Plaza Pública

Hermanos para siempre

Una familia disfruta de la inauguración del encendido de luces de la segunda edición de 'Nadal al Port'

Felipe Domingo Casas

Durante varios meses, la firma automovilística Volkswagen utilizó en las televisiones un anuncio para promocionar en el mercado el nuevo modelo Caravelle 6.1 de los coches que fabrica, que, con la imagen del vehículo, decía: “Hay tantos modelos de familia como personas”. Un vehículo ideal para familias numerosas como la que formaba la pareja Bosé-Palau, que les hubiera venido al pelo. Una publicidad comercial, inteligente y acertada que recogía la realidad familiar española, porque ni al más ignorante se le oculta ya que la sociedad española es muy diversa en su composición familiar.

Si hay unos días en los que la variedad familiar se ve reflejada es en las Navidades, y mucho más en este año en el que el covid-19 condiciona las reuniones. Salvador Illa ha dado lugar a un debate que la sociedad española ya vive con normalidad. “Se permitirán los desplazamientos para asistir a encuentros de familiares y allegados, es decir, las personas que tienen una afectividad especial a pesar de que no exista un “vínculo familiar definido en el sentido tradicional”. Esta normativa es muy amplia, pero está definida por el concepto de la “afectividad”. Por eso ya ha salido algún jurista que la define como “muy difusa” por la exigencia de un documento que lo pueda acreditar, según él, y hasta he oído a un presidente autonómico hablar de “declaración jurada” para presentar a la Guardia Civil si un novio quiere visitar o encontrarse con su novia.

Hasta once modelos de familia enumeran algunos artículos, doce diría, si añadimos el que han formado durante varios años Miguel Bosé y Nacho Palau: dos padres con cuatro hijos, dos de cada uno, y que por las circunstancias y avatares de la vida se ha roto esa unidad familiar.

Aunque no todos los modelos familiares tienen un fin reproductivo, lo cierto es que conforme se consolidan las relaciones y los afectos se hace más imperioso extenderlos a una descendencia, entre otros muchos objetivos, por la creencia de que nos protegerán al hacernos mayores. De esta forma, se tienen hijos a edades tardías, se adoptan o se recurre a las técnicas reproductivas al alcance hoy día. Y de ahí nacen casi tantas filiaciones como los modelos de familia, rompiendo las barreras que el Código Civil establece como filiaciones por naturaleza y adopción.

En este contexto social y familiar es en el que se enmarca, después del fracaso de las negociaciones, la demanda ante los tribunales de Nacho Palau contra Miguel Bosé por el derecho al hermanamiento de los cuatro niños, petición solicitada ante el juez de Primera Instancia.

Los hechos aportados para el reconocimiento de ese derecho son numerosos, conocidos y difícilmente rebatibles: convivencia plena de la pareja Bosé-Palau durante 25 años, deseos de ser padres y llevarlos a cabo, haberlo conseguido con escasa separación temporal, convivencia familiar y posesión de estado durante varios años de los padres con sus hijos, convicción cierta de los niños de que son hermanos sin ninguna discriminación entre ellos y supongo que otros.

Con todos estos datos, la demanda de Nacho Palau, si se me permite la expresión refranera, se lo puso a huevo a don Enrique Presa, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pozuelo de Alarcón. Fácil, fácil. Hermanarse ciudades, aun lejanas, resulta sencillo. Hermanar a cuatro niños ha resultado muy complicado para el señor juez, el cual no tenía nada más que encontrar el derecho, acomodando su resolución a esos hechos, según el principio “Da mihi factum, dabo tibi ius”. Y ahí es donde el juez ha pinchado en hueso y no ha encontrado la vía de apoyo en el ordenamiento jurídico español, “por lo que no permite efectuar formalmente la declaración de filiación solicitada”. ¿ Y el ordenamiento jurídico internacional? Entre los jueces cuenta también la pereza, y no acudir con más frecuencia a la literatura y la filosofía.

Acaso no ha leído el juez con atención y profundidad la Convención de los Derechos del Niño aprobada por la ONU el 20 de noviembre de 1989 y por eso no ha deducido las consecuencias que se desprenden de la misma. Entonces hubiera sentado jurisprudencia y hubiera roto esos moldes estrechos entre los que se mueven con frecuencia los jueces de familia, negando derechos a los hijos al anteponer el interés de los padres, en este caso de uno, y posponiendo el de los niños que es superior. Los niños primero.

“No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana”. (Plan de acción de la Cumbre mundial a favor de la infancia, 30 de septiembre de 1990).

“Reconociendo, dice la Convención, que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”, si esa familia se ha roto por decisión de los adultos y padres, la justicia debía garantizar que el interés superior de los niños quede a salvo y sea plena y eso solo lo puede garantizar la declaración de que esos niños son hermanos (a este respecto he visto en las reseñas que se han hecho sobre la sentencia en los medios una fotografía maravillosa de los cuatro niños de espaldas caminando y entrelazando sus brazos por los hombros, que vale más que estas palabras). Los padres pueden separarse, los niños no. Y para ello no hay otra solución más conveniente y justa que declararlos hermanos. No crecerán igual separados.

Si me guío por mi experiencia personal en los tres tribunales de familia por los que pasó mi asunto y por los que pasará el caso Palau-Bosé, y con esta primera resolución que ha denegado la petición de filiación, no es probable que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Supremo acepten la filiación de los cuatro niños. La realidad social va mucho más deprisa que las leyes y que la voluntad de los jueces.

Todos los artículos de la Convención de los Derechos del Niño están imbuidos por ese principio del interés superior del niño por el que velarán los Estados, las Instituciones públicas y los Tribunales. Estos últimos, que tienen un poder decisorio en los pleitos familiares, interpretan y aducen a veces ese interés superior del niño como una muletilla, eliminando su eficacia jurídica hasta las últimas consecuencias. Hay que ver las cosas grandes (Galdós, en El abuelo), porque los niños sueñan en grande (Victor Hugo, en El arte de ser abuelo).

Acudo así a la literatura :

Creo en los niños como se cree en los apóstoles/

y al ver a esos amados seres sin amargura/

y sin miedo anhelando las cosas de los cielos/

todas se las daría, si pudiese” —Victor Hugo.

Aunque eran otros tiempos, en los que no estaba reconocida la filiación extramatrimonial, no me resisto a transcribir el mano a mano de la escena VIII de El Abuelo de Galdós entre Lucrecia, la madre de sus hijas, Dolly y Nell, y el Conde de Albrit, que conoce que solo es abuelo biológico de una de las niñas, pero que pretende conocer cuál de ellas, en el que se expresan así:

Lucrecia: En ninguna situación será el Conde de Albrit un extraño para mí. Nell y Dolly vendrán conmigo a verle....en la temporadita de verano... y usted, como ahora, a las dos las querrá por igual...por igual. Esa es condición indispensable para la concordia de nuestras almas, de que usted me hablaba. Dejemos el misterio allá, ante Dios que lo ve, y atengámonos a la realidad...convencional, a la realidad de la ley.

El Conde: No...¡Maldita sea la ley...! La Naturaleza...

Lucrecia: La Naturaleza, no...la ley!

El Conde: No, no. Abomino de una ley infame. Quiero a mi nieta; me pertenece, la reclamo, y usted me la dará.

Lucrecia: A mí me pertenecen las dos: las he llevado en mi seno.

El Conde: ¡Triste de mí! Lucho con la ley, lucho con la madre... contienda imposible...

Al final, la no nieta de Dolly es la que se queda a cuidar al abuelo. Y es que la única ley verdadera es la del amor. La ley del amor y la afectividad frente al desarraigo y la lejanía. Si no se cumple vuestro bien ni la dicha os llega, Tadeo, Diego, Ivo y Telmo, yo os declaro hermanos para siempre.

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Felipe Domingo es socio de infoLibre.

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