Directores de Servicios Sociales critican que solo un 3% de población percibe ayudas de emergencia social

Una persona recoge comida ofrecida por el reparto diario de alimentos del Comedor Social San José, en Puente de Vallecas, Madrid (España).

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Más de 3 millones de españoles (3.305.073, concretamente) sufría carencias materiales graves en el año 2020. Suponen el 7% de la población que, según los indicadores europeos (Tasa Arope) publicados por el INE, no podían o bien permitirse una comida de carne, pollo o pescado cada dos días, o mantener su vivienda con una temperatura adecuada, o afrontar gastos imprevistos, o pagar al día los recibos, o tener un coche o una lavadora, o irse de vacaciones al menos una semana. De ellas, solo 1,4 millones recibieron ayudas económicas de emergencia social aquel año, según el último informe publicado este martes por la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales.

"El Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las ayudas de emergencia social que ofrecen las entidades locales, fundamentalmente ayuntamientos, son los recursos que tienen estas familias para cubrir estas necesidades tan básicas", explica la organización, que recuerda que han "denunciado reiteradamente el entramado burocrático, innecesario y cruel, que dificulta a cientos de familias percibir el IMV". "Solo llega a 428.000 hogares, la mitad de los 850.000 que el propio Ministerio consideraba como potenciales perceptores", critica la Asociación. Según el último informe de los directores de Servicios Sociales, en febrero de 2022 solo percibían el IMV el 9,3% de la población que vive bajo el umbral de la pobreza.

Según los datos recogidos por el informe, las ayudas de emergencia social dadas por los ayuntamientos en el año 2020 supusieron 335,7 millones de euros, lo que supone 7 euros por habitante y año. Así, los 1,4 millones de personas que percibieron estas ayudas percibieron, de media, 235 euros. Del total de personas con graves dificultades materiales, las ayudas no llegaron ni a la mitad: solo se atendió al 43,2%.

Por comunidades, en cambio, La Rioja destaca porque el número de perceptores de estas ayudas (10.808) es superior al de la población con dificultades graves (7.355). En Cataluña, por su parte, las ayudas locales atienden al 91% de la población que lo necesita. Lo contrario ocurre en Galicia (donde solo llegan al 2% de los que sufren la pobreza) o en Navarra (donde lo percibe el 3% de las personas que tienen dificultades económicas graves.

En cuanto a la cuantía, también hay diferencias por autonomías. Castilla-La Mancha da 1.210 euros de media por personas y Galicia 1.132, cantidades muy superiores a los 91 euros con los que las entidades locales ayudan en Andalucía o a los 177 con los que lo hacen en Canarias.

"Hay ayuntamientos que pueden tardar hasta dos meses en dar una ayuda de urgencia social y las trabas a la hora de justificarlas ante la Intervención son dificultosas y humillantes", sostiene el colectivo.

Para los directores y gerentes de Servicios Sociales, la estricta interpretación" de la norma que considera estas ayudas como subvenciones, es una de las causas de esta situación, por lo que urge modificarla o interpretarla de manera menos rigurosa.

Según ha indicado, algunas comunidades autónomas han incrementado esta financiación con procedimientos paralelos y contradictorios para sortear las dificultades burocráticas impuestas por la interpretación de la Ley de Subvenciones por la Intervención General.

Asimismo, reconocen que aunque el Ministerio de Derechos Sociales ha incrementado en 2021 el presupuesto del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales hasta cien millones de euros "la burocracia y el retraso en la transferencia de estos créditos hace que su uso haya sido limitado".

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Ante la "angustiosa" situación de las familias y personas gravemente afectadas por la actual crisis, la asociación considera que corresponde al Gobierno adoptar medidas efectivas para que puedan recibir las ayudas necesarias con la inmediatez que su situación requiere. Para ello proponen que las intervenciones municipales no dificulten la ejecución de las ayudas de urgente necesidad y consideran imprescindible y urgente modificar la norma para que queden exceptuadas de la Ley General de Subvenciones, incluyéndolas en su Art. 2.4, todo tipo de Ayudas de Emergencia Social, sea cual sea la causa y sus efectos.

Asimismo, consideran que la intervención General de la Administración del Estado debería enviar una instrucción a los interventores municipales para que agilicen las ayudas económicas de urgencia.

En definitiva, los directores y gerentes plantean la necesidad de derogar el procedimiento administrativo que hace que las ayudas de emergencia social sean tratadas como cualquier subvención (incluso millonaria) a una entidad, y vincular su concesión y pago a procedimientos ágiles basados en la prescripción social facultativa del profesional de referencia de los Servicios Sociales municipales.

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