El Supremo abre la puerta a que familiares frenen la eutanasia de un solicitante

El pleno de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reabierto de nuevo el debate sobre la muerte digna tras acordar con los votos de 23 magistrados que sea posible recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia si la persona que ejerce este derecho cuenta con una “vinculación particularmente estrecha” con el solicitante.

Publicidad

Aunque el fallo se ha dado a conocer este martes, 19 de mayo, la sentencia que fijará el alcance de estos recursos se conocerá en unos días.

Con esta decisión, a la que se han opuesto nueve magistrados, se da pie a que un padre, madre o alguien muy allegado de una persona solicitante de eutanasia puedan frenar su derecho a morir de una forma digna alegando ese vínculo especialmente estrecho..

Publicidad

El caso de Francesc desencadena esta decisión

El tribunal ha llegado a esta conclusión tras desestimar el recurso que presentó la Generalitat de Cataluña contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia catalán (TSJC) que reconocía al padre de Francesc, un hombre de 55 años que solicitó la eutanasia, legitimidad para paralizarla a través de un recurso judicial.

En el primer recurso que presentó el padre de Francesc, alegó que estaba en juego el derecho a la vida y la obligación del Estado a protegerla. Asimismo, defendió que su hijo se encontraba en situación de vulnerabilidad y padecía problemas de salud mental.

Publicidad

El recurso fue inadmitido por un juzgado de Barcelona, dejando constancia en el auto que Francesc era “capaz de ejercer de forma libre todos los derechos” y sin “ningún diagnóstico” de enfermedad mental. Destacó también que vivía solo, no tenía buena relación con su padre y solicitó que no se comunicase a ningún familiar su petición.

El Supremo ha debatido este caso, en el que Francesc alegó en su petición de eutanasia el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra en el movimiento y el habla tras sufrir tres ictus y dos infartos. La Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña le concedió la muerte asistida en septiembre de 2024, pero Francesc sigue esperando. Ahora, el alto tribunal podría dar la razón a su padre.

Publicidad

Freno a las entidades provida

Eutanasia: Un país un poco más decente

Ver más

El TSJC acordó llevar a juicio este caso concluyendo que los padres están legitimados a intentar frenar la muerte asistida de un hijo, aunque no tengan buena relación como se daba –al igual que con Francesc– en el caso de Noelia Castillo, la cual sí pudo recibir la eutanasia a pesar de pedir su padre, representado por Abogados Cristianos, que ésta fuese paralizada.

Ya el pasado 7 de abril, la Fiscalía defendía ante el Tribunal Supremo el derecho de un familiar a recurrir siempre que exista un “intenso vínculo afectivo presente” con el paciente, con un matiz: negó que las entidades provida estén legitimadas a hacerlo.

Queda esperar a que el Supremo, cuando dicte sentencia, determine tanto los requisitos como las circunstancias que permitan que cualquier persona cercana a un solicitante de eutanasia recurra esta petición cuando éste es mayor de edad y esté en plenas capacidades para tomar esta decisión. Asimismo, se espera que se cierre por completo la puerta a que entidades como Abogados Cristianos puedan frenar este derecho.

El pleno de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reabierto de nuevo el debate sobre la muerte digna tras acordar con los votos de 23 magistrados que sea posible recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia si la persona que ejerce este derecho cuenta con una “vinculación particularmente estrecha” con el solicitante.

Más sobre este tema
Publicidad