Tribunales

El juez mantiene la tesis del terrorismo en la causa por la filtración de 'Akkaspace' de datos privados de políticos

Detención de dos jóvenes canarios por la filtración de datos de políticos.

La investigación por la filtración de datos personales de políticos y periodistas llevada a cabo por un joven canario que operaba en la red con el alias de Akkaspace seguirá, al menos por el momento, en la Audiencia Nacional. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Francisco de Jorge, ha rechazado el intento de la Fiscalía de que el caso se reduzca a un simple delito de descubrimiento de datos reservados y se envíe a un juzgado ordinario de Las Palmas de Gran Canaria. En un auto del pasado lunes, al que ha accedido infoLibre, el magistrado sostiene que los hechos pueden tener encaje en un delito de terrorismo. Y, por tanto, la Audiencia Nacional es el órgano competente para investigarlos. Una decisión que tanto el Ministerio Público como las defensas de los investigados tienen previsto recurrir en apelación.

Los hechos se remontan al pasado mes de junio, cuando la Comisaría General de Información de la Policía Nacional puso en conocimiento de la Audiencia Nacional que se estaba colgando en un conocido foro de doxing –práctica que se refiere a revelar datos de terceras personas sin su consentimiento– información privada de miembros del Ejecutivo –entre ellos el presidente, Pedro Sánchez–, de las Cortes Generales o de periodistas. Se registraron, en total, tres publicaciones con números de DNI, direcciones de domicilio o correos electrónicos. Dos de ellas, protagonizadas por un tal Akkaspace, alias tras el que se escondía un joven canario llamado Yoel que fue detenido, junto con otro muchacho, un par de semanas después.

Tras más de medio año de investigación, la Fiscalía solicitó a finales de enero al instructor que se inhibiera y enviara el caso a un juzgado ordinario de Las Palmas de Gran Canaria. Lo hacía al entender que los hechos no eran constitutivos de delitos de terrorismo. Como mucho, se estaría ante un descubrimiento y revelación de datos reservados, recogido en el artículo 197 del Código Penal y castigado con penas de prisión de uno a cuatro años. En su escrito, la fiscal exponía que se seguía "desconociendo" de "dónde" habían "podido obtener" dichos "datos" los investigados. De hecho, aseguraba que pese a todas las diligencias no constaba acreditado que hubieran sido obtenidos "mediante el ataque" a alguna base de datos del Gobierno, Poder Judicial, Tribunal Supremo o Constitucional.

"La conducta desarrollada [...] en ningún caso puede ser calificada como constitutiva de un delito de terrorismo [...]; por más que Yoel haya puesto de manifiesto su animadversión al Partido Socialista, no podemos sin más llegar a la conclusión de que la publicación de datos personales de políticos, periodistas y otros sujetos de actualidad política [...] fuera, ni más ni menos, que la de subvertir el orden constitucional o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de instituciones políticas, estructuras económicas o sociales del Estado, o la de alterar gravemente la paz pública o la de provocar un estado de terror en la población", aseveraba la representante del Ministerio Público.

Una inhibición de la Audiencia Nacional a la que se oponía alguna de las acusaciones: "Estamos no solo ante un ataque al derecho a la intimidad de cada una de las personas afectadas sino, claramente, un ataque a las instituciones del Estado y al llamado cuarto poder". Y que acaba de rechazar finalmente el instructor. En un auto fechado el pasado 16 de marzo, el magistrado se mantiene en la tesis de que los hechos investigados "podrían ser constitutivos" de un delito de terrorismo, "afectando a numerosas personalidades de diversas instituciones públicas y privadas".

"Reprimenda" para "desestabilizar" el "sistema democrático"

"Del resultado de lo investigado hasta el momento, como se pone de manifiesto en los diversos informes policiales, se revela una afectación directa a altas instituciones del Estado y sus personalidades", señala. El magistrado considera "ilustrativa", en este sentido, la "declaración" de uno de los "investigados", que "llega a reconocer", en relación con sus ataques, que "actuaba" movido por la "sensación de corrupción generalizada" y con un doble objetivo: dar, por un lado, una "reprimenda" a esas "personalidades" y, por otro, lanzar una "advertencia" para que "desistan en su comportamiento corrupto".

"Esta actuación encajaría en las finalidades previstas en los tipos previstos en la circunstancia primera del artículo 573.1 y en el 573.2 del Código Penal –delitos de terrorismo–, pues claramente con su actuación a través de las graves filtraciones de datos pretenden, mediante esa 'reprimenda' o 'justicia popular' que deciden aplicar a las personalidades especialmente institucionales y también de carácter privado, desestabilizar gravemente el funcionamiento del sistema democrático, institucional, político y, en general, del Estado", recoge la resolución.

Los investigadores no dan con el origen de la filtración de datos personales de políticos y periodistas

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Para el magistrado no es "casual", del mismo modo, la "intervención" de Desinformador Ruso, un alias que Europol atribuye al ciudadano español Enrique Arias Gil, "vinculado a las estrategias de desestabilización orquestadas" desde fuera de nuestras fronteras. ¿Cómo? "Redifundiendo los datos revelados e instando al acoso a los cargos públicos y periodistas afectados por la difusión de los datos", resalta el instructor.

El auto, en definitiva, sostiene que "la calificación de terrorismo" deriva del uso de medios informáticos para entrar en bases de datos y difundir información personal de representantes públicos "incitando" a un "escrache virtual masivo" y a la "adopción de represalias" con la intención de "forzar un cambio político o en represalia por la actuación política" desde una posición "antisistema", afectando a "altas instituciones de la Nación". Calificación, completa, que es "provisionalísima" y que no "excluye" que pueda terminar derivando en otra distinta como resultado de la instrucción. Por todo ello, decide mantener el caso.

Una decisión que, según ha sabido este diario, tanto las defensas como el propio Ministerio Público tienen previsto recurrir. "Los penalistas vivimos de los errores de los jueces de instrucción, esa es nuestra fuente de éxito. Y este es un error importante. Iremos en apelación", anuncia Lázaro Chico, abogado de uno de los investigados, que mantiene que los hechos no encajan ni en el delito de terrorismo ni en el de revelación de secretos: "Lo que se ha revelado ya circulaba por la red".

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