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La XIII Legislatura

El Supremo le devuelve la pelota a Batet y elude pronunciarse sobre la suspensión de los diputados presos

Fernando Varela

La Sala que juzga el procés independentista en el Tribunal Supremo ha denegado a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, el informe que le había pedido el pasado miércoles sobre la aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los diputados soberanistas en prisión preventiva. Batet trataba de que el Alto Tribunal se pronunciase sobre su suspensión, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 384 bis, pero el TS asegura que la elaboración del informe solicitado por la presidenta del Congreso es “inviable” de acuerdo con “la configuración constitucional del Tribunal Supremo”.

En un auto de sólo 14 líneas, el magistrado Manuel Marchena despacha la petición de Batet se apoya en esa limitación constitucional para reiterar su auto del 14 de mayo. “A lo allí expuesto nos remitimos. La causa penal va a seguir su curso y es misión de esta Sala salvaguardar los fines del proceso”.

La respuesta de Supremo devuelve la cuestión de fondo —establecer la suspensión de los diputados en prisión preventiva— a la Mesa del Congreso, justo lo contrario de lo que pretendía Batet para salvaguardar a la Cámara de una decisión que, según ella, reside en los tribunales. Porque el auto del 14 de mayo al que hace referencia Marchena no hace mención alguna a la suspensión de los parlamentarios que están siendo juzgados en la causa del procés. En aquella resolución, el TS se limita a fundamentar que no había necesidad alguna de solicitar el suplicatorio al Congreso y al Senado para seguir juzgando a Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva y a autorizar su participación en la constitución de las Cámaras con el único propósito de que pudiesen adquirir su condición plena de parlamentarios.

La elusión de Marchena sobre la suspensión contrasta con la claridad con la que el instructor de la causa que está juzgando, el también magistrado del Supremo Pablo Marchena, se pronunció acerca de este asunto en julio de 2018 cuando comunicó al Parlament que los entonces parlamentarios catalanes no podrían seguir ejerciendo sus derechos en la Cámara en aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sin respuesta a la Fiscalía

El Supremo ha tardado poco más de 24 horas en responder a Batet pero todavía no ha contestado a los fiscales del caso, que el miércoles le pidieron que comunicase al Congreso y al Senado su deber de “proceder a la aplicación inmediata de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los efectos de la suspensión” de los cuatro diputados y el senador soberanistas juzgados por el Alto Tribunal bajo la acusación de rebelión y en situación de prisión preventiva para que cesen “en el ejercicio de sus derechos y deberes”. Las Mesas de ambas cámaras, según la Fiscalía, deben proceder “a adoptar las medidas precisas para dar plena efectividad a la previsión legal”, que es “una previsión normativa de obligado cumplimiento”, por lo que “ambas Cámaras parlamentarias deben proceder a la ejecución sin más trámites de la medida de suspensión en el ejercicio de sus funciones”.

La cuestión será el principal asunto que deberán abordar los miembros de la Mesa del Congreso en su primera reunión de la legislatura, convocada para las 12:30 horas de este jueves —el órgano de gobierno del Senado no se reunirá hasta las semana que viene, después de las elecciones del domingo—. 

El problema de fondo no es la suspensión de los diputados, que PP y Cs defienden y PSOE y Unidas Podemos consideran inevitable, sino la declaración misma de la suspensión, que la presidenta de la Cámara quería trasladar al Tribunal Supremo. No obstante, y más allá de si a los diputados presos les es de aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal —hay quien sostiene que no, porque no eran parlamentarios en Cortes cuando fueron procesados en firme—, sobre lo que sí puede pronunciarse la Mesa es sobre si les afecta el artículo 21.4 del Reglamento de la Cámara, según el cual “el diputado quedará suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva mientras dure ésta”. Los presos soberanistas con escaño cumplen estas condiciones, excepto la de la autorización del suplicatorio, un trámite que el Supremo considera innecesario.   

La Mesa del Congreso tendrá que decidir si resuelve la cuestión o si encarga a los letrados de la Cámara un dictamen jurídico que transforme su pronunciamiento en un decisión técnica y no política, como pretende Batet para evitar que el Congreso se contamine del debate sobre la crisis del procés.

 

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