Caso de los ERE

Alaya imputa a un abogado de la Junta y a otras 19 personas en el caso de los ERE

La jueza Mercedes Alaya, en una imagen de archivo.

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La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) en Andalucía imputó este lunes en la causa a otras 20 personas  –la causa alcanza ya los 227 imputados–, entre ellas al jefe de la asesoría jurídica de la Consejería de Empleo de la Junta, Antonio Lamela, a este último en relación con la ayuda de 5.026.425,51 euros concedida el 17 de noviembre de 2011 a Astilleros de Huelva, subvención que estaba siendo investigada en una pieza separada pero que finalmente se ha acumulado al caso.

En un auto notificado este lunes a las partes personadas, la magistrada Mercedes Alaya imputó tanto al abogado de la Junta como a otras 19 personas, a todas las cuales cita a declarar los días 22, 23, 24, 25 y 30 de septiembre, después de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil le entregara el pasado 29 de agosto los atestados correspondientes a las empresas Hitemasa, Samec, Primayor e Inverjaén.

Asimismo, la juez ha citado a declarar durante esos días a otras 21 personas que ya estaban encausadas pero a las que amplía su imputación, entre ellos ex altos cargos de la Junta como el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; los exviceconsejeros del ramo Agustín Barberá y Justo Mañas; el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez; los exdirectores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera, o los exdirectores generales de IDEA Miguel Ángel Serrano y Antonio Valverde.

La juez dictó este auto después de que el pasado mes de agosto elevara una exposición razonada al Tribunal Supremo por la existencia de indicios contra los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y siete exconsejeros, pues considera que mientras el Supremo no se pronuncie sobre su competencia para investigar a dichos aforados, "la competencia para seguir conociendo de estas diligencias cuya instrucción no debe demorarse, corresponde a este Juzgado". "Procede por ello continuar instruyendo la presente causa", alegó.

En este marco, la instructora explicó que "el ámbito temporal de la presente investigación alcanza las subvenciones sociolaborales concedidas por la Consejería de Empleo, con cargo al programa presupuestario 31L, hasta el decreto-ley 4/2012, de 16 de octubre, el cual fue convalidado por el pleno del Parlamento en sesión celebrada el 15 de noviembre de 2012", motivo por el que "deben formar parte de la presente instrucción las diligencias previas" correspondientes a la subvención excepcional otorgada a Astilleros de Huelva el 17 de noviembre de 2011.

Al hilo de ello, la juez aseveró que la referida subvención se otorgó el 17 de noviembre de 2011 y "fue pagada inmediatamente el 27 de diciembre siguiente", todo ello "al margen de la orden de fecha 1 de abril de 2011, por la que se establecían las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sociolaborales", añadiendo que "esta ausencia de aplicación de la referida orden fue objeto de reparo en su momento por la Intervención Delegada exigiendo que al expediente se le diera la tramitación regulada en la misma o que se completara aquel con el informe jurídico que sustentara su inaplicabilidad".

La instructora explicó que dicho informe, de 15 de septiembre de 2011, fue realizado por el jefe de la asesoría jurídica de la Consejería de Empleo, Antonio Lamela, "a instancias del viceconsejero Justo Mañas" y "siguiendo indiciariamente las instrucciones políticas de este último, del que dependía jerárquicamente".

Alaya criticó que el informe "justifica la inaplicabilidad de la citada orden bajo el peregrino argumento de que las subvenciones de la orden de abril de 2011 sólo pueden solicitarlas los trabajadores, no las empresas, como sucedía en el caso de Astilleros, en el que es la empresa la que obtendría los recursos económicos para financiar las obligaciones indemnizatorias que tiene con sus trabajadores y es la que ha solicitado la subvención excepcional, razón por la que según manifiesta no resultan de aplicación de dichas bases".

A juicio de la juez, "el razonamiento era cuanto menos paradójico, pues resultaba que la Consejería de Empleo había estado más de diez años negando que la beneficiaria de las ayudas fuera la empresa, y ahora se esgrimía ese argumento para negar la aplicación de la normativa reguladora a una subvención, cuando disponía el artículo 2 de la citada orden que será requisito necesario para poder acceder a las ayudas en ella reguladas la superación de una fase preliminar, y que la misma se iniciará a petición conjunta de la empresa y los trabajadores o sus representantes".

"Lo único que hubiera sido necesario es complementar la petición inicial de la empresa y los administradores concursales con la solicitud de los representantes de los trabajadores que figuran en el acta final del periodo de consultas, o reformular la solicitud como además se requirió a la empresa por la Dirección General de Trabajo de acuerdo con lo exigido por la Intervención Delegada", sostiene la juez.

A su entender, "se omitió deliberadamente el procedimiento aplicable por la Consejería de Empleo, dictando el consejero Manuel Recio una orden favorable de concesión de fecha 17 de noviembre de 2011 en la que se declara expresamente que de la ayuda serán beneficiarios 'los trabajadores incluidos en el colectivo A, B y D recogidos en los anexos de la presente resolución".

Ocho "intrusos" en Hitemasa

La magistrada destacó que en la resolución de esta ayuda "consta que fue aprobada por el Consejo de Gobierno", imputando a Antonio Lamela por presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos y citándolo a declarar el próximo día 25 de septiembre.

En relación a los ERE de los años 2001 y 2004 de Hitemasa, que recibió 32,2 millones en subvenciones, la juez imputó a 14 personas, entre ellas los expresidentes del Consejo de Administración de la empresa Manuel Márquez y Antonio Moreno y los consejeros Francisco Naranjo, Juan González, Amparo Alarcón y Guillermo Valderrama, así como a ocho 'intrusos' de ambos ERE que recibieron cantidades que oscilan entre los 37.487,85 y los 61.588,63 euros.

Asimismo, y en cuanto al ERE de Samec, la juez imputó a dos personas, entre ellos el gerente, Marcos Guerra, quien "contactaría" con el 'conseguidor' de los ERE Juan Lanzas "a través del entorno de Ruiz-Mateos para la financiación de las prejubilaciones de trabajadores de la empresa en el año 2007 por parte de la Junta", añadiendo que Lanzas "cobraría por su intervención como conseguidor de la referida financiación al menos 487.200 euros".

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"El inculpado, conociendo la actuación ilícita de Lanzas y la consecución de fondos públicos de forma arbitraria para Samec, cooperaría con el citado Lanzas en facilitarle el trabajo en la empresa, siendo retribuido por él en la suma de 24.360 euros con cargo a los fondos públicos andaluces", sostiene la instructora, que también imputa a Rodolfo Verginella, administrador de hecho y apoderado de Samec.

El ERE de Primayor

En cuanto al ERE de Primayor, la juez imputó al jefe de Personal, Luis Sobrino; al director de Recursos Humanos, Felipe Monforte, y al director general, Ramón Portal, los cuales "instaron un ERE para 50 trabajadores que fue financiado en el 91 por ciento por la Junta, con total ausencia de procedimiento". La juez llamó la atención sobre el hecho de que, en el ERE, "estaba incluido el propio Luis Sobrino, percibiendo 2.400 euros mensuales".

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