La nueva investigación de Hacienda contra el emérito amenaza con echar abajo su regularización y reactivar el delito fiscal

El rey emérito durante su estancia en Sanxenxo.

Dos meses después de que la Fiscalía del Tribunal Supremo despejase su horizonte judicial, a Juan Carlos de Borbón se le abre un nuevo frente en España. La Agencia Tributaria (AEAT) está solicitando al rey emérito información sobre los gastos derivados de las cacerías y regalos recibidos tras su abdicación como jefe del Estado en junio de 2014, lo que llevó aparejada la pérdida de inviolabilidad. Una investigación que puede complicar de nuevo su futuro penal. Si de las pesquisas se dedujera un incremento de patrimonio no justificado y el mismo hubiese sido ocultado en las regularizaciones fiscales que Juan Carlos I llevó a cabo en plena pandemia, las declaraciones complementarias que hizo se irían al traste y podría acabar siendo investigado por delito fiscal, que en opinión de los expertos consultados por infoLibre podría no estar prescrito en algunos casos.

El diario El Mundo ha desvelado este martes, pocas horas después de conocerse que el monarca no asistirá este fin de semana a unas nuevas regatas en Sanxenxo, que el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de Hacienda ha enviado durante el último año varias solicitudes de información al emérito para que acredite el origen de los fondos con los que se pagaron los vuelos y el resto de gastos derivados de las cacerías a las que asistió entre los años 2014 y 2018. Pero no solo eso. También exige la justificación de determinados regalos de menor importe recibidos a título particular, algunos de ellos obsequios procedentes de empresarios cercanos al monarca. Unos requerimientos de la Inspección de Hacienda a los que han ido dando respuesta los asesores jurídicos de Juan Carlos de Borbón.

La Fiscalía del Supremo ya investigó los gastos realizados por el emérito tras su abdicación que fueron sufragados por la Fundación Zagatka –vuelos, pagos realizados a una agencia de viajes o adquisición de armas de fuego–. Del mismo modo, también indagó sobre los gastos particulares del monarca o algunos de sus familiares de los que se hizo cargo un empresario mexicano amigo suyo. Dos asuntos a los que el Ministerio Público dio carpetazo el pasado mes de marzo. Sin embargo, según sostiene el citado diario, las solicitudes de información enviadas ahora por la Agencia Tributaria no tienen nada que ver con ninguno de estos dos casos. Son, por tanto, operaciones nuevas que no habrían sido analizadas por la Fiscalía.

Al ver cómo el cerco se iba estrechando, el representante del emérito presentó en febrero de 2021 autoliquidaciones complementarias por el impuesto sobre la renta de los ejercicios 2014 a 2018, un movimiento con el que Juan Carlos de Borbón consiguió esquivar el reproche penal por los actos posteriores a su abdicación. Sin embargo, la nueva investigación tributaria amenaza ahora con echar abajo dicha regularización. Los expertos consultados por infoLibre explican que si el monarca no justificase el origen de los fondos que utilizó para acudir a las cacerías estos debería considerarse como "un incremento patrimonial no justificado", lo que iría directo a la renta. Y si esto se ocultó en sus autoliquidaciones complementarias de ese periodo, sostienen las mismas fuentes, estas pasarían a ser "inválidas".

El artículo 305.4 del Código Penal ofrece la posibilidad de regularizar la situación tributaria antes de que se inicien actuaciones por parte de la Administración Tributaria o de que la Fiscalía, Abogacía del Estado o Administración interponga querella o denuncia. Acogerse a esta fórmula, como hizo el monarca, impide que se le pueda perseguir "por las posibles irregularidades contables" u "otras falsedades documentales" que en relación a la deuda tributaria objeto de regularización pudiera haber cometido. Eso sí, para ello es necesario el "completo reconocimiento y pago" por parte del contribuyente. En resumen, la regularización tiene que ser "espontánea, veraz y completa", requisitos que no se cumplirían si de las pesquisas actuales se detectase un incremento patrimonial que fue escondido hace algo más de un año.

Si esto sucediera, el delito fiscal podría volver a salir a flote. Según explica Carlos Cruzado, presidente del sindicato Gestha, afectaría tanto a lo no declarado entonces como a lo nuevo en aquellos ejercicios en los que se ocultasen estos nuevos incrementos patrimoniales no justificados. Ahora bien, llegados a ese punto habría que ver si el delito fiscal está o no prescrito. Si fueran imputables a 2017 y 2018, la prescripción todavía no se habría producido. Y en el caso de los tres ejercicios anteriores, depende de la cantidad total defraudada. Si es superior a los 600.000 euros, sería de aplicación el tipo penal agravado, recogido en el artículo 305 bis del Código Penal y que no caduca hasta pasados diez años. Es decir, que en este caso seguiría vivo en la actualidad.

"Llegados a ese extremo, la Fiscalía o la Agencia Tributaria tendrían que ponerlo en conocimiento de la justicia", apunta alguno de los expertos consultados. En este caso, del Tribunal Supremo, que es quien puede juzgarle por su condición de aforado.

¿Una donación que compete a la Comunidad de Madrid?

Otra posibilidad es que de la investigación se deduzca, y así pueda justificarlo el emérito, que los importes destinados a las cacerías no salieron de su propio patrimonio sino que fueron el regalo de un tercero. En ese caso, apuntan los expertos pulsados, estaríamos ante una serie de donaciones. Fue así como la Fiscalía del Tribunal Supremo trató también los gastos personales del emérito que financió el empresario mexicano amigo suyo –Allen Sanginés Krause– con fondos que se canalizaron a través del excoronel del Ejército del Aire Nicolás Murga Mendoza. "No hay constancia de contraprestación alguna a estas transferencias. Se trata de actos unilaterales efectuados a título lucrativo; por tanto, son donaciones que están sujetas al impuesto de sucesiones y donaciones", apuntó en su decreto de archivo el Ministerio Público.

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En aquel mismo escrito, el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, explicaba que el "hecho imponible" es "cada adquisición de bienes", por lo que "cada donación" debe ser declarada "con independencia del resto". El impuesto, completaba el Ministerio Público, se devenga "el día en que se causa o celebra el acto o contrato". En caso de que se asuman como donación y se detecten algunas no declaradas, se podría proceder contra el monarca. Sin embargo, los expertos dan por hecho que buena parte de los ejercicios podrían estar ya prescritos, pues las deudas tributarias caducan a los cuatro años. "Casi todos. Todas las que fueran anteriores a mayo de 2018", explica Cruzado.

Otra cosa es que la cuota no abonada por alguna de esas donaciones supere los 120.000 euros, que entonces se estaría ante un delito fiscal convencional –prescribe a los cinco años–, lo que podría perseguirse si el ilícito se produjo a partir de mediados de 2017. O que supere los 600.000 euros, que entonces el plazo de prescripción sería de una década. Sin embargo, y teniendo en cuenta el trato individualizado que se les da a cada una de ellas, una donación tiene que ser realmente importante como para dejar una cuota impagada de estas características. Así, por ejemplo, de las 22 que se analizaron en el caso del empresario mexicano, la cuota tributaria más elevada fue de 57.019 euros, según las cifras facilitadas entonces por el Ministerio Público. "Aunque los viajes en avión privado son carísimos", deja caer el presidente de Gestha.

Si bien en la primera hipótesis Cruzado lo rechaza, en esta última avisa que el monarca podría recurrir de nuevo a una regularización. Por eso, es importante saber si lo que está llevando a cabo la Agencia Tributaria en la actualidad es una investigación formal, lo que a priori impediría al emérito dar este paso, o si se trata de un "simple requerimiento de información". "Desconfiamos que sea una inspección. Procedimiento de comprobación no es", han deslizado a lo largo del día desde el sindicato de técnicos de Hacienda. En caso de que la AEAT deduzca que los importes investigados pueden computarse como donación, explican las fuentes pulsadas, esa información debería remitirse a los servicios tributarios de la Comunidad de Madrid, que son quienes tienen competencia sobre este tipo impositivo.

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