Caso Gürtel

Rajoy pide declarar por videoconferencia en el juicio de 'Gürtel' para ahorrar recursos públicos

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante la rueda de prensa ofrecida al término de la reunión del foro de la Nueva Ruta de la Seda.

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El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha remitido un escrito al tribunal que juzga la primera época de actividades de la trama Gürtel (199-2005) en el que solicita que su declaración como testigo en este procedimiento se realice por videoconferencia. Señala los días 26 y 27 del próximo mes de julio como los más adecuados para este trámite en función de su agenda de actividades.

En el escrito remitido a la Audiencia Nacional por la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno se señala que "la comparecencia física" de Rajoy ante el tribunal que juzga el caso en al sede de San Fernando de Henares –que dista poco más de 20 kilómetros de la Moncloa–"implicaría un despliegue importante de recursos públicos, siendo más conveniente la videoconferencia".

En el escrito se alude también a "razones de seguridad, ya que si la declaración se produjera tanto en San Fernando de Henares como en el propio despacho en la Moncloa, previo desplazamiento del tribunal a la sede de la Presidencia del Gobierno, "supondría un conjunto de medidas de seguridad ciertamente desproporcionadas".

La petición para que el testimonio no sea presencial sino mediante una videoconferencia desde Moncloa, para que pueda verse en la Sala de juicio, fue también solicitada el pasado día 10 por el Partido Popular, acusado en este juicio como partícipe a título lucrativo.

La declaración por videoconferencia esta prevista en el artículo 229.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y, de manera específica para el proceso penal, en el artículo 731 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que dice concretamente que "el tribunal de oficio o a instancia de parte (...) podrá acordar que su actuación se realice a través de videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido".

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La elección realizada por el presidente del Gobierno, de ser aprobada por el tribunal, cumple por lo tanto con estas prevenciones y también con las incluidas en el artículo 703 de la LeCrim, dirigidas a que la práctica de la prueba no afecte al "adecuado ejercicio de su cargo", según las mismas fuentes.

El abogado del PP Jesús Santos argumentó en su día que en el auto por el que la mayoría del tribunal –los magistrados Julio de Diego y José Ricardo de Prada– aceptaron esta prueba testifical "no quedaron definidas las condiciones específicas" para su realización, por lo que la videoconferencia no debería descartarse.

"Ante una potencial solicitud de declarar por videoconferencia solicitada por el testigo, no cabe sino que el tribunal la acuerde siempre que se den los requisitos legales para ello", adelantaba el PP en su escrito. Añadía que en consecuencia una vez citado éste "está legitimado para solicitar que su declaración se practique por el sistema de videoconferencia".

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