Derechos sociales

El ciudadano que protesta, nuevo enemigo público número uno del Gobierno

Ibon Uría

El Gobierno prepara una Ley de Seguridad Ciudadana. La norma regulará todas las conductas que no constituyen delito y que quedarán fuera del nuevo Código Penal, de donde desaparecerán las faltas. En la práctica, se amplía el catálogo de conductas que se persiguen por la vía administrativa. Las multas oscilarán entre los 100 y los 600.000 euros.

Aunque a la norma aún le queda un amplio camino por recorrer –tiene que pasar por la comisión de subsecretarios de este miércoles, por el Consejo de Ministros el próximo viernes o a más tardar el día 29 y finalmente cumplir el trámite parlamentario–, las críticas no se han hecho esperar: el borrador de anteproyecto criminaliza la protesta social.

"Convierte al ciudadano que protesta en enemigo", señala de Joaquín Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia (JpD) y establece "sanciones claramente desproporcionadas", apunta José Luis González Armengol, juez decano de Madrid. Para Ángel Dolado, presidente de Foro Judicial Independiente (FJI), es "legislar en caliente" ante el auge de "los movimientos ciudadanos", algo que considera negativo.

Bosch ahonda en la misma tesis al asegurar que "no existe un problema de seguridad en España" y que, por tanto, la norma se elabora desde una perspectiva "autoritaria" que busca limitar la posibilidad de "expresar disconformidad" con el Gobierno. "Estamos en un momento de cierta conflictividad, pero la reacción debería ser convencer de lo acertado de la gestión con argumentos y no impidiendo que la gente se exprese", sentencia.

A preguntas de infoLibre, fuentes del Ministerio del Interior han confirmado que todos los comportamientos que se enumeran a continuación serán perseguidos y acarrearán importantes sanciones económicas:

Infracciones muy graves

Se sancionarán con entre 30.001 y 600.000 euros, aunque Interior advierte de que la cantidad mínima –no así el tope máximo– podría sufrir cambios.

Uno. Convocar, dirigir o presidir concentraciones frente a instituciones del Estado sin comunicación previa.

En esta línea, la Coordinadora 25-S, que convocó las protestas Rodea el Congreso y Jaque al rey, ha asegurado que se trata de "una reacción ante las respuestas populares y sociales y, en concreto, ante las nuevas formas de protesta".

Dos. Perturbar el orden público en espectáculos, acontecimientos deportivos, oficios religiosos y actos públicos en general.

Tres. Participar en manifestaciones no autorizadas en infraestructuras críticas, tales como centrales nucleares o aeropuertos.

"La Constitución dice que el ejercicio de manifestación no requiere de autorización administrativa", indica Bosch. "La falta de comunicación –censura– no puede conllevar sanciones desproporcionadas como las que se plantean". En la misma línea, González Armengol señala que las sanciones, "claramente excesivas, no tienen parangón con las del Código Penal". "Se van a imponer sanciones administrativas mayores que las del Código Penal", insiste.

Cuatro. Participar en escraches o actos de acoso. Además, la Policía tendrá la capacidad de establecer perímetros de seguridad que no podrán rebasar los manifestantes.

A este respecto, el asesor jurídico de la Plataforma de Afectados por Hipoteca, Rafa Mayoral, ha manifestado que la ley pretende ser una "mordaza" para acallar las protestas. La norma, ha añadido, "es represiva y es más que cuestionable que sea legal". "Es fascismo puro", ha sostenido el también miembro de la PAH Chema Ruiz.

Joaquín Bosch, por su parte, recuerda que "los tribunales, de forma uniforme y continuada, han dicho que no son ni delito, ni falta de infracción". "Es sorprendente –añade– que el Gobierno, frustrado en los tribunales, recurra ahora a sanciones desproporcionadas para estos supuestos".

Cinco. Usar de forma indebida imágenes de agentes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones durante protestas y la distribuir datos personales que supongan un atentado contra su intimidad, su familia o que pongan en riesgo una operación (aún está por decidir si será sanción grave o muy grave).

Desde el Ministerio se aclara que no se perseguirá a los ciudadanos, sean o no periodistas, por el mero hecho de tomar fotografías o grabar vídeos. "El problema –aseguran–, es el uso indebido" de ese material, como realizar montajes con esas imágenes o revelar informaciones que les conciernen, por ejemplo, su lugar de residencia.

Para Bosch, sin embargo, el problema es que la redacción de la norma, "ambigua", deja a las Fuerzas de Seguridad un margen muy amplio para impedir las grabaciones, algo que atentaría contra el "derecho a la información". Para la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, el Foro de Organziaciones de Periodistas y la Asociación Nacional de Informadores Gráficos, el borrador es "preocupante" por la "inseguridad jurídica" que puede ocasionar.

Infracciones graves

La multa en estos casos oscilará, si la norma se aprueba en los términos del borrador actual, entre los 1.001 y los 30.000 euros, si bien la horquilla no está aún cerrada.

Uno. Insultar, vejar, amenazar o coaccionar a miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante una manifestación.

Dos. Participar en disturbios con capuchas, gorros, pañuelos o máscaras para dificultar la identificación.

Tres. Colocar barricadas en las calles.

Cuatro Escalar monumentos o edificios emblemáticos.

Tácticas de 'kale borroka'

Las sanciones no serán el único cambio: Interior copiará la estrategia empleada para luchar contra la violencia callejera vinculada a la izquierda abertzale en Euskadi y hará pagar a los padres por los desperfectos que ocasionen sus hijos en la vía pública. Si esos daños son elevados, podrán incluso ser constitutivos de una falta grave, lo que llevaría aparejado la sanción correspondiente (de 1.001 a 30.000 euros).

Además, la norma incluirá la obligatoridad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad, que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y retener sus documentos identificativos hasta que se verifique su autenticidad. La salvedad son los ciudadanos extranjeros, a quienes no se les podrán retener sus pasaportes o documentos equivalentes.

También habrá, han confirmado fuentes de Interior, medidas adicionales relacionadas con otras conductas

Uno. Entorpecer con dispositivos luminosos, como láseres, la marcha de vehículos de cualquier tipo (entre 30.001 y 600.000 euros).

Dos. Ofrecer o aceptar servicios de prostitución en lugares de la vía pública cerca de espacios de menores –colegios, guarderías, parques, etc– (entre 1.001 y 30.000 euros).

Tres. Ofrecer o aceptar servicios de prostitución en lugares de la vía pública en lugares que afecten a la seguridad vial (entre 1.001 y 30.000 euros).

Bosch lamenta que no se impulsen "medidas de inserción social" para las personas que viven "situaciones de explotación sexual". "Castigamos y criminalizamos la pobreza

Cuatro. Plantar o cultivar drogas en cantidades inferiores a las consideradas delito (entre 1.001 y 30.000 euros).

Cinco. Consumir o estar en tenencia de drogas tóxicas (entre 1.001 y 30.000 euros).

Seis. Abandono en la vía pública de utensilios necesarios para el consumo o la fabricación de drogas (entre 1.001 y 30.000 euros).

Siete. Consumir alcohol

en la vía pública sin autorización administrativa, siempre y cuando se perturbe la tranquilidad ciudadana (entre 1.001 y 30.000 euros).

Ocho. Maltratar animales en espectáculos no autorizados (entre 1.001 y 30.000 euros).

Nueve. Trasladar toxicómanos a puntos de venta de estupefacientes (entre 1.001 y 30.000 euros).

La Administración: juez y parte

Más allá de la polémica en torno a la cuantía de las sanciones, no todos los expertos consultados ven con buenos ojos el empleo de la vía administrativa para hacer frente a un número tan elevado de supuestos. Bosch cree que dar a una administración que es "juez y parte" el poder de imponer "sanciones ilógicas", genera cierta "indefensión", ya que para recurrir el ciudadano se vería obligado a abonar "tasas elevadísimas".

Frente a estos argumentos, González Armengol considera la vía administrativa "adecuada, porque el Código Penal tiene que ser reducido". Dolado, por su parte, estima que las leyes que existen en la actualidad "son más que suficientes" para hacer frente a la realidad social existente.

En el caso de las sanciones administrativas, los tribunales de lo Contenciono Administrativo son la últma instancia a la que puede recurrir un ciudadano para evitar hacer frente al pago. Inicialmente, es la Policía la que elabora el informe y la Delegación del Gobierno la que hace frente a las alegaciones iniciales de los ciudadanos.

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