Las circunstancias en que
Mariano Rajoy ha mantenido la titularidad del
registro de la propiedad de Santa Pola en los últimos 23 años a la vez que ostentaba cargos públicos centra la
demanda cuya recta final comienza hoy en un
juzgado de primera instancia de Murcia. En ese juzgado, el número 10 de la ciudad, está fijada hoy a partir de la una y cuarto de la tarde la audiencia previa de la
demanda interpuesta por el sustituto de Rajoy al frente de ese registro, Francisco Riquelme, contra el abogado
José Luis Mazón, a quien reclama 100.000 euros.
Riquelme interpuso la demanda –civil y no penal- después de que Mazón hiciera públicas sus sospechas de que el hoy presidente y su sustituto en Santa Pola
podían haber llegado a “un apaño” para repartirse los beneficios del registro.
Salvo que la vista previa quede anulada por incomparecencia del fiscal –a Mazón no le conta que esté sobre aviso-, el demandado pedirá hoy al juzgado que desestime la demanda de Riquelme bajo el argumento de que sus palabras no entrañan la menor difamación. Pero no solo eso. El abogado, que hace dos años fundó el denominado partido Soberanid, aprovechará la comparecencia de hoy para formular tres solicitudes que considera cruciales:
la declaración del hoy presidente en calidad de testigo; la aportación de su expediente como registrador para conocer en qué momentos y en qué condiciones solicitó pasar a servicios especiales como funcionario con cargo público, y la entrega tanto del libro de socios como de cuentas de la empresa inmobiliaria Inlimur, constituida por Riquelme y su esposa en febrero de 1990,
un día antes de que Rajoy le propusiera oficialmente como sustituto para llevar el registro de Santa Pola en calidad de interino. Ese dato consta en el expediente de Rajoy, a cuyo contenido ha tenido acceso infoLibre. Es el mismo
cuyo traslado a un "archivo de seguridad" ordenó en 2001 el Gobierno de Aznar.
Como publicó este diario,
Rajoy cobró como político y como registrador al menos entre 1981 y 1985. Es decir, mientras la ley se lo permitió. A partir de esa última fecha y hasta noviembre de 1987, el líder conservador dejó en manos de interinos la gestión de los registros cuya titularidad fue sucesivamente alcanzado.
En noviembre de 1989, y tras lograr un escaño en el Congreso que nunca más volvió a perder, Rajoy pidió su pase a servicios especiales y recomendó que el registro de Santa Pola quedase bajo la atención de Riquelme. El interinato, que como su nombre indica debía ser provisional, ha cumplido ya 23 años, dado que
Riquelme fue nombrado sustituto en marzo de 1990.
En su escrito de defensa, Mazón invoca la compleja legislación sobre registradores para concluir que lo de Santa Pola es un “misterio” equiparable al de Elche, donde Riquelme es titular de otro registro. Pero las connotaciones de este misterio son por completo ajenas al campo de la religiosidad popular: el “arcano” que el abogado -
como la oposición parlamentaria- pretende desentrañar guarda relación con una parcela contante y sonante: cómo se han repartido los beneficios del registro de la propiedad de Santa Pola.
Aunque el artículo 29 de la
Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública ya prohibió en septiembre de 1984 que los funcionarios con cargo público pudiesen cobrar del registro al mismo tiempo que de la política, el reglamento aplicable al peculiar cuerpo funcionarial de registradores mantuvo hasta 1998 un artículo abiertamente contradictorio. Ese precepto,
el 541 del Reglamento Hipotecario, autorizaba a los registradores en servicios especiales –una especie de excedencia propia para los funcionarios con cargo público- repartirse con el interino los beneficios de su registro.
Mazón sostiene que, lejos de constituir una intromisión ilegítima en el honor de nadie, la pregunta de si “se reparte Rajoy los aranceles con su interino” centra
un “debate de alto interés público”.
El abogado llega más lejos cuando mantiene que el artículo del Reglamento Hipotecario que permitía a los registradores con cargo público repartirse los beneficios con el interino “nunca ha sido ni derogado ni modificado”. Los expertos consultados por
infoLibre entienden, en cambio, que ese precepto fue invalidado en la práctica por la
reforma de 1998, que introdujo una cláusula legal según la cual aquellos registradores que ocupen un cargo público incompatible con la llevanza de su registro quedarán en situación de servicios especiales. Y la parte de los ingresos del registro que les hubiera correspondido iría a partir de ese momento y de manera automática al bolsillo de su sustituto.
me parece que el registrador sustituto no tendría que repartirse los beneficios con el que está en excedencia.Los funcionarios que disponen de plazas en propiedad y se retiran para otra actividad sea política , o no, no perciben ningún ingreso, como es lógico, porque ya hacen otra actividad remunerada. En el caso de Rajoy , "se ha puesto las botas" cobrando del Estado y del partido con ingresos legales y ademas los presuntamente en B , me parece indecente tenga el privilegio de cobrar por una actividad que no esta ejerciendo ya sabemos que en este país hay colectivos que tienen unos privilegios que no se merecen y que se mantienen a perpetuidad por desidia o poder de clase. A ver cómo termina esta historia y este caso
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