Víctimas del franquismo piden al Constitucional amparo contra el diputado del PP Rafael Hernando

"Algunos se han acordado de su padre, parece ser, cuando había subvenciones para encontrarlos". Las declaraciones de Rafael Hernando, portavoz adjunto del PP en el Congreso de los Diputados, en una tertulia en la cadena 13TV el pasado mes de noviembre han terminado en el Tribunal Constitucional. Tras la negativa del Supremo de admitir a trámite la causa contra el dirigente conservador, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARHM) ha presentado la mañana de este viernes un recurso de amparo ante el alto tribunal.

El recurso se fundamenta en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, del derecho a la igualdad, el honor y la integridad moral de las víctimas del franquismo. Estas afirmaciones "atentan directamente contra el honor y la dignidad de los hijos, así como del resto de familiares" de las víctimas del régimen de Franco, denuncia la ARHM. Además, para la organización, la afirmación del diputado del PP "es falaz, insultante, ofensiva e injustificada" ya que, en el momento en el que emitió estas declaraciones y hasta la fecha, "no existe subvención alguna a favor de ninguna asociación de víctimas del franquismo". 

Repetida y pública humillación de las víctimas

La asociación de considera que Hernando, como diputado y portavoz adjunto en el Congreso, era "conocedor del desamparo que sufren las víctimas del franquismo por parte de las instituciones y el nulo apoyo que reciben de las mismas". Por eso, consideran que el dirigente conservador "falta temerariamente a la verdad, lo que confirma que su única motivación en sus declaraciones, es la de humillar a las víctimas". 

"La ARMH, y otras asociaciones de familiares de víctimas –señalan en el recurso–, han sido afectadas directamente y personalmente, por las manifestaciones de la persona contra la que se dirige la presente querella [...] ya que la finalidad de la misma es la de dar dignidad, exhumación, desplazamiento e inhumación de los restos de los humanos de los que fueron ejecutados durante el franquismo". La organización sin ánimo de lucro recuerda que "las fosas exhumadas entre los años 2000 hasta 2006 se hicieron sin subvenciones", lo que, a su parecer, "acredita la completa legitimidad para proceder a interponer" la demanda. 

"En manifestaciones posteriores –a su intervención en el programa "El cascabel al gato", donde Hernando profirió sus polémicas declaraciones– ha seguido negando los hechos, manteniendo su actitud atentatoria y humillante contra los familiares de víctimas del franquismo". Para la ARHM, "resulta asombroso que un parlamentario entre en tal contradicción y se mantenga obstinadamente en su postura". La asociación considera, además, que los hechos son constitutivos de un delito continuado de injurias graves hechas con publicidad. "El acusado repitió en dos fechas distintas, con suficiente separación entre sí, la injuria", recoge la denuncia.

Jurisprudencia para continuar con el procedimiento

Mientras el Tribunal Supremo archivó la causa al considerar que el diputado se limitó a emitir un "juicio de valor" y está amparado por la libertad de expresión e información; desde el Ministerio Fiscal defendieron que “los hechos aparecen calificados como de delito continuado de injurias con publicidad”, recuerdan desde la asociación. Para las víctimas, el fallo del Supremo no fue apoyado desde la Fiscalía.

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En este sentido, la petición de amparo recupera numerosa jurisprudencia del Constitucional contraria a la decisión del Tribunal Supremo de archivar su querella al no ver delito. En el escrito presentado ante el Constitucional, la ARMH recupera el caso de Violeta Friedman, una superviviente de Auschwitz, que fue amparada por el alto tribunal ante las declaraciones de un jefe de las SS alemanas en las que ironizaba sobre los judíos. La sentencia 217/1991 "reconoció el derecho al honor de las colectividades y grupos humanos cuando la denigración sufrida va más allá de una agresión personal". Cuando la agresión trasciende a un colectivo "debe entenderse que el bien lesionado es el colectivo y el Ordenamiento Jurídico ha de concederle la defensa del buen nombre vulnerado, e impulsar el restablecimiento del mismo", subraya el fallo. 

En lo que respecta a la libertad de expresión de la que se hace eco el Supremo en su sentencia, el recurso recuerda que según la doctrina del Alto Tribunal y del Tribunal de Estrasburgo, la libertad de expresión excluye las expresiones "ofensivas, vejatorias o insultantes" que "atenten injustificadamente contra la reputación de una persona haciéndola desmerecer ante opinión ajena".

Las víctimas del franquismo reclaman que el diputado del PP "se retracte de sus declaraciones, pida disculpas, y sea condenado al pago de 1.000 euros" que serán destinados a proyectos de exhumación. Además, la ARHM solicita al tribunal que Hernando "sea condenado, en concepto de reparación, a trabajos de exhumación a pie de fosa durante cinco días"

"Algunos se han acordado de su padre, parece ser, cuando había subvenciones para encontrarlos". Las declaraciones de Rafael Hernando, portavoz adjunto del PP en el Congreso de los Diputados, en una tertulia en la cadena 13TV el pasado mes de noviembre han terminado en el Tribunal Constitucional. Tras la negativa del Supremo de admitir a trámite la causa contra el dirigente conservador, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARHM) ha presentado la mañana de este viernes un recurso de amparo ante el alto tribunal.

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