Iglesia católica
El caso de abusos sexuales que llevó al papa a expresar su "dolor" se cierra con una absolución del único acusado
El caso de supuestos abusos sexuales del padre Román –que llevó al propio papa Francisco a intervenir, expresando su "dolor" después de recibir una carta del denunciante e instando al Arzobispado a actuar– se ha quedado en nada, al menos en primera instancia. La Audiencia Provincial de Granada ve una "falta total y absoluta de pruebas" de los hechos imputados al sacerdote, suspendido desde 2014, según la sentencia dictada este martes. La denuncia se refería a hechos íntimos supuestamente ocurridos entre 2004 y 2007, cuando el monaguillo tenía entre 14 y 17 años.
La Fiscalía había dejado el terreno expedito para la absolución con su retirada de la acusación, aunque antes del juicio solicitó para Martínez nueve años de prisión y una indemnización de 50.000 euros por abusos sexuales contra un menor con agravante de acceso carnal. El fallo establece que el chico se quedaba a dormir en las propiedades del conocido como clan de los Romanones, pero no ve pruebas de que se cometieran los abusos. Los cargos contra otros once acusados prescribieron. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Esta sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia, notificada este martes a las partes y a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce después de que la Fiscalía retirara en la última sesión del juicio su petición de nueve años de cárcel para el sacerdote y solicitara la libre absolución al entender que no estaban acreditados los abusos contra el denunciante.
La Sala, que absuelve al sacerdote de los delitos de abusos sexuales de los que había sido acusado por la acusación particular y popular, hace expresa imposición de las costas de la defensa a la acusación particular, aludiendo en este sentido a la "conducta desleal del denunciante durante el procedimiento. Le acusa de "ir aportando datos de manera sucesiva de menor a mayor gravedad, mintiendo respecto de circunstancias objetivas", como la fecha de llamada telefónica al Papa o la ausencia de contacto con el procesado, y de pretender ocultar datos, a lo que suma una actitud que "no ha sido nada colaboradora cuando la situación se tornaba contraria a sus intereses".
La sentencia, de 80 folios y contra la que cabe recurso ante el Supremo, indica que a lo largo del procedimiento, especialmente en el acto del juicio, "se ha puesto de relieve la inconsistencia del relato" del denunciante, "sin apoyos periféricos alguno", y, al mismo tiempo que determinadas circunstancias que él daba por ciertas e inequívocas "han sido desmontadas a través del material probatorio que obraba", como las marcas físicas que señaló en los genitales y otra partes del cuerpo del sacerdote y que los forenses descartaron.
Así, matiza la sala que la absolución se basa no solo en la falta de prueba contra el padre Román, sino también y a consecuencia de ello, "en la falta de convicción que el testimonio de la presunta víctima le causa, resultando de su relato aspectos absolutamente inverosímiles".
"No son una secta"
Tras las declaraciones de los testigos llamados en el juicio y a tenor de la documentación que consta en el proceso, la Sala excluye el carácter "sectario y hasta cerrado" que el denunciante describió del llamado clan de los Romanones, cuyos integrantes estuvieron inicialmente investigados en la causa, que llegó a tener doce imputados.
"No podemos sino admitir que lo existente entre los doce investigados eran unos lazos de amistad y confianza, muy probablemente cimentados en una orientación de vida religiosa que comparten todos y que les lleva a convivir y compartir bienes", argumenta el tribunal, que subraya que esta forma de vida "es propia de numerosos congregaciones religiosas donde sus miembros viven en comunidad, y nada de extraños tiene el hecho de ser sacerdotes diocesanos".
Agrega que "la vida comunitaria es recomendada a los sacerdotes desde el Concilio Vaticano 11, siendo una forma de evitar su aislamiento y como forma de desarrollar mejor su ministerio".
La acusación particular, que ha ejercido el denunciante de los supuestos abusos, pedía 26 años de prisión para el padre Román por tres delitos de abuso sexual y una indemnización de 50.000 euros por daño moral.
La acusación popular, ejercida por la Asociación Prodeni, atribuía al acusado un delito continuado de agresión sexual, con intimidación, violencia y prevalimiento y con acceso carnal y pedía para él 15 años de prisión, así como una indemnización de 75.000 euros por daño moral.
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El caso se hizo público el noviembre de 2014, cuando fueron detenidos el padre Román M.V.C., dos sacerdotes más y un profesor de Religión, que sin embargo quedaron después en libertad con cargos, en un caso en el que estaban imputadas inicialmente un total de doce personas, diez sacerdotes y dos laicos.
La Audiencia de Granada acabó declarando prescritos los delitos que sele atribuían a once de ellas, confirmando que la causa sólo debía continuar contra el padre Román M.V.C., considerado el líder del grupo.
Todo se precipitó después de que el joven comunicara por carta al Vaticano que había sido víctima de abusos sexuales desde los 14 hasta los 17 años por parte de este grupo de religiosos de Granada, lo que motivó que el propio Papa Francisco le llamara para pedirle perdón y ofrecerle su apoyo.