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LOS ABUSOS DE LA BANCA

El BBVA utilizó durante dos años la firma digital de un prejubilado para certificar deudas de clientes

El BBVA utilizó durante casi dos años la firma digital de un trabajador prejubilado para certificar las deudas de los clientes que después reclamaba en los juzgados. Así lo reconoció el banco en el intento de conciliación previo a la vista oral de la demanda por falsedad documental y estafa que el exempleado interpuso contra la entidad. Un total de 4.385 procedimientos monitorios –reclamaciones judiciales a clientes morosos– resultaron afectados, según los cálculos del BBVA, que desistió de 200 pleitos vivos donde la deuda había sido certificada con la firma del extrabajador.

Gonzalo Antonio Castro Peón se prejubiló en abril de 2008 tras 40 años trabajando en la entidad que preside Francisco González. Prestaba sus servicios en el Centro Especial de Recuperaciones del BBVA en A Coruña y se encargaba de estudiar la deuda de los clientes y certificar esas cantidades mediante su firma digital antes de que el banco se las reclamara a los morosos ante el juez. Según la documentación a la que ha tenido acceso infoLibre, un día de mayo de 2010 le llamó una clienta de Vigo para decirle que el banco le reclamaba una deuda en la que aparecía su firma, pese a que llevaba dos años sin pisar su antigua oficina. Después fueron más. La clienta viguesa le amenazó con una demanda por haber certificado una deuda que ella no reconocía.

Gonzalo Castro preguntó en el banco, pero no obtuvo respuesta alguna ni de los servicios jurídicos de A Coruña ni de los servicios centrales de Madrid. Así que presentó en el juzgado coruñés la demanda por falsedad documental, donde pedía al banco la relación de todas las certificaciones de deuda emitidas con su firma desde abril de 2008. Gonzalo Castro calcula que, cuando estaba en activo, firmaba 70.000 certificaciones al año; es decir, unas 140.000 podían haber resultado afectadas hasta 2010 por lo que en su denuncia tacha como “mala praxis bancaria”.

En el acto de conciliación antes del juicio, el BBVA aseguró que había solucionado el problema en enero de 2010 y que así se lo había comunicado “verbalmente” a su exempleado, algo que éste niega. A juicio de la entidad, además, del “error” del banco sólo se derivaban “escasos perjuicios” para el extrabajador y los clientes. Como no hubo acuerdo en ese intento de avenencia, el banco tuvo que responder después ante el juez sobre ese “error interno”, que califica de “absolutamente involuntario”. Se produjo, según explica, porque el administrador del sistema informático no sustituyó la firma de Gonzalo Castro por la de otro apoderado cuando aquél se prejubiló. El extrabajador declaró que, en las diferentes ocasiones en que estuvo de baja por enfermedad, se cambió de manera inmediata la firma, y ésta quedaba operativa al día siguiente sin mayores problemas.

No aportó los certificados con la firma falsa

El BBVA, además, se negó a proporcionar los certificados de deuda con la firma del antiguo apoderado de 2008 a 2010, alegando que no conservaba copias “dado el tiempo transcurrido”. Y consideró subsanada la “incidencia” porque “los procuradores y abogados del BBVA se personaban en las respectivas ejecuciones, sosteniendo las pretensiones de esta entidad y ratificando, en consecuencia, el origen y el importe reclamado”. Es decir, asegura que el hecho de que la firma fuera falsa no implica que también lo fueran las cantidades reclamadas a los clientes. Pese a ello, según recalcó Gonzalo Castro, el BBVA desistió de 200 pleitos basados en los certificados firmados en falso por el extrabajador.

Tanto el juzgado coruñés como luego la Audiencia Provincial de A Coruña sobreseyeron la demanda. El tribunal acepta que se trató de un “error involuntario”, que las cuantías de deuda certificadas con la firma de Gonzalo Castro son correctas, que “no existió intención de utilizar dicha firma” y que, en cualquier caso, el hecho carece de “trascendencia”.

El extrabajador del BBVA se queja de que los jueces “han dado por buenas sistemáticamente las afirmaciones del banco sin comprobarlas” y sin permitir el análisis de un perito. Acaba de presentar una demanda por intromisión ilegítima en su honor. Reclama al banco una indemnización de 140 millones de euros. 

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