PORTADA MAÑANA
Ver
El fundador de una sociedad panameña del novio de Ayuso gestiona los chequeos médicos de la Comunidad

El dinero público para la religión

El Tribunal de Cuentas detecta falta de control en la fundación pública que financia a las religiones minoritarias

Fachada del Tribunal de Cuentas.

La aconfesionalidad asimétrica que, en la práctica, ha venido funcionando en España, con un trato privilegiado a la Iglesia católica con respecto al resto de confesiones, tiene su correlato en la relación económica de las religiones con el Estado. Y en el descontrol y falta de transparencia de la misma, puesta de relieve por el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas [ver aquí y aquí informaciones en detalle]. La católica es la confesión más beneficiada, tanto por el modelo de entrega de ayudas públicas como por la laxitud de su seguimiento. Pero, ojo, no es la única beneficiada. La fiscalización realizada por el Tribunal de Cuentas sobre la relación del Estado con las confesiones, que no se limita a la Iglesia católica, también ha desvelado importantes fallas en la financiación de las organizaciones representativas en España de las religiones islámica, evangélica y judía.

El órgano fiscalizador ha examinado el funcionamiento de la Fundación Pluralismo y Convivencia, el ente público creado en 2005 para subvencionar a las religiones minoritarias con acuerdo de cooperación con el Estado. Esta fundación ha dedicado desde su constitución en 2005 en torno a 35 millones de euros a subvenciones a las organizaciones representantes de islámicos, evangélicos y judíos, que tienen acuerdos de cooperación con el Estado en calidad de confesiones de "notorio arraigo". El promedio es superior a 2,3 millones al año, como publicó infoLibre en diciembre [ver aquí] y ha ratificado ahora el informe final del Tribunal de Cuentas, centrado en el ejercicio de 2017.

Como resulta lógico, el histórico vínculo entre el Estado español y la Iglesia católica, articulado a través de múltiples mecanismos entre los que destacan los acuerdos bilaterales de 1976-1979, ha dejado en un segundo plano la relación de colaboración de los sucesivos gobiernos democráticos con el resto de confesiones. Pero tales relaciones también están ahí. Y tienen implicaciones económicas relevantes. El examen por parte del Tribunal de Cuentas del trato económico del Estado a las confesiones minoritarias, ya culminado en forma de informe definitivo, destapa múltiples deficiencias. Un ejemplo llamativo: dicha fundación, adscrita al Ministerio de Justicia, no había aprobado su "plan estratégico" de ayudas públicas cuando se cerró el periodo fiscalizado, lo cual supone un incumplimiento de la Ley de Subvenciones, tal y como recoge el informe.

El grueso del dinero público entregado a esta fundación para repartirlo entre las confesiones minoritarias va dedicado a dos líneas de subvenciones, la 1 y la 2. La línea 1 es una ayuda directa a las federaciones que agrupan a las organizaciones de cada una de las confesiones. La línea 2 es para proyectos finalistas "culturales", "educativos", de "integración social". Los destinatarios del dinero son siempre los mismos: las organizaciones representativas de las confesiones minoritarias. La Comisión Islámica de España (CIE, islámicos) y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (Ferede, evangélicos) suman más del 42% cada una, mientras que la Federación de Comunidades Israelitas de España (FCJE, judíos) ronda el 15%, según el análisis realizado por este periódico sobre las memorias de estas organizaciones.

¿Se reparte ese dinero con todas las garantías? ¿Se vigila su correcto uso? Hay lagunas. La síntesis de la situación que hace el informe detecta tres deficiencias fundamentales [ver aquí la fiscalización completa, publicada por el Tribunal de Cuentas]:

1. En la aplicación informática utilizada para su gestión no queda constancia de la persona que verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de las ayudas, ni del momento en que se efectúan dichas comprobaciones.

2. En el informe técnico de valoración de los proyectos concurrentes a las ayudas no constan las razones del juicio técnico realizado.

3. La resolución de concesión de las ayudas no está motivada.

La Fundación Pluralismo y Convivencia “no dispone de instrumentos de control de carácter externo” para cumplir la obligación legal de que el importe de las subvenciones supere el coste de la actividad subvencionada. Además, subvenciones de la línea 2 comprenden proyectos “abiertos y genéricos”, lo que sumado a las deficiencias en las memorias “impedía valorar convenientemente el cumplimiento de los objetivos” de la entrega del dinero. “En ocasiones las entidades religiosas que pueden solicitar las ayudas de la línea 2 no contaban con recursos económicos y materiales adecuados para la gestión y justificación de las mismas, lo que incrementaba la dificultad para recobrar, en su caso, las cantidades adeudadas por reintegro de subvenciones”, señala el informe. Ello motiva que un total de 76 comunidades religiosas mantenía, al cierre de 2017, deudas por subvenciones que debían ser reintegradas, si bien la cuantía total adeudada no llegaba a 100.000 euros. El Tribunal de Cuentas recomienda establecer “alguna medida de garantía (aval financiero o afianzamiento, por ejemplo) que [...] limite las dificultades para obtener el reintegro” de las subvenciones en caso de incumplimientos.

“Debilidad” de control interno

El Tribunal de Cuentas observa una “debilidad en el control interno” de las subvenciones de la línea 1, dado que en la aplicación de la fundación “no quedaba constancia de la persona que verificaba el cumplimiento de los requisitos exigidos, ni del momento en que se efectuaban dichas comprobaciones”. A ello se añaden deficiencias en los informes técnicos de valoración de los proyectos, que se sustentan en “unos indicadores asociados a los criterios de valoración” en los que “no constan ls las razones del juicio técnico realizado para cada apartado”. La fundación no dispone de un manual interno o procedimiento escrito en el que se expliciten cómo deben aplicarse los criterios de valoración. Y más: “En la resolución de concesión de las ayudas no se motiva la decisión adoptada, limitándose a informar del reparto de las cantidades entre las tres confesiones religiosas que concurren”.

El informe recoge lagunas llamativas. Con carácter general, “la descripción del proyecto [de Federe] que figura en la solicitud tan sólo recoge las actividades que se realizan habitualmente por los distintos organismos que se incluyen” en la federación, “sin ahondar en las actividades a realizar y los objetivos a lograr”. Es decir, hay inconcreción. Los informes técnicos de valoración dejan “constancia de las razones por las que se produjeron diferencias sustanciales en la ratio importe concedido/importe solicitado”. A ello se añaden deficiencias formales, como falta de fecha y firma.

La federación CIE (islámicos) también peca de inconcreción y falta de detalle a la hora de reclamar ayudas de la línea 1, según el informe. Posteriormente, “la memoria justificativa no permite valorar la correcta aplicación de los fondos, en contra de lo dispuesto en las bases reguladoras”, añade el órgano fiscalizador.

Lagunas en la justificación

Hay párrafos demoledores. Como estos: 1) “La memoria justificativa [de la CIE] no especificaba las actividades realizadas, por lo que no podían correlacionarse con los justificantes de los gastos aportados. Pese a lo manifestado por el Ministerio de Justicia en sus alegaciones, con carácter general la documentación justificativa no estaba ordenada para cada una de las entidades perceptoras de las ayudas, ni se facilitaba información que vinculase los gastos presentados con la actividad desarrollada, no pudiéndose determinar a cuál de los diversos proyectos corresponde cada gasto justificado”.

El Tribunal de Cuentas fiscaliza por primera vez la financiación pública de las confesiones islámica, evangélica y judía

El Tribunal de Cuentas fiscaliza por primera vez la financiación pública de las confesiones islámica, evangélica y judía

Y 2): “La falta de correlación entre las ayudas concedidas [a la CIE] y los programas concretos en los que se debían materializar, así como la falta de adaptación de los presupuestos a las actividades realmente desarrolladas, se ha traducido en una justificación de la subvención desordenada, en la que la memoria justificativa no permite especificar con precisión las actividades realizadas y su relación directa con los justificantes de los gastos aportados”.

En el caso de la FCJE (judíos), “la memoria justificativa y explicativa de cada uno de los proyectos no contenía la información mínima imprescindible sobre las actividades realizadas en la ejecución de los programas financiados y la documentación relativa a las mismas, ni se especificaban las actividades realizadas y su relación directa con los justificantes de los gastos aportados”.

La situación no mejora con las subvenciones de la línea 2, con subvenciones basadas en "proyectos abiertos y genéricos” y deficiencias en la justificación.

Más sobre este tema
stats