Transparencia

El Consejo de Transparencia madrileño rectifica y elimina el límite para reclamar por silencio administrativo

Sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Comunidad de Madrid ha dado un paso atrás. Después de más de un año aplicando un criterio propio que imponía un plazo para reclamar por silencio administrativo, y que hacía que una de cada tres reclamaciones que llegaban al Consejo acabaran inadmitidas, ha decidido rectificar.

La treta del Consejo autonómico consistía en no dejar a los ciudadanos reclamar en cualquier momento cuando habían hecho una solicitud de acceso a la información ante la Administración y esta no les había respondido. Esa era la forma de proceder habitual en todos los Consejos de Transparencia, pero el madrileño, en su lugar, definió un plazo cerrado.

Cuando una persona realiza una solicitud de información en base a la ley de transparencia, las Administraciones tienen un tiempo para darle respuesta. La ley madrileña lo marca en 20 días hábiles. Una vez transcurrido ese tiempo, la solicitud se entiende desestimada aunque la Administración no haya contestado. En base a eso, el Consejo de Transparencia de la Comunidad de Madrid daba, desde esa fecha, un plazo de un mes al ciudadano para reclamar, igual que si hubiera tenido respuesta de la Administración.

Pero el Consejo madrileño ha anunciado ahora que da un paso atrás y vuelve a aplicar el criterio que ya utilizaba el anterior Consejo de Transparencia de la Comunidad de Madrid y que siguen también el estatal y los del resto de comunidades autónomas. Así, los ciudadanos vuelven a poder interponer reclamaciones en cualquier momento si las Administraciones madrileñas no responden a las solicitudes de información.

La decisión del Consejo se produce después de que los expertos hayan cuestionado el criterio anterior y de que el organismo realizara una consulta a la Abogacía General de la Comunidad. Esta ha sido clara: "La interposición de una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos, en los supuestos en que la solicitud de acceso a la información no hubiera sido resuelta de forma expresa, no está sujeta al plazo de un mes a que se refiere el artículo 48, apartado 1, de la Ley 10/2019 y, por tanto, la interposición fuera de dicho plazo no debe determinar la inadmisión de aquella".

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos resuelve así una de las últimas polémicas que le habían rodeado. Aunque no ha aclarado si va a hacer algo con las más de 100 reclamaciones de ciudadanos que ya habían sido inadmitidas por este motivo en el poco más de un año de vida del organismo. En ese tiempo una de cada tres reclamaciones que llegaban al Consejo acababan inadmitidas por esa razón.

Expertos como Joaquín Meseguer, académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, que había definido la anterior forma de actuar del organismo como "grave error", celebran la nueva decisión del Consejo. "El cambio de criterio es de agradecer y responde más, ahora sí, a la naturaleza de este órgano como garante del derecho de acceso a la información", explica a infoLibre*.

Polémica desde la creación

El organismo ha estado envuelto en numerosas controversias desde su creación. El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso eliminó el anterior Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid en diciembre de 2023 con la aprobación de una ley ómnibus —una norma que mezcla regulación sobre materias distintas—. Con esa norma creó también este nuevo Consejo de Transparencia y Protección de Datos.

La medida fue ampliamente criticada por los expertos en transparencia, especialmente porque el organismo dejó de depender de la Asamblea de Madrid para pasar a hacerlo directamente del Gobierno autonómico y porque se restó independencia a los nombramientos

El anterior Consejo contaba con tres consejeros que debían ser escogidos en la Asamblea con mayoría cualificada. El nuevo cuenta únicamente con un presidente y es escogido directamente a propuesta del Ejecutivo autonómico y sin necesidad de esa mayoría cualificada. El cargo lo ocupa actualmente Jesús María González García, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense. A día de hoy, el nuevo Consejo apenas da la razón a los ciudadanos en sus reclamaciones, tal y como ya reveló infoLibre.

*Esta información ha sido actualizada a 9 de octubre de 2025 para añadir las respuestas de Joaquín Meseguer a las preguntas de infoLibre.

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