunido, admite la Consejería de Educación. "No se ha observado la necesidad por ninguna de las partes", indica dicho departamento.

El acuerdo también beneficia a los religiosos que prestan servicios en centros que no son de su institución. Para que la Administración conozca qué profesores tienen la condición de religiosos sin relación laboral, el requisito es que el centro lo haga constar ante la autoridad educativa con la conformidad del religioso. A partir de ahí, la Comunidad de Madrid empieza a pagar al centro, que no tiene que pagarle al profesor religioso. La Consejería de Educación se hace cargo de las cuotas de la Seguridad Social, así como del resto de prestaciones.

1,73 millones al año

Sobre el convenio se ha interesado Enrique García, profesor de secundaria en un instituto público madrileño y autor de un blog sobre educación. Desde octubre de 2018 ha tratado de conocer detalles sobre el funcionamiento del acuerdo, solicitándolos a la Consejería de Educación. Sólo lo ha conseguido cuando ha intervenido el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que en una resolución de 6 de marzo de 2019 instó a la Consejería de Educación a informar a García sobre el número de profesores religiosos con reconocimiento de ocho trienios y su coste, así como a entregar copia de las actas de de las reuniones de seguimiento del acuerdo –actas que no existen, porque no ha habido reuniones–.

La información de la Consejería de Educación llegó finalmente en diciembre de 2019. El departamento que actualmente dirige Enrique Ossorio, concretamente la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, detalló el número de profesores religiosos –curas y monjas– y el coste de los ocho trienios que se les reconoce a cada uno. Lo hizo "utilizando como dato más fiable el del promedio anual del número de profesores religiosos, dadas las constantes variaciones a causa de las altas y bajas de profesorado en la nómina de pago delegado".

Estos son los datos:

– 2014: 604 profesores, con un coste de 2,09 millones.

– 2015: 544 profesores, 1,88 millones.

– 2016: 491 profesores, 1,72 millones.

– 2017: 450 profesores, 1,57 millones.

– 2018: 408 profesores, 1,43 millones.

La suma alcanza los 8,69 millones, un promedio de 1,73 millones al año.

El cuadro facilitado por Educación incluye 2019, pero sólo hasta agosto. El coste en los trienios de 390 profesores superó los 900.000 euros.

La información no incluye el coste en salarios, ni por ningún otro concepto, como pagas extraordinarias.

La asignación por cada trienio, de acuerdo con la tabla actualizada a enero de 2020, es de 39,97 euros al mes en Infantil y Primaria y de 50,39 euros al mes en Secundaria, Ciclos Formativos y Bachillerato.

Existe otro colectivo que también presta servicios sin relación contractual laboral con el titular del centro, explica la Consejería de Educación a preguntas de infoLibre. Son los profesores socios cooperativistas, que tienen "una relación societaria extra-laboral", detalla este departamento.Para fijar su retribución, al comienzo del régimen de los conciertos se tuvo en cuenta una media de cuatro trienios, "cuantía que desde entonces se ha ido actualizando hasta cinco trienios", explica Educación. Son tres trienios menos que los reconocidos a los profesores religiosos.

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El funcionamiento de las retribuciones públicas a los curas y monjas que dan clases en la concertada es poco conocido, incluso en el ámbito educativo. Emilio Díaz, responsable de Comunicación y Relaciones Institucionales de Escuelas Católica de Madrid, lo considera una fórmula absolutamente justificada. "No sería lógico que los jesuitas, como titulares de un colegio, contraten laboralmente a un religioso de su propia congregación", explica.

Díaz recuerda que hay religiosos con "voto de pobreza" y "de obediencia", por lo que el vínculo con la congregación no puede equipararse al de un trabajador con contrato laboral. "No perciben renta, no tienen salario, ni nómina. Pero su trabajo supone un coste, que es ingresado por la administración. Si el trabajo del religioso supone 100, la titularidad del centro percibe 100", explica. El centro decide a qué dedica el dinero.

Cualquier religioso sin contrato laboral que imparta docencia, tenga la edad que tenga, tiene ocho trienios reconocidos, incluso si acaba de empezar a trabajar. Díaz afirma que "se puede dar el caso" de un profesor joven que se beneficie de este reconocimiento automático pero dice que, con carácter general, este cálculo "se queda corto". "La mayoría [de los profesores] tienen 60, 65 años", asegura.

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