La batalla de Trabajo contra las temperaturas extremas deja ya un millón en multas y 6.000 empleados afectados

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Tras un pequeño respiro, España se ha convertido esta semana de nuevo en un infierno. En los últimos días, la mayor parte de la península se ha visto inmersa en una nueva ola de calor que ha traído consigo temperaturas extremas. El pasado miércoles, los termómetros alcanzaron los 40º en buena parte de la geografía. Y para este viernes, la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) prevé máximas de hasta 44º en las campiñas cordobesa y sevillana. Unos niveles de calor que pueden resultar mortales para los trabajadores. La Inspección de Trabajo lo sabe. De ahí que haya redoblado el esfuerzo inspector vinculado a las condiciones ambientales en las empresas. Una labor por la que ya se han impuesto alrededor de un millón de euros en multas desde 2021.

La exposición de los empleados a temperaturas extremas ha sido una de las preocupaciones del Ministerio de Trabajo durante la pasada legislatura. "Esta es, como saben, una prioridad para nosotros. Por tercer año consecutivo, hemos llevado a cabo una campaña contra los golpes de calor y las temperaturas extremas", recordaba la pasada semana el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey. Pocas horas antes, un trabajador de 24 años había perdido la vida en Mazarrón (Murcia) mientras realizaba labores de jardinería. Su caso se suma a las otras tres muertes de agricultores registradas en Murcia, Ciudad Real y Sevilla durante los dos últimos meses.

La Inspección de Trabajo, según señalan fuentes del departamento que dirige Yolanda Díaz, ha llevado a cabo en estos tres últimos años más de 11.500 actuaciones centradas en las "condiciones ambientales de los lugares de trabajo" y han detectado infracciones en las empresas que afectaban a unos seis millares de trabajadores. Por las mismas, explican desde Trabajo, se impusieron "cerca de un millón de euros" en multas en 2021 y 2022. Y en lo que va de 2023, las sanciones por las condiciones en las que desarrollaban su labor algo más de 1.700 empleados han ascendido a 330.000 euros.

Aunque estos últimos datos se corresponden al periodo comprendido entre enero y julio, porque las condiciones ambientales también incluyen las bajas temperaturas, desde el Ministerio de Trabajo resaltan que las cifras se centran fundamentalmente en la exposición al calor.

Jaime González, de la Secretaría de Salud Laboral de CCOO, celebra la labor que en esta materia está llevando a cabo la Inspección. Sobre todo, si se tiene en cuenta la "falta de personal" que arrastra la misma. En 2021, España contaba con un millar de inspectores y 1.051 subinspectores, según los últimos datos disponibles del Ministerio de Trabajo. Unas cifras que, aunque suponen un incremento con respecto a lo que había en años anteriores, siguen siendo insuficientes a ojos de los propios sindicatos.

Un mecanismo legal para frenar la exposición

Los mínimos de seguridad y salud en el trabajo están fijados en un real decreto de 1997. "En la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. A tal efecto, deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados", recoge la norma. Así, donde se realicen labores sedentarias, el mercurio debe oscilar entre los 17º y los 27º. Y si se hacen trabajos ligeros, entre 14º y 25º.

El problema es que esas limitaciones de temperatura solo eran aplicables a los locales de trabajo. Durante más de dos décadas, el real decreto apenas hizo referencia a las labores desarrolladas en el exterior. Pero todo cambió la pasada primavera. En mayo, se reformó la normativa para incluir una disposición adicional centrada en los trabajos al aire libre y en aquellos que, por la actividad desarrollada, "no puedan quedar cerrados". Y esto afecta, entre otras, a la construcción, la agricultura o la industria de extracción.

La norma establece que deberán tomarse "medidas adecuadas" para proteger a los empleados frente a "cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos". Las mismas incluirán, en casos en que no pueda garantizarse de otro modo la "debida protección" del trabajador, "la prohibición de desarrollar determinadas tareas" durante las horas del día en las que concurran los fenómenos adversos. Además, obliga a las empresas a adaptar "las condiciones de trabajo", incluyendo "la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista", cuando la Aemet fije un nivel naranja o rojo y las medidas previstas no sean suficientes para proteger al empleado.

¿Y si el empresario no lo hace? "Entonces, el trabajador debería, en primer lugar, recordarle la obligación que tiene. Y si continúa sin protegerles, denunciar ante la Inspección de Trabajo", señala González.

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Pero más allá de este decreto, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales también da cierto margen al empleado y a los representantes de los trabajadores para dar un frenazo a su actividad. Así, el artículo 21.2 establece que el trabajador tiene "derecho" a "interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo" cuando considere que dicha actividad "entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud". "Ahora bien, para paralizar la actividad tienes que poder demostrar que estás expuesto a un riesgo grave e inminente", resalta el miembro de la Secretaría de Salud Laboral de CCOO.

Y el 21.3 añade: "Cuando [...] el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, los representantes legales de éstos podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en el plazo de veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada".

En el último lustro, según la estadística del Ministerio de Trabajo, 463 accidentes laborales con baja ocurridos en el puesto de trabajo estuvieron asociados a altas temperaturas: 89 en 2018, 109 en 2019, 54 en 2020 y 2021 y 157 durante el 2022. Es cierto que en la mayor parte de los casos no revistieron gravedad. Lo que no quita que, en ocasiones, acaben resultando mortales. En el mismo periodo de tiempo, los informes del departamento que dirige Yolanda Díaz recogen una docena de fallecimientos en el puesto de trabajo por calor o insolación.

Tras un pequeño respiro, España se ha convertido esta semana de nuevo en un infierno. En los últimos días, la mayor parte de la península se ha visto inmersa en una nueva ola de calor que ha traído consigo temperaturas extremas. El pasado miércoles, los termómetros alcanzaron los 40º en buena parte de la geografía. Y para este viernes, la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) prevé máximas de hasta 44º en las campiñas cordobesa y sevillana. Unos niveles de calor que pueden resultar mortales para los trabajadores. La Inspección de Trabajo lo sabe. De ahí que haya redoblado el esfuerzo inspector vinculado a las condiciones ambientales en las empresas. Una labor por la que ya se han impuesto alrededor de un millón de euros en multas desde 2021.

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