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EL FUTURO DE LA MONARQUÍA

El inspector de Hacienda que investigó a Urdangarin: "Los regalos al emérito buscaban trato de favor"

Raúl Burillo, el inspector de Hacienda que investigó el 'caso Urdangarin' en sus inicios.

Delegado Especial de la AEAT en Illes Balears cuando el caso Urdangarin echó a andar dejando al descubierto el apoyo que Juan Carlos I prestaba a su entonces yerno, y actualmente jefe de Equipo Regional de Inspección de la Agencia Tributaria en Aragón, Raúl Burillo se cuenta entre los grandes expertos en fraude fiscal.

El inspector cree que los informes de Anticorrupción que decretan el archivo de la investigación abren interrogantes. Por ejemplo, qué buscaban el rey de Arabia Saudí y el sultán de Bahrein cuando en 2008 y 2010 regalaron 65 millones uno y 1,8 el otro a quien entonces era jefe de Estado de un país, España, sumido en una crisis devastadora. "Y a los servidores públicos –dice– no se les puede regalar nada porque son regalos envenenados; buscan que en el futuro se les dé un trato de favor. Tanto es así, que recibirlos, no darlos, curiosamente es delito para cualquier servidor público". Para Juan Carlos I no lo ha sido.

El que durante 39 años fue rey de España se ha salvado de todo. Defraudó –dice Hacienda– hasta 56 millones. Y, según distintas informaciones, planea volver a España.

Hasta 56 millones defraudados en cinco años por el entonces jefe del Estado. Usted, que se pasa el día inspeccionando a ciudadanos, ¿qué efectos cree que algo así puede tener?

Dar argumentos demagógicos, pero potentes, a los que quieren conducir por una carretera que no han contribuido a construir y además protestan si hay un bache. La ética pública se enseña, posiblemente no lo suficiente, en la escuela. La ética personal se aprende con la familia y forma parte de tu código genético. Si no se ha aprendido mucho de lo primero, la segunda te sirve para salir del paso. Con cualquiera de las dos podemos ser buenos ciudadanos que viven en comunidad. Si nos faltan las dos empiezan los problemas.

Además de los delitos fiscales, Anticorrupción invoca el delito de cohecho impropio como el resultado del regalazo de 65 millones del rey de Arabia Saudí en 2008 y luego el de 1,89 millones del sultán de Bahrein en 2010. Y concluye que ambos han prescrito por cuestión del tiempo transcurrido. Pero introduce una referencia que da que pensar: que los regalos aceptados por mandatarios, ese cohecho impropio, se hacen para “generar un estado de gratitud" en el receptor.

Sí, es muy interesante. Resulta sólida la argumentación sobre estos delitos y el nexo causal entre el dinero recibido y la condición de funcionario o autoridad. Se entrega ese dinero por el hecho de ser autoridad y su función. Y eso supone que entregar ese dinero, no se hace porque sí, sino “para causar un estado de gratitud en el receptor” que pudiera favorecerle en el futuro.

O sea, que no es un regalo gratis. Porque la gratitud se traduce siempre en algo, ¿no?

Lo que hace Fiscalía es muy inteligente. Argumenta muy bien que ese dinero no viene de comisiones. Perfecto, ¿entonces qué es? Solo puede ser un regalo. Pues si es un regalo ha cometido un delito. Al desarrollarlo recoge el tipo del delito de cohecho pasivo impropio destacando que la razón de ser de este delito es algo así como que nadie regala duros a cuatro pesetas. Y a los servidores públicos no se les puede regalar nada porque son regalos envenenados; buscan que en el futuro se les dé un trato de favor. Tanto es así, que recibirlos, no darlos, curiosamente, es delito para cualquier servidor público. Dos regalos así se escapan de lo ético y de lo jurídico. Era muy fácil la solución. Entregar ese dinero al Patrimonio Nacional.

Pero luego, en los ejercicios posteriores a 2014, cuando ya ha dejado de ser rey y por tanto inviolable, aparecen las transferencias efectuadadas por el mexicano Sanginés. Estaríamos ante otro regalo pero no se informa de la comisión de un delito de cohecho. Justamente cuando el rey ya no lo es y no le asiste por tanto la inviolabilidad acorazada que le ha salvado.

Sí que resulta llamativo lo siguiente: en el apartado anterior [del decreto de archivo] Fiscalía consideró la existencia de dos regalos que el emérito hace suyos y esto es propio del delito de cohecho impropio. En este caso en cambio afirma que también se ha demostrado la inexistencia de contraprestación por el dinero recibido, por lo que estaríamos ante otro “regalo”. Pero no se informa de la posible comisión de un delito de cohecho en estos ejercicios posteriores a 2014, ejercicios en los que no era ya rey.

El argumento puede ser que, al no ser rey en ejercicio, ya no concurre en él la consideración de autoridad o función pública propia del tipo del cohecho del artículo 422 del Código Penal. Poca jurisprudencia en el caso de un rey emérito podemos encontrar al respecto dada la singularidad del caso. Parece que Fiscalía nos va a privar de la oportunidad. No obstante, hay que recordar que el rey emérito cobraba en esas fechas de la Casa Real (hasta marzo de 2020), de los Presupuestos del Estado, por ende, que se le asignaban funciones públicas y que está aforado en el TS atendiendo a estas consideraciones.

Una de las fundaciones involucradas en esta trama regia, la Fundación Zagatka, sufragaba gastos de Juan Carlos I. Esos gastos eran muy elevados y servían para pagar viajes y estancias. ¿Qué ha pasado ahí?

Pues que en el decreto de la Fiscalía no se informa de por qué la Fiscalía da por buena la presentación de declaraciones complementarias fuera de plazo por el concepto IRPF. Y lo que pasa inadvertido es que para estar sujetas esas declaraciones al concepto de IRPF debería haber alguna contraprestación personal por el importe recibido. Es muy importante saber por qué se admiten las declaraciones de IRPF como correctas. No podemos dar por buena esta regularización si no tenemos claro que estamos ante hechos que deban tributar en IRPF. Y en todo caso, de no considerar los requisitos de la regularización fuera de plazo espontánea, veraz y completa, estos hechos sí que serían perseguibles. Desde mi punto de vista en este caso no hay seguridad de que la regularización sea correcta.

¿Realmente el rey emérito recibe todos esos “regalos” de amigos, primos y demás altruistas?

El rey emérito aparece en muchas publicaciones como titular de una amplía fortuna. ¿Dónde está esa fortuna? ¿No se gasta nada de su dinero? La cuestión es que si el dinero recibido fuera ya suyo, ante lo que realmente nos enfrentamos es a mecanismos de ocultación del origen real del dinero y de su titular. De ser posible esta hipótesis nada de lo anterior es correcto. No procederían ni las declaraciones presentadas extemporáneas. Habría que devolvérselas.

El rey emérito aparece en muchas publicaciones como titular de una amplía fortuna. ¿Dónde está esa fortuna? ¿No se gasta nada de su dinero?

Por cierto, en el decreto de cerrojazo hay un punto que también había pasado inadvertido y que pone en jaque las comisiones rogatorias que en lo sucesivo se envíen a Suiza para recabar datos fiscales: que esos datos no se pueden usar porque la ley suiza no contempla el delito fiscal.

El gran tema de interés es el que apunta Fiscalía en cuanto a la limitación de la información recibida de Suiza y de que ella no sirviera para delitos fiscales. No obstante, y en mi opinión, sí que podría servir para delitos fiscales como antecedentes de otro delito. Capítulo aparte puede suponer el debate de si en estas regularizaciones realmente concurren estos requisitos.

Y lo que suscita una duda abrumadora es que la Fiscalía sostenga que aunque se le avisó de que se le estaba investigando eso no le resta espontaneidad a la declaración fiscal complementaria. ¿Qué piensa usted?

Mire, para cualquier lego en la materia resulta imposible entender que si a cualquier defraudador le comunica Fiscalía que le están investigando y acto seguido decide presentar unas declaraciones de IRPF o donaciones, que no había presentado desde hace años, ello pueda considerarse “espontáneo”. Evidentemente no. Está motivado por lo que le acaban de comunicar. Máxime, cuando estas declaraciones tributarias puedan tener una relación íntima con los hechos investigados, aunque estrictamente no sean los mismos. El investigado puede intuir que sí están investigando los hechos que le han comunicado, tarde o temprano podrán llegar a los que quiere ocultar. Pero por difícil que parezca a la razón humana, cabe la posibilidad que maneja la Fiscalía, dada la redacción del artículo 305.4 del Código Penal. Y en eso se basa el argumento de Anticorrupción.

Debe quedar claro que Fiscalía actúa con absoluto cumplimento de sus instrucciones, que garantizan la defensa del investigado y la obligación de comunicar que inician una investigación. Ello supone que, aplicado al caso concreto de la regularización tributaria, suponga una alerta que se convierte en un “aviso”. Por ello Fiscalía viene a decir algo similar a: “nosotros le comunicamos hechos indefinidos y generales, diferentes a los que presentó la regularización y eso no supone una comunicación formal a efectos de invalidar la excusa absolutoria”. Porque para ello sería necesario haberle comunicado que se están investigando delitos fiscales de 2014 a 2018. De forma clara y precisa.

¿Usted cree que la regularización fue espontánea?

En todo caso, de no considerar los requisitos de la regularización fuera de plazo espontánea, veraz y completa, estos hechos sí que serían perseguibles. Desde mi punto de vista en este caso no hay seguridad de que la regularización sea correcta. Y hay una sucesión de hechos susceptibles de ser considerados como blanqueo de capitales. Ello con una bonita discusión jurídica del delito antecedente cometido y más en el caso de un rey inviolable. Urge modificar el código penal y adaptar de una manera más lógica al fin que se pretende el concepto de “espontáneo” en las regularizaciones tributarias, manteniendo la seguridad jurídica.

Y encima confirmamos que lo que envió Suiza quedó en papel mojado porque la legislación helvética no prevé delito fiscal y por tanto no puede utilizarse su material en otro país.

La Fiscalía eleva hasta 56 millones lo que defraudó el rey emérito

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Desde luego, el gran tema de interés es el que apunta Fiscalía en cuanto a la limitación de la información recibida de Suiza y de que ella no sirviera para delitos fiscales. No obstante, y en mi opinión, sí que podría servir para delitos fiscales como antecedentes de delito de blanqueo. Capítulo aparte puede suponer el debate de si en estas regularizaciones realmente concurren estos requisitos.

Y un consejo que le pido para acabar: ¿cómo se le pide a partir de ahora al albañil, al pintor, al fontanero que van a hacer una pequeña obrita que cobren el IVA porque los impuestos salvan vidas, construyen escuelas, carreteras, hospitales? ¿Alguna fórmula mágica?

Quien no tiene necesidades no sabe apreciar la importancia de los impuestos. No pueden ser nuestro ejemplo. Los que necesitamos hospitales, educación, seguridad, dependencia en nuestros mayores y puedo seguir eternamente, sabemos que si todo esto lo tenemos con dignidad solo es posible porque todos ponemos de nuestra parte. Los que no valoran nada de esto porque todo lo tienen, sin pensar por qué lo tienen, insisto, no pueden ser nuestro ejemplo. Sencillamente porque saldremos perdiendo todos. Nuestro gran triunfo sería poder decirles que su falta de compromiso y de ética colectiva tiene un precio para los demás y para ellos también… y que se cumpla.

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