Iglesia católica

El Gobierno descarta la anulación de las inmatriculaciones de la Iglesia

Interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba.

El Ministerio de Justicia descarta la reversión o la nulidad de las inmatriculaciones de bienes realizadas por la Iglesia católica. Éstas "se han realizado siempre al amparo de la ley y cumpliendo con la legalidad vigente", responde, a preguntas de infoLibre, el departamento que dirige Rafael Catalá (PP). Justicia se ha comprometido por primera vez, en cumplimiento de una proposición no de ley (PNL), a realizar un listado de bienes inscritos por la Iglesia, pero la letra pequeña de su compromiso evidencia que se trata de un tímido avance. La lista, que se elaborará con inscripciones que el ministerio "intentará recabar" de los registros de la propiedad, excluye los bienes inmatriculados entre 1946 y 1998 al amparo de una legislación franquista que equiparaba a los representantes del clero con fedatarios públicos. Los planes del Gobierno, que actuará "garantizando siempre los derechos adquiridos" por la Iglesia, dejan una única vía para reclamar la reversión o la nulidad: su impugnación ante los tribunales.

Las inmatriculaciones se fundamentan originalmente en la ley hipotecaria de 1946 y en su desarrollo reglamentario posterior, que introducen la potestad de la Iglesia para inscribir por primera vez un bien en el registro de la propiedad. Es decir, la Iglesia pasaba a ser (como) un notario, convirtiéndose en parte consustancial del Estado nacionalcatólico salido de la guerra. La Iglesia empezó a inmatricular, en una apropiación de bienes de unas dimensiones aún desconocidas. Inmatriculó viviendas, colegios, hospitales... Pero no templos. No pudo hasta que en 1998, con José María Aznar (PP) en la presidencia, se aprobó un decreto que pasó casi desapercibido y que permitía también la inmatriculación de bienes de culto.

Miles de templos fueron inmatriculados, de la Mezquita-Catedral de Córdoba a la Giralda de Sevilla pasando por la catedral de Pamplona. Durante casi diez años años las inmatriculaciones se sucedieron sin llamar la atención. En el caso del templo cordobés, el más emblemático caso de inmatriculación en toda España, la inscripción se realizó en 2006 sin publicidad por 30 euros y el Cabildo obtiene ingresos millonarios de una gestión opaca, beneficiada por un régimen fiscal y tributario favorable. Ni políticos ni medios de comunicación destaparon el asunto, que sólo dio la cara en 2007 cuando se descubrió que la Diócesis Navarra estaba inmatriculando edificios religiosos, tierras, casas, cementerios...

Sólo entre Navarra y el País Vasco –las dos comunidades donde hay listados–, la Iglesia realizó más de 1.500 inmatriculaciones, lo que hace verosímil la estimación de 20.000 para el conjunto del España que maneja la asociación Europa Laica. No sólo han sido templos o lugares de culto: también plazas, huertos, fincas y casas. Cualquier bien que no hubiera sido registrado antes. Fernando Giménez Barriocanal, vicesecretario para Asuntos Económicos de la Conferencia Episcopal Española (CEE), cifró el total, sin precisar en qué periodo de tiempo, entre 30.000 y 40.000 en declaraciones a la Ser. La CEE declina participar en este reportaje.

La presión social ha ido in crescendo a lo largo de los diez últimos años. En 2015, con Mariano Rajoy (PP) en el Gobierno, una modificación legal estableció la imposibilidad de realizar nuevas inmatriculaciones, pero consolidó las ya completadas. No obstante, las iniciativas sociales y políticas para cuantificar el volumen de los bienes inmatriculados y reclamar su reversión no se han detenido. La coordinadora estatal Recuperando solicitó en enero al Congreso que elaborase un listado de los bienes inscritos, invocando un fallo de la justicia europea a favor de una empresa ganadera en el caso de la inmatriculación de una Iglesia en Palencia. Dicha sentencia, a juicio de Recuperando, abre la vía a la posible nulidad de las inmatriculaciones. En la estela de esta petición, el Congreso aprobó en abril, con los votos en contra del PP y Ciudadanos, una PNL –no vinculante– que exigía al Gobierno elaborar en unplazo de seis meses un estudio con los bienes inmatriculados desde 1998 y a "reclamar la titularidad" si la inscripción se hizo "sin título material".

Un compromiso a medias

Antonio Hurtado, diputado del PSOE, preguntó a finales de abril al Ministerio de Justicia por el tema. Y ha sido en la respuesta donde, por primera vez, el Gobierno ha abandonado su discurso habitual: que no puede elaborar ni tan siquiera un listado. No obstante, lo ha cambiado sólo a medias. En su respuesta a Hurtado, Justicia señala que "no dispone de dato alguno relativo a la inmatriculación de bienes de la Iglesia católica al tratarse de una cuestión ajena al ámbito de sus competencias", pero al mismo tiempo revela que "se están impulsando las actuaciones necesarias tendentes a dar cumplimiento" a la PNL, aunque sólo "en lo relativo a la elaboración de un estudio" con los bienes inscritos desde 1998. En esa misma respuesta deja claro que cualquier cuestionamiento legal de las inmatriculaciones debe pasar por una "impugnación judicial".

"Es un punto de partida, no de llegada. Sólo conocer los datos va a provocar una gran indignación. Va a haber muchas reclamaciones de instituciones, se va a activar una recuperación de parte de unos bienes inscritos al amparo de un real decreto [el de Aznar] impropio de un Estado aconfesional. Lo primero es saber qué ha pasado", señala el diputado Antonio Hurtado, que defiende la utilidad de este camino aunque admite que su alcance es limitado. Andrés Valentín, portavoz de la plataforma navarra contra las inmatriculaciones, ve la respuesta del Gobierno "contradictoria", porque al mismo tiempo dice que no tiene los datos pero que elaborará el listado. Al mismo tiempo Valentín confía en que, al abandonar su posición habitual de negarse siquiera a buscar los datos, el Gobierno permita aproximar la opinión pública a una realidad que será "imposible de defender". "Para nosotros ni siquiera inmatricular una ermita o una iglesia tiene justificación, pero ya un frontón, un campo... Eso es inexplicable", analiza.

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Garantía de los derechos adquiridos

En respuesta a este medio, Justicia enfría cualquier expectativa sobre el alcance de las medidas acordadas. "El Gobierno intentará recabar los datos de los diferentes registros de la propiedad existentes en el territorio nacional para, una vez obtenidos y sistematizados, proceder a la utilización de los mismos garantizando siempre los derechos adquiridos de los titulares de los bienes referidos", señala. Justicia no sólo defiende que las inmatriculaciones han sido legales, sin distinción del momento realizado, sino que añade que la ley de Aznar "vino a arreglar una situación discriminatoria" pues el reglamento hipotecario de los años 40 "excluía la inscripción registral a los templos destinados al culto católico".

No ha habido, según Justicia, ninguna falta de amparo legal. "El artículo 9.3 de la Constitución española garantiza la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos", recuerda Justicia, invocando jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Supremo. "La retroactividad", añade el ministerio, "no sólo lesionaría los derechos adquiridos de los titulares de los bienes sino que además pondría en peligro el principio de seguridad jurídica". Sobre la base de este convencimiento legal, no hay margen para cumplir la PNL en lo que respecta a la recuperación de los bienes inmatriculados, ni siquiera sin título acreditativo alguno. En efecto, el Gobierno se ha movido de su posición habitual, pero la posibilidad de darle la vuelta a la tortilla de las inmatriculaciones es todavía remota.

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