El Supremo pone punto final al llamado caso Mascarillas. El Alto Tribunal da por acreditadas las prácticas corruptas del exministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, y su asesor, Koldo García, así como el papel de Víctor de Aldama como corruptor. La sentencia, adoptada por unanimidad, es severa para los dos primeros, a los que castiga con penas de 24 y 19 años de prisión, respectivamente. Y especialmente benévola para el empresario, que se libra de la cárcel y esquiva la multa millonaria que para él exigía la Fiscalía Anticorrupción. "Han demostrado que son justos y la colaboración en este país sirve", ha lanzado el comisionista tras conocer la resolución, aunque aún tiene cuentas pendientes con la Justicia.
El tribunal, presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, considera probado que los tres constituyeron una organización criminal en la que cada uno de los condenados asumía un papel "diverso y complementario". Los magistrados evitan colocar la etiqueta de "jefe" de la trama. Simplemente, describen el papel que jugaba cada uno. Ábalos "aportaba la autoridad" que le confería su máxima responsabilidad en el Ministerio de Transportes y su "directa influencia" cuando era precisa. García, su "hombre de confianza", "ejecutaba" la "voluntad" del exdirigente socialista. Y Aldama era quien, "en beneficio propio y de terceros", aprovechaba su "influencia" sobre ambos para garantizar, con los correspondientes pagos, la adjudicación de contratos o la agilización de gestiones.
Que Aldama gozaba de una "interlocución privilegiada" en la Administración es algo que ponen de relieve distintos elementos incorporados a la sentencia. "Aldama era parte del ministerio", llegó a decir durante el juicio Álvaro Sánchez Manzanares, ex secretario general de Puertos del Estado. Él era plenamente consciente de la capacidad que tenía de llegar a las más altas esferas. Y prueba de ello es una conversación mantenida con Leonor González Pano en relación al negocio de los hidrocarburos. "Es para las licencias de los gasocentros. Agilizar los trámites con Industria. Si tú puedes hacerlo, se comentó que te pagarían por ello y en efectivo", escribió la primera. "Okkkk lo tengo muy fácil jajajajaja tendría que ver cuánto pagan para ver si interesa", respondió el empresario.
Fue en el marco de aquel "plan criminal", y en los momentos más duros de la pandemia, cuando Aldama dio un buen pelotazo con la compraventa de material sanitario. Soluciones de Gestión, mercantil vinculada al empresario, se hizo con dos contratos de suministro de mascarillas licitados por Puertos del Estado y Adif, entes dependientes del Ministerio de Transportes. En su escrito de conclusiones, el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, situaba en 3,7 millones de euros la "comisión" que se llevó Aldama por ambos contratos, una cifra que el Alto Tribunal eleva hasta los 6,67 millones si se le suman otras licitaciones que no son objeto de acusación o están siendo investigadas en pieza aparte –como las adjudicaciones del servicio canario y balear de salud–.
En el marco de esos negocios, Aldama sostuvo que Ábalos le pidió dos millones de euros y García la compra de la casa en la que vivía y que valoró en medio millón. Ya en el juicio, el empresario sostuvo que "pagó parte de esas previsiones". En su sentencia, sin embargo, el Supremo reconoce que "de la entrega de esas cantidades no existe corroboración alguna". "Ni siquiera sirve de indicio para esa cifra el informe patrimonial aportado", añaden los magistrados. Ahora bien, sí existe una hoja de Excel incautada en el ordenador del comisionista que probaría, a ojos del tribunal, la "solicitud" de esos pagos por parte de Ábalos y García. En el archivo, creado el 26 de marzo de 2020, figura "El Gran" –que sería el exministro– junto a "2.000.000" y "Goblins" –que sería el exasesor– junto a "500.000" y "casa".
Los magistrados dan credibilidad a esas notas por "la fecha de su creación", por las "previsiones de los gastos de logística" que contienen o por "la identificación de todos los demás consignados". No son los únicos pagos y dádivas a los que hacen referencia los magistrados. La sentencia recoge una "remuneración mensual" de unos 10.000 euros entre octubre y junio de 2022 para gastos fijos de Ábalos. Y también el pago del alquiler de un lujoso piso a Jessica Rodríguez, entonces pareja del exministro, por parte de la trama, que también se hizo cargo del arrendamiento de viviendas de las que disfrutó el exdirigente socialista en Marbella y La Línea de la Concepción por gestiones relacionadas con la emisión de una nota sobre el rescate de Air Europa o con una licencia de hidrocarburos.
Se libra de una multa de 3,71 millones
Anticorrupción, en su escrito de conclusiones, reclamó para Aldama una multa de 3,71 millones de euros –que se corresponde con el beneficio obtenido por los dos contratos de suministro de mascarillas– por el delito de aprovechamiento de información privilegiada. El Tribunal Supremo, sin embargo, le absuelve –al igual que a Ábalos y a García– de este delito. Lo hace al considerar que "la información que se afirma privilegiada", la de "menor publicidad o posibilidad de conocer" hasta la publicación de la orden –esto es "el número de mascarillas que se licitan"–, no se obtiene de ningún "funcionario público o autoridad", sino que es el propio Aldama quien "indica a los acusados funcionarios ese dato".
La absolución por ese delito ha provocado también la caída de la multa millonaria exigida para el empresario. La sentencia del Supremo, de hecho, solo acuerda respecto de los tres condenados "el decomiso de las ganancias provenientes del delito de cohecho" por importe de 430.298 euros: 340.000 euros por los pagos mensuales –10.000 euros durante 34 meses–, 82.295 euros por la renta del alquiler de la vivienda disfrutada por la expareja de Ábalos y 8.000 euros por el pago del alquiler del chalé en Marbella. Ábalos y García, además, deberán indemnizar de manera conjunta y solidaria a Ineco y a Tragsatec, las dos empresas públicas en las que se colocó a la expareja y una amiga del exministro.
El Alto Tribunal ha condenado a Aldama a cuatro años y medio de prisión por organización criminal y cohecho, un castigo cuya ejecución ha suspendido con la condición de que no delinca, de que presente un informe semestral de actividades y de que haga un año de trabajos en beneficio de la comunidad. Los magistrados aprecian la atenuante análoga de colaboración como muy cualificada. Y, en base a esto, le rebajan la pena en dos grados respecto a los delitos de organización criminal y el continuado de cohecho, así como un grado respecto a los restantes delitos de cohecho por los que ha sido condenado. "En el caso, no cabe duda de la importancia de la colaboración prestada", resalta la sentencia, que en sus primeras páginas hace un alegato sobre la trascendencia de luchar contra una corrupción pública que pudre las instituciones.
La colaboración de Aldama
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El Supremo sostiene que los delitos de corrupción derivados de la criminalidad organizada solo pueden ser "eficazmente investigados, y reprimidos" a través de un "control interno independiente y fuerte" o con un "delator interno que sea capaz de, asumiendo su responsabilidad, incriminar a otros autores". Dada la implicación del propio ministro, los magistrados sostienen que el "primer instrumento" era de "todo punto ineficaz". Y, por tanto, "sólo la declaración incriminatoria" de Aldama "ha posibilitado la investigación y, ahora, la condena".
En este sentido, la sentencia valora la renuncia a la defensa que Aldama hizo "desde un estado incipiente de la investigación judicial", admitiendo "plenamente" su "participación" en "hechos de absoluta gravedad". "Este acusado ha reconocido y aportado datos e información relevante sobre la constitución, dimensión y el desarrollo de las actividades de la organización criminal; confirmando y, en ocasiones, apuntalando y contextualizando la prueba que había sido obtenida por los investigadores, reforzando así el respaldo probatorio de la pretensión acusatoria y agilizando el ius puniendi", resalta el tribunal.
Los magistrados destacan que haya acreditado documentalmente el inicio de unas relaciones con Ábalos que fueron "negadas por éste" y "desconocidas por la unidad investigadora". También, que aportase un contrato de alquiler con opción a compra que en su día celebró con el exministro y que el tribunal considera una suerte de seguro para asegurarse el cobro de las comisiones. O que facilitara "información relevante sobre el posible amaño en las adjudicaciones de obras públicas" que están siendo en estos momentos investigadas. Un fallo, en definitiva, que marca el camino a otros posibles delatores: "El Estado de derecho debe premiar [...] comportamientos relevantes que inciden en el descubrimiento y acreditación de delitos de la gravedad para el sistema democrático como los que son objeto de este juicio".
El Supremo pone punto final al llamado caso Mascarillas. El Alto Tribunal da por acreditadas las prácticas corruptas del exministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, y su asesor, Koldo García, así como el papel de Víctor de Aldama como corruptor. La sentencia, adoptada por unanimidad, es severa para los dos primeros, a los que castiga con penas de 24 y 19 años de prisión, respectivamente. Y especialmente benévola para el empresario, que se libra de la cárcel y esquiva la multa millonaria que para él exigía la Fiscalía Anticorrupción. "Han demostrado que son justos y la colaboración en este país sirve", ha lanzado el comisionista tras conocer la resolución, aunque aún tiene cuentas pendientes con la Justicia.