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La tierra de nadie del periodismo español: la desregulación deja el código deontológico en papel mojado

El Tribunal Supremo impide el reingreso de un guardia civil que dirigió un asalto a la casa de un empresario

Un agente de la Guardia Civil, junto a un coche patrulla.

Lunes, 21 de noviembre de 2016. Cuatro individuos se sitúan en las inmediaciones de uno de los edificios ubicados en pleno corazón de Salamanca. Ninguno desentona en la fotografía. Van disfrazados de obrero, lo que encaja a la perfección con el andamio de obra que se alza en la fachada del bloque de viviendas. Cuando el reloj marca las 15.30 horas, tres de ellos entran en el inmueble, mientras que el cuarto se queda vigilando a pie de calle. Pocos segundos después, comienza el asalto. El trío logra acceder por la fuerza a la vivienda de un empresario. Entre golpes y amenazas, se hacen con el poco dinero en efectivo que guardaba en una caja fuerte, algún reloj y dispositivos electrónicos. Lejos de allí, un guardia civil espera novedades sobre el atraco. Es el autor intelectual. Un agente al que el Tribunal Supremo acaba de impedir el regreso al cuerpo.

La relación de los asaltantes con el miembro del Instituto Armado, que entonces estaba destinado en el puesto de Alba de Tormes (Salamanca), era relativamente nueva. Así se desprende del testimonio aportado en sede judicial por uno de los atracadores, que aseguró haber conocido al agente en una discoteca durante el verano de 2016, poco tiempo antes del golpe. Un plan de asalto cuyo origen situó en el guardia civil. Él fue, según señaló el delincuente, quien aseveró que llevaba "años detrás" del empresario y que éste tenía "dinero negro". El agente decía disponer de buena información que le llegaba a través de "una limpiadora". Pero necesitaba a alguien que se manchara las manos. Por eso recurrió a él. Y lo hizo, tal como relató el asaltante, mediante coacciones: "Si no hacía ese trabajo le metía preso con un kilo de marihuana en el coche".

El guardia civil era "el capitán" del barco aquella tarde de noviembre a la hora de la siesta. El asalto fue muy rápido. En menos de un cuarto de hora, todos estaban escabulléndose con el botín por la Gran Vía salmantina. Buena parte del tiempo se lo pasaron esperando a acceder a una caja fuerte que tenía un retardo de apertura de cinco minutos. De hecho, este sistema les llevó a pensar incluso que estaban siendo víctimas de un engaño. Al final, los ladrones se hicieron con 2.500 euros en metálico, un reloj de oro y un móvil de la marca iPhone, un objeto que posteriormente sería recuperado. Y dejaron un herido. El empresario, que en un momento dado consiguió escapar a través del andamio, salió de casa con una herida en la ceja y contusiones en ojo, brazo, tórax y uno de los dedos.

"Una cagada tras otra y ya van dos"

Lo que probablemente no sabía entonces el agente era que se encontraba bajo la lupa de sus compañeros. A oídos del Instituto Armado había llegado que el tipo podría estar filtrando información sobre investigaciones y relacionándose con delincuentes. Por eso, pincharon su teléfono. Y dieron con una conversación reveladora. Se produjo el 5 de diciembre, catorce días después del atraco. En ella, cuyo contenido se recoge en parte en las diferentes sentencias del caso, el guardia civil muestra su enfado porque se había ejecutado mal el robo: "Una cagada tras otra y ya van dos cagadas. Aquí que se olviden ya de, conmigo, vamos, de todo... Porque sí es verdad lo que había, porque lo he estao viendo yo, y sé dónde está y dónde lo ha llevado, a una caja de seguridad de un banco. Que no tienen ni puta idea de hacer las cosas que se le dicen".

Al otro lado del teléfono se encuentra uno de los tres delincuentes que entraron en el domicilio del empresario, que acabó reconociendo los hechos ante la justicia y a quien también se intervino el móvil. De hecho, en una de sus llamadas este delincuente comenta la presión que estaba recibiendo por parte del guardia civil para que le pagase una cantidad de dinero si no quería que denunciase el robo. En sede judicial, afirmó que le exigió 6.000 euros si no quería que presentase un vídeo en el que se veía que él era uno de los que escapaba por la calle tras el atraco en el centro de Salamanca. En poco tiempo, la relación de este "subordinado", que siempre mantuvo ante el juez que no había visto ni un solo euro tras el atraco, con quien consideraba "capitán" del barco de delincuentes se rompió.

A lo largo del juicio, la defensa del guardia civil intentó invalidar las intervenciones telefónicas. Primero lo hizo alegando que debía haberse efectuado alguna prueba para poder concluir que una de las voces que se escuchaban eran del agente. Algo que, sin embargo, rechazó la jueza de primera instancia apoyándose en la testifical del teniente jefe del Grupo de Información, quien dijo que los intervinientes en las mismas estaban "identificados por nombre y apellidos" porque se hizo una "actividad operativa" y se vio que "se correspondían con ellos por las titularidades de los teléfonos". Una declaración "claramente reveladora en aras a otorgar a dichas conversaciones –cuya existencia reconoció también otro de los delincuentes que se sentó en el banquillo de los acusados– pleno valor probatorio".

Sospecha en el puesto y fotos de la cerradura

La Audiencia Provincial también descartó, posteriormente, la posibilidad de que esas conversaciones con otros encausados buscasen obtener información como parte de una investigación que estaba llevando a cabo. "No resulta que de dicho contenido se pueda derivar la intención del acusado fuera obtener información, porque no se efectúa ninguna pregunta dentro de dicha conversación tendente a obtener información", señalaron los magistrados en su sentencia. Un fallo en el que, además, se recordaba que "ningún superior tenía conocimiento de sus supuestas investigaciones", que "carecía de autorización" para llevarlas a cabo y que no tenía ningún sentido que pusiese la lupa sobre "actividades delictivas que se están llevando a cabo fuera de su circunscripción".

En el proceso prestaron declaración varios agentes. Entre ellos, el sargento del puesto en el que estaba destinado el guardia civil. Una testifical en la que vino a confirmar que "sospechaban" de su compañero porque varias personas del municipio salmantino de Alba de Tormes le decían que daba "información de las patrullas que había". Además, apuntó a la jueza que también tuvo conocimiento de que el agente facilitaba "información" a su cuñado. Y contó que, al menos en un par de ocasiones, el guardia civil les dio "avisos infructuosos" sobre la entrada de droga por determinadas zonas, lo que les llevó a pensar que se trataba de "maniobras" para "distraerles" y "pasar de esta manera patrullas de unos lugares a otros".

Pero más allá de las charlas telefónicas, existían más elementos para corroborar, tal y como señaló la jueza de primera instancia, "la participación" del agente "como autor intelectual y jefe del grupo". Sobre la mesa, un informe de la Guardia Civil en la que se detallaba parte del contenido localizado en los teléfonos de algunos de los investigados. En concreto, aquel análisis ponía el foco en algunas fotografías encontradas tanto en el terminal del guardia civil como en el de uno de los asaltantes. En las imágenes podía verse la puerta y la cerradura de la casa del empresario. "No se ha dado ninguna explicación razonable de por qué existían en su teléfono móvil fotografías tan específicas de la vivienda asaltada", señaló la Audiencia Provincial en la sentencia que tumbaba el recurso interpuesto por el agente contra el primer fallo.

Un intento de regreso frustrado

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El guardia civil fue condenado a cuatro años de prisión, frente a los dos que le cayeron a los compinches que se sentaron con él en el banquillo de los acusados –todos robo con violencia en casa habitada–, fallo que terminó por confirmar finalmente el Supremo al inadmitir su recurso de casación. Una vez que el asunto adquirió firmeza, la directora de la Guardia Civil abrió un expediente sancionador contra el agente. Unos meses después, la ministra de Defensa dictó una resolución en la que impuso al expedientado la separación del servicio. Lo hizo al considerar que los hechos eran constitutivos de una falta muy grave: "Cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, relacionado con el servicio, o cualquier otro delito que cause grave daño a la Administración, a los ciudadanos o a las entidades con personalidad jurídica".

La decisión se recurrió ante el Alto Tribunal. El guardia civil pedía que se dejase sin efecto la resolución o, al menos, que se rebajase la sanción a una suspensión de empleo por cuatro años. Y lo hacía alegando vulneración del principio de legalidad y tipicidad y falta de proporcionalidad en el castigo. El Supremo, sin embargo, ha rechazado sus argumentos. En una sentencia dictada a comienzos de junio por la Sala de lo Militar, los magistrados sostienen que existe una condena por sentencia firme y un "grave daño" a la Administración. "No hay duda de la importancia del delito de robo en casa habitada y de su afectación a los ciudadanos, pero tampoco la hay de la grave afectación que supone para el crédito que la Institución de la Guardia Civil debe merecer a los ciudadanos, el que uno de sus miembros sea condenado por tal delito".

Y en una línea similar se pronuncia al tumbar la supuesta falta de proporcionalidad de la sanción: "Dada la naturaleza de los hechos que dieron lugar a la condena penal, es proporcional a los mismos que la Administración decida que su autor debe ser sancionado con la separación del servicio, pues teniendo en cuenta la importancia que tiene y se reconoce a la irreprochabilidad penal de los funcionarios públicos en general, y con mayor razón a aquellos que tienen por misión la averiguación y persecución de los delitos, es proporcionado que ante la comisión de un delito doloso como el antes descrito, por parte de un miembro de la Guardia Civil, la respuesta de la Administración sea la separación del servicio".

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