La XIV Legislatura

El Congreso tiene en lista de espera dos reformas constitucionales a iniciativa de parlamentos autonómicos

Hemiciclo del Congreso de los Diputados.

Cuando se disuelven las Cortes para una convocatoria electoral, las iniciativas que no han sido debatidas o que descansan en el registro de las Cámaras decaen. Esto implica que los grupos parlamentarios promotores de esos textos tendrán que volver a presentarlas en la siguiente legislatura si siguen interesados en que salgan adelante. Esto ocurre con el grueso de los textos legislativos. Pero hay excepciones. Sobreviven aquellos que provienen de instituciones ajenas al Congreso, como por ejemplo, los parlamentos autonómicos.

La XIV Legislatura, que arrancó tras las elecciones generales del 10 de noviembre, ha heredado 19 propuestas de las comunidades autónomas. De ellas, 10 son proposiciones de ley, siete propuestas de reforma de Estatutos de autonomía y dos son reformas constitucionales. El artículo 166 de la Carta Magna contempla que tienen iniciativa de reforma constitucional el Gobierno, el Congreso, el Senado y las Comunidades Autónomas.

La propuesta de reforma constitucional procedente de una comunidad autónoma que más tiempo lleva pendiente de ser debatida tiene su origen en la Junta General del Principado de Asturias. Colea desde 2014 y pretende ampliar la participación ciudadana en las leyes de consulta. La otra, de 2018, es del Parlamento de las Illes Balears y plantea que la isla de Formentera elija a un senador propio.

Según el registro de iniciativas de la Cámara Baja, están a la espera de "contestación" del Ejecutivo. La Constitución permite al Ejecutivo vetar aquellas iniciativas que afecten al Presupuesto en vigor. Si desde Presidencia no se pone ninguna pega, el texto ya estaría listo para la toma de consideración en el Pleno. Pero ninguna de estas dos propuestas de reformas ha pasado de esa fase.

Asturias busca potenciar las iniciativas populares

La Junta General del Principado de Asturias se convirtió el 19 de septiembre de 2014 en el primer parlamento autonómico en dar luz verde a una proposición de reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución Española. Lo hizo con unos apoyos muy ajustados: los 23 votos que sumaron los parlamentarios del PSOE, Izquierda Unida y UPyD frente a los 22 de Foro Asturias y el Partido Popular. La propuesta partió de IU respondiendo a la demanda de una plataforma llamada "Democracia directa".

La proposición de la Cámara asturiana ha ido coleando desde la X Legislatura (2011-2015) hasta la actual sin llegar a Pleno. Esto implica que la Mesa de la Cámara se ha ido poniendo de acuerdo para que no sea incluida en el orden del día de los plenos. En la X, XI y XII Legislatura, el órgano de gobierno de la Cámara ha estado dominado por el Partido Popular. 

No es un secreto que los conservadores, tanto en la etapa de Mariano Rajoy con ahora en la de Pablo Casado, son reacios a abril el melón de la reforma constitucional, entre otras cuestiones por la crisis territorial con Cataluña.

Esta propuesta fue defendida en su día por el entonces portavoz de IU en la Cámara asturiana Aurelio Martín. En su intervención insistió en el "origen ciudadano" del texto que presentaba destacando el apoyo de más de 7.500 firmas. 

En el preámbulo de la iniciativa se subraya que "actuando así" la Junta General del Principado de Asturias "no pretende lograr un protagonismo que no le corresponde, sino únicamente servir de vehículo de esta iniciativa ciudadana, permitiendo trasladar al Congreso de los Diputados este debate".

Los proponentes abogaron por modificar el apartado 3 del artículo 87 para incluir que a las proposiciones de Iniciativa Legislativa Popular (ILP) se les aplicará el apartado 6 del artículo 134, el que establece que toda iniciativa que suponga incremento de gastos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá conformidad del Gobierno para su tramitación. También propone eliminar el veto a que las ILP afecten a materias propias de leyes orgánicas. Según el texto propuesto, las únicas materias que no podrían ser objeto de una ILP serían "la aprobación o modificación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, materias tributarias o de carácter internacional, y lo relativo a prerrogativa de gracia".

En lo que afecta al artículo 92, el que regula el referéndum, el Parlamento asturiano abogó por incluir a "500.000 electores" como sujeto legitimado para proponer que determinadas decisiones políticas "de especial trascendencia" puedan ser sometidas a plebiscito de todos los ciudadanos.

"Esta consulta será convocado por el rey, a propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizado por el Congreso de los Diputados, o a iniciativa de quinientos mil electores", figura en la iniciativa que descansa en el registro del Congreso de los Diputados.

También añade a la Constitución un nuevo párrafo a ese artículo 92 en el que figuraría lo siguiente: "Podrá ser sometida a referéndum la derogación de leyes en vigor, cuando así lo soliciten ante la Mesa del Congreso de los Diputados quinientos mil electores".

"El resultado del referéndum será vinculante cuando haya participado en la votación la mayoría de quienes tengan derecho a hacerlo y haya sido aprobado por mayoría de los votos válidamente emitidos. No procederá esta iniciativa en materias tributarias, presupuestarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia", añade.

Illes Balears quiere un senador para formentera

Menos tiempo lleva esperando en Congreso la proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador, con independencia del que elija la isla de Eivissa. Recibió el visto bueno, por unanimidad, de todos los grupos de la Cámara balear el 9 de octubre de 2018. La iniciativa partió de Gent per Formentera (GxF) y el PSIB-PSOE.Gent per Formentera (GxF)

El artículo quedaría redactado de la siguiente forma: "En las provincias insulares, cada isla con cabildo o consejo constituirá una circunscripción a efectos de elección de senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores —Gran Canaria, Mallorca y Tenerife— y uno a cada una de las siguientes islas: Eivissa, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma". El cambio se limita a sustituir el guion actual entre Eivissa y Formentera por una coma.

Sílvia Tur, la diputada de GxF autora de la iniciativa, no se muestra muy optimista respecto al hecho de que su iniciativa vaya a ser una prioridad en este primer tramo de la XIV Legislatura. En conversación con infoLibre no confía en que pueda ser debatida antes de finales de este año.

"No somos excesivamente optimistas", subraya. Porque, pese a que "la mayoría progresista" en el Congreso favorecería este cambio, "hay mucha resistencia a tocar cualquier cosa que afecte a la Constitución". "Es un momento muy delicado para cualquier reforma de este tipo", insiste pese a destacar la unanimidad con la que el texto fue respaldado en Balears.

"Lo que pedimos es asumible por todos. No creo que en el Congreso haya un grupo con motivos para oponerse", dice. El principal problema, destaca, es que la iniciativa pasa por tocar la Carta Magna.

el miedo al referéndum

La mayoría de izquierdas en la Mesa de la Cámara es, a priori, un elemento a favor para que estas iniciativas lleguen a Pleno en esta XIV Legislatura.

Siempre reacios a abrir el melón de la reforma de la Carta Magna, los conservadores han insistido hasta la fecha en que antes de hacer cualquier tipo de planteamiento al respecto era necesario el máximo consenso.

El temor en el equipo de Rajoy siempre fue que, una vez aprobada la nueva redacción, una décima parte de los parlamentarios de cualquiera de las Cámaras pidiese que ésta fuese sometida a referéndum para su ratificación. El PP consideraba que con PSOE y Ciudadanos podría llegar a pactar textos. El problema, insistían, lo tenían con el Grupo de Podemosque estaba en disposición de plantear la consulta pública contemplada en el artículo 167 de la Constitución.

En su punto 3, el citado artículo de la Carta Magna refleja que "aprobada la reforma [constitucional] por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras".

El proceso

El día que se debate la iniciativa en el Pleno, como máximo tres diputados de la Cámara autonómica tienen derecho a exponer el texto a los parlamentarios del Congreso. Después, deben retirarse de la tribuna para que continúe el debate y no pueden estar presentes en el momento de la votación.

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Para estas cuestiones, rige el artículo 167 de la Constitución, requiriéndose una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras para su aprobación. "Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de diputados y denadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado", puede leerse. Y añade: "De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma".

Los tres quintos del Congreso están ubicados en los 210 parlamentarios.

Ninguna de las dos reformas de la Constitución que ha habido hasta la fecha (artículo 13.2 en 1992 y artículo 135 en 2011) se produjeron a iniciativa de parlamentos autonómicos. Ambas tuvieron el mismo origen, iniciativa de los grupos parlamentarios del Congreso.

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