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    <title><![CDATA[infoLibre - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Tribunales]]></description>
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      <title><![CDATA[Una tasa de condena de más del 90% y un juez al mando: así funciona un jurado como el que decidirá sobre Begoña Gómez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/tasa-condena-90-juez-mando-funciona-jurado-juzgara-begona-gomez_1_2235314.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ff71338b-acd2-4ed1-8e95-e28b789dfa48_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una tasa de condena de más del 90% y un juez al mando: así funciona un jurado como el que decidirá sobre Begoña Gómez"></p><p>En el imaginario colectivo aparece asociado a crímenes que ocupan horas y horas de televisión. Desde el asesinato de los pequeños <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-jurado-declara-culpables-a-los-padres-de-Asunta-Basterra-de-la-muerte-de-su-hija" target="_blank">Asunta Basterra</a> o <a href="https://www.infolibre.es/politica/ana-julia-quezada-declarada-culpable-asesinato-alevosia-abocada-prision-permanente_1_1174807.html" target="_blank">Gabriel Cruz</a> hasta el de Diana Quer o el de la expresidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco. Pero lo cierto es que el uso de jurado popular va más allá de los homicidios mediáticos. Esta figura, conformada por ciudadanos de a pie y con una tasa condenatoria superior a la de los tribunales profesionales, también ha sido utilizada para juzgar a políticos de todo pelaje. Y si nada cambia <strong>será la que también tenga en sus manos el futuro de Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno.</strong></p><p>La Audiencia de Madrid <a href="https://www.infolibre.es/politica/audiencia-madrid-mantiene-juicio-jurado-popular-begona-gomez_1_2226272.html" target="_blank">volvió a corregir</a> hace solo un mes a Juan Carlos Peinado, instructor del caso. Los magistrados, por un lado, consideraron prematuro sentar en el banquillo al empresario Juan Carlos Barrabés, contra quien ordenaron abrir una pieza separada para continuar con la investigación. <strong>Y, por otro, redujo los delitos por los que podían ser enjuiciadas Gómez y Cristina Álvarez, su asistenta en La Moncloa</strong>. En el caso de la primera, limitó el caso a malversación de caudales públicos y tráfico de influencias. Y en el caso de la segunda, solo malversación. Eso sí, avaló que ambas pudieran ser juzgadas por un jurado popular.</p><p>Este tipo de tribunal <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-12095" target="_blank">es competente para conocer y fallar</a> en relación a más de una decena de delitos. Es el caso, entre otros, del homicidio, de las amenazas, de la omisión del deber de socorro o del allanamiento de morada. Pero también de muchos tipos penales estrechamente vinculados con la corrupción: negociaciones prohibidas a funcionarios, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, tráfico de influencias o malversación. <strong>No es muy habitual, no obstante, que los delitos que persiguen a la mujer del presidente del Gobierno sean vistos por un jurado popular, que suele estar más ocupado con asesinatos y homicidios</strong>.</p><p>El año pasado se celebraron en la Audiencia de Madrid, según los <a href="https://www.vozpopuli.com/tribunales/el-juicio-se-le-pone-cuesta-arriba-a-begona-gomez-el-96-de-los-casos-con-jurado-acaban-en-condena.html?utm_medium=Social&utm_source=Facebook#Echobox=1784269813-1" target="_blank">datos recogidos en su memoria</a>, 49 juicios con jurado popular. Y <strong>solo en tres de ellos se puso sobre la mesa el delito de malversación</strong>. Una realidad que resulta extrapolable a toda España. En 2019, según un <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Estadistica-Judicial/Estadistica-por-temas/Datos-penales--civiles-y-laborales/Delitos-y-condenas/Tribunal-del-Jurado/" target="_blank">informe</a> que elaboró el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para celebrar el vigésimo quinto aniversario de la ley que regula esta figura, algo menos del <strong>12% de las sentencias dictadas en jurado por todo el país tenían que ver con la apropiación o el uso indebido de los fondos públicos</strong>, frente a un 66,2% que giraban alrededor de delitos contra las personas –en concreto, asesinato, homicidio y homicidio imprudente–.</p><p>El hecho de que <strong>queden excluidos de la competencia del jurado aquellos tipos penales cuyo enjuiciamiento venga atribuido a la Audiencia Nacional</strong> explica que las causas de corrupción más mediáticas, que terminan investigadas precisamente en ese órgano, queden al margen de estos tribunales populares. Lo cual no quiere decir que en algún caso las prácticas corruptas no acaben en manos de un jurado. Le ocurrió al expresidente balear Jaume Matas por pedir a un empresario que contratara a su mujer por 42.000 euros anuales sin que hiciera trabajo alguno. También al expresidente valenciano Francisco Camps por los trajes de la <em>Gürtel</em>. O al expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra por el supuesto cobro de una <em>mordida</em>.</p><p>Matas fue declarado culpable de un delito de cohecho. No así Camps y Fabra, a los que un jurado dividido acabó absolviendo. No suele ser, sin embargo, lo habitual en este tipo de procedimientos. La tasa de condena de estos tribunales suele ser superior al 90%. <strong>En 2024, según la última memoria anual del órgano de gobierno de los jueces, el 92,9% de las sentencias con jurado emitidas por todo el país fueron condenatorias</strong>. Una cifra que en 2023 se situó en el 96,4% y en 2022 en el 93,1%. Y que está por encima de la que se registra en los tribunales profesionales, donde en esos mismos años no se ha llegado al 90% ni en los casos instruidos como sumario ni en los seguidos como procedimiento abreviado.</p><p>Los cambios introducidos por la Audiencia de Madrid hace justo un mes obligan a Peinado a repetir algunos trámites de la llamada fase intermedia del <em>caso Begoña</em>. Es decir, las partes deben emitir nuevos escritos de conclusiones provisionales y el instructor tiene que volver a dictar auto de apertura de juicio oral ajustándose al marco de juego fijado por los magistrados de la Sección 23. Con todos estos trámites solventados, el expediente se mandaría ya a la Audiencia de Madrid para la celebración del juicio, <strong>que suele tardar alrededor de medio año en celebrarse</strong>. Con estos plazos sobre la mesa, Gómez se sentaría en el banquillo la próxima primavera, en pleno año electoral.</p><p><strong>Nueve ciudadanos formarán parte del jurado</strong>. Serán elegidos por sorteo de entre un grupo que, a su vez, habrá sido seleccionado también al azar. Todos ellos deberán ser vecinos de cualquiera de los municipios de la provincia en la que el delito se hubiera cometido, en este caso Madrid. Ninguno de ellos podrá tener una condena por delito doloso o estar procesado o acusado. Tampoco podrán formar parte del mismo, entre otros, miembros del Gobierno, diputados y senadores, jueces o fiscales. Y, por supuesto, tampoco aquellos que tengan "interés, directo o indirecto, en la causa" o hayan intervenido en la misma "como testigo, perito, fiador o intérprete". Una vez elegidos, las partes podrán recusar a aquellos en quienes afirmen que concurren causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición.</p><p>Junto a ellos, un magistrado-presidente de la Audiencia Provincial controlará todo el procedimiento. Este último tiene capacidad, por ejemplo, para disolver el jurado en la fase final <strong>"si estima que del juicio no resulta la existencia de prueba de cargo que pueda fundar una condena del acusado"</strong>. Y también quien traslade a los jurados la narración de hechos sobre los que se tienen que pronunciar, diferenciando entre los que fueren contrarios al acusado y los que le resulten favorables. Serán estos últimos los que deberán emitir un veredicto de culpabilidad o inocencia. Ahora bien, no serán ellos los que fijen la pena ni dicten la sentencia. Eso corresponde al magistrado-presidente. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 23 Aug 2026 17:25:52 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Una tasa de condena de más del 90% y un juez al mando: así funciona un jurado como el que decidirá sobre Begoña Gómez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Justicia,Begoña Gómez]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[De la donación de Chamberí a la exclusividad de Puerta de Hierro: el ladrillo persigue a Díaz Ayuso]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/donacion-chamberi-exclusividad-puerta-hierro-ladrillo-persigue-diaz-ayuso_1_2235347.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ff20165c-ee2b-4664-8ef6-13b394872113_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="De la donación de Chamberí a la exclusividad de Puerta de Hierro: el ladrillo persigue a Díaz Ayuso"></p><p>El 14 de septiembre de 2011 Isabel Díaz Ayuso, entonces diputada en la Asamblea de Madrid, ya daba por hecho que MC Infortécnica SL, propiedad al 25% de sus padres, estaba acabada. Así lo plasmó en un email remitido a un directivo de la entidad semipública Avalmadrid, en el que se mostraba convencida de que los tres socios de sus progenitores <strong>estaban montando "empresas paralelas" para "desviar el negocio" y "dejar morir" la otra firma</strong>. Había entrado en contacto con este directivo en julio, interesada en conocer la solvencia económica del grupo por si un posible impago del préstamo de 400.000 euros concedido unos meses antes por la entidad a la compañía participada por sus padres podía acabar afectando al patrimonio familiar.</p><p>Tan solo nueve días después quedó confirmada la quiebra. El 23 de septiembre, el Grupo MC, que había comenzado 2011 con 40 trabajadores, despidió a la práctica totalidad de la plantilla –solo quedaron los más vinculados a los ejecutivos–. Para finales de año, <strong>la empresa tenía que realizar el primer pago del préstamo: 100.000 euros de principal y 3.292 euros de intereses</strong>. Pero no devolvió un solo euro. Cinco meses más tarde, el Comité de Morosidad de Avalmadrid acordó embargar los bienes con los que los cuatro matrimonios propietarios de MC Infortécnica justificaron su solvencia cuando solicitaron el aval-crédito.</p><p>Para entonces, tal y como desveló <strong>infoLibre</strong>, los socios <a href="https://www.infolibre.es/politica/avalmadrid-permitio-siete-operaciones-alzamiento-bienes-avalistas-prestamo-caso-ayuso_1_1174063.html" target="_blank">ya habían comenzado a deshacerse de sus propiedades</a>. El 7 de octubre de 2011, la diputada conservadora aceptó, pese a que la operación podía constituir un delito de alzamiento de bienes,<strong> que sus padres le donasen la nuda propiedad de un piso de 90 metros</strong> cuadrados en el barrio madrileño de Chamberí, uno de los más caros de la capital. Ese mismo día salió del patrimonio del matrimonio la vivienda de Sotillo de la Adrada (Ávila). El chalé, de 212 metros cuadrados, fue donado a su otro hijo, Tomás. El nombre de este último saltó a la palestra durante la pandemia, cuando <a href="https://www.infolibre.es/politica/anticorrupcion-confirma-hermano-ayuso-obtuvo-234-000-euros-comision-comercial-no-ve-ilegalidad_1_1265867.html" target="_blank">se descubrió que cobró una comisión de 234.000 euros</a> al calor de un contrato de compra de mascarillas que la Comunidad de Madrid cerró con Priviet Sportive, empresa de un amigo de la familia Díaz Ayuso.</p><p>Seis meses después, y <a href="https://www.infolibre.es/politica/ayuso-beneficio-donacion-segundo-inmueble-madrid-operacion-sospechosa-alzamiento-bienes_1_1173377.html" target="_blank">en una operación similar</a>, otro inmueble acabó en manos de los hermanos. En este caso, la transmisión de la propiedad se hizo a través de la donación al 50% de las participaciones de <strong>Sismédica SL</strong>, sociedad que era a su vez dueña de un local de oficinas de 180 metros cuadrados en Madrid. Los Díaz Ayuso perdieron el inmueble cinco años y medio más tarde, cuando el mismo le fue adjudicado judicialmente a Bankinter. El local había sido hipotecado como garantía en un préstamo de 175.000 euros solicitado a la entidad financiera. Un dinero canalizado hacia el grupo MC que Sismédica, que durante años incumplió la obligación de presentar cuentas, no había devuelto.</p><p>Mucho ha cambiado desde entonces. Aquella parlamentaria que compartía cervezas y tertulias en <em>La Tuerka</em> con quienes conformarían la flor y nata de Podemos se sienta hoy en la Puerta del Sol. Desde hace siete años es presidenta de la Comunidad de Madrid y líder indiscutible del PP regional. Sin embargo, <strong>el ladrillo sigue siendo uno de sus puntos débiles</strong>, origen de sus grandes quebraderos de cabeza y de crisis completamente inesperadas. Porque los enredos inmobiliarios de la líder del Ejecutivo autonómico han sido continuos durante los últimos años. Tanto como para desatar tormentas políticas en pleno parón veraniego.</p><p>"Estoy harta de pagar alquiler y tengo ilusión por comprarme una casa, pero en Madrid se ha disparado la vivienda", lanzaba Ayuso en una <a href="https://www.elmundo.es/yodona/actualidad/2022/06/24/62b35a1c21efa0e0528b4596.html" target="_blank">entrevista concedida en junio de 2022</a>. Solo un mes después de aquellas palabras, Alberto González Amador, con quien la presidenta madrileña mantenía una relación, compró –también en el distrito de Chamberí– un piso de 183 metros cuadrados. Por aquel entonces, el empresario, estrechamente vinculado a Quirón –uno de los grandes beneficiados de la privatización sanitaria madrileña–, <strong>ya estaba bajo la lupa de la Agencia Tributaria por sus negocios millonarios durante la pandemia. Una inspección que acabó destapando un fraude fiscal de 350.910 euros</strong> que ahora está a la espera de juicio.</p><p>Ayuso se mudó a aquel inmueble con González Amador. La pareja, sin embargo, también disfrutaba del ático de lujo que se encontraba en la planta superior. Aquel inmueble había sido adquirido en julio de 2023, precisamente, por la sociedad Babia Capital, que casualmente administraba Javier Gómez Fidalgo, el fiscalista de León que representó a González Amador ante la Agencia Tributaria. <strong>Durante casi un año se ocultó en qué régimen estaban disfrutando ambos de dicho inmueble</strong>. Hasta que el empresario <a href="https://www.infolibre.es/politica/novio-ayuso-defiende-legalidad-negocios-quiron_1_1976389.html" target="_blank">desveló en sede judicial</a> que estaba pagando un alquiler de 5.000 euros al mes por aquel ático, que <a href="https://elpais.com/espana/madrid/2025-11-19/el-novio-de-ayuso-compra-el-atico-que-disfruta-junto-a-la-presidenta-con-una-hipoteca-de-600000-euros.html" target="_blank">terminó comprando</a> definitivamente a finales del pasado año.</p><p>Hace solo unas semanas González Amador puso a la venta ambos inmuebles por 3,3 millones de euros. Dicho movimiento se conoció pocas horas después de que el diario <a href="https://elpais.com/espana/madrid/2026-07-29/la-comunidad-de-madrid-compra-un-atico-de-lujo-en-chamberi-para-que-lo-use-ayuso-como-oficina-temporal.htmlml" target="_blank"><em>El País</em></a> revelara que el pasado mes de abril la Comunidad de Madrid había comprado por 6,3 millones de euros un ático en Chamberí que se encuentra justo enfrente del piso cuya nuda propiedad le donaron sus padres en 2011. La operación, que se mantuvo oculta, <strong>se llevó a cabo a través de la empresa pública Planifica Madrid</strong>, cuya cartera inmobiliaria, tal y como <a href="https://www.publico.es/politica/compra-excepcional-gobierno-ayuso-cartera-inmobiliaria-planifica-madrid-hay-similar-atico.html" target="_blank">desveló </a><a href="https://www.publico.es/politica/compra-excepcional-gobierno-ayuso-cartera-inmobiliaria-planifica-madrid-hay-similar-atico.html" target="_blank"><em>Público</em></a>, no suele incluir áticos –más bien, está conformada por oficinas o naves industriales–.</p><p>Desde el Ejecutivo regional se aseguró en un primer momento que el inmueble sería utilizado como "oficina" de la presidenta madrileña mientras durase la reforma prevista en la Real Casa de Correos, sede del Gobierno regional. "Un lugar donde temporalmente se puedan recibir reuniones institucionales", resumió Ayuso tras conocerse la adquisición. La normativa municipal, sin embargo, prohíbe usar un ático como oficina. Sí es posible, sin embargo, destinarlo a uso residencial, pero Ayuso negó tajantemente que fuera a utilizar el inmueble como vivienda. Al final, pocas horas después de conocerse la compra, <strong>el Gobierno regional decidió poner a la venta el ático de lujo por 6,7 millones de euros</strong>.</p><p>El asunto ha acabado en los tribunales. El Juzgado de Instrucción nº8 de Madrid <strong>estudia cinco denuncias</strong>: cuatro le fueron remitidas por la Fiscalía –tres de particulares y una del PSOE– y la quinta la interpuso directamente el partido Iustitia Europa. Sobre la mesa, delitos de prevaricación, malversación, fraude o administración desleal. Además, hay otra ante el Tribunal de Cuentas. </p><p>Ayuso <strong>ya se enfrentó en el pasado a una querella por la donación del piso de Chamberí</strong>. Sin embargo, el Tribunal Supremo, obviando los correos intercambiados con el directivo de Avalmadrid, la inadmitió <a href="https://www.infolibre.es/politica/hechos-obvia-supremo-auto-archivo-ayuso-alzamiento-bienes_1_1213833.html" target="_blank">sosteniendo</a> que no constaba que la presidenta conociera la situación económica y la deuda de la empresa participada por sus padres.</p><p>A pesar de los esfuerzos por atajarla, la crisis del ático sigue persiguiendo al Gobierno regional, que aún no ha hecho público el expediente de la extraña compra. Y no es el primer verano marcado por la polémica. Hace justo un año, la oposición cargaba con dureza contra la presidenta regional por el uso privado que hizo junto a su familia de un chalé oficial en Rascafría. Ahora, en medio de la tormenta política, Ayuso ha decidido dejar finalmente el piso en el que vivía con González Amador e instalarse de alquiler en una urbanización de Puerta de Hierro, tal y como reveló <a href="https://elpais.com/espana/madrid/2026-08-19/ayuso-se-instala-en-una-urbanizacion-de-puerta-de-hierro-tras-dejar-el-atico-que-compartia-con-gonzalez-amador.html" target="_blank"><em>El País</em></a>. <strong>La mensualidad en esta exclusiva zona oscila entre los 2.500 y los 3.000 euros</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 23 Aug 2026 04:01:22 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <title><![CDATA[El PP acusa al PSOE de vulnerar la Constitución, pero bloquea la renovación del órgano de garantías]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/pp-acusa-psoe-vulnerar-constitucion-bloquea-renovacion-organo-garantias_1_2235357.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/8ae5438e-a76e-4fd4-a396-3d23e248b562_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El PP acusa al PSOE de vulnerar la Constitución, pero bloquea la renovación del órgano de garantías"></p><p>El Partido Popular acude, en materia de Justicia –aunque no solo–, a la brocha gorda y a la hipérbole en su estrategia contra el Gobierno, al que acusa, sin mucho éxito, de <strong>vulnerar la Constitución</strong>. <a href="https://www.infolibre.es/politica/aval-luxemburgo-amnistia-acaba-tres-anos-maniobras-judiciales-ineditas-ley_1_2226109.html" target="_blank">Lo hizo con la amnistía y perdió</a>. También lo señala por atacar la separación de poderes o la independencia judicial cuando cuestiona procesos con actuaciones judiciales más que dudosas, como <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-condena-fiscal-general-2-anos-inhabilitacion-revelacion-secretos_1_2101259.html" target="_blank">la condena al ex fiscal general</a> o el <a href="https://www.infolibre.es/politica/audiencia-madrid-mantiene-juicio-jurado-popular-begona-gomez_1_2226272.html" target="_blank"><em>caso Begoña Gómez</em></a>. Esta supuesta pureza en la defensa de la norma fundamental cede, sin embargo, cuando entran en juego sus intereses partidistas. Y uno de ellos es <strong>volver a dominar el Tribunal Constitucional (TC) con una mayoría afín</strong>. Al igual que hizo con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), provocando una crisis constitucional sin precedentes,<a href="https://www.infolibre.es/politica/audiencia-madrid-mantiene-juicio-jurado-popular-begona-gomez_1_2226272.html" target="_blank"> hace ya ocho meses que bloquea la renovación en el Senado de cuatro magistrados</a> del órgano de garantías.</p><p>Lo escribió en su cuenta de X el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. <strong>"Hace ocho meses que el PP incumple la Constitución"</strong>, señaló Félix Bolaños en su publicación del pasado 17 de agosto. <strong>"Ocho meses sin renovar los cuatro magistrados del TC que tocan al Senado con excusas baratas</strong>. Con el CGPJ estuvieron más de cinco años incumpliendo la obligación de renovación", prosiguió. Y terminó haciendo referencia a una de las últimas polémica político-constitucionales huecas del partido de Feijóo, que exigió la comparecencia inmediata de cuatro ministros para explicar la crisis de Ceuta cuando el Ejecutivo ya había avanzado que daría las explicaciones pertinentes. <strong>"El PP en el Senado: numeritos, muchos; cumplir la Constitución Española, nada"</strong>, concluyó.</p><p>Así pues, para el PP, <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-lanza-senado-gobierno-sanchez-exigir-comparecencias-reclamo-rajoy_1_2235021.html" target="_blank">que el Gobierno se niegue a comparecer en la Cámara que controla, el Senado, en el momento exacto en que sus senadores quieren, es una vulneración constitucional</a> de la obligación del Ejecutivo de someterse al control del Parlamento, por la que su presidente, Pedro Rollán, está meditando adoptar "acciones legales". Acciones legales que ya ha ejercido –<strong>planteando un conflicto de atribuciones en el TC</strong>– por la incapacidad de Pedro Sánchez de reunir apoyos suficientes para sacar adelante unos Presupuestos. Sin embargo, como decía Bolaños en su tuit, <strong>Rollán y los suyos llevan ocho meses vulnerando el mandato que les impone el artículo 159.3 de la Constitución:</strong> "Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres". Toca ahora al Senado. Pero se niega a hacerlo.</p><p>Y todo indica en que persistirá en su negativa al menos un año más. Así lo vino a anunciar, sin decirlo expresamente, la portavoz del PP en el Congreso, Ester Muñoz, cuando le preguntaron por ello en un desayuno informativo. Dijo que su partido no había <strong>"podido" </strong>iniciar los trámites para la renovación porque había <strong>“incertidumbre” por los procesos electorales</strong> y, por tanto, <strong>tocaba “esperar”</strong>. Pero Muñoz también dejó meridianamente claro que la actual mayoría del Constitucional no le gusta, pese a que el PP de Pablo Casado participó en su renovación en octubre de 2021 y <a href="https://www.infolibre.es/temas/enrique-arnaldo/" target="_blank">eligió a magistrados como </a><a href="https://www.infolibre.es/temas/enrique-arnaldo/" target="_blank"><strong>Enrique Arnaldo</strong></a> y <strong>Concepción Espejel</strong>. </p><p>Justificó el bloqueo –y el incumplimiento por su formación del mandato constitucional de renovar– como si su partido estuviera estuviera prestando un servicio a España: <strong>“Ojalá volviéramos a tener un Tribunal Constitucional en el que no todos sepamos de antemano cómo van a acabar las votaciones</strong>, <strong>en el que las decisiones no terminen siempre con un 7-5</strong> y con magistrados de reconocido prestigio que piensen antes en los intereses de España que en los intereses de quien les ha puesto". El Tribunal Constitucional tiene, por su propia configuración, una clara dimensión política: sus miembros son designados a propuesta de los tres poderes del Estado: el Legislativo (Congreso y Senado), el Ejecutivo y el Judicial.</p><p>Si el objetivo del bloqueo durante más de cinco años de la renovación de CGPJ fue no ceder el control de la cúpula judicial a través de los nombramientos a una mayoría de vocales progresista, <strong>el bloqueo del Constitucional busca hacerse con la única institución que podría actuar como contrapeso si el PP llegara al Gobierno</strong>. En condiciones normales, la mayoría progresista en el órgano de garantías tendría que durar, al menos, hasta 2031, ya que alcanzar los tres quintos de los votos para nombrar a los nuevos magistrados exige negociar a los dos principales partidos, que se suelen repartir dos designaciones para cada uno. La "incertidumbre" de la que hablaba Muñoz para justificar el bloqueo es, en realidad, una expectativa: la de <strong>conseguir, por sí mismo o con Vox, los tres quintos de senadores necesarios</strong> y así no tener que ceder puestos al PSOE. Eso permitiría nombrar a los cuatro jueces y supondría un revolcón inmediato al juego de mayorías en el Constitucional.</p><p>Todas las esperanzas del PP están puestas en las autonómicas de la próxima primavera y las generales, que como muy tarde llegarán en julio del año que viene. <strong>Los populares esperan un fuerte batacazo de Sánchez y sus socios que les permita ampliar su mayoría en la Cámara Alta –con o sin Vox– en 11 senadores</strong> y llegar así a los tres quintos. Tras sus éxitos en Extremadura, Castilla y León, Aragón y Andalucía, un gran resultado en las autonómicas de mayo (Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja, Ceuta y Melilla) podría contribuir a ese objetivo gracias a los <strong>senadores de designación autonómica</strong>. En la renovación del tercio del Constitucional que corresponde al Senado, <strong>son las asambleas regionales las que, en primer lugar, deben proponer candidatos</strong> a magistrado.</p><p>El control del Constitucional por magistrados afines al PP <a href="https://www.infolibre.es/politica/tandem-pp-vox-aspira-altas-cuotas-haya-tenido-partido-democracia_1_2113419.html" target="_blank">sería el broche al ciclo de mayor acumulación de poder de la derecha y la ultraderecha en España en democracia</a>. Si se cumplen sus objetivos, además de ambas cámaras, el Gobierno y la mayoría de los Ejecutivos autonómicos, la derecha seguirá controlando el Poder Judicial (<a href="https://www.infolibre.es/politica/perello-pasa-oposicion-complejos-critica-gobierno-cree-500-plazas-cgpj-le-pidio_1_2138917.html" target="_blank">donde no ha perdido su influencia tras la renovación de 2024 gracias al nombramiento de Isabel Perelló como presidenta</a>). Volcar el juego actual de mayorías en el órgano de garantías, en el que los magistrados progresistas siguen siendo más, acabaría con el último reducto de poder de la izquierda rompiendo dramáticamente el equilibrio de poder hacia PP y Vox. Y para lograrlo, <strong>no basta con nombrar a dos o tres magistrados, algo que no tumbaría la mayoría actual</strong>. Necesitan designar a los cuatro.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 22 Aug 2026 04:01:06 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El PP acusa al PSOE de vulnerar la Constitución, pero bloquea la renovación del órgano de garantías]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Tribunal Constitucional,Senado,PP,Jueces,Constitución,Democracia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Asociación de Juezas alerta de hasta un 20% más de casos en juzgados de violencia machista por la trata y la violencia sexual]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/asociacion-juezas-alerta-20-casos-juzgados-violencia-machista-trata-violencia-sexual_1_2235275.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d46f45d9-73f0-4fb9-975d-0a236d9e5669_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Asociación de Juezas alerta de hasta un 20% más de casos en juzgados de violencia machista por la trata y la violencia sexual"></p><p>La expansión de la competencia de las <strong>secciones de Violencia sobre la Mujer </strong>de los tribunales de instancia, <a href="https://www.infolibre.es/igualdad/victimas-sombra-estadistica-oficial_1_2165570.html" target="_blank">no solo a la violencia doméstica, sino a cualquier tipo de agresión o delito por razones de género</a> es uno de los principales retos de estos órganos. Así lo afirma la <a href="https://www.mujeresjuezas.es/" target="_blank">Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE)</a> a la que preocupa especialmente los casos de trata de mujeres, por la gran complejidad que suponen. La asociación progresista y feminista insiste en la paradoja del sistema judicial español en el que seis de cada diez miembros de la magistratura son juezas que, sin embargo, están <strong>infrarrepresentadas en la cúpula</strong> –Tribunal Supremo, presidencias de Audiencias Provinciales y presidencias de sala de tribunales superiores– donde apenas superan el 30%. En las cinco salas del Alto Tribunal, las mujeres ni siquiera alcanzan el 20% de los puestos. La ley de paridad, vigente desde agosto de 2024, impone que el reparto de cargos se sitúe en la horquilla del 40-60% para cada sexo.</p><p>Todas estas apreciaciones se encuentran recogidas en el informe enviado por el colectivo a la Comisión Europea para la elaboración del Informe sobre el Estado de Derecho, publicado por el Ejecutivo comunitario el pasado julio. La AMJE destaca <a href="https://www.infolibre.es/politica/sobrecarga-juzgados-violencia-mujer-pone-alerta-jueces-nuevas-competencias_1_1961087.html" target="_blank">la "drástica expansión del catálogo de crímenes"</a> que los órganos judiciales especializados en violencia machista tienen que afrontar desde la entrada en vigor de la ley de eficiencia, el 1 de enero de 2025. Esa expansión se debió a la necesidad de adaptar la legislación española sobre la materia al <strong>Convenio sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul)</strong> del Consejo de Europa, firmado por España en 2011.</p><p>Uno de los nuevos delitos que recaen con la nueva ley en las secciones de Violencia sobre la Mujer de los nuevos tribunales de instancia es <a href="https://www.infolibre.es/politica/trata-explotacion-sexual-prostitucion-respuestas-debate-enquistado_1_1162566.html" target="_blank">la trata de seres humanos con fines de explotación sexual</a> cuando la víctima es una mujer. "Existe un problema en estos casos de prostitución y trata porque, en la mayoría de las ocasiones se trata de <strong>casos complejos</strong>", explica el informe de AMJE enviado al Ejecutivo comunitario. Esas causas, además del tráfico de personas y la prostitución forzada, <strong>suelen incluir delitos de narcotráfico, blanqueo de capitales y falsificación de documentos</strong>, infracciones penales que van mucho más allá de la tradicional especialización en violencias ejercidas por la pareja o expareja de la víctima. </p><p>En estos tribunales, la competencia, además, viene determinada por el domicilio de la víctima, pero, tal y como advierte la asociación de juezas, "en los casos de trata y explotación sexual, es especialmente difícil porque implica <strong>organizaciones criminales que operan desde distintos lugares</strong>", sostiene el informe a Bruselas de AMJE. "Las víctimas, en muchos casos, ni siquiera tienen un domicilio", añade. </p><p>La asociación calcula que las nuevas competencias de estos órganos especializados supondrán <strong>un incremento de casos de entre el 12,9% y el 20%</strong>, al tener que hacerse cargo, no solo de la trata, sino también de todos los casos de <strong>violencia sexual y acoso, los delitos contra la intimidad y el honor, como el </strong><em><strong>sexting</strong></em><strong> (revelación de secretos) o las injurias relacionadas con el género o la violencia vicaria</strong>. "Cambiar la ley no es suficiente", advierte AMJE. "Es necesario <strong>formar a los jueces y el resto de personal </strong>de los juzgados en la ley del solo sí es sí y las nuevas dinámicas de agresión sexual, que requieren conocimientos tecnológicos complejos para los que no siempre hay personal especializado".</p><p>El colectivo feminista también se refiere a la situación general de la mujer en el cuerpo judicial. Y no habla únicamente de la <strong>segregación vertical</strong>, que perjudica a las mujeres, mayoritarias en la judicatura, y les dificulta acceder a los tribunales y puestos de la cúpula. También existe una<strong> "segregación horizontal"</strong>, que coloca a las juezas y magistradas en determinados ámbitos: secciones de <strong>Violencia sobre la Mujer</strong> (donde ocupan el 76,9% de las plazas), secciones de <strong>primera instancia e instrucción</strong> (70,5%), secciones de <strong>menores</strong> (67,4%) y <strong>secciones de lo Penal</strong> (67,4%). </p><p>"Su presencia decae sistemáticamente en las audiencias provinciales, tribunales superiores y órganos centrales [es decir, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional]", recuerda AMJE, que asegura que <strong>la regulación del Consejo para la provisión de los puestos discrecionales en los principales tribunales "no garantiza una igualdad de género real y efectiva"</strong>. Desde el órgano de gobierno de los jueces, sin embargo, aseguran que uno de los problemas con el que se encuentran los vocales –más allá de las distintas posiciones que los dos sectores sostienen sobre la paridad de las designaciones que los progresistas siempre tratan de cumplir– es la ausencia de candidatas a algunas de esas posiciones clave. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Aug 2026 17:58:19 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Asociación de Juezas alerta de hasta un 20% más de casos en juzgados de violencia machista por la trata y la violencia sexual]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Violencia machista,Violencia sexual,Tráfico personas,Delitos,violencia de género,Machismo,Unión Europea,Consejo General del Poder Judicial]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Juzgados desbordados y una avalancha de recursos a la vista: la radiografía del CGPJ de la crisis de Ceuta]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juzgados-desbordados-avalancha-recursos-vista-radiografia-cgpj-crisis-ceuta_1_2235287.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/fd38fbf5-1fc2-48d7-86e9-f50e3586becb_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Juzgados desbordados y una avalancha de recursos a la vista: la radiografía del CGPJ de la crisis de Ceuta"></p><p><strong>"La crisis migratoria ocurrida los días 30 y 31 de julio de 2026 en Ceuta ha afectado de manera extraordinaria al desarrollo del servicio público de justicia"</strong>. Así de contundente se mostraba hace una semana el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en relación a la entrada masiva de más de 70.000 personas en la ciudad autónoma. El informe, fechado el 12 de agosto y al que ha tenido acceso <strong>infoLibre</strong>, hace una radiografía de la compleja situación que atraviesan –y que previsiblemente se prolongará a lo largo del tiempo– los órganos judiciales ceutíes. Y ha servido de base al órgano de gobierno de los jueces para solicitar un refuerzo de personal que debe ser acordado por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que hace un par de semanas ya adoptó algunas medidas en esa dirección.</p><p>El Servicio de Inspección resalta que si bien la crisis migratoria no ha tenido una "repercusión directa relevante" en la Sección Civil, sí que ha afectado "de manera extraordinaria" a la Sección de Instrucción y, particularmente, al "funcionamiento" del Juzgado de Guardia, que se ha visto "desbordado" por el "elevado volumen de procedimientos penales" incoados y tramitados. Si bien los dos primeros días apenas hubo detenidos como consecuencia del "colapso" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, <strong>el primero de agosto el juzgado en funciones de guardia –la Plaza nº3 del Tribunal de Instancia de Ceuta– recibió 20, con asuntos de "especial complejidad", lo que "prolongó la jornada laboral hasta las tres de la madrugada"</strong>. Desde entonces, la media de detenciones diarias se situó en una decena.</p><p>Un "incremento extraordinario de la actividad" que también experimentó la Plaza nº4 del Tribunal de Instancia de Ceuta durante la guardia del miércoles 5 al martes 11 de agosto. En esos días <strong>se recibieron</strong> <strong>72 atestados con detenidos o citados</strong>: 16 el miércoles, 4 el jueves, 6 el viernes, 7 el sábado, 11 el domingo, 15 el lunes y 13 el martes. A la hora de facilitar la información, la magistrada titular del juzgado, con competencia en materia de violencia sobre la mujer, también destacó la incoación de 9 diligencias previas por agresiones sexuales durante esa semana, "unas por atestado otras por informe médico". <strong>Un "incremento notable" si se tiene en cuenta que en lo que iba de año se habían incoado 16 diligencias de ese tipo, unas 2,25 mensuales</strong>.</p><p>"El personal viene realizando jornadas de trabajo tanto de mañana como de tarde, asumiendo una carga de trabajo muy superior a la ordinaria", destaca el informe. "Están desbordados", insisten a este diario fuentes judiciales conocedoras de la situación en la ciudad autónoma. Una situación que amenaza con prolongarse "durante un periodo de tiempo amplio" en unos órganos judiciales que ya presentaban "carencias". Entre otras cosas, por la complejidad de algunos asuntos. <strong>Una parte significativa de las diligencias incoadas por fallecimiento permanecen aún hoy pendientes de la identificación de las víctimas</strong>. Solo a seis de los 82 muertos se les ha puesto ya nombre, <a href="https://elpais.com/espana/2026-08-19/el-drama-de-abordar-82-muertes-en-ceuta-en-apenas-dos-dias-muchos-forenses-se-rompieron-yo-el-primero.html" target="_blank">según el director del Instituto de Medicina Legal de Ceuta</a>.</p><p>"Hasta que las tareas identificativas puedan llevarse a cabo, <strong>los procedimientos permanecerán abiertos, siendo necesario continuar practicando diligencias</strong>, mantener las comunicaciones con los distintos organismos intervinientes y dictar las resoluciones procesales que procedan", resalta el informe. La tramitación de este tipo de procedimientos presenta "una especial complejidad técnica y requiere la dedicación de un importante número de recursos humanos" al implicar "comunicaciones y traslados a los servicios sanitarios", "adopción de resoluciones relativas a la inhumación" o contacto continuo con la consejería competente y el Registro Civil de Ceuta para la inscripción del fallecimiento y el posterior entierro.</p><p><strong>Numerosas personas detenidas, además, "se encontraban requeridas" por juzgados ubicados en distintos puntos del territorio nacional</strong>. Y esa ha sido otra de las "principales dificultades operativas" con las que se han topado los jueces de la ciudad autónoma a lo largo de estas últimas semanas. "[Eso] Obliga a incoar y tramitar diversos procedimientos respecto de una misma persona para dar cumplimiento a las requisitorias vigentes, generando una carga añadida de actuaciones procesales, comunicaciones, consultas y resoluciones que ralentizan significativamente la tramitación", se recoge en el informe del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.</p><p>A medida que pasen las semanas, las fuentes judiciales consultadas dan por hecho un incremento notable de la carga de trabajo también en el área contencioso-administrativa <strong>por la previsible "avalancha" de recursos contra las resoluciones de expulsión que se puedan ir dictando</strong>. Algo en lo que también pone el acento la Inspección en relación con los más de <a href="https://www.infolibre.es/politica/2-000-menores-esperan-respuesta-ceuta-pp-vox-exigen-priorizar-devoluciones_1_2235249.html" target="_blank">dos millares de niños y niñas que llegaron solos a la ciudad autónoma</a> y cuyo procedimiento de devolución debe ser mucho más escrupuloso. "La necesidad de tramitar la repatriación de los menores [...] conllevará, por lo que al área civil se refiere, la incoación de numerosos expedientes de jurisdicción voluntaria para el nombramiento de un defensor judicial a cada menor en los distintos procedimientos judiciales –recursos contencioso-administrativos– que se pudieran interponer contra las resoluciones de la delegación del Gobierno sobre repatriación".</p><p>Con esta radiografía sobre la mesa, la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces considera necesario que se refuerce con un juez el turno de guardia y con otro magistrado para tramitar los delitos sexuales. Además, ha acordado "diferir el cese" del juez pendiente de destino que se encontraba dando apoyo en la Plaza nº4 del Tribunal de Instancia, la que tiene competencia en materia de violencia contra la mujer. Además, ha acordado poner en conocimiento del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes la necesidad de acordar refuerzos –un letrado de la Administración de Justicia, un gestor, dos tramitadores y una persona del Cuerpo de Auxilio Judicial– para dar apoyo en la tramitación de procedimientos.</p><p>Por otro lado, la Permanente también ha trasladado a la cartera dirigida por Félix Bolaños la necesidad de incorporar <strong>un par de intérpretes y un servicio urgente de tasación pericial para el servicio de guardia</strong>. Los tasadores son fundamentales, explican las fuentes judiciales consultadas por este diario, en casos de hurtos, robos o daños. En su informe de situación, recogido en el documento del Servicio de Inspección del Poder Judicial, la titular de la Plaza nº4 del Tribunal de Instancia de Ceuta resaltaba el <strong>"importante número de detenidos por resistencia y atentado y por delitos contra el patrimonio, especialmente robos con violencia"</strong>.</p><p>Desde el Ministerio de Justicia sostienen que ya trasladaron en su día su compromiso por aprobar todos los refuerzos que sean necesarios. <strong>Y señalan que hace solo un par de semanas adoptaron varias medidas para aumentar la capacidad de la Administración de Justicia en la ciudad autónoma</strong>. Así, se incrementó la capacidad operativa del Instituto de Medicina Legal en más de un 271% y se autorizaron apoyos en la Fiscalía del Área de Ceuta o en su Tribunal de Instancia, con el refuerzo de dos plazas de tramitación procesal durante dos meses y de una de médico forense durante seis. Además, se autorizó la incorporación de cinco letrados más al turno de oficio.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Aug 2026 17:58:05 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Juzgados desbordados y una avalancha de recursos a la vista: la radiografía del CGPJ de la crisis de Ceuta]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Justicia,Gobierno,Consejo General del Poder Judicial]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La asociación judicial Francisco de Vitoria compara ante la UE a España con la Polonia ultra del PiS]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/asociacion-judicial-francisco-vitoria-compara-ue-espana-polonia-ultra-pis_1_2235235.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/dd92d183-6764-43c0-bb35-9d08eec4574e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La asociación judicial Francisco de Vitoria compara ante la UE a España con la Polonia ultra del PiS"></p><p>Las principales asociaciones judiciales conservadoras, a las que están asociados más del 50% de los jueces y juezas españoles, han vuelto a criticar ante la Unión Europea todas y cada una de las reformas judiciales planteadas por el Gobierno de Pedro Sánchez, <a href="https://www.infolibre.es/politica/fuera-ley-control-seguimiento-merma-salarial-huelga-jueces-fiscales_1_2026214.html" target="_blank">contra las que hicieron una huelga ilegal en julio de 2025</a>. Los tres colectivos –la mayoritaria<strong> Asociación Profesional de la Magistratura</strong> (APM); <strong>Francisco de Vitoria</strong> (FdV), segunda en número de asociados, y <strong>Foro Judicial Independiente</strong> (FJI, que sostiene, en contra del sentir generalizado de la carrera, que no es de derechas)– han vuelto a pintar ante la Comisión Europea un panorama desolador en el que el Ejecutivo atenta sistemáticamente contra la separación de poderes y la independencia judicial, y busca a la desesperada colocar a jueces afines. </p><p>Pero en sus contribuciones enviadas a Bruselas para la elaboración del <em>Informe sobre el Estado de Derecho de la UE</em>, publicado el pasado julio, destaca, por su hipérbole, la de la FdV. La asociación más numerosa detrás de la APM <strong>ha vuelto a comparar la España de Pedro Sánchez con la Polonia de los populistas ultras del PiS</strong> que, hasta la llegada del nuevo primer ministro polaco Donald Tusk, fueron un auténtico quebradero de cabeza para la comisión por su deriva antiliberal. Además, el colectivo <strong>vuelve a pedir a Europa que intervenga en defensa de la democracia</strong>, como hizo en su momento con Varsovia y con la Hungría del <em>iliberal</em> Víktor Orban. </p><p>En plena ola de descrédito de la magistratura y <a href="https://www.infolibre.es/politica/sospecha-politizacion-jueces-multiplica-votantes-izquierda_1_2220270.html" target="_blank">con dos encuestas recientes –publicadas por </a><a href="https://www.infolibre.es/politica/sospecha-politizacion-jueces-multiplica-votantes-izquierda_1_2220270.html" target="_blank"><em>El País</em></a><a href="https://www.infolibre.es/politica/sospecha-politizacion-jueces-multiplica-votantes-izquierda_1_2220270.html" target="_blank"> y </a><a href="https://www.infolibre.es/politica/sospecha-politizacion-jueces-multiplica-votantes-izquierda_1_2220270.html" target="_blank"><em>La Vanguardia</em></a><a href="https://www.infolibre.es/politica/sospecha-politizacion-jueces-multiplica-votantes-izquierda_1_2220270.html" target="_blank">–</a> que mostraban una percepción muy amplia (sobre todo entre los votantes de izquierda) de <strong>falta de imparcialidad de una judicatura muy mayoritariamente escorada a la derecha</strong>, las reclamaciones de la Francisco de Vitoria (de centroderecha o moderada) a la Comisión son un dato relevante. En primer lugar porque se trata del segundo colectivo en número de asociados (952), que representan casi el 20% de los 5.431 jueces y juezas españoles. Uno de cada cinco jueces o magistrados pertenece a esta asociación que, sin embargo, carece de representantes en el Consejo General del Poder Judicial.</p><p>En Europa, según fuentes de la Comisión consultadas por infoLibre, <strong>no entienden estas reclamaciones y comparaciones exageradas</strong> con socios en los que el Estado de derecho sí estuvo en franco peligro, como Hungría o Polonia. No es la primera vez que un colectivo judicial conservador español, alineándose con el PP, pide la intervención de Bruselas, <strong>con la consiguiente perplejidad del organismo que dirige Ursula von der Leyen</strong>. APM, FdV y Foro reclamaron la apertura de un procedimiento sancionador (que hubiera supuesto un recorte de fondos europeos) con la reforma que impidió nombrar cargos a un CGPJ prorrogado en 2021 y más tarde con la ley de amnistía. </p><p>El informe enviado por la FdV a la Comisión recuerda que, desde que se creó el informe que supervisa la calidad democrática de los Veintisiete en hace ya siete años, la asociación ha venido advirtiendo <strong>"de serios problemas para el Estado de derecho en España que nos parecen similares a los de Polonia"</strong>, dice el escrito. <strong>"Este año se ha consumado la toma de control por el Ejecutivo del Tribunal Constitucional y de la Fiscalía General del Estado"</strong>, añade el colectivo conservador. <strong>"Es precisa una intervención urgente para proteger el Estado de derecho en España"</strong>, concluye. Pese a la insistencia de FdV y el resto de asociaciones de derechas, la Comisión nunca ha adoptado ningún procedimiento de este tipo contra España por falta de calidad democrática. Su órgano judicial, el <strong>Tribunal de Justicia (TJUE)</strong>, no ha apreciado ningún riesgo sistémico para nuestra democracia. <strong>Tampoco el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)</strong>, que no pertenece a la UE sino al Consejo de Europa.</p><p>Como en el caso de las opiniones de las otras asociaciones judiciales conservadoras, la de FdV critica lo que en su opinión, son <strong>"ataques permanentes a la función judicial desde el poder Ejecutivo y el Parlamento"</strong> que, a su juicio, "erosiona la confianza de los ciudadanos en el Poder Judicial y deslegitima su independencia al <strong>asimilar a los jueces con la opción política de la derecha o la ultraderecha</strong>". Sin embargo, hay datos objetivos que confirman el sesgo conservador de la magistratura, como <a href="https://www.infolibre.es/politica/titanica-tarea-cgpj-introducir-pluralismo-judicatura-arrasa-derecha_1_1910089.html" target="_blank">las elecciones a las salas de gobierno de los principales tribunales que, en su última edición, dieron a la derecha judicial 104 de las 118 plazas en liza</a>. O las sucesivas renovaciones de la Comisión de Ética del CGPJ, la única del órgano de gobierno de los jueces que eligen directamente todos los miembros del cuerpo y en la que sistemáticamente entran candidatos de derecha. </p><p>FdV, como el resto de colectivos conservadores, interpreta como intentos de control de los jueces y fiscales las reformas impulsadas por el Gobierno de Sánchez, <a href="https://www.infolibre.es/politica/sesgo-clase-pluralidad-gobierno-democratiza-acceso-judicatura-manos-elites_1_1932274.html" target="_blank">como la que busca la democratización del sistema de acceso a ambas carreras para hacerlas accesibles a aspirantes de sectores desfavorecidos</a>, la que pretende<a href="https://www.infolibre.es/politica/ley-desvinculara-mandato-gobierno-fiscal-general-asegurar-independencia_1_1994485.html" target="_blank"> blindar la independencia de los fiscales</a> o el proyecto de <strong>nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal que dará al Ministerio Público la investigación de los delitos, </strong>históricamente en España en manos de los jueces de instrucción. Sin embargo, la edición de 2026 del Informe del Estado de Derecho de la UE, desoye tanto los avisos de riesgo sistémico para la democracia como las críticas a los proyectos del Ejecutivo. </p><p>Así, el informe europeo, publicado en julio, considera la propuesta de nueva ley de enjuiciamiento y la reforma del Ministerio Fiscal un avance del sistema judicial español. <strong>"Ha habido un significativo progreso en la recomendación de fortalecer el estatuto del fiscal general</strong> con un proyecto de ley sometido a discusión en el Parlamento", afirmaba su edición de 2026, que valoraba especialmente "<strong>que el fiscal general permanezca en el cargo durante un mandato no renovable de cinco años que ya no coincida con el del Gobierno</strong>”, una de las recomendaciones de años anteriores, y "<strong>que la responsabilidad de dirigir las investigaciones penales pase de los jueces a los fiscales</strong>", algo que, según el documento, hará que las causas penales sean "más efectivas". Otro de los aspectos subrayados por la Comisión es la propuesta de <strong>reforma de la acusación popular</strong> que contiene la reforma, también criticada por los colectivos de derechas, y que, según el Ejecutivo europeo, <strong>"busca prevenir los abusos que se perciben"</strong>.</p><p>El documento elaborado y publicado por el Ejecutivo europeo, no toma en cuenta las quejas de los colectivos conservadores en cuanto al sistema judicial. <strong>No ve ningún intento de nombrar jueces afines al Gobierno</strong> en la reforma del acceso a la judicatura y la Fiscalía sino que entiende que “<strong>busca reformar el acceso a esas carreras y estabilizar la situación de jueces y fiscales sustitutos</strong>”. De todas las reformas, solo una, la <strong>ley de eficiencia</strong>, ha entrado en vigor. La norma que acabó con los juzgados unipersonales para convertirlos en tribunales de instancia solo ha generado caos en el sistema judicial, según los colectivos conservadores. Sin embargo, para el Ejecutivo europeo, esa modificación <strong>"ha mostrado ya resultados positivos"</strong>. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Aug 2026 04:01:39 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La asociación judicial Francisco de Vitoria compara ante la UE a España con la Polonia ultra del PiS]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Asociaciones judiciales,Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV),Comisión Europea,Asociación Profesional de la Magistratura (APM),Foro Judicial Independiente (FJI),Derechos humanos,Democracia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA["Huevos fusilados" o por qué bares franquistas como Casa Pepe y Una Grande hacen caja pese a la ley de Memoria]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/huevos-rotos-fusilados-bares-franquistas-casa-pepe-grande-caja-margen-ley-memoria_1_2235166.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3bf93fb0-df82-474d-b37a-c672cfd80982_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt=""Huevos fusilados" o por qué bares franquistas como Casa Pepe y Una Grande hacen caja pese a la ley de Memoria"></p><p>En el madrileño barrio de Moscardó, en recuerdo a aquel teniente general que encabezó el golpe de Estado en la provincia de Toledo, se ubica un pequeño local que evoca un oscuro pasado. En la entrada, el principal lema franquista sobre un cartel rojigualdo. En el interior, banderas preconstitucionales, retratos del dictador y conmemoraciones anuales del "Día del Alzamiento". Es tan solo uno de los muchos establecimientos hosteleros que todavía hoy, medio siglo después de la muerte de Francisco Franco, <strong>siguen basando buena parte de su negocio en la apología del golpe de Estado de 1936 y de la sangrienta dictadura</strong>. Bares y restaurantes que se han convertido en punto de encuentro, parada obligada o lugar de peregrinación de la ultraderecha patria. Y, por supuesto, de difusión de sus mensajes. Todo ello pese a la Ley de Memoria Democrática.</p><p>Los ejemplos abundan. A los pies de Despeñaperros se ubica, desde hace un siglo, Casa Pepe, un restaurante en cuyas paredes lucen desde una foto grupal de los juzgados por el fallido golpe de Estado del 23F hasta numerosas insignias de la Falange y retratos de su fundador, José Antonio Primo de Rivera. Un local cuya tienda, además, se ha convertido en epicentro del <em>merchandising</em> franquista, con mecheros, llaveros, relojes, navajas y hasta chocolates con la cara del dictador o con el Águila de San Juan. A 300 kilómetros de allí, otro restaurante, El Rincón Nacional, ha incluido en alguna ocasión en su menú, expuesto en una pequeña pizarra, el plato "huevos rotos fusilados". <strong>Y en Arteixo (A Coruña) otro local decora su entrada con un "rojos abstenerse" y una enorme bandera franquista</strong>.</p><p>En el interior de este último bar, uno puede toparse con carnés propagandísticos del golpista Antonio Tejero. Y con lotes de vinos etiquetados con la figura de Franco. "Es mi ídolo, alguien que quitó a España de la nada", decía, arrodillado frente a la gigantesca enseña preconstitucional, el dueño del local en un <a href="https://stories.rtve.es/actualidad/newstory/malas-lenguas/fbde85837b71d8411a0f" target="_blank">reciente reportaje televisivo</a>. Un establecimiento al que la Xunta de Galicia <a href="https://www.infolibre.es/politica/bar-franquista-arteixo-expone-multa-9-000-euros-inspeccion-xunta_1_2235080.html" target="_blank">acaba de abrir un expediente sancionador</a> que podría llevar aparejada una multa de hasta 9.000 euros. <strong>Pero no por su exaltación del franquismo, sino por la posible comisión de una infracción turística grave</strong>. Es decir, no se analizará si menosprecia a las víctimas de la dictadura, sino que se verá si vulnera el derecho de acceso restringiéndolo de forma discriminatoria.</p><p>El artículo 86 del Código Penal alemán castiga con hasta tres años de cárcel a aquellos que difundan, produzcan, almacenen, exporten o importen material propagandístico nacionalsocialista. Por eso no es raro, por ejemplo, que la Policía <a href="https://www.augsburger-allgemeine.de/augsburg/Augsburg-Staatsschutz-stellt-Weinflaschen-mit-Hitler-Etiketten-sicher-id38978307.html" target="_blank">irrumpa en un pub de Augsburg</a>, confisque varias botellas de vino con el rostro de Adolf Hitler junto al lema <em>Sieg Heil</em> y abra una investigación contra el propietario del establecimiento. Al igual que en suelo germano, <a href="https://www.infolibre.es/politica/encaje-constitucional-castigar-penalmente-apologia-franquismo_1_1176470.html" target="_blank">también están castigadas en Italia y Francia</a> este tipo de conductas. En suelo galo, por ejemplo, el artículo R645-1 del Código Penal prohíbe <strong>"llevar o exhibir en público un uniforme, insignia o emblema"</strong> que recuerden a los que portaban miembros de organizaciones declaradas criminales en base al Estatuto del Tribunal Militar Internacional, como por ejemplo el NSDAP nazi.</p><p>Pero la exaltación del franquismo no tiene reproche penal en el ordenamiento jurídico español. Nuestra Constitución, a diferencia de la alemana, no optó en su día por un modelo de democracia militante. Y todas las peticiones por penalizar estas conductas han caído siempre en saco roto. Hasta la fecha, los únicos pasos del legislador para poner coto a la apología de la sangrienta dictadura y sus protagonistas se han dado al calor de las leyes memorialistas. Eso sí, sin demasiado éxito. La de 2007, la primera, impedía, por ejemplo, actos de exaltadores en el Valle de los Caídos. <strong>Sin embargo, la ausencia de un régimen sancionador hizo que la prohibición fuera burlada constantemente sin consecuencia ninguna</strong>.</p><p>La actual Ley de Memoria Democrática sí incluye un cuadro de castigos económicos. Y con ella en la mano hay margen suficiente como para <em>atacar</em> la exaltación del franquismo. <strong>"Se pueden, y se deberían, imponer sanciones"</strong>, resalta en conversación con <strong>infoLibre</strong> Emilio Silva, presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH). Y da igual que sea en la calle que en un bar de Usera. "<strong>Son lugares de acceso público, por tanto se incumple la ley</strong>. Eso significa que debe existir un expediente sancionador, sobre el cual el restaurador puede, si así lo considera, recurrir", expone, por su parte, Eduardo Ranz, abogado especializado en memoria y exasesor del Ministerio de Justicia.</p><p>La norma considera en su artículo 62 como infracción grave "la falta de adopción de las medidas necesarias" para impedir o poner fin a la realización, en espacios abiertos al público o en locales y establecimientos públicos, <strong>"de actos de exaltación personal o colectiva" de la "sublevación militar, de la Guerra Civil o de la dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo u organizaciones </strong>que sustentaron el régimen dictatorial" cuando los mismos entrañen "descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares". <strong>La horquilla de sanción oscila entre los 10.001 y los 150.000 euros</strong>.</p><p>Por el momento, reconocen a este diario desde la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, <strong>no se han impuesto sanciones a este tipo de establecimientos franquistas</strong>. "No se hace porque no se quiere, no porque no se pueda. No hay voluntad política", lamenta el presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, que sigue echando en falta un delito genérico en el Código Penal que castigue la apología de todo tipo de violencias, acabando así con la "doble moral" existente en la actualidad. El Ejecutivo sí que impuso una multa de 10.001 euros a Falange por los actos de homenaje del 20N del 2022. Una sanción que, sin embargo, <a href="https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp" target="_blank">anuló la Audiencia Nacional</a> hace solo unos meses al entender que la celebración de estos actos solo es sancionable "cuando se ejecuta" con la "finalidad" de causar dolor a las víctimas.</p><p>Desde el Gobierno, no obstante, no descartan la imposición de castigos a este tipo de bares de la llamada <em>Ruta del 36</em>, cuyo negocio orbita en buena medida alrededor del espectáculo neofascista que, para más <em>inri</em>, promocionan los sospechosos habituales del famoseo patrio. "El real decreto de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática ha perfilado la posibilidad y, en estos momentos, <strong>los juristas están estudiando los casos para poder avanzar en medidas concretas y, en su caso, sanciones administrativas</strong>", apuntan fuentes de la Secretaría de Estado de Memoria.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 17 Aug 2026 17:25:28 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA["Huevos fusilados" o por qué bares franquistas como Casa Pepe y Una Grande hacen caja pese a la ley de Memoria]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Gobierno,Tribunales,Memoria histórica,Leyes Orgánicas,Leyes Ordinarias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo vende en Bruselas como hito de transparencia el juicio al fiscal general pese a que prohibió emitirlo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-vende-bruselas-hito-transparencia-juicio-fiscal-general-pese-prohibio-emitirlo_1_2235164.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/10ef6999-fdb5-475d-bf8e-50b2eb81c640_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo vende en Bruselas como hito de transparencia el juicio al fiscal general pese a que prohibió emitirlo"></p><p>Que <a href="https://www.infolibre.es/politica/juicio-inedito-supremo-fiscal-general-sienta-banquillo-sola-prueba-incrimine_1_2090308.html" target="_blank">el juicio que acabó con la condena e inhabilitación del anterior fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz</a>, supuso un retroceso en la transparencia con la que los medios cubren los procesos de mayor trascendencia <a href="https://www.infolibre.es/politica/juicio-fiscal-general-inaugura-declive-transparencia-casos-mediaticos_1_2090712.html" target="_blank">es un hecho indiscutible</a>. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha sacado pecho ante la Comisión Europea del restrictivo dispositivo para la cobertura periodística del proceso más importante de 2025, <strong>del que el tribunal impidió emitir la señal en directo o por internet</strong>. Lo sostiene en su contribución al <a href="https://commission.europa.eu/publications/2026-rule-law-report-communication-and-country-chapters_en" target="_blank">Informe sobre el Estado de Derecho de la UE de 2026</a>, publicado el pasado julio. En su aportación, el órgano que dirige Isabel Perelló <strong>se queja, además, de las críticas que recibió la sentencia</strong>, ampliamente cuestionada en medios judiciales y académicos, con <a href="https://www.infolibre.es/politica/voto-discrepante-recuerda-supremo-no-vio-delito-nota-defensa-similar-fiscalia_1_2112010.html" target="_blank">dos votos particulares</a> que denunciaron la violación de garantías constitucionales básicas del condenado.</p><p>En su escrito enviado a Bruselas, el Alto Tribunal subraya cómo la causa penal contra el anterior responsable del Ministerio Público, <strong>"provocó una atención pública significativa"</strong>. "El juicio tuvo lugar ante el Supremo el pasado noviembre y <strong>recibió una gran cobertura mediática</strong>", explica en su contribución. "Las sesiones de la vista, que se produjeron sin incidentes notables, fueron <strong>íntegramente emitidas por un canal interno</strong> <strong>a más de 200 periodistas acreditados de medios nacionales e internacionales</strong> localizados en las dependencias del Tribunal", sostiene el Supremo ante la Comisión. <a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscala-general-informa-comision-europea-irregularidades-proceso-garcia-ortiz_1_2235118.html" target="_blank">Su posición contrasta con la que expuso ante el Ejecutivo comunitario la Fiscalía General del Estado</a>, en la que se quejó de las restricciones a los medios como una de las irregularidades del proceso contra García Ortiz.</p><p>Diez días antes del inicio del juicio, <strong>la oficina de comunicación del Supremo envió un correo a los periodistas</strong> que quisieran acreditarse para seguir la vista con las condiciones en las que tendrían acceso a las imágenes y cómo podrían utilizarlas. El email señalaba que, según había dispuesto el presidente de la Sala, <strong>Andrés Martínez Arrieta</strong>, la señal institucional del juicio podría captarse en los espacios habilitados del tribunal a través de distribuidores de audio analógicos y vídeo. Después advertía de que <strong>la señal solo podría usarse "para la elaboración de piezas informativas</strong>, de modo que solo podrán difundirse aquellos extractos que consideren precisos para las mismas". Y añadía: <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-impide-emitir-juicio-fiscal-general-considera-trascendente-proces_1_2083513.html" target="_blank">"No está permitida la restransmisión íntegra o parcial de la señal ni en directo ni en diferido"</a>. "El incumplimiento de estas normas podrá suponer <strong>la retirada de la acreditación</strong> al medio".</p><p>La nueva política de comunicación impuesta por Arrieta fue <strong>generalmente interpretada como un retroceso en la transparencia</strong> con la que, no solo el Supremo, sino la Audiencia Nacional y otras audiencias provinciales venían actuando. <strong>España ha visto en directo y a través de internet cómo la hermana del rey Felipe VI, Cristina de Borbón, se sentó en el banquillo</strong> en Palma junto a su exesposo, Iñaki Urdangarín. También asistió en tiempo real a <strong>la declaración como testigo de un expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy</strong>, en la mayor causa de corrupción que ha afectado al PP, el <em>caso Gürtel</em>, cuando aún estaba en el ejercicio de su cargo. En el Supremo, la misma sala que impidió la difusión íntegra del juicio a García Ortiz, <strong>la reclamó y autorizó (incluso por internet) en la vista en que condenó a los dirigentes del proceso independentista catalán</strong>. La Audiencia Nacional sigue retransmitiendo a través de YouTube sus juicios más mediáticos. Así lo ha hecho en las últimas semanas con el <em><strong>caso Kitchen</strong></em> o el que afecta al expresidente de la Generalitat <strong>Jordi Pujol y su familia</strong>.</p><p>La decisión de Arrieta, que fuentes del Supremo justificaron como un favor a García Ortiz para garantizar su derecho a la intimidad, fue <strong>muy contestada entre los periodistas</strong>, porque, además de hurtar al ciudadano la posibilidad de asistir sin intermediarios a las sesiones de la vista para poder hacerse su propia idea de lo enjuiciado, provocó una <strong>enorme desigualdad entre los diferentes medios</strong>. Hacer las "piezas informativas" de las que hablaba el Supremo en el correo enviado a los redactores <strong>exigía contar con medios tecnológicos propios para poder digitalizar la señal</strong> facilitada por el tribunal y emitir las informaciones elaboradas con ellas. La mayoría de periódicos digitales tuvo que conformarse con escuchar las sesiones en las dependencias judiciales y transmitir sus noticias por escrito y sin poder ilustrarlas con imágenes de la vista. <strong>Medios como infoLibre o 'Público' enviaron sus quejas por escrito a la oficina de comunicación.</strong> </p><p>Pese a los recortes a la publicidad ordenados por el Alto Tribunal ante el juicio del año, el anuncio del fallo condenatorio y la muy posterior publicación de su justificación en la sentencia causaron <a href="https://www.infolibre.es/politica/cuestionamiento-supremo-condena-fiscal-general-parte-carrera-judicial_1_2112847.html" target="_blank">una enorme polémica que partió en dos a la judicatura y la Fiscalía</a>. Los dos votos particulares –de las progresistas <strong>Ana Ferrer y Susana Polo</strong>– mostraron una <strong>fractura sin precedentes en la Sala de lo Penal</strong> que reflejó dos visiones alternativas de la realidad: de un lado, la condena mayoritaria de la parte conservadora de la Sala y, de otro, las acusaciones de las dos disidentes de que esa condena se había producido <strong>vulnerando el derecho de defensa y la presunción de inocencia</strong> de García Ortiz y con una <strong>valoración errónea de las pruebas</strong>. Otro magistrado conservador, <a href="https://www.infolibre.es/politica/tres-magistrados-cree-fiscal-general-no-revelo-datos-no-fuesen-publicos_1_2039230.html" target="_blank">Andrés Palomo, redactó durante la instrucción otro voto particular</a> que se oponía al procesamiento del acusado. </p><p>La única asociación judicial progresista, <strong>Juezas y Jueces para la Democracia</strong>, a la que pertenecen Polo y Ferrer, y que es la tercera en número de asociados dentro de la carrera, <a href="https://www.infolibre.es/politica/juezas-jueces-democracia-asegura-debilita-fiscalia_1_2112862.html" target="_blank">emitió un comunicado en contra del criterio mantenido en la sentencia por el Supremo</a> en el que afirmaba que lo más adecuado hubiera sido la absolución del fiscal general. <strong>También fue muy beligerante la Unión Progresista de Fiscales</strong>, el segundo colectivo profesional del Ministerio Público, del que fue máximo responsable García Ortiz antes de convertirse en fiscal general. La sentencia, además, fue <strong>recurrida al Tribunal Constitucional en amparo no solo por el propio condenado, sino también por la teniente fiscal del Tribunal Supremo</strong> (<em>número dos</em> del cuerpo) con el apoyo implícito de la sucesora de García Ortiz, Teresa Peramato. Las críticas a la resolución por la vulneración de derechos fundamentales también vinieron de exmagistrados del Alto Tribunal como <strong>Perfecto Andrés</strong> o <strong>José Antonio Martín Pallín</strong>. Y de voces muy respetadas de diversas facultades de Derecho.</p><p>Pese a esta enorme controversia que generó el juicio y la condena, el Tribunal Supremo ha utilizado también su contribución al último Informe del Estado de Derecho de la UE, el de este año, para <strong>protestar por las críticas recibidas</strong>. Entre ellas, sin citarlo por su nombre, la del ministro para la Transformación Digital, <strong>Óscar López</strong> que, al valorar la sentencia ante los medios, aseguró que <strong>"muchos guiones de Hollywood" tenían "menos creatividad"</strong>, que la resolución. Los magistrados acusan también las declaraciones del eurodiputado y dirigente de Sumar <strong>Jaume Asens</strong>, que calificó la resolución de <strong>"auto de fe puramente inquisitorial"</strong> (en referencia a los procesos medievales contra supuestos herejes) por considerar, como otros jueces, fiscales y profesores, que la condena se dictó sin pruebas. El propio defensor de García Ortiz, abogado del Estado, utilizó el término "inquisitorial" para referirse a la instrucción de la causa durante el juicio, pero el informe del Supremo no se refiere a los servicios jurídicos del Estado. </p><p>El Alto Tribunal también se detiene en las acusaciones de <em>lawfare</em>, <strong>"que retratan al acusado como la víctima de un procedimiento motivado políticamente"</strong>. "Algunos representantes políticos han utilizado expresiones como <strong>'golpe de Estado judicial'</strong> [lo hizo Sumar] y han reiterado que la condena forma parte de <strong>una operación 'organizada y coordinada' para desestabilizar al Ejecutivo</strong> a través de mecanismos judiciales, o <strong>'el uso de la justicia para objetivos políticos'"</strong>, sostiene el tribunal en su informe a Bruselas. "Muchas de estas declaraciones se hicieron incluso antes de que el texto de la sentencia se hubiera hecho público", añade sin especificar que el fallo condenatorio se hizo público 19 días antes de la notificación de la condena, dando lugar a todo tipo de especulaciones. "El Tribunal Supremo no ha dado respuesta a ninguna de estas manifestaciones", sostiene el documento enviado a la Comisión.</p><p>La enorme división que generó la condena en medios judiciales y fiscales también se desprende de la visión que envió a la Comisión, también para el Informe sobre el Estado de Derecho, la fiscala general, Teresa Peramato, con una visión radicalmente opuesta a la del Supremo. En su escrito denunció "irregularidades" en la instrucción y criticó el contenido de la sentencia. Todo ello, según Peramato, <a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscala-general-informa-comision-europea-irregularidades-proceso-garcia-ortiz_1_2235118.html" target="_blank">"incrementó la percepción de falta de independencia del Tribunal Supremo"</a>.  </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 17 Aug 2026 17:25:27 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo vende en Bruselas como hito de transparencia el juicio al fiscal general pese a que prohibió emitirlo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Tribunal Supremo,Fiscalía General Estado,Fiscalía,Isabel Perelló,Juicios,Transparencia,Derechos humanos,Tribunal Constitucional,Teresa Peramato]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La fiscala general informa a la Comisión Europea de las irregularidades en el proceso contra García Ortiz]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscala-general-informa-comision-europea-irregularidades-proceso-garcia-ortiz_1_2235118.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/65a5e116-e726-49ba-a0a5-22b7a9243f7e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La fiscala general informa a la Comisión Europea de las irregularidades en el proceso contra García Ortiz"></p><p>La instrucción y el juicio que acabó con <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-condena-fiscal-general-2-anos-inhabilitacion-revelacion-secretos_1_2101259.html" target="_blank">la condena por revelación de datos reservados e inabilitación del anterior fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz</a>, mostró <strong>"irregularidades" </strong>que han generado entre la población <strong>"la percepción de una influencia real de la política en el sistema judicial español"</strong> y un incremento en la idea de <strong>"falta de independencia del Tribunal Supremo"</strong>. Así lo refleja la contribución de la Fiscalía General del Estado, que dirige Teresa Peramato, para la elaboración del <a href="https://commission.europa.eu/publications/2026-rule-law-report-communication-and-country-chapters_en" target="_blank">Informe sobre el Estado de Derecho de 2026</a>, que la Comisión Europea publicó el pasado julio. El documento enviado a Bruselas por la jefa del Ministerio Público recuerda <strong>"la controversia y las críticas en ámbitos judiciales y legales"</strong> que ha recibido la sentencia contra su predecesor. Peramato recuerda a la Comisión que la Fiscalía ha recurrido en amparo la condena ante el Tribunal Constitucional <strong>"por la violación de los derechos fundamentales del acusado".</strong></p><p>El informe, que evalúa la calidad democrática en cada uno de los Estados miembros de la UE, se elabora en la Comisión con las contribuciones de instituciones y organizaciones nacionales y europeas, que envían los aspectos que más destacan sobre los estándares democráticos de los Veintisiete. El de la Fiscalía General del Estado recoge una actualización sobre el desarrollo y la conclusión del proceso a García Ortiz, ya recogido en la edición anterior. Entre las <strong>"irregularidades"</strong> que denuncia se encuentra <a href="https://www.infolibre.es/politica/juicio-fiscal-general-inaugura-declive-transparencia-casos-mediaticos_1_2090712.html" target="_blank">el recorte a la transparencia y publicidad que la Sala de lo Penal del Supremo impuso al que fue el juicio del año</a>. Frente a otros procesos menos mediáticos,<strong> su presidente, Andrés Martínez Arrieta, prohibió a los medios la difusión en directo</strong> de la señal de la vista e impidió su reproducción via <em>streaming</em>, como se hizo con el juicio a Carles Puigdemont y el resto de dirigentes del proceso independentista catalán o con los casos más importantes que se siguen en la Audiencia Nacional (Gürtel, Kitchen...).</p><p>La institución que dirige Peramato subraya que la la condena a García Ortiz "ha sido muy controvertida y criticada en ámbitos judiciales y legales por varias razones". En primer lugar <strong>"porque no fue unánime"</strong> y <a href="https://www.infolibre.es/politica/juezas-discrepantes-creen-no-existe-base-probatoria-minimamente-solida-fiscal_1_2111709.html" target="_blank">los votos particulares que emitieron dos de las magistradas del tribunal –Ana Ferrer y Susana Polo–</a> <strong>"se basaron en una grave violación del derecho de defensa del anterior fiscal general"</strong> al mantener que las pruebas de cargo contra él fueron "insuficientes", así como que <strong>"no todas las pruebas presentadas fueron tenidas en cuenta"</strong>. La actual fiscal general se refiere, en concreto, a las declaraciones exculpatorias "de varios periodistas", de la Cadena SER<em>, eldiario.es, La Sexta</em> y <em>El País</em> que negaron que García Ortiz fuera su fuente. <strong>"El tribunal llegó a mostrar su desacuerdo con esos testimonios y a sentirse amenazado por ellos"</strong>.  Cuando el periodista del <em>eldiario.es</em> José Precedo negó el pasado 5 de noviembre en el juicio que García Ortiz fuera su fuente, el presidente del órgano, Andrés Martínez Arrieta, le respondió: <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-considera-amenaza-periodistas-citados-advierta-garcia-ortiz-no-filtro_1_2092939.html" target="_blank">"Una cosa es que no diga la fuente y otra es que nos amenace".</a></p><p>La jefa del Ministerio Público considera, además, que el anuncio del fallo condenatorio 19 días antes de notificar la sentencia condenatoria estuvo <strong>"fuera de toda lógica"</strong>. "La condena se publicó el 20 de noviembre, antes de conocerse el contenido de la sentencia, que no se notificó hasta el 9 de diciembre", subraya la contribución de Peramato a la Comisión. <strong>"Los hechos en los que se basaba la condena no pudieron conocerse durante varias semanas"</strong>,  añade el escrito. </p><p>Pero además, durante el corto período de deliberación de los magistrados desde el final del juicio hasta que dieron a conocer su fallo (solo cinco días), <strong>"varios magistrados rompieron el secreto de las deliberaciones para mostrar en público su posición contra el fiscal general </strong>avanzando su condena", prosigue. En ese breve espacio de tiempo, el presidente del tribunal, Martínez Arrieta, dijo en un curso del Colegio de la Abogacía de Madrid (que actuaba como acusación popular en el proceso)<strong> que tenía que irse para "poner la sentencia del fiscal general"</strong>. Por entonces no se conocía todavía el fallo condenatorio, que se produjo tras renunciar Susana Polo a la redacción de la sentencia y anunciar un voto particular, quedando Arrieta como ponente de la resolución. Así pues, con sus palabras durante la formación, estaba anticipando la condena. </p><p>El documento de la fiscala general recuerda también que la <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Etica-Judicial/Comision-de-Etica-Judicial/Que-es/" target="_blank">Comisión de Ética del Consejo General del Poder Judicial </a>ha asegurado en varios informes que <a href="https://www.infolibre.es/politica/comision-etica-aviso-caso-jueces-supremo-dana-confianza-justicia_1_2109763.html" target="_blank">la participación en actividades formativas financiadas por las partes de un proceso puede provocar "la falta de imparcialidad de los jueces"</a>. Además de Arrieta, en el curso en el Colegio de Abogados de Madrid participaron otros dos miembros del tribunal, <strong>Juan Manuel Berdugo y Antonio del Moral</strong>, actuando este último como coordinador. Todos ellos formaron parte de la mayoría que apoyó la condena de García Ortiz. El colegio profesional que organizó el curso y pagó por su participación a los magistrados pedía en ese momento cuatro años de prisión e inhabilitación para el anterior fiscal general. <strong>"Uno de los magistrados que firmó la sentencia fue, mientras se condujo el proceso, director de tesis de dos de los abogados de la acusación"</strong>, refleja el informe de Peramato en referencia a Del Moral, <strong>mentor académico del abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso y de uno de los letrados de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF)</strong>, la que pidió la pena más elevada.</p><p>Por último, la contribución de Peramato al Informe sobre el Estado de Derecho de la UE incluye también <strong>críticas a la coherencia de la sentencia</strong>. "La sentencia fue publicada el 9 de diciembre y condena al fiscal general tanto por la nota de prensa (<a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-convierte-delito-garcia-ortiz-habia-reconocido-proceso_1_2111362.html" target="_blank">sobre la que el Supremo había dicho anteriormente que no era delito</a>) como por un correo electrónico filtrado a los medios", expresa. "La resolución ha sido recurrida por la Fiscalía y la defensa <strong>por nulidad y violación de los derechos fundamentales</strong> del acusado", concluye el documento. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 16 Aug 2026 17:25:07 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La fiscala general informa a la Comisión Europea de las irregularidades en el proceso contra García Ortiz]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Democracia,Teresa Peramato,Fiscalía,Fiscalía General Estado,Comisión Europea,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Divagaciones estivales sobre la presunción de inocencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/plaza-publica/divagaciones-estivales-presuncion-inocencia_129_2234843.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/84ecac69-989c-4817-b33a-645d3a723dae_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Divagaciones estivales sobre la presunción de inocencia"></p><p>En los albores del derecho romano, que es tanto como decir del derecho mismo, dos escuelas debatían sobre la mayoría de edad. Para unos, los sabinianos, la mayoría <strong>se alcanzaba cuando el niño lograba un determinado nivel de madurez</strong>, superando algún tipo de prueba; para los otros, seguidores de Próculo, un examen semejante era poco operativo, así que abogaban por fijar una edad determinada en la que situar la mayoría de edad de todos, con independencia de su desarrollo intelectivo o físico.</p><p>Las diferentes mayorías de edad que hoy reconocemos (a los 14 para delinquir, a los 16 para trabajar, a los 18 para votar) responden todas a una presunción: <strong>la presunción de que una persona, por el único hecho de ir soplando velas es capaz de entender el mundo que lo rodea, de consentir relaciones, de conducir...</strong> Pero no siempre sucede así. Las quejas de los sabinianos se amparaban, en esta línea, en un rígido concepto de la justicia: no es justo que a una persona, solo por haber cumplido años, se le conceda el beneficio de la mayoría de edad cuando puede ser un completo inútil. Sin embargo, estos juristas no valoraban que, para la cohabitación y la debida articulación de nuestras relaciones, <strong>la seguridad es algo tanto o más importante que la justicia</strong>. Desde esta perspectiva, toda presunción tiene algo de injusto, porque parte de una ficción, pero es una ficción necesaria: la sociedad necesita dotarse de unas normas preestablecidas de funcionamiento, sin las cuales nuestra arquitectura de convivencia se desmembraría.</p><p>Otra presunción orgánica en nuestro mundo es <strong>la presunción de inocencia</strong>, sencilla de exponer (toda persona es inocente hasta que un juez le declara culpable) pero difícil de explicar. ¿Cómo entender que el asesino detenido con la pistola en la mano siga siendo inocente? ¿Cómo convencernos de que es inocente, antes del juicio, el delincuente que ha confesado su delito? La explicación estaría en la propia naturaleza de la presunción como base de la estructura social, como garantía de la dignidad y libertad del ciudadano. Por eso no es solo un pronunciamiento vacío: la idea secular, que empieza a sonar revolucionaria, de que <strong>el acusado es inocente antes de la sentencia</strong> impone asumir que durante el juicio no está en el fiel de la balanza, aguardando en equilibrio hasta saber cuál de los dos platillos termina por pesar más; por el contrario, el acusado se sitúa en el plato de la inocencia que, amparado por la presunción, es pesado y difícilmente removible. Para una condena, no basta con que las pruebas de cargo pesen más que las pruebas de descargo; <strong>las pruebas de condena tienen que romper la balanza, haciendo irrazonable la hipótesis de la inocencia</strong>.</p><p>Esta presunción se enfrenta a una continua pugna social, máxime en unos tiempos donde los tribunales penales entienden su labor focalizada en el castigo al culpable, el mantenimiento de la paz social y la represión del delito. Sin embargo, la historia nos enseña que para imponer castigos no se necesitan tribunales; no los necesitó ni la Falange, ni la mafia, ni los necesitan los talibanes. <strong>En una sociedad democrática, los tribunales tienen una misión más esencial y delicada que castigar: proteger al inocente.</strong> Una misión que se ve comprometida en un mundo a merced de una ultraderecha que nos urge a la deshumanización, en una acometida de la cual no son ajenos miembros de un poder judicial que se manifiesta contra leyes que el pueblo se ha dado.</p><p>Dejaré apuntadas <strong>tres heridas contra la presunción de inocencia</strong> que se han ido consolidando en resoluciones de nuestros tribunales. La primera sería la idea de la probabilidad: el delito como suceso probable; la verdad judicial, convertida en la realidad más plausible. <strong>La muerte de la inocencia.</strong> Vean, por ejemplo, esta frase tomada de la sentencia contra David Sánchez y que la Audiencia Provincial de Badajoz, en una deplorable redacción con argumentos al peso, repite hasta tres veces (la última en negrita, por si no habíamos reparado en ella): “La seguridad de una inferencia, su precisión, se produce cuando aquella genera la conclusión más probable sobre el hecho a probar. En el fondo, esta línea no es ajena a una probabilidad estadística que se presenta como la probabilidad prevaleciente. En suma, resultará probada la hipótesis... cuando esa hipótesis esté dotada de un grado de confirmación prevaleciente respecto de otras hipótesis a las que se refieren otras inferencias”. En este extracto, la Audiencia se respalda en resoluciones de un Tribunal Supremo cada vez más mediocre para alcanzar una conclusión perturbadora: <strong>lo más </strong>probable puede argüirse como fundamento de una condena. ¿Pero cuántas veces la verdad se esconde en lo improbable? <strong>Remitir el juicio de culpabilidad a un juicio de probabilidades es clavar la navaja de Occam en el corazón de la justicia.</strong> ¡Que sentencie el Instituto Nacional de Estadística!</p><p>El segundo elemento, que se vería sorprendido de verse citado en estas polémicas, es <strong>la lógica</strong>; en este caso, el concepto se utiliza para salvar la insuficiencia de pruebas: no sabemos lo que ha pasado pero ‘lo lógico’ es que haya sucedido de esta o de aquella manera. Ya habrán advertido que esto no tiene nada que ver con la lógica, método científico que obtiene respuestas a partir de premisas conocidas de antemano y donde la conclusión se deriva sin artilugio ni alternativa alguna: si un cadáver se descubre a la una de la tarde y lleva muerto 12 horas, lo lógico es concluir que el fallecimiento ocurrió sobre la una de la mañana. Esto es lógico. Si un hombre es amenazado por su vecino y días después aparece muerto, podremos considerar lógico que el asesino sea su vecino, pero esta conclusión habrá de probarse; y si hay que probarlo, el razonamiento no es conclusivo ni, por tanto, lógico. En el juicio contra Ábalos vimos muchos ejemplos de esta lógica especulativa: <strong>si no hay pruebas de que recibió millones de euros ni pruebas de que tiene el dinero, ‘lo lógico’ será entender que lo ha escondido</strong>. Definitivamente, el Sombrerero loco manejaba mejor las reglas del silogismo.</p><p>Y la tercera infección que sufre el respeto a la presunción de inocencia es, sin duda, <strong>el pérfido elemento de las máximas de experiencia</strong>, hallazgo literario y parajurídico que se ha asentado entre nosotros con la mayor parsimonia, para gran alarma de los teóricos. Dejando aparte que los jueces, por su preparación, no suelen tener experiencia en muchas cosas, por lo que convertir este dato en un criterio de valoración supone un riesgo serio, lo cierto es que la realidad del delito nos enfrenta todos los días a lo sorprendente, lo insólito y lo inexperimentado. Utilizar lugares comunes o los caminos trillados de las máximas de experiencia para conocer lo que se ignora es un peligro manifiesto, pero va camino de convertirse en el oráculo que servirá para tener por demostradas cosas de las que no hay pruebas, partiendo de una ‘experiencia’ que, por naturaleza, está mediatizada por el sujeto y es ajena a todo escrutinio. Si ha habido un atraco y uno de los sospechosos tiene antecedentes, los años de experiencia podrán susurrarle al juez que el culpable es el fichado, sin necesidad de más diligencia. Imaginen las máximas de experiencia que un juez fascinado por Abascal como Emilio García-Cancho, ¡presidente de la Audiencia Provincial de Badajoz!, aplicaría al juzgar a un inmigrante. <strong>¿Pero dónde hemos dejado las pruebas?</strong> No lo olvidemos: bajo la égida de la presunción de inocencia, la función de un procedimiento penal no es saber si el acusado ha cometido el delito, sino averiguar si existen pruebas bastantes para condenarlo.</p><p>En estas tardes de verano he ido leyendo noticias sobre las vicisitudes de Jonathan Andic, imputado por haber matado a su padre. Mi curiosidad ha dado paso a una cierta intranquilidad porque voy advirtiendo en el asunto <strong>todos los vicios que se han consolidado en el proceso español</strong>, incluyendo unos investigadores absolutamente convencidos de la culpabilidad de su objetivo. (Tanto, que no se ahorraron el gesto, un tanto ruin por innecesario, de ponerle unas esposas al llevarle a declarar). Desde la distancia, advierto en estos investigadores el mismo sesgo proactivo condicionado que tuvo la policía portuguesa con los padres de Madeleine McCann, el mismo que mostró la Guardia Civil con los 20 indicios que vio contra Dolores Vázquez o los que la UCO quiso ver contra David Sánchez. <strong>Las noticias dan cuenta de una investigación llena de insinuaciones, conjeturas y datos insustanciales, que dejan al imputado al pairo de una opinión pública cruel.</strong></p><p>Les aseguro que, ahora mismo, no me costaría trabajo redactar una sentencia condenatoria contra Andic, urdiendo sobre la trama de lo publicado los tres estigmas que he mencionado: <strong>juicios de probabilidad, razonamientos de pura lógica y remisiones a las máximas de experiencia</strong>, sin necesidad de incluir ni una sola prueba de su culpabilidad. Con la última jurisprudencia en la mano, me saldría una sentencia bastante bonita, sólida y fundada; <strong>tan sólida como indigna.</strong></p><p>________________</p><p><em><strong>Carlos López-Keller</strong></em><em> es abogado, especialista en derecho penal. No ha escrito ningún libro.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 11 Aug 2026 04:00:40 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Carlos López-Keller]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Divagaciones estivales sobre la presunción de inocencia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Justicia,Tribunales,Audiencias provinciales,José Luis Ábalos,UCO,ultraderecha]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La alcaldesa de Alcalá de Henares (PP), a juicio por filtrar un informe policial para vincular inmigración y delincuencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/alcaldesa-alcala-henares-pp-juicio-filtrar-informe-policial-vincular-inmigracion-delincuencia_1_2234795.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/cf0005ba-6b5d-470e-bda9-028fa5c63de4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La alcaldesa de Alcalá de Henares (PP), a juicio por filtrar un informe policial para vincular inmigración y delincuencia"></p><p>La jueza de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Alcalá de Henares ha abierto juicio oral contra la alcaldesa de este municipio madrileño, <strong>Judith Piquet (PP)</strong>, por un presunto delito de <strong>infidelidad en la custodia de documentos y revelación de secretos</strong> después de que un atestado de la Policía Local alcalaína fuera utilizado para relacionar migración con inseguridad.</p><p>El auto, al que ha tenido acceso EFE, confirma que la regidora y <strong>su jefe de gabinete, Raúl Castillo</strong>, <strong>se enfrentarán a la vista oral</strong> en calidad de investigados tras terminar la instrucción que comenzó con una denuncia del PSOE y la imputación de Piquet en agosto de 2024.</p><p>Desde el Ayuntamiento complutense, que ha recurrido en varias ocasiones los dictámenes de la jueza instructora ante la Audiencia Provincial, han señalado a EFE que <strong>todavía no han recibido comunicación oficial de la apertura del juicio oral</strong>.</p><p>El portavoz socialista en la ciudad, Javier Rodríguez, ha indicado en un audio enviado a los medios que <strong>“Judith Piquet debería dimitir hoy mismo como alcaldesa antes de verse sentada en un banquillo defendiendo lo indefendible y manchando el nombre de Alcalá de Henares”</strong>.</p><p>El documento oficial presuntamente filtrado por Piquet es un atestado policial publicado por el número dos del PP madrileño, <strong>Alfonso Serrano</strong>, que recogía la denuncia por parte de una mujer de una agresión sexual cometida por “un joven de raza negra” en Alcalá de Henares.</p><p>Serrano, aforado como senador, utilizó el documento para defender las afirmaciones que la presidenta regional realizó en enero de 2024, en las que <strong>vinculaba a migrantes con la comisión de delitos sexuales</strong>.</p><p>Estas declaraciones se produjeron semanas después de que en Alcalá se abriese el <strong>Centro de Atención, Emergencia y Derivación (CAED) de migrantes</strong>, en diciembre de 2023.</p><p>Los hechos investigados se remontan al 17 de enero de 2024, cuando el Ayuntamiento alcalaíno acogió el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.</p><p>En ese momento, Ayuso anunció ante los medios la existencia de <strong>“brotes de sarna y peleas violentas”</strong> entre los migrantes del CAED, y afirmó que se habían producido agresiones sexuales a mujeres del municipio por parte de los migrantes del citado centro.</p><p>Más tarde, la presidenta regional se justificó diciendo que esta información procedía de <strong>“una situación que le transmitió la alcaldesa de Alcalá”</strong>. En este contexto, Serrano publicó en su cuenta de X la foto del informe policial. Ahora, la Justicia investiga <strong>cómo llegó el documento a sus manos</strong>.</p><p>En este sentido, el portavoz socialista ha añadido que Serrano <strong>“debería decir la verdad y hacerse responsable de sus actos en lugar de ocultarse </strong>y tratar de salir indemne”, tal y como, según ha recordado, hizo en su declaración como testigo ante el juzgado de instrucción, donde afirmó que no sabía quién le había mandado ese informe.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Aug 2026 09:29:41 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Alcalá de Henares,PP,Corrupción,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez pide a la UDEF un "exhaustivo" informe sobre el capital venezolano en Plus Ultra]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-pide-udef-exhaustivo-informe-capital-venezolano-plus-ultra_1_2234733.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/4bf4da53-6253-4726-b3b7-567e2679a932_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez pide a la UDEF un "exhaustivo" informe sobre el capital venezolano en Plus Ultra"></p><p>El juez José Luis Calama ha pedido a la UDEF, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, que elabore un <strong>"exhaustivo" informe sobre los cambios accionariales en Plus Ultra</strong>, fundamentalmente a partir de 2017, año en el que ingresó capital de origen venezolano, para analizar el <strong>"eventual impacto" de esa circunstancia</strong> "en la propia consideración de la aerolínea al solicitar ayuda pública" en 2021.</p><p>Así lo ha acordado el magistrado de la Audiencia Nacional en una providencia notificada este martes, a la que ha tenido acceso EFE, y en la que reclama a la UDEF dicho informe<strong> "en los términos solicitados"</strong> por la fiscal del caso, Elena Lorente.</p><p>En el escrito en el que la representante del Ministerio Público<strong> pedía al juez que solicitara este inform</strong>e, recordaba que la aerolínea se constituyó el 25 de agosto de 2011 con Julio Martínez Sola y Fernando González Enfedaque como socios fundadores.</p><p>Posteriormente, observa, hubo <strong>"diversos cambios accionariales, particularmente significativos a partir del año 2017"</strong>, en que entran en el capital social y en los órganos de gestión personas de origen venezolano, según reflejó ya la Unidad de Delincuencia Económica y Financiera (UDEF) de la Policía en un informe en 2025, cuando esta causa estaba aún secreta.</p><p>"El acceso del capital venezolano a la sociedad española Plus Ultra —añade— se produjo a través de diversas escrituras públicas, como se menciona en el referido informe de la UDEF, cuyo alcance y eventual impacto en la propia consideración de la aerolínea al solicitar la ayuda pública el 1 de septiembre de 2021 debe ser objeto de análisis, resultando por ello de gran trascendencia, a los efectos de la instrucción, conocer la evolución accionarial".</p><p>Con ese nuevo informe, prosigue la fiscal, se podrá <strong>"valorar la incidencia" que tuvo "el citado capital venezolano"</strong> que, supuestamente, se invirtió en la compañía española.</p><p>Por ello reclama que la UDEF elabore <strong>"un exhaustivo informe de análisis de la historia registral completa" de Plus Ultra</strong>, "desde su constitución hasta la fecha actual, a fin de conocer los cambios accionariales, los desembolsos concretos y efectivos, la evolución de la propiedad y cuantos aspectos relativos a su financiación resulten de interés".</p><p>Con ese objetivo cree necesario tener en cuenta "las inscripciones registrales" y "cuantos documentos permitan determinar los mencionados extremos".</p><p>El informe que aportó la UDEF en noviembre de 2025, en el que se basa la fiscal en su escrito, mencionaba <strong>"la existencia de diversos protocolos notariales"</strong> que ponen en evidencia cómo, a partir del año 2017, la sociedad comenzó a estar controlada por socios que realizan aparentemente aportaciones de capital.</p><p>Ese es el caso de los socios Camilo Ibrahim Issa (nacionalizado español), Rodolfo Reyes Rojas (cuyo teléfono fue intervenido en Estados Unidos y ha sido clave para la imputación de José Luis Rodríguez Zapataero), María Aurora López López, Héctor Antonio Tobía Roye y Flavio Borquez Tarff.</p><p>También de algún otro que, "sin detentar participación accionarial ocupó cargos de responsabilidad", como ocurre con Raif El Arigie Harbie, "o que mantuvo significativas relaciones financieras con la compañía", como es el caso del venezolano Alcíades José Carión Carrión.</p><p>En su informe de 2025, la UDEF ya elaboró <strong>una tabla de la composición accionarial de Plus Ultra en el año 2021</strong> "de acuerdo con la información obtenida por inteligencia financiera" y que recoge la fiscal en su escrito.</p><p>En esa fecha constan <strong>23 socios, de los que 15 son distintas sociedades</strong>, y cuyo capital tras aportaciones —valor total que resulta de sumar el dinero o bienes iniciales de una inversión o sociedad más las aportaciones periódicas o extraordinarias— sumó en total <strong>18,8 millones de euros</strong>.</p><p><strong>Snip Aviation era la que acumulaba la mayor cantidad de capital tras aportaciones,</strong> con 8,5 millones de euros y el 45,33%, a abril de 2021, seguida de Fly Spain (2,1 millones) y Alva Skies and Wings (1,7 millones).</p><p>Tras estas empresas, figuran dos socios, Flavio Borquez y Héctor Tobia, con idéntica cantidad de capital tras aportaciones, 1.417.166,11 y 1.417.166,10, respectivamente, mientras que la menor cantidad resulta ser la del entonces presidente de Plus Ultra, Julio Martínez Sola, con 6,49 euros.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 05 Aug 2026 08:42:59 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El juez pide a la UDEF un "exhaustivo" informe sobre el capital venezolano en Plus Ultra]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[plus ultra,Tribunales,Jueces,Fiscalía Anticorrupción]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los acusados de 'Kitchen' mantienen hasta el final un relato defensivo que choca con las pruebas recopiladas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/acusados-kitchen-mantienen-final-relato-defensivo-choca-pruebas-recopiladas_1_2233241.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d9f82d16-2006-4dab-ae02-a7f9dcb300c2_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los acusados de 'Kitchen' mantienen hasta el final un relato defensivo que choca con las pruebas recopiladas"></p><p>El <em>caso Kitchen</em> ha quedado esta semana visto para sentencia. Tras cuatro intensos meses y cerca de un centenar de testigos, el juicio ha finalizado prácticamente como comenzó: con algunas acusaciones insinuando que no se sientan en el banquillo todos los responsables y las defensas trabajando en bloque en busca de la absolución. Pese a las manifiestas desavenencias personales entre algunos de ellos, los acusados han mantenido hasta el final prietas las filas. <strong>Y lo han hecho en torno a una idea, la de la legalidad del operativo que se encuentra bajo la lupa, que choca con algunas de las pruebas recopiladas y expuestas durante la vista oral</strong>.</p><p>Las defensas nunca han negado el espionaje al entorno del extesorero del PP Luis Bárcenas. Básicamente, porque las vigilancias, que en su mayor parte se llevaron a cabo en el verano de 2013 por agentes de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Comisaría General de Información, están perfectamente documentadas en más de una veintena de informes elaborados sobre las mismas. Ahora bien, han rechazado que formaran parte de una <strong>operación parapolicial orientada a obtener y destruir pruebas en poder de Bárcenas que pudieran resultar incriminatorias</strong> para el PP y sus máximos dirigentes en <em>Gürtel</em>.</p><p>Los acusados, cuya situación procesal les permite mentir, han mantenido hasta el final que lo que se hizo fue "totalmente legal". Y que la captación como confidente de Sergio Ríos, exchófer de la familia Bárcenas, y los seguimientos estaban orientados a localizar el dinero que el extesorero pudiera tener en el exterior. "Estamos ante una operación de inteligencia", sostuvo en su informe final el abogado del exministro del Interior Jorge Fernández Díaz. <strong>"Existía una operación real policial lícita y legal de inteligencia para buscar el dinero y el patrimonio del señor Bárcenas y su familia"</strong>, insistió el letrado del ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez.</p><p>Una tesis defensiva que Anticorrupción, que ha mantenido las mismas peticiones de pena que al inicio del juicio –entre otras, 15 años de cárcel para el exministro y su ex número dos–, ha buscado derribar. "Desde el momento en el que fue concebido, ya se <strong>puso de manifiesto la finalidad bastarda, delictiva, de todo el operativo</strong>. Nada tenía que ver con la investigación del <em>caso Gürtel</em>. Todo lo contrario, estaba dirigida a obtener información y documentación que pudiera resultar comprometedora para el PP y sus máximos dirigentes y dirigida, precisamente, a boicotear, a obstaculizar, la investigación de <em>Gürtel</em>", resaltó el fiscal César de Rivas durante su informe final.</p><p>Esta afirmación se apoya, entre otros elementos probatorios, en las <strong>agendas de José Manuel Villarejo</strong>, uno de los personajes principales de las llamadas cloacas del Estado –y para quien se piden 19 años de cárcel–. Con fecha 20 de febrero de 2013, el comisario jubilado anotó "Grabaciones BARCEN" –en referencia a supuestos audios incriminatorios que decía tener con dirigentes conservadores– junto a "Chisco", que es como se refería al ex secretario de Estado de Seguridad. Un mes después, el 25 de marzo, volvió a escribir en relación a Martínez: "Propone más acercamiento y mejor control sobre BAR". "Quiere plan estratégico para salir del caso LB", anotó, también junto al nombre de "Chisco", con fecha 11 de julio.</p><p>El primer informe de seguimiento del que se tiene constancia en relación a <em>Kitchen</em> está fechado el 25 de julio de aquel mes. Dos días antes, Villarejo escribió en su agenda la información que le iba trasladando el "Chef", que era como se refería a Ríos –aunque también le llamaban "Coci"–. E hizo una larga lista, rematada con un "OPER: LB", en la que se incluían cuestiones como "SMS Arenas" o "Dos disc. duros", que anotó sobre un "anular y/o destruir". <strong>Esto evidencia que la operación nada tenía que ver con la </strong><em><strong>vendida</strong></em><strong> por los acusados</strong>. "Nada tiene que ver con la localización de bienes en el extranjero pero sí con documentación referida al <em>caso Gürtel</em> o con grabaciones que Bárcenas pudiera tener en su poder", resaltó el fiscal en su turno de última palabra.</p><p>También las grabaciones del comisario jubilado apuntan en esa misma dirección. Destaca, por ejemplo, una del 2 de octubre de 2013 en la que se advierte el interés de Villarejo por hacerse con grabaciones comprometedoras que Bárcenas pudiera tener sobre dirigentes del PP. <strong>"Lo único es que ese tipo de conversaciones, macho, en ese </strong><em><strong>pendrive</strong></em><strong>, es algo que de alguna manera hay que darle al tarro para, para encontrarlo"</strong>, le dijo Villarejo a Ríos, al tiempo que insistía en "recuperar" las "grabaciones" y "discos duros". En aquella conversación, el exchófer informaba de que al día siguiente trasladaría a los "abogados" unos "poderes notariales" en los que aparecía la firma de Álvaro Lapuerta, extesorero del PP.</p><p>El comisario jubilado plasmó el contenido de dicha reunión en su agenda, lo que para el fiscal evidencia la <strong>"veracidad tanto del archivo del audio como de las anotaciones"</strong>. Las defensas han restado importancia al contenido de las libretas durante el juicio. "¿Qué escribe una persona en un diario? Pueden ser hechos reales, pero también pueden ser hipótesis, informaciones no verificadas, escenarios, líneas de investigación, evaluaciones preliminares, valoraciones personales... O simples rumores", resaltó el abogado de Villarejo, Antonio García Cabrera. "Cuando escribe en sus agendas, Villarejo no se engaña a sí mismo. Es decir, plasma exactamente lo que está ocurriendo en cada momento", defendió, por su parte, el fiscal.</p><p>La tesis defensiva también choca con la <a href="https://www.infolibre.es/politica/pendrive-di-secretario-confesion-gordo-acorrala-acusados-kitchen_1_2191346.html" target="_blank"><em>confesión</em></a><a href="https://www.infolibre.es/politica/pendrive-di-secretario-confesion-gordo-acorrala-acusados-kitchen_1_2191346.html" target="_blank"> que hizo en fase de instrucción</a> Enrique García Castaño, alias <em>El Gordo</em>, quien fuera durante más de dos décadas jefe de la UCAO y que no se sienta en el banquillo de los acusados por motivos de salud. Según dijo, a él le hicieron varios encargos. Uno de ellos, que partió del director adjunto operativo (DAO), Eugenio Pino, estaba orientado a conseguir información sobre el patrimonio en el extranjero que pudiera tener Bárcenas. Pero luego, Martínez introdujo un "plus" a ese operativo. Le dijo que existía "preocupación" por unos "discos duros" que se habría llevado el extesorero con la "contabilidad". <strong>"Y todo lo que hacía en el partido: pagos en </strong><em><strong>A</strong></em><strong>, en </strong><em><strong>B</strong></em><strong>, donaciones...", concretó</strong>. "Estaba muy interesado", añadió.</p><p><em>El Gordo</em>, cuyo testimonio han negado los acusados y han tratado de desvirtuar sus defensas durante la vista oral, aseguró que nunca llegó a los famosos discos duros. <strong>Pero sí tuvo acceso a varios dispositivos móviles de Bárcenas que, aseguró, le fueron entregados por Ríos</strong>. Un equipo de la UCAO volcó, y así lo han confirmado durante el juicio, el contenido de aquellos teléfonos. En ellos, había contactos, correos electrónicos, mensajes. Entre otros, el famoso "Luis, sé fuerte, hacemos lo que podemos" que el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, envió a Bárcenas. Toda esa información, que entregó al instructor durante la investigación de <em>Kitchen</em>, se copió en una memoria USB que, afirmó, entregó al secretario de Estado de Seguridad.</p><p>En junio y octubre de 2019, cuando la investigación aún se encontraba bajo secreto, Martínez protocolizó ante notario una serie de mensajes. Los mismos, dijo, le fueron enviados desde el teléfono de Jorge Fernández Díaz. "La operación se hizo con éxito. Se ha volcado todo (2 iPhone y 1 iPad). Mañana tendremos el informe. Según dice el informador (veremos si es así), ese material lo había dado B a los abogados para poder obtener a través de ellos los teléfonos y otros datos de su agenda, en orden a contactar con ellos para poder preparar su defensa jurídica", reza uno fechado el 18 de octubre de 2013, un día después de que Villarejo anotase en su agenda junto a "Big" –es así como se refería a García Castaño– lo siguiente: <strong>"Relación cocinero-copiando Tfnos"</strong>.</p><p>Esos <strong>"mensajes de contenido absolutamente incriminatorio"</strong>, en palabras del fiscal Anticorrupción, son una de las principales pruebas de cargo contra Fernández Díaz, que en todo momento ha negado haber tenido conocimiento de la operación llevada a cabo sobre el extesorero del PP y su familia. Sin embargo, en el marco de la estrategia conjunta de defensa y aprovechando que las conversaciones fueron borradas en su momento, el abogado del exministro del Interior <a href="https://www.infolibre.es/politica/fernandez-diaz-pide-absolucion-kitchen-acusa-numero-manipular-pruebas_1_2229251.html" target="_blank">ha restado credibilidad</a> a las mismas –"no existieron nunca"– mientras la defensa de su ex secretario de Estado de Seguridad <a href="https://www.infolibre.es/politica/martinez-fernandez-diaz-alinean-llegar-mano-declaraciones-finales-kitchen_1_2199554.html" target="_blank">miraba hacia otro lado</a>, renunciando al propio perito informático con el que se buscaba confirmar la veracidad de los mensajes.</p><p>Durante su declaración en fase de instrucción, <em>El Gordo</em> terminó señalando que entendía que lo que se buscaba con la <em>operación Kitchen</em> no era facilitar la información al juez instructor, sino "ocultarla". "Todas las cosas que hice yo de los testaferros no sé dónde han ido a parar", llegó a señalar. <strong>"¿Usted esta carpeta [la del volcado de móviles de Bárcenas] se la entregó al juez?", insistió el fiscal. "No", respondió el investigado</strong>. Durante el juicio, se ha puesto de manifiesto que los acusados no tuvieron interlocución alguna ni con el magistrado de <em>Gürtel</em> ni con los investigadores de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF). Y que la captación de Ríos se hizo al margen de los mismos. </p><p>"Esa falta de interlocución les impedía conocer cualquier laguna que pudiera presentar la investigación del caso y que necesitase ser completada a través de ningún tipo de operativo", resaltó en su informe final el representante del Ministerio Público, que también recordó que "nunca se elaboró" ningún acta de los seguimientos realizados "dirigida a ser incorporada al procedimiento judicial". Pero es que, además, para cuando se puso en marcha el supuesto "operativo de inteligencia" para localizar patrimonio en el extranjero de Bárcenas, <strong>hacía meses que constaba en la causa la información relativa a los fondos del extesorero en Suiza</strong>. La respuesta de la Confederación Helvética a la comisión rogatoria cursada había llegado a finales de 2012.</p><p>Otro de los elementos que han sido utilizados por las acusaciones para ahondar en la opacidad alrededor del operativo es la falta de incorporación del mismo a las bases de datos policiales hasta casi dos años después. <strong>La </strong><em><strong>Kitchen</strong></em><strong> no se introdujo hasta mediados de 2015 en GATI</strong>, el fichero de inteligencia policial en el que se registran las diferentes investigaciones, de forma que se establezcan cruces entre ellas por si hubiera elementos coincidentes y, en ese caso, se tuvieran que tomar medidas a nivel de coordinación entre unidades investigadoras. La Fiscalía Anticorrupción considera que con ese movimiento los acusados buscaban "enmascarar la operación policial". Es decir, legalizarla.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 02 Aug 2026 17:25:14 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los acusados de 'Kitchen' mantienen hasta el final un relato defensivo que choca con las pruebas recopiladas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Audiencia Nacional,Operación Kitchen,Gobierno,Ministerio del Interior,Policía Nacional,José Manuel Villarejo,Jorge Fernández Díaz]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Un año para juzgar al fiscal general, más de una década para 'Gürtel': ¿a qué se debe la doble velocidad judicial?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ano-juzgar-fiscal-general-decada-gurtel-debe-doble-velocidad-justicia_1_2233852.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6244cd1e-6b58-4ea4-b4c6-16e065540342_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un año para juzgar al fiscal general, más de una década para 'Gürtel': ¿a qué se debe la doble velocidad judicial?"></p><p>Los españoles confían poco en su sistema judicial. Tan poco que <a href="https://www.infolibre.es/politica/espanoles-colocan-jueces-cola-europa-independencia-influencia-politicos_1_2208997.html" target="_blank">lo colocan a la cola de Europa</a> en independencia. En gran medida, por la percibida influencia política. Eso es, al menos, lo que muestran las últimas encuestas sobre la materia. Un 65% de los ciudadanos, <a href="https://elpais.com/espana/2026-07-06/mas-del-65-considera-que-el-lawfare-existe-en-espana.html" target="_blank">según un sondeo reciente de 40dB</a>., considera que en nuestro país existe <em>lawfare</em>. <strong>Y solo un 32% ve justas o imparciales las resoluciones sobre asuntos políticos</strong>. Un asunto, el de la guerra judicial, que ha marcado buena parte del debate político en la presente legislatura. Desde el Gobierno se han cuestionado abiertamente determinadas investigaciones judiciales. O se han puesto en duda las "distintas velocidades injustificadas" de los jueces.</p><p>La justicia, con carácter general, es lenta en nuestro país. Y no se puede negar la existencia de distintos ritmos en la resolución de procedimientos. Tengan o no impacto político y mediático. Sean casos civiles o penales. Pero eso, sostiene un magistrado en conversación con <strong>infoLibre</strong>, <strong>tiene más que ver con el tipo de órgano judicial que lleva el asunto y con la complejidad del mismo</strong> que con maniobras políticas. Así, por ejemplo, mientras que en 2023 –último dato disponible– un asunto en procedimiento penal tardaba de media 2,5 meses en resolverse en los juzgados de instrucción de Madrid, en La Rioja ese plazo ascendía a 5,2 meses. Y lo mismo con los pleitos por accidentes laborales: de los 10,4 meses de Euskadi a los 40,9 meses de Andalucía.</p><p>El Tribunal Supremo impuso hace solo un mes el castigo más severo a un exministro. La Sala de lo Penal condenó a José Luis Ábalos, extitular de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, a 24 años y tres meses de cárcel por el <em>caso Mascarillas</em>, centrado en los contratos millonarios para la compra de cubrebocas adjudicados en plena pandemia a una sociedad vinculada al comisionista Víctor de Aldama. La más alta instancia judicial se hizo cargo formalmente de este caso el 5 de noviembre de 2024. <strong>Es decir, que en veinte meses el Alto Tribunal completó la investigación, celebró juicio y emitió resolución </strong>condenatoria contra el exministro, su exasesor Koldo García y el comisionista.</p><p>Esos son, más o menos, los plazos en los que se ha movido el Supremo en las últimas causas especiales de las que se ha hecho cargo. Prácticamente <strong>dos años duró el procedimiento contra los líderes del </strong><em><strong>procés</strong></em>. O dos años y dos meses se alargó el caso contra el senador de Coalición Canaria Pedro Manuel Sanginés, que resultó absuelto de los delitos de denuncia falsa y falso testimonio. Algo más rápida fue la causa contra el ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz: poco más de un año desde que se asumió por la Sala Penal hasta que se hizo pública la sentencia. O contra el exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, que se prolongó poco más de un año en el Alto Tribunal –si bien <a href="https://www.infolibre.es/politica/hechos-condenado-unico-testigo-debate-juridico-inedito-sombras-caso-alberto-rodriguez_1_1212217.html" target="_blank">estuvo seis dormida</a> en un juzgado de La Laguna–.</p><p>El Alto Tribunal es más un órgano de casación que de enjuiciamiento. Al fin y al cabo, solo es competente para instruir y enjuiciar causas contra miembros de altos órganos del Estado –desde el presidente del Gobierno y ministros hasta diputados, magistrados del Constitucional o vocales del Consejo General del Poder Judicial, entre otros–. <strong>Eso explica la rapidez a la hora de investigar. Y la relativa facilidad para encontrar hueco en el calendario para celebrar, llegado el caso, la vista oral</strong>. Al fin y al cabo, no son muchos los procedimientos de este tipo. La memoria de 2024 del Supremo, por ejemplo, solo destacaba las causas contra García Ortiz, Ábalos o el expresidente de la Diputación de Ourense José Luis Baltar por un delito contra la seguridad vial.</p><p>El máximo órgano judicial también investigaba hasta comienzos de este mismo año otra de las derivadas del <em>caso Koldo</em>. En concreto, la que salpica a Santos Cerdán, el sucesor de Ábalos al frente de la Secretaría de Organización socialista, por una supuesta trama de amaños de contratos de obra pública a cambio de mordidas. Pero la renuncia del exministro de Transportes al acta de diputado que conservaba hasta el momento dejó la causa sin aforados. Y obligó al Tribunal Supremo a derivarla a la Audiencia Nacional para su continuación. <strong>Un cambio de competencia que, según </strong><a href="https://www.infolibre.es/politica/renuncia-abalos-devuelve-voto-psoe-amenaza-alargar-viacrucis-caso-cerdan_1_2135713.html" target="_blank"><strong>asumían</strong></a><strong> entonces algunas defensas, va a alargar la resolución definitiva del caso</strong>.</p><p>Un buen ejemplo de ello está en el anteriormente citado <em>caso Mascarillas</em>: mientras que la <em>carpeta de los aforados</em> ya está cerrada en el Supremo, la parte que se quedó en el Juzgado Central de Instrucción nº2 de la Audiencia Nacional por no pertenecer los investigados a altos órganos del Estado aún está bajo investigación. <strong>Los tiempos en este órgano judicial nada tienen que ver con los que se manejan en el Alto Tribunal</strong>. En algunos casos, los procedimientos se alargan durante años. A finales de enero, la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional alertó de una situación "próxima al colapso" y solicitó la puesta en marcha de dos juzgados más de instrucción.</p><p><strong>"Está francamente mal, acumula mucho retraso"</strong>, resume un magistrado. Los juicios, en ocasiones, se están fijando a dos, tres y hasta cuatro años vista. El de <em>Kitchen</em>, una investigación que se inició hace casi ocho años, acaba de quedar visto para sentencia. Y si nada cambia, la vista oral contra el expresidente madrileño Ignacio González por el supuesto amaño de contratos para la construcción y explotación del campo de golf en las instalaciones del Canal de Isabel II se celebrará una década después del inicio de las pesquisas. El <em><strong>caso Lezo</strong></em>, de la que forma parte esta pieza separada, empieza ahora a ser enjuiciado. <strong>Y aún sigue coleando, más de una década después, el </strong><em><strong>caso Púnica</strong></em>, que persigue al exconsejero y ex secretario general del PP madrileño Francisco Granado.</p><p>En diciembre, la Audiencia Nacional dictó sentencia en una de las piezas de este último procedimiento. 11 años después de su inicio. Un tiempo de respuesta que, resaltó el tribunal, "excede" lo "razonable", lo que obligó a los magistrados a aplicar a las condenas una rebaja por dilaciones indebidas. La tardanza, dijo, estaba motivada por, entre otros "déficits estructurales", la "sobrecarga" de macrocausas que acumula la Sala Penal. <strong>Entre ellas, </strong><em><strong>Gürtel</strong></em><strong>, que 16 años después de su estallido acaba de celebrar su último juicio</strong>. En la velocidad de los procedimientos también influye, por tanto, el tamaño de las causas o la complejidad de las mismas, que en muchos casos requieren de unas comisiones rogatorias a otros Estados que irremediablemente las alargan.</p><p>La lentitud en algunas causas contrasta, sin embargo, con la rapidez en otras pocas. El caso de las <em><strong>tarjetas black</strong></em><strong> de Caja Madrid</strong>, por ejemplo, quedó resuelto en <strong>poco más de dos años</strong>, tiempo que pasó desde el inicio de la investigación hasta la sentencia emitida por la Audiencia Nacional –penas que, en algunos casos, corregiría el Supremo a finales de 2018–. Y, sin embargo, el <em><strong>caso Bankia</strong></em>, del que derivó el anterior, se prolongó durante <strong>más de ocho años</strong>, que es lo que se demoró el primer fallo absolutorio –luego confirmado por el Alto Tribunal– desde el comienzo de las pesquisas.</p><p>Y luego están los juzgados ordinarios. Ahí, la velocidad de la causa depende del órgano en la que caiga, del estado en el que se encuentre, de la saturación que afronte, de los medios de los que disponga o de la complejidad y el tamaño del procedimiento. Porque no es lo mismo aquellos con solo un acusado que los que acumulan decenas de ellos. Un ejemplo de esto último lo encontramos en el <em>caso Montoro</em>, con <strong>una treintena de imputados maniobrando con un equipo legal de primerísimo nivel para intentar "cargarse"</strong>, <a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-critica-investigados-caso-montoro-no-han-solicitado-diligencia-aportado-prueba-documentacion_1_2164950.html" target="_blank">en palabras de la Fiscalía Anticorrupción</a>, más de siete años de investigación bajo secreto.</p><p>Los ritmos también están condicionados por las <strong>dificultades con las que se pueda ir encontrando el instructor por el camino</strong>. Ahí está el caso de la supuesta estafa de la consultora Sinclair&Wilde al Ayuntamiento de Madrid en la compraventa de medio millón de mascarillas en pandemia, que <a href="https://www.infolibre.es/politica/caso-estafa-mascarillas-equipo-almeida-sigue-despegar-seis-anos-despues_1_2229762.html" target="_blank">no termina de despegar por las dificultades para localizar e interrogar al empresario investigado</a>.</p><p>En algunos casos también dependen de la diligencia de los investigadores o los propios instructores. <strong>Seis meses tardó, por ejemplo, el magistrado Antonio Viejo en autorizar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil a investigar las cuentas bancarias de Alberto González Amador</strong>, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. Y <a href="https://www.infolibre.es/politica/novio-ayuso-pago-sociedad-lupa-25-veces_1_2211138.html" target="_blank">cuatro meses tardó el juzgado</a> en remitir a los investigadores copia del procedimiento en el que se indaga si la compra de una sociedad sin valor aparente por parte del empresario podía esconder una comisión encubierta a un directivo de Quirón.</p><p>González Amador se sentará en el banquillo por fraude fiscal. Sin embargo, diez meses después del auto de apertura de juicio oral, aún no se ha fijado fecha para la celebración de la vista oral. Se hará, según <a href="https://www.publico.es/politica/tribunales/jueza-ordena-fije-fecha-juicio-novio-ayuso-presunto-fraude-fiscal.html" target="_blank">un escrito</a> remitido a las partes por el Juzgado de lo Penal nº19 de Madrid, <strong>"considerando la sobrecarga y circunstancias que pesa" sobre el órgano judicial y "cuando las razones de agenda lo permitan"</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 01 Aug 2026 17:25:29 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Un año para juzgar al fiscal general, más de una década para 'Gürtel': ¿a qué se debe la doble velocidad judicial?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Gobierno,Tribunales,Justicia,Leire Díez,Audiencia Nacional,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[El 'caso Montoro' mira a septiembre para saber si alza el vuelo o se enreda aún más]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/caso-montoro-mira-septiembre-si-alza-vuelo-enreda_1_2231824.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ca296fde-5682-4dd0-920f-249ed16fb48a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El 'caso Montoro' mira a septiembre para saber si alza el vuelo o se enreda aún más"></p><p>El levantamiento de siete años de secreto de sumario alrededor del <em>caso Montoro</em> reveló el pasado verano la existencia de una compleja investigación sobre una supuesta trama dedicada a conseguir cambios legislativos a medida a cambio de importantes pagos. Un caso que, un año después, avanza con lentitud debido a la enorme cantidad de investigados y, por ende, de recursos interpuestos. Y cuyo futuro quedará determinado a la vuelta del verano. A mediados de septiembre, según ha podido saber <strong>infoLibre</strong>, la Audiencia de Tarragona deliberará, votará y fallará sobre la cuestión de competencia planteada por Equipo Económico, el despacho que se encuentra en el epicentro de la trama.<strong> Lo que resuelva el órgano determinará si la investigación alza de una vez el vuelo o si, por contra, se enreda aún más</strong>.</p><p>La investigación arrancó en el verano de 2018. Y <strong>surgió a raíz del hallazgo casual en una causa por delito urbanístico de un correo electrónico</strong> en el que se ponía de manifiesto la existencia de "una organización", de la que formarían parte altos cargos del Gobierno y la Administración, desde la que se "habrían ido creando una red de influencias" cuyo fin último sería la obtención de "lucro económico". "A cambio de importantes pagos, y con presunto abuso del ejercicio de la función pública, intervienen de forma decisiva en reformas legislativas, con el fin de que éstas se desarrollen conforme a los intereses de sus clientes", recoge el juez instructor en sus resoluciones. Entre los investigados, el exministro de Hacienda <strong>Cristóbal Montoro</strong> y varios de sus ex altos cargos.</p><p>Tras el alzamiento del secreto, las partes solicitaron plazos de hasta tres meses para poder instruirse adecuadamente sobre el contenido de la causa. E, incluso, se llegaron a conceder plazos extraordinarios para la interposición de los recursos contra las decisiones del instructor del caso, el magistrado Rubén Rus. Entre personaciones y una montaña de apelaciones transcurrieron los primeros meses. Movimientos en los que la Fiscalía Anticorrupción apreciaba un intento de "cargarse la investigación". <strong>"Han transcurrido más de siete meses desde que se levantó el secreto y las partes no han solicitado ninguna diligencia ni aportado prueba o documentación alguna"</strong>, <a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-critica-investigados-caso-montoro-no-han-solicitado-diligencia-aportado-prueba-documentacion_1_2164950.html" target="_blank">denunciaba</a> la fiscala, Carmen García Cerdá, en uno de sus escritos.</p><p>Los <a href="https://www.infolibre.es/politica/caso-montoro-investigacion-atascada-aluvion-recursos-diligencias-pendientes_1_2136372.html" target="_blank">primeros movimientos</a> de la consultora fundada en 2006 por Montoro se dirigieron a disparar contra la validez del correo que dio origen al caso, contra la duración del secreto de sumario o contra la competencia del juez de Tarragona para dirigir la investigación. Tres líneas de ataque a las que sumaron una cuarta en mayo, cuando remitieron al juzgado dos extensas periciales en las que defendían que algunos de los informes elaborados por los Mossos d'Esquadra y la Agencia Tributaria en la causa carecían de "fundamento sólido" e incurrían en "interpretaciones erróneas". <strong>"Adolecen de numerosos errores, omisiones e inconsistencias lógicas"</strong>, sostenía Juan Manuel Herrero de Egaña Espinosa de los Monteros, el ex alto cargo de Hacienda fichado por Equipo Económico para rebatir a los investigadores.</p><p>Por aquel entonces, el instructor había decidido impulsar la investigación solicitando abundante documentación al Ministerio de Hacienda, registros mercantiles, empresas investigadas e, incluso, notarios –con la vista puesta en el régimen económico matrimonial de los investigados–. También autorizó a los investigadores el acceso al Fichero de Titularidades Financieras. <strong>Y libró cerca de 40 mandamientos solicitando dos décadas de información bancaria –entre otros, del exministro–</strong>. Lo hizo después de que la Agencia Tributaria alertara en su último informe de "deficiencias" en los datos financieros facilitados durante la investigación: "La ausencia [...] constituye una verdadera limitación al alcance y contenido del presente informe".</p><p>El análisis de toda esa información aún no ha concluido. Por eso, el pasado jueves el instructor decretó una nueva prórroga de la instrucción. En su auto, al que ha tenido acceso este diario, el magistrado, que subraya la complejidad de las pesquisas, recuerda que aún se tiene que llamar a declarar a 17 investigados, entre los que se encuentran los <em>peces gordos</em>. Por el momento, se han practicado una quincena de comparecencias –diez personas físicas y cinco jurídicas– en la causa. No obstante, <strong>solo en un caso se han respondido las preguntas planteadas</strong>. El resto de imputados ha preferido acogerse a su derecho a no declarar. Al menos, hasta que la Audiencia de Tarragona resuelva las distintas apelaciones que tiene sobre la mesa.</p><p>Unos recursos que la Audiencia verá a la vuelta del verano. El 14 de septiembre, según ha podido saber <strong>infoLibre</strong>, la Sección Segunda deliberará, votará y fallará sobre la cuestión de competencia planteada a finales de marzo por Equipo Económico vía artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prevé un cauce extraordinario para aclarar este asunto en plena instrucción ante un tribunal superior, que resolverá "de plano y sin ulterior recurso". En su escrito, defiende que la causa debería estar en un juzgado de Madrid, que es donde se habrían cometido los supuestos delitos. <strong>En la capital se encuentra la sede de Equipo Económico, la Asociación de Fabricantes de Gases Industriales y Medicinales o el Ministerio de Hacienda</strong>. "En ningún momento habría intervenido ningún funcionario o autoridad ubicado [...] en Tarragona", señala el bufete.</p><p>La Fiscalía Anticorrupción, sin embargo, rechaza estos argumentos y defiende que la causa continúe en Tarragona al entender que es allí donde se producen los "hallazgos delictivos". <strong>"El delito se comete en todas las jurisdicciones en las que se haya realizado algún elemento del tipo [penal]"</strong>, <a href="https://www.infolibre.es/politica/anticorrupcion-rechaza-caso-montoro-envie-madrid-hallazgos-delictivos-localizan-tarragona_1_2211618.html" target="_blank">sostiene la fiscala en su escrito</a>, que se apoya en el impacto económico que los cambios normativos conseguidos habrían tenido sobre las arcas catalanas o en que una de las gasistas bajo la lupa está asentada en suelo tarraconense.</p><p>Para defender su postura se agarra, sobre todo, al papel jugado por la gasística Messer. Fue en el registro que se hizo de esta empresa –con domicilio social en la provincia catalana– en el marco de una investigación que salpicaba también al Ayuntamiento del Morell <strong>cuando aparecieron los correos electrónicos que provocaron la apertura de esta causa</strong>. Entre otros, uno fechado el 5 de diciembre de 2013 en el que Rubén Folgado, director técnico de la compañía, decía a su entonces director general, Karl Hauck, que la "vía más directa" para las pretensiones de algunas gasistas en materia tributaria pasaba por pagar a Equipo Económico, que tenía "contacto directo con el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 31 Jul 2026 18:06:19 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El 'caso Montoro' mira a septiembre para saber si alza el vuelo o se enreda aún más]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Justicia,Gobierno,Jueces]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La presión migratoria aumenta en Ceuta a través del mar sin que sea posible un rechazo en frontera]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/presion-migratoria-aumenta-ceuta-sea-posible-rechazo-frontera_1_2233959.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/7fcf5c45-19b1-428d-ac7c-6b42e71c783d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La presión migratoria aumenta en Ceuta a través del mar sin que sea posible un rechazo en frontera"></p><p>La presión migratoria <a href="https://www.infolibre.es/politica/reactiva-entrada-miles-personas-marruecos-ceuta-espigon_1_2234058.html" target="_blank">vuelve a dispararse</a> en Ceuta. Cinco años después de la crisis con Marruecos que derivó en la entrada masiva de 2021, miles de personas, entre las que había no pocos jóvenes y niños, han accedido en las últimas horas a la ciudad autónoma sorteando el espigón del Tarajal. Lo han hecho ante unas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se han visto desbordados. Y con una reciente sentencia del Tribunal Supremo <strong>que impide realizar un rechazo en frontera si los migrantes entran a nado en territorio español</strong>. Una resolución judicial que, denuncia el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, está siendo "instrumentalizada" por "redes de tráfico de personas" para "fomentar el flujo de migrantes indocumentados".</p><p>La Ley de Seguridad Ciudadana, aprobada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en 2015 y cuya prometida reforma sigue sin culminarse, dio cobertura a las llamadas devoluciones en caliente. Lo hizo incluyendo una disposición adicional, la décima, en la Ley de Extranjería. La misma establecía un "régimen especial" para las ciudades autónomas. Y recogía lo siguiente: "Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla <strong>mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera</strong> podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España".</p><p>El Tribunal Constitucional consideró, aunque no por unanimidad, que dicho precepto legal no choca, en principio, con la Ley Fundamental. "Es una actuación material de carácter coactivo, que <strong>tiene por finalidad la de establecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre</strong>", recogía aquella <a href="https://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/docs/BOE/BOE-A-2020-16819.pdf" target="_blank">sentencia</a>. Eso sí, siempre y cuando se aplique de forma individualizada –es decir, nada de devoluciones colectivas– y respetando las obligaciones internacionales, prestando "atención" a las personas "especialmente vulnerables" –menores, embarazadas o afectados por serios motivos de incapacidad–.</p><p>Unas reglas de juego que el Tribunal Supremo completó hace un mes. En una sentencia fechada el 29 de junio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estableció que el "rechazo en frontera" no está contemplado en la ley "con carácter general" para todos aquellos que intentan "cruzar ilegalmente la frontera", sino "solo para aquellos que intentan hacerlo superando los elementos de contención fronterizos establecidos". <strong>Y eso hace imposible aplicarlo, por tanto, a las personas "que son interceptadas en el mar" pretendiendo "entrar a nado" en Ceuta y Melilla</strong>.</p><p>Aquella sentencia dejaba claro que las autoridades no pueden apoyarse en <em>drones</em>, cámaras térmicas o sensores para intentar cubrir esa <em>laguna</em>. Los mismos no pueden entenderse como "elementos de contención", sino que son "dispositivos tecnológicos de control fronterizo". <strong>Cuestión distinta sería, por ejemplo, que se instalaran obstáculos acuáticos "para proteger la línea fronteriza"</strong>, lo que ya permitiría rechazar en frontera a todos aquellos que los rebasasen. O, directamente, que se modificase la norma para que esas llegadas marítimas quedasen incluidas en la disposición adicional décima.</p><p>Con estos límites, el Tribunal Supremo estableció que lo correcto sería aplicar a estas personas que llegaron a nado el procedimiento de devolución recogido en el <strong>artículo 58.3 de la Ley de Extranjería</strong>, destinado a aquellos "que pretendan entrar ilegalmente en el país", lo que incluye a "personas extranjeras que sean interceptadas en la frontera o en sus inmediaciones". En estos casos, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado encargadas de la custodia de costas y fronteras deben conducir "con la mayor brevedad posible" a las personas interceptadas a una comisaría del Cuerpo Nacional de Policía para proceder a su "identificación".</p><p>"Se tiene que abrir un expediente con todas sus formalidades legales y procedimentales", explica a <strong>infoLibre</strong> Marcelo Belgrano, abogado experto en extranjería. Es decir, la persona respecto de la cual se sigan trámites para "adoptar una resolución de devolución" tiene "derecho" a "asistencia jurídica" y de "intérprete", que serán "gratuitas" si carece de recursos económicos suficientes. Y, por supuesto, puede interponer recursos. "Ambos países –España y Marruecos– se han comprometido a revisar e implementar medidas para la entrega, lo antes posible, de todas las personas que han entrado ilegalmente", <a href="https://www.infolibre.es/politica/espana-marruecos-acuerdan-entrega-urgente-han-entrado-ilegalmente-ceuta_1_2234000.html" target="_blank">señalan</a> desde el Ministerio del Interior.</p><p>Dicha devolución no podrá llevarse a cabo cuando se trate de mujeres embarazadas o personas enfermas, ni tampoco cuando se haya formalizado una solicitud de protección internacional. <strong>En esos casos, el procedimiento, explica Belgrano, quedará paralizado "hasta que exista una resolución jurisdiccional definitiva". </strong>Mientras eso ocurre, estas personas tienen derecho a plena libertad de movimiento. Y eso es algo que ha dejado claro el Supremo en diferentes sentencias: "El solicitante de asilo en la ciudad autónoma de Ceuta (o, en su caso, Melilla), admitida a trámite su solicitud, tiene derecho a la libre circulación en España", recordaba el Alto Tribunal en 2021.</p><p>Tampoco podrá ejecutarse una devolución cuando "existan indicios de que la persona extranjera pueda ser menor de edad, siempre y cuando no esté acompañada". En el caso de este colectivo con especial protección, el procedimiento debe ser exhaustivo. Se tiene que determinar la edad y se debe comprobar si hay alguien que pueda hacerse responsable de él en su lugar de origen. La <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2008-82607" target="_blank">directiva europea de retorno</a> establece que "antes de expulsar" del territorio de un Estado miembro a un menor no acompañado las autoridades deben cerciorarse <strong>"de que será entregado a un miembro de su familia, a un tutor designado o a unos servicios de acogida adecuados"</strong> en aquel país. "Hasta entonces, estarán tutelados por la comunidad autónoma pertinente", completa el abogado.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Jul 2026 17:17:57 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La presión migratoria aumenta en Ceuta a través del mar sin que sea posible un rechazo en frontera]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ceuta,Migraciones,Migración,Tribunales,Ministerio del Interior]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Begoña Gómez cambia de abogado a las puertas del juicio]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/begona-gomez-cambia-abogado-puertas-juicio_1_2233182.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6833daf0-84ef-4c6e-bdad-1f8de8e497d8_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Begoña Gómez cambia de abogado a las puertas del juicio"></p><p><strong>Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, ha comunicado al juez Juan Carlos Peinado que ha dejado la defensa del que hasta ahora ha sido su abogado, Antonio Camacho</strong>, y que será el letrado <strong>Jaime Campaner</strong> quien le asistirá en la causa en la que está acusada de tráfico de influencias y malversación.</p><p>El nuevo abogado ha presentado un escrito ante el juzgado de instrucción número 41 de Madrid en el que comunica que ahora representará a la mujer del presidente del Gobierno en <strong>la causa en la que está pendiente de apertura de juicio con jurado</strong>, según informan a EFE fuentes próximas a Begoña Gómez.</p><p><strong>Antonio Camacho</strong>, exfiscal y exministro del Interior, ha defendido a Begoña Gómez desde que arrancó la investigación por <a href="https://www.infolibre.es/politica/manos-limpias-admite-denuncia-basa-informaciones-periodisticas-falsas-juez-debe-investigar_1_1776211.html" target="_blank" >una denuncia de la organización Manos Limpias</a>, el 16 de abril de 2024, y ha suscrito decenas de recursos contra las decisiones del magistrado Juan Carlos Peinado.</p><p><strong>A las puertas del auto de apertura de juicio oral</strong>, que desembocará en el señalamiento de un futuro juicio en la Audiencia Provincial de Madrid, Gómez, de común acuerdo con Camacho, han trasladado al juzgado que a partir de ahora su defensa jurídica será asumida por <strong>Jaime Campaner</strong>. La mujer del jefe del Ejecutivo ha trasladado su gratitud hacia Camacho y todo el trabajo realizado estos años, según las fuentes consultadas, que destacan su rigor y entrega en la defensa de sus intereses en un proceso complejo y difícil, en el que su buen trabajo ha sido fundamental.</p><p>Jaime Campaner, socio director del despacho Campaner Law, está especializado en derecho penal y procesal penal, y tiene un doctorado en derecho procesal por la Universidad Complutense de Madrid. Entre las causas judiciales en las que ha participado destaca <strong>el juicio contra el expresidente catalán Jordi Pujol y sus hijos</strong>, siendo Campaner la defensa de Josep Pujol Ferrusola. Un proceso que está pendiente de sentencia. También participó en el juicio del <em>caso Nóos</em>, donde defendía al asesor fiscal Salvador Trinxet; y representó al FC Barcelona, con la presidencia de Joan Laporta, en la auditoría sobre la gestión de la anterior junta directiva.</p><p>Ha representado asimismo al expresidente de Sacyr, Luis del Rivero, en su acusación en el procedimiento contra el excomisario <strong>José Manuel Villarejo por los encargos de Repsol y Caixabank</strong> para frenar el intento de toma de control sobre la petrolera por Sacyr y Pemex. Hace unos meses, el comisario fue absuelto de esta causa.</p><p><strong>La causa judicial de Begoña Gómez y su asesora, Cristina Álvarez, se encuentra ahora mismo a la espera de los escritos de defensa</strong>, después de que la acusación popular, que coordina Hazte Oír, pidiese 13 años para la primera y 6 para la segunda; y la Fiscalía anunciase que solicitaría la absolución.</p><p>La Universidad Complutense de Madrid, por su parte, <strong>reclama a Begoña Gómez más de 113.000 euros de responsabilidad civil</strong> en relación al<strong> </strong><em>software </em>creado para la cátedra que codirigió la mujer del presidente del Gobierno en el centro universitario.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Jul 2026 10:33:03 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Begoña Gómez cambia de abogado a las puertas del juicio]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Begoña Gómez,Juicios,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Perelló vota otra vez con los conservadores del CGPJ y provoca la dimisión del juez Bodas en dos comisiones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/perello-vota-vez-conservadores-cgpj-provoca-dimision-juez-bodas-comisiones_1_2233168.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/18ff490f-7eca-45f8-9fb6-d2679c01be97_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Perelló vota otra vez con los conservadores del CGPJ y provoca la dimisión del juez Bodas en dos comisiones"></p><p>El vocal del Consejo General del Poder Judicial <strong>Ricardo Bodas Martín ha presentado su dimisión</strong> <strong>irrevocable </strong>como presidente de las Comisiones de Carrera y de Salud Judicial, en una carta dirigida directamente a la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, Isabel Perelló. La renuncia, fechada este 28 de julio y a la que ha tenido acceso <strong>infoLibre</strong>, ahonda la crisis abierta en el bloque progresista del órgano de gobierno de los jueces y vuelve a situar a Perelló en el centro de las tensiones internas.</p><p>El <strong>detonante </strong>es el acuerdo aprobado por el Pleno el pasado 22 de julio sobre los parámetros de "carga saludable" de la carrera judicial, a partir de una propuesta del vocal conservador José Antonio Montero Fernández. Ese texto —que fija módulos provisionales de en torno a 2.400 asuntos en la jurisdicción civil y 1.200 en la social— <strong>salió adelante con el apoyo de los diez vocales del bloque conservador</strong>, el voto favorable del <strong>vocal progresista Carlos Hugo Preciado</strong> y el <strong>respaldo de la presidenta Isabel Perelló</strong>. Es la misma aritmética —doce votos frente a nueve, con Perelló decantando la balanza hacia el sector conservador— que ya provocó la <a href="https://www.infolibre.es/politica/cgpj-consenso-convierte-bastion-conservador-perello-colaboradora-necesaria_1_2086256.html" target="_blank">ruptura del consenso en el reparto de comisiones</a> el pasado octubre.</p><p>En su <strong>carta</strong>, Bodas argumenta que el acuerdo no constituye un acto de gobierno, como correspondería al CGPJ conforme al artículo 122.2 de la Constitución, sino un acto de representación del colectivo judicial. Sostiene que el texto <strong>desautoriza injustificadamente el trabajo objetivo de los servicios técnicos</strong> —que habían ejecutado el mandato del propio Pleno— para sustituirlo por criterios que, a su juicio, carecen de valor científico. Y advierte de que el traslado del acuerdo a toda la carrera judicial, con posibilidad de alegaciones hasta el 15 de septiembre, funciona como una "especie de referéndum" cuyas conclusiones se impondrán y reducirán la ya maltrecha capacidad de respuesta de la justicia.</p><p>El vocal considera, además, que el acuerdo no permitirá cumplir realmente la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2023, que obligó al CGPJ a implantar un sistema de prevención de riesgos laborales para la judicatura basado en criterios objetivos para medir la carga de trabajo. </p><p>Para Bodas, el Consejo ha desplazado unilateralmente su responsabilidad hacia la opinión mayoritaria del colectivo judicial, “lo que demuestra claramente que <strong>el CGPJ no es el empleador de los titulares del poder judicial</strong>, ya que serán los jueces/as y magistrados/as quienes decidirán a la postre cuáles son las cargas de trabajo que están dispuestos a asumir, lo que <strong>no sucede en ninguna actividad pública o privada en el mundo</strong>”.</p><p>La dimisión de Bodas no puede leerse al margen de su papel como <strong>una de las voces más críticas con la gestión de la presidenta</strong>. El propio Bodas fue quien, junto a la vocal Argelia Queralt, denunció en octubre <a href="https://www.eldiario.es/politica/ricardo-bodas-argelia-queralt-vocales-progresistas-judicial-consejo-consenso_1_12716066.html" target="_blank">en una entrevista en </a><a href="https://www.eldiario.es/politica/ricardo-bodas-argelia-queralt-vocales-progresistas-judicial-consejo-consenso_1_12716066.html" target="_blank"><em>eldiario.es</em></a><em> </em>que el Consejo del consenso había terminado, atribuyendo a <strong>Perelló </strong>la responsabilidad de haber <strong>alineado su voto con el bloque conservador</strong> pese a haber sido nombrada como magistrada de perfil progresista. En una entrevista, ambos vocales describieron los posicionamientos de la presidenta como esencialmente corporativistas.</p><p>Con este acuerdo sobre cargas de trabajo, Perelló ha vuelto a decantar con su voto una decisión de calado hacia el sector conservador, prescindiendo del criterio del vocal que precisamente presidía las dos comisiones directamente competentes en la materia: Carrera y Salud Judicial. El resultado es que la presidenta ha respaldado un texto sobre salud judicial que el máximo responsable de esas áreas considera técnicamente insostenible y contrario al mandato del Supremo, hasta el punto de forzar su renuncia.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Jul 2026 10:19:03 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Perelló vota otra vez con los conservadores del CGPJ y provoca la dimisión del juez Bodas en dos comisiones]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Isabel Perelló,Consejo General del Poder Judicial,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una ginecóloga de Ourense, suspendida durante ocho años por trato vejatorio a pacientes y enfermeras]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ginecologa-ourense-suspendida-durante-ocho-anos-trato-vejatorio-pacientes-enfermeras_1_2231847.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/05840bf9-a172-4ed8-9985-98b7216c4879_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una ginecóloga de Ourense, suspendida durante ocho años por trato vejatorio a pacientes y enfermeras"></p><p>Un juzgado de Santiago acaba de ratificar una sanción de ocho años de suspensión de funciones dictada por la Consellería de Sanidade contra <strong>una médica especialista en ginecología y obstetricia por trato vejatorio a pacientes y enfermeras </strong>del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO). En la sentencia, el juez dice no tener “ni un mínimo de dudas” sobre la realidad de los hechos relatados en el expediente abierto por Sanidade, que cita <strong>34 reclamaciones en dos años</strong> contra la médica y refleja insultos y vejaciones a enfermeras y pacientes, a las que la sancionada <strong>no permitía hablar.</strong></p><p>Según la sentencia, los hechos analizados sucedieron <strong>entre comienzos de 2022 y comienzos de 2024.</strong> Sanidade resolvió sancionar a la médica en mayo de 2024 por tres faltas disciplinarias graves y una muy grave con un total de 8 años de suspensión de funciones. La mujer recurrió, pero ahora un juzgado de Santiago, en una sentencia del pasado 1 de junio hecha pública en las últimas semanas, avala la sanción en todos sus extremos.</p><p>La sentencia dice que “<strong>de forma reiterada y mantenida en el tiempo</strong> la encartada tuvo un trato desconsiderado y vejatorio con las pacientes, llegando algunas a desarrollar cuadros de ansiedad que motivaron acudir al servicio de Urgencias”. “Esa situación generó que desde marzo de 2022 a febrero de 2024 se presentasen un total de 34 reclamaciones, todas ellas incluidas y valoradas prudentemente en el expediente disciplinario”, del que el juez también concluye actitudes como “<strong>desobedecer a sus superiores y actuaciones no diligentes, imprudentes</strong> <strong>o no apropiadas</strong> en el marco de su servicio”.</p><p>El magistrado considera que la mujer “ocasionó una <strong>repercusión en todo el servicio de Ginecología al existir una desconfianza en sus valoraciones</strong>, diagnósticos y/o tratamientos pautados tanto por parte de sus compañeros como por parte de las pacientes, a las que no permite expresarse o explicarse sobre su estado de salud, lo que supone la imposibilidad por parte de estas de exponer debidamente su situación”. “Todo ello generó una sobrecarga asistencial para el resto de facultativos tanto a nivel asistencial (repetición de consultas, cambio de especialista que solicitan las pacientes en sus reclamaciones) como docente por su nula participación en actividades con los residentes”, añade la sentencia.</p><p>“Igualmente se infieren conductas por las que la encartada<strong> no cumplió con la normativa vigente</strong> ni en materia de documentación clínica, al entregar a las pacientes copia del curso clínico realizado por diferentes profesionales, ni en materia de cumplimentación de recetas, ni en materia de confidencialidad de los datos clínicos”, profundiza el juez, que dice que tras el juicio “si este juzgador pudiese tener un mínimo de dudas respecto de la minoración o modulación de la pena impuesta [...] tras la lectura del expediente administrativo aquella posibilidad fue descartada de plano”.</p><p>Un expediente administrativo que señala que, además de las 34 quejas formales de las pacientes, un informe de la jefatura de servicio reflejó en diciembre de 2023 que <strong>“son incontables las quejas/reclamaciones verbales recibidas sobre la doctora desde el personal de enfermería, matronas, residentes y ginecólogos del servicio”</strong>. Así, el expediente recoge declaraciones de varias auxiliares de enfermería ratificando quejas de pacientes sobre que la doctora no las dejaba explicar sus dolencias.</p><p>También cita el caso de una auxiliar que cuando se presentó a la doctora esta le respondió: <strong>“me importa una mierda cómo te llames”</strong>. Cuando la auxiliar le dijo que era la primera vez que estaba en ese servicio, la nueva respuesta fue que estaba “hasta las narices o <strong>hasta los cojones de novatas gilipollas de mierda</strong>” y que en una ocasión “le tiró todos los papeles al suelo y le mandó recogerlos”.</p><p>La supervisora de urgencias de Ginecología también expuso que ya en abril de 2022 “comunicó a la Dirección de Enfermería y a la Dirección Médica del CHUO, mediante oficio, una relación del personal que sufrió trato vejatorio por parte de la facultativa” y que “<strong>en relación con las pacientes, la supervisora declara que tuvo que acudir en varias ocasiones a tratar de calmarlas por ataques de ansiedad </strong>e indicarles dónde tienen que hacer una reclamación debido a la incredulidad que muestran con el trato recibido en la consulta”.</p><p>En cuanto a las pacientes, el expediente citado en la sentencia relata el caso de una mujer a la que la doctora “comenzó a gritar y humillar, preguntándole: <strong>¿Usted está bien de la cabeza?</strong>”. Al decirle la paciente que iba a presentar una reclamación, la doctora “ni se inmutó y en vez de facilitarle sus datos personales le imprimió su curso clínico de ginecología completo y se lo entregó”. En otro caso la doctora llamó en la sala de espera a una paciente “por su nombre y apellidos y su enfermedad”, lo que supuso una “vulneración del derecho a la intimidad”.</p><p>El juez concluye que<strong> “los hechos imputables a la demandante fueron tan reprochables y las penas impuestas tan ajustadas y ponderadas que en modo alguno pueden minorarse”</strong>. La sentencia, en todo caso, es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 28 Jul 2026 04:01:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[David Reinero (Praza.gal)]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Sanidad pública,Tribunales]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La acusación popular pide 13 años de cárcel para Begoña Gómez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/acusacion-popular-pide-13-anos-carcel-begona-gomez_1_2231835.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b838620f-5038-443b-a093-d706cd8c5cb0_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La acusación popular pide 13 años de cárcel para Begoña Gómez"></p><p>La acusación popular en el caso de Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, <strong>pide en total trece años de cárcel para ella y seis años para su asesora, Cristina Álvarez</strong>, para las que antes pedían hasta 24 y 22 años, respectivamente, de cara al futuro juicio con jurado popular.</p><p>Las acusaciones lideradas por Hazte Oír presentan este escrito después de que <strong>el juez Juan Carlos Peinado les trasladara la resolución de la Audiencia de Madrid </strong>que avaló juzgar con jurado a Begoña Gómez, mujer de Pedro Sánchez, por tráfico de influencias y malversación, y a Cristina Álvarez por malversación, para que presenten nuevos escritos de conclusiones de cara al futuro juicio.</p><p>En su escrito la acusación popular unificada modifica el escrito que presentó en su día, <strong>en el que pedía hasta 24 años de cárcel para Gómez y 22 para Álvarez,</strong> y solicita un total de 13 años de prisión para Begoña Gómez: dos años por tráfico de influencias, tres años por delito continuado de malversación de patrimonio público y ocho años por este mismo delito pero sin ser continuado. <strong>Subsidiariamente solicita diez años de cárcel por un delito de tráfico de influencias en concurso con el de malversación.</strong></p><p><strong>La acusación popular, que destaca el "giro radical" en la trayectoria profesional de Begoña Gómez</strong> tras la llegada de Pedro Sánchez a la presidencia del Gobierno, afirma en su escrito de acusación que Gómez asumió la codirección de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid "sin que conste proceso de selección ni la titulación que habilitara su nombramiento".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 27 Jul 2026 09:47:30 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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