¿De qué consentimiento hablamos?

Pilar Laura Mateo

A raíz de los problemas que está provocando la entrada en vigor de la Ley conocida como del solo sí es sí, se ha producido en las últimas semanas un debate en torno al “consentimiento sexual” convertido ahora ya en polémica. Es evidente que el concepto del consentimiento es complejo, escurridizo y está sujeto a distintas interpretaciones. Tanto es así que en español puede utilizarse como sinónimo de asentimiento y autorización, pero también de tolerancia, transigencia y pasividad. En realidad, cuando el término proviene del lenguaje contractual liberal hace referencia, sobre todo, a los pactos que los sujetos pueden establecer libremente entre sí. Según el Diccionario Panhispánico Jurídico:

1. Gral. Acción y efecto de consentir.

2. Gral. Manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la que un sujeto se vincula jurídicamente.

3. Der. Civ. Requisito básico para el perfeccionamiento del contrato que consiste en la manifestación de voluntad de celebrarlo y de conformidad con su objeto y causa.

4. Der. Inter. públ. Expresión de la voluntad de un sujeto de derecho internacional en asumir una obligación o en eximirse de su cumplimiento. Su formación irregular puede hacerlo nulo.

5. Der. Pen. Eximente que se produce cuando el sujeto pasivo del delito o titular de un bien jurídico disponible, o a veces simplemente el sujeto pasivo de la acción, acepta o consiente con una serie de requisitos en que el autor lesione ese bien jurídico.

En el habla coloquial, sin embargo, observamos una vertiente más oscura que coincide con la idea de “tolerar” o “ceder” ante una posición de poder. Con un significado tan impreciso resulta curioso que no se haya planteado hasta hoy la necesidad de una definición clara de “consentimiento sexual” como fenómeno en sí mismo, lo que sí ha ocurrido en otros campos como los tratamientos médicos o quirúrgicos donde el “consentimiento informado” es obligatorio. La pregunta es por qué un fenómeno tan frecuente ha sido tan poco explorado teórica y jurídicamente; y por qué hasta hoy ha pasado (prácticamente) inadvertida la enorme disyuntiva que encierra el significado del consentimiento sexual, o sea, actuar desde la libertad o ceder ante la presión.

Es evidente que, en la visión conservadora, esa que traduce la diferencia biológica entre los sexos como desigualdad, el consentimiento sexual ha tenido un lugar ambiguo. Inserto en el sistema patriarcal, el concepto se ha sostenido sobre dos posiciones desiguales. La de los varones que deben ser capaces de demostrar su virilidad ostentando un deseo sexual incontenible traducido en su número de conquistas sexuales (cuantas más, mejor), y la de las mujeres que deben evadir, pautar y regular el acoso masculino, así como velar por unas prácticas sexuales seguras, el uso de anticonceptivos, las decisiones sobre dónde y cuándo sostener dichas relaciones; etc.

La famosa novela autobiográfica de la periodista francesa Vanessa Springora El consentimiento (Lumen: 2020) trata su propio caso. La autora cuenta, treinta años después de los hechos, la relación sexual “consentida” que mantuvo en su pubertad (de los trece a los quince) con Gabriel Matzneff, un santón de las letras francesas que por aquel entonces contaba 50 años, y cuya pedofilia había sido "glorificada" literariamente por las élites intelectuales parisinas. No sabemos si el escándalo que causó el libro se debe a que describe con detalle la perversa relación entre el escritor y una niña que, obnubilada por el carisma y el prestigio de su abusador, iba cada día después de salir del colegio a casa del escritor como Caperucita a la guarida del lobo, o a la indiferencia, la complicidad, y aun la aquiescencia que demostró buena parte de la sociedad de entonces. En cualquier caso, delito no hubo, puesto que hubo consentimiento, pero la chica quedó destrozada física y psicológicamente durante veinte años.

Cuando intervienen la intimidación y la violencia no se puede hablar nunca de consentimiento, pero ¿qué ocurre en esas otras circunstancias en las que teóricamente sí lo hay? ¿Qué ocurre si hay mentira falaz, presión social o falta de discernimiento?

Es alentador pensar que el libro suscitó ese gran revuelo en Francia porque la sociedad ha cambiado, no tanto como debería, pero algo sí. Hoy, muchas mujeres se niegan a ser contempladas como objetos de satisfacción de los hombres y defienden la libertad de sus relaciones sexuales rebelándose contra abusos como los que nos cuenta Springora. Es más, la mayoría entendemos que hay circunstancias en las que se puede decir sí, sin que ese sí sea un consentimiento verdadero, sino un aguante forzado, un ceder para evitar “problemas mayores”. Las razones son diversas; te puedes ver obligada por las circunstancias socioeconómicas, (caso de la prostitución), o presionada por tu jefe o tu profesor, en cualquier caso, un superior, y accedes para no sufrir consecuencias desagradables o eres menor y, en tu ingenuidad o, simplemente, para no ser tachada de “estrecha” o de “pava”, te prestas a hechos y situaciones en las que ni hay deseo por tu parte, ni obtienes placer …

Obviamente, cuando intervienen la intimidación y la violencia no se puede hablar nunca de consentimiento, pero ¿qué ocurre en esas otras circunstancias en las que teóricamente sí lo hay? ¿Qué ocurre si hay mentira falaz, presión social o falta de discernimiento, como en el caso de Springora? ¿Cómo se demuestra que el consentimiento, si es que lo hubo, fue libre, no comprado, ni viciado? Y sobre todo, cómo llevar esa realidad tan ambigua y, a veces, confusa al terreno jurídico, ¿cómo hacer una norma que responda a un principio tan complejo sin perjudicar los derechos y la credibilidad de las mujeres y sin lesionar la presunción de inocencia que rige nuestro Estado de Derecho?

La cuestión admite múltiples perspectivas: la jurídica, la psicológica, la ética, la sociológica…. Todas brindan datos, reflexiones y aportaciones, y todas tienen límites. En mi opinión, la sociología feminista, al cuestionar la neutralidad del consentimiento sexual, es la que explica más claramente la función activa que esta idea juega en la reproducción de la dominación masculina. Conocemos perfectamente la letanía: “ella dijo que consentía”, “se prestó”, “lo hizo voluntariamente”. Ante tan recurrida justificación resulta de capital importancia para las mujeres que la Ley profundice de manera objetiva en este concepto, pero es precisamente su definición lo que menos se debate y menos se explica a la opinión pública. La contradicción en la que han entrado los dos partidos que forman el Gobierno actual ante la evidencia de que un número crecido de delincuentes sexuales están viendo reducidas sus condenas es sumamente perniciosa para las mujeres y para toda la sociedad. UP dice que el consentimiento no se toca y el PSOE que no lo va a tocar, pero no se ponen de acuerdo. Incomprensible. ¿Podrían, al menos, explicarnos de qué consentimiento hablamos? ¿Del contractual, por ejemplo, vender el uso de tu cuerpo a cambio de dinero, o del que atañe a dos personas libres deseantes? ¿No merecería la pena que a un tema tan poliédrico y clave en otras leyes como la Ley Trans, (que también afecta al consentimiento de los menores), se le diera más de una vuelta para ayudarnos a comprender qué es lo que se dirime aquí y cuál es el problema de fondo?

De entrada, parece lógico que no haya que demostrar resistencia al abuso o a la agresión, pero también lo es que la escala de penas se acomode a la gravedad de las acciones, como sucede en todo el Derecho Penal. En este sentido, los tecnicismos jurídicos no calan en la gente y la explicación del no punitivismo de Podemos, concepto muy controvertido, llega tarde y con visos de excusa. Tampoco es de recibo reducir las condenas a la baja a un problema de “jueces y juezas machistas”, ni reducir los desacuerdos a una lucha de poder o de “egos” entre Irene Montero y Carmen Calvo, como se intentó hacer dos años atrás. Hoy es evidente que bajo el conflicto existen cuestiones de calado. En definitiva, por más declaraciones inflamadas que hacen los políticos implicados, el resultado es incoherente y el desconcierto y la desconfianza social ante esta situación no hace más que crecer. Con tantas idas y venidas da la impresión de que al Gobierno “más feminista de la historia”, las mujeres le importamos poco. Ya conocen el dicho: Dime de qué presumes, y te diré de qué careces.

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Pilar Laura Mateo es escritora y socia de infoLibre

A raíz de los problemas que está provocando la entrada en vigor de la Ley conocida como del solo sí es sí, se ha producido en las últimas semanas un debate en torno al “consentimiento sexual” convertido ahora ya en polémica. Es evidente que el concepto del consentimiento es complejo, escurridizo y está sujeto a distintas interpretaciones. Tanto es así que en español puede utilizarse como sinónimo de asentimiento y autorización, pero también de tolerancia, transigencia y pasividad. En realidad, cuando el término proviene del lenguaje contractual liberal hace referencia, sobre todo, a los pactos que los sujetos pueden establecer libremente entre sí. Según el Diccionario Panhispánico Jurídico:

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