El TSJ declara nulo el ERE que afectó a 86 empleados de Madrid Río

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró nulo este viernes el ERE que Parques Singulares aplicó para despedir a 86 trabajadores de Madrid Río y convertir 45 contratos indefinidos en fijos-discontinuos.

La sentencia otorga "el derecho de los trabajadores afectados a la reincorporación a su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir, desde la notificación de los despidos hasta la fecha de notificación de esta sentencia", no imponiendo costas a la unión temporal de empresas (UTE) que integran Parques Singulares.

Durante el juicio, los sindicatos UGT, CCOO, CGT y CNT defendieron la petición de la nulidad del ERE alegando que su aplicación "estaba preconcebida antes de adjudicarse la contrata", recoge la sentencia, "mala fe en el proceso de negociación", "vulneración del derecho fundamental de huelga" y "discriminación por razón de sexo".

La adjudicataria solicitó durante el juicio que no se tuvieran en cuenta las alegaciones de la CNT al no ser suficientemente representativa. Sin embargo, la magistrada ha recordado que representantes del sindicato estuvieron en la Comisión durante el periodo de consultas y que 40 trabajadores están afiliados, desestimando así la petición de la UTE.

La magistrada da la razón a la adjudicataria en cuanto a la presentación de la documentación necesaria para llevar a cabo el ERE, mientras que coincide con los sindicatos en que la UTE "conocía tanto el personal en el que debía subrogarse y costes necesarios para llevar a cabo la gestión de los parques que se le encomendaban, y aun así la licitación de la demandada lo fue por debajo del precio de imputación presupuestaria".

También la juez ha respaldado el argumento sindical de la "mala fe" en la negociación, ya que la empresa envió cartas a cada trabajador afectado "sorteando la parte social", constatando que la empresa "no buscaba realmente un acuerdo con la misma sino con los trabajadores afectados, obviando la representación colectiva".

Además, ha considerado que la UTE vulneró el derecho a la huelga de los trabajadores, "al utilizar personal ajeno al parque para las actividades de mantenimiento con una clara finalidad de reducir la presión ejercida con la huelga".

Finalmente, desestima el argumento de la discriminación por razón de sexo, al no haberse presentado cifras concretas del número de trabajadores y trabajadoras afectados por el despido colectivo.

La compañía podría recurrir la sentencia presentando un recurso de casación en los próximos cinco días, algo que las organizaciones sindicales prevén que se llevará a cabo, por lo que el conflicto podría prolongarse más de un año hasta que el Tribunal Supremo decidiera.

La vista comenzó el pasado 5 de junio en la sede de la calle General Martínez Campos, pero cuando llevaba menos de una hora tuvo que posponerse hasta este jueves por un corte de luz en el juzgado.

Los sindicatos celebran la sentencia

El responsable de Jardinería de la Federación de Servicios de UGT Madrid, Alfredo Turienzo, mostró su satisfacción por la sentencia. "Estamos supercontentos, aunque no esperábamos otra cosa. Entendíamos que era un expediente nulo".

En la misma línea se pronunció el portavoz de Limpieza Viaria de CCOO Madrid, Félix Carrión, coincidiendo ambos en considerar que la adjudicataria recurrirá la sentencia. "Confiamos en que, en tal caso, el organismo superior ratifique la sentencia del TSJM", indicó Turienzo.

Por su parte, el responsable de Jardinería de CCOO Madrid, Cándido Rodríguez, apuntó que la conversión de contratos indefinidos a fijos-discontinuos, por los cuales estos empleados pasarían a trabajar sólo seis meses al año, también han sido anulados por la sentencia.

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Conflicto activo desde hace siete meses

La UTE se hizo cargo de la limpieza en Madrid Río el pasado 1 de diciembre y presentó un ERE. A los trabajadores les ofertó prejubilaciones y bajas voluntarias, entre otras medidas.

Los sindicatos rechazaron la propuesta de la adjudicataria y convocaron una huelga indefinida que comenzó el 15 de diciembre de 2014, y concluiría tras el periodo de consultas sin acuerdo con la empresa, casi un mes más tarde, cuando anunciaron que interpondrían medidas legales para pedir la declaración nula del ERE.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró nulo este viernes el ERE que Parques Singulares aplicó para despedir a 86 trabajadores de Madrid Río y convertir 45 contratos indefinidos en fijos-discontinuos.

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