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Podemos recurre el 155 en el TC y acusa a Rajoy de hacer un "uso fraudulento" de ese mecanismo

Rueda de prensa de Xavier Domènech este lunes.

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El portavoz de En Comú Podem en el Congreso y candidato a la Presidencia de la Generalitat, Xavier Domènech, ha explicado este lunes que su formación ha tomado la decisión de recurrir ante el Tribunal Constitucional la aplicación del artículo 155 en Cataluña por el uso "fraudulento" que, a su juicio, ha hecho el Gobierno del mismo, tanto por su tramitación como por su contenido.

Así lo ha asegurado en una rueda de prensa en el Congreso, en la que ha concretado que el recurso que han presentado los comunescomunes con la ayuda de sus socios del grupo confederal de Unidos Podemos impugna el acuerdo aprobado por el Senado el 27 de octubre, con el que se autorizó al Gobierno a aplicar el 155, y también el acuerdo aprobado previamente por el Consejo de Ministros el 21 de octubre.

"El PP está utilizando herramientas coercitivas de forma fraudulenta para imponerse allí donde la gente no le vota", ha denunciado el cabeza de lista de Catalunya en Comú-Podem, quien entiende que el Gobierno se ha extralimitado a lo largo de todo el procedimiento de aplicación del 155.

En esta línea, Domènech ha asegurado que aunque el 155 "permite enviar instrucciones concretas de cumplimiento a los Gobiernos de las Comunidades Autónoma y asumir algunas funciones ejecutivas", no contempla "disolver el Parlament o el mismo Gobierno de la Generalitat".

"Esta no es la aplicación del 155 sino de facto la modificación del Estatut de Catalunya y del autogobierno. Es la ruptura de todos los pactos previos a la propia Constitución", ha lamentado el todavía diputado de En Comú.

"Actuaciones que la Constitución prohíbe"

En su texto, los comunes explican que "resulta manifiesto que a partir del artículo 155 no pueden legitimarse actuaciones que la propia Constitución prohíbe o somete a requisitos propios, como por ejemplo la imitación de derechos fundamentales", en referencia a los decretos aprobados por el Gobierno tras recibir la autorización del Senado, con los que cesó al Govern, disolvió el Parlament y convocó elecciones para el 21 de diciembre.

En concreto, consideran que la autorización al Gobierno aprobada por el Senado el 27 de octubre para poner en marcha el 155 "excede de las posibilidades que se derivan" de dicho artículo, "pues afecta a instituciones que no pueden ser objeto del mismo, señaladamente al Parlamento de Cataluña, y somete a las instituciones de la comunidad a un régimen jurídico incompatible con el principio y contenido constitucional de la autonomía".

No obstante, En Comú cree que el "uso fraudulento" de esta vía comenzó ya el 21 de octubre, cuando el Gobierno puso en marcha este procedimiento sin haberse visto desatendido, a su juicio, su "requerimiento previo" al ya expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont.

Como ya denunció entonces la confluencia catalana, el exmandatario "dejó claro" en su carta de respuesta al requerimiento previo del Gobierno que no había declarado la independencia. Por ello, creen que no estaba motivada la puesta en marcha del 155.

"El Acuerdo no respeta la obligada coherencia con el requerimiento previo, alterando la definición de los hechos que dan lugar al procedimiento", aseguran en su recurso, en el que también señalan errores que, a su parecer, se cometieron durante la tramitación en la Cámara Alta, que justificarían su inconstitucionalidad.

El TC incluye en su Pleno de esta semana el recurso de Podemos contra la aplicación del 155 en Cataluña

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Tramitación "fraudulenta" en el Senado

Por ejemplo, En Comú Podem considera inconstitucional que el Senado no permitiera a un representante de la Generalitat intervenir en el Pleno de la aprobación del 155.

Por todo ello, los comunes, con el apoyo de sus socios de Podemos, solicitan al Alto Tribunal que declare la inconstitucionalidad y la consiguiente nulidad del Acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017 "por resultar contrario a las previsiones del artículo 155 de la Constitución en cuanto a su procedimiento de adopción y a las medidas que constituyen su contenido". No piden, no obstante, la suspensión cautelar de su aplicación, al no tener capacidad para ello, según han explicado.

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