La Audiencia Nacional ordena el ingreso en prisión de la excúpula de Afinsa por la estafa de los sellos

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado el ingreso en prisión del expresidente de Afinsa Juan Antonio Cano Cuevas y los principales directivos de la filatélica, condenados por los delitos de estafa, insolvencia punible y falsedad de las cuentas anuales ante la estafa piramidal que se produjo con la compraventa de sellos.

Los condenados tienen un plazo de diez días para ingresar en prisión de acuerdo con la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press que determina que, de no hacerlo en este plazo, se librarán las oportunas órdenes de búsqueda y captura.

La Audiencia Nacional condenó en julio de 2016 a 11 de los 13 exdirectivos de la empresa a penas de hasta 12 años de cárcel. Determinó que se trató de una estafa de estructura piramidal que afectó a 190.000 "ahorradores procedentes de las clases medias" que buscaban guardar fondos para la jubilación o hacer frente a situaciones de crisis.

En relación a las fianzas prestadas para garantizar la libertad provisional de los condenados, la Audiencia Nacional determina que serán devueltas en el momento procesal oportuno, es decir, una vez que ingresen en prisión o se les suspenda la ejecución de la pena privativa de libertad.

Reducción de penas del Tribunal Supremo

El pasado mes de noviembre el Tribunal Supremo estimó parcialmente los recursos de casación presentados por los condenados y rebajó a ocho años de prisión las penas de cárcel para los cinco principales exdirectivos de Afinsa por los delitos de estafa, insolvencia punible y falsedad de las cuentas anuales.

Así, la condena de Cano Cuevas pasó de 12 años y 10 meses a 8 años y 7 meses; mientras que para Albertino de Figueiredo, Carlos de Figueiredo y el exdirector general de Afinsa Vicente Martín Peña su condena quedó reducida a penas de entre ocho años y cuatro meses y ocho años y medio y multa de 100.000 euros por los mismos delitos. También se le rebajó a ocho años y cuatro meses a Emilio Ballester López como cooperador necesario mientras que en el caso de Francisco Guijarro Lázaro su condena quedó reducida a dos años de prisión.

El alto tribunal impuso en su resolución que todos ellos junto con el exdirector del departamento jurídico de Afinsa, José Joaquín Abajo Quintana, (para quien confirmó 6 años y 3 meses de cárcel como cooperador necesario de la estafa) una indemnización de forma conjunta y solidaria de 2.574 millones de euros a los 190.022 pequeños inversores afectados, siendo Afinsa Bienes Tangibles SA responsable civil subsidiaria del pago de dichas cantidades. Quedaron absueltos Francisco Blázquez y Ramón Ergubide.

Sellos sin valor de mercado

El Tribunal Supremo destacó en su resolución que la filatélica aparentó un incremento entre los años 1998 y 2006 de más de 95 millones de euros cuando en realidad acumulaba un saldo negativo de 2.000 millones de euros.

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Detalló parte de la dinámica establecida por los condenados consistente en que cuando vencían los contratos y los pequeños inversores decidían recuperar el dinero depositado, "nunca procedían a realizar el valor que, según afirmaban, tenían los sellos, sino que utilizaban las cantidades entregadas por nuevos clientes para las devoluciones a los anteriores, sin que en ningún caso su activo quedara engrosado por un bien tan valioso como se decía".

Esto era así porque los sellos solamente tenían el valor que la propia Afinsa le adjudicaba, sin relación alguna con el valor que pudiera tener para terceros en función de las características de los sellos concretos adjudicados a cada cliente. Por tanto los clientes creían que generalmente se revalorizaba por encima del interés que proporcionaban los bancos pero no fue así porque lo sellos no tenían el valor que Afinsa les reconocía a efectos de sus propias cuentas.

 

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