Iglesia católica
El Arzobispado de Madrid se hace con 23 tapices por los que pugnaba con una asociación que ayuda a mujeres maltratadas
El Arzobispado de Madrid gana la pugna que mantenía con la Fundación Santa Rita de Casia y la Real Fábrica de Tapices por la titularidad de 23 tapices flamencos de los siglos XVI y XVII. Así lo establece la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica otra anterior de la Audiencia Provincial de Madrid, que en 2013 ya dictaminó que los tapices eran propiedad de la iglesia.
Aunque los lienzos, entre los que se encuentran algunos que proceden de cartones pintados por Rubens, pertenecen a la Asociación Privada de Fieles Santa Rita de Casia desde 1869, año en el que una donante privada se los legó en testamento a la entidad religiosa, el Supremo dictaminó que al estar considerados "bienes eclesiásticos" deben pasar a manos del Arzobispado de Madrid.
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En 1993, coincidiendo con la inauguración de la catedral de La Almudena, el entonces cardenal Rouco Varela se enteró de la existencia de los tapices, por lo que los reclamó para decorar el interior del templo, así que aprovechó que la asociación había cambiado su nombre para modificar sus estatutos, sin el permiso de la propia entidad, y declarar como bien eclesiástico su patrimonio, en el que se incluían las obras. En 2001, la entidad religiosa constituyó la Fundación Santa Rita de Casia para gestionar la explotación económica de los tapices –valorados en dos millones de euros– y firmó un convenio con la Real Fábrica de Tapices por el que, a cambio de 3.594 euros, la institución pública podía arrendar las obras para su conservación y restauración.
Tres años después, cuando el cardenal se enteró de la existencia de la fundación, decidió disolverla por decreto canónico para reclamar los tapices, por lo que en el año 2012 comenzó el litigio entre el Arzobispado de Madrid, por un lado, y las dos entidades surgidas de la supresión de la entidad canónica, es decir, la Asociación (civil) Santa Rita de Casia y la fundación homónima encargada de gestionar la explotación económica de los lienzos, apoyadas por la Real Fábrica de Tapices.
Aunque en 2012 había una sentencia favorable a la asociación, en 2013 la Audiencia Provincial de Madrid dictaminó que las dos entidades (asociación civil y fundación) no podían ser consideradas herederas de la entidad religiosa original, pues esta había sido disuelta por decreto canónico, por lo que, al estar constituido su patrimonio como bien eclesiástico, los tapices, una vez disuelta la asociación canónica, debían pasar a manos del Arzobispado, una decisión que ahora también ratifica el Supremo. El objetivo de la asociación era alquilar los tapices para ayudar a mujeres maltratadas.