Portugal solo prohíbe por la noche las embarcaciones de alta velocidad usadas como narcolanchas
El Ministerio de Justicia de Portugal ha anunciado la entrada en vigor de la nueva ley que pretende combatir el uso de embarcaciones de alta velocidad (EAV), las famosas narcolanchas, para el tráfico internacional de drogas y otros los delitos vinculados al crimen organizado. Lisboa legisla en un momento en el que la presencia de estas lanchas se ha convertido en un problema de primer orden en toda la frontera sur y oeste de la Unión Europea, con cientos de ellas operando al sur de la península ibérica con un único objetivo: introducir grandes partidas de droga en el continente.
El nuevo marco legal, sin embargo, se queda a medias: introduce algunas medidas de control, pero mantiene en esencia la legalidad de estas planeadoras, cuya navegación solo estará prohibida durante la noche. El pasado domingo, 17 de mayo, entró en vigor el Decreto Ley 43/2026, el "nuevo régimen de las embarcaciones de alta velocidad". Ni siquiera la muerte de un agente de la Guardia Nacional Republicana (GNR) embestido por una de estas embarcaciones en el río Guadiana, parece haber sido suficiente para que el legislador portugués dé un paso más contundente.
El régimen afecta a las lanchas neumáticas y semirrígidas de alta potencia, "cada vez más utilizadas en el tráfico de drogas y personas en la costa portuguesa", según explica Justicia. A partir de ahora estarán sometidas a un mayor control y trazabilidad, pero no quedan prohibidas. La legislación portuguesa, por tanto, no va en la misma línea que la española, donde la mera tenencia de estas embarcaciones constituye un delito de contrabando desde 2018.
El Ministerio detalla que los principales cambios consisten en la obligatoriedad del Sistema de Identificación Automática (AIS), así como en la colocación de una marca visible que identifique la embarcación como EAV.
La nueva normativa obliga, además, a comunicar previamente las entradas y salidas del territorio nacional, y exige que las embarcaciones permanezcan atracadas entre las 21.00 y las 7.00 horas, es decir, durante la noche. Ese horario, sin embargo, se queda corto en invierno, cuando en algunas épocas anochece antes de las 18.00 horas y no amanece hasta pasadas las 8.00. En cualquier caso, parece una medida de escaso alcance.
Junto a ello, cualquier movimiento vinculado a la importación, exportación o transporte de estas embarcaciones requerirá autorización previa de la Autoridad Marítima.
La ley también prohíbe transportar combustible adicional más allá del que albergan los propios depósitos de la lancha, es decir, llevar garrafas a bordo.
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Las multas por incumplir el nuevo articulado oscilan entre los 25.000 y los 100.000 euros, en función del número de tripulantes. Además, se introduce responsabilidad penal: la nueva ley contempla penas de entre uno y cuatro años de prisión por posesión o cesión ilegal de embarcaciones de alta velocidad, y de hasta dos años para quien las pilote sin la habilitación correspondiente.
"Portugal tiene 2.500 kilómetros de costa. Protegerla exige reglas modernas", explica el Ministerio de Justicia. Sin embargo, la respuesta legislativa parece quedarse corta ante la presencia constante de estas lanchas y de los narcotraficantes que las utilizan en territorio portugués, en estrecha conexión con España, donde las reglas del juego son distintas.
Así, la regulación lusa no impedirá que los narcos españoles sigan empleando sus aguas y sus naves industriales como refugio. Al contrario: podrán ampararse en el articulado de un marco legal que avanza muy inferior a la de unas embarcaciones que siguen siendo en buena medida legales en Portugal y que representan ya un problema de primer orden para la seguridad ciudadana en toda la península ibérica.