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Educación

Los docentes interinos dan un paso más para recuperar los veranos que no cobraron por los recortes

Varios alumnos en un centro educativo.

El magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid ha reconocido el derecho de un profesor interino adscrito a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid a que esa administración le abone el salario correspondiente a cuatro veranos en los que le envió al paro a pesar de haber cubierto una plaza vacante durante esos cursos. También a que ese periodo estival le cuente en su antigüedad

En la sentencia, fechada el 30 de mayo de 2017, el juez manifiesta que la actuación de la consejería de cesarle los días 30 de junio y nombrarle nuevamente en septiembre supone una clara discriminación con respecto a los docentes que ya son funcionarios de carrera, pues ambos ejercen funciones similares durante los mismos periodos escolares.

El fallo, que no es firme, será recurrido al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (TSJM) por la Consejería de Educación madrileña, tal y como confirma un portavoz a preguntas de infoLibre. De hecho, el departamento que dirige Rafael Van Grieken se servirá en su recurso de los argumentos de otro juzgado de Madrid, el número 17 de lo Contencioso-Administrativo, que ya ha desestimado 273 demandas similares a la este docente.

Este último juzgado dictó el 19 de junio de 2015 una sentencia por la que reconocía a otra profesora el derecho a cobrar un verano y a que ese periodo se le tuviera en cuenta en su antigüedad. Pero esa resolución, que era irrecurrible, fue dictada por un juez sustituto, Damalcio Martín Castro. Cuando regresó su titular, Belén Maqueda Pérez de Acevedo, esta cambió el criterio y rechazó todas las extensiones de sentencia planteadas por CCOO, según explica Isabel Galvín, secretaria general de Enseñanza del sindicato en Madrid.

Ahora, sin embargo, la reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid sí puede ser recurrida en apelación ante el TSJM. A juicio de Galvín, una ratificación de este fallo por parte del tribunal superior "abriría una vía importante de cara a recuperar retribuciones y derechos perdidos por la supresión del cobro de los meses de verano". No obstante, aunque dice la que sentencia es "una buena noticia" pide mantener la "prudencia" hasta que se pronuncie el tribunal superior. 

Recorte

Hasta 2011, la tónica general era que los contratos de los docentes que firmaban al inicio del curso para cubrir una plaza vacante en colegios o institutos se alargaran hasta el 31 de agosto. Es decir, durante todo el curso escolar. De esa forma seguían cobrando normalmente los meses de julio y agosto. Para los interinos sustitutos había establecido un baremo y si habían trabajado más de determinados meses durante el curso –lo mínimo, 5,5 meses– también cobraban en verano. Pero el retroceso en los derechos laborales de los docentes interinos comenzó a generalizarse en 2012. Ese año, bajo el argumento de que era necesario reducir el presupuesto, la mayoría de las comunidades comenzaron a recortar el cobro de sus retribuciones en verano.

Actualmente, la situación se ha revertido, al menos parcialmente, en casi todas las comunidades donde cobran, como mínimo, los que han trabajado el curso completo. De hecho, Castilla- La Mancha, donde gobierna el PSOE, es la única comunidad que no pagará este 2017 los meses de verano a ninguno de sus 4.300 interinos, tal y como confirma un portavoz oficial. Mantener en nómina en julio y agosto a estos profesionales tendría un coste aproximado de 26 millones de euros. Los sindicatos señalan que estos docentes son "discriminados económica y administrativamente" porque, además de no cobrar, tampoco se les reconoce el tiempo de servicio durante esos dos meses.

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Por otro lado, teniendo en cuenta que las situaciones de partida eran diferentes –el mínimo de días trabajados para generar este derecho no está unificado– los recortes de los últimos años han generado un sistema todavía más desigual que todavía persiste. Un ejemplo: un interino en Asturias puede cobrar julio y agosto habiendo trabajado 5,5 meses y otro de Castilla-La Mancha puede irse al paro habiendo trabajado todo el curso. 

En la Comunidad de Madrid –que el verano pasado tampoco abonó el verano a sus interinos– el Ejecutivo regional y los sindicatos CCOO, ANPE, CSIF y UGT llegaron a un acuerdo para ir recuperando este derecho. A partir de 2017 lo cobrarán los que hayan trabajado más de nueve meses durante un curso. El año siguiente, quienes hayan trabajado al menos siete meses; y en 2019, al menos cinco y medio. La cifra de docentes que se beneficiarán de este acuerdo ya este verano y el coste que tendrá abonarles el salario no se conocerá hasta que acabe el mes de junio, tal y como confirma un portavoz de la consejería madrileña.  

En Murcia, donde tampoco hubo retribución para ninguno de los interinos el verano pasado, sí lo habrá este. A los 2.000 que durante este curso han ocupado una vacante completa se les ha hecho un contrato hasta el 31 de agosto y, por tanto, no verán interrumpidos sus contratos. Para los que han trabajado menos de los 255 días estipulados se les pagarán las vacaciones que les corresponden por los días trabajados.

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