brecha salarial

El PSOE propone reformar el Estatuto de los Trabajadores y sancionar a empresas contra la brecha salarial

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La secretaria de Igualdad del PSOE, Carmen Calvo, presentóeste lunes una proposición de ley para la igualdad retributiva de hombres y mujeres que llevará al Congreso de los Diputados y que plantea reformar la Ley de Igualdad y el Estatuto de los Trabajadores para erradicar la brecha salarial, con sanciones a los empresarios que incurran en discriminación, según informó Europa Press.

El texto parte de dos premisas, el derecho de los trabajadores a tener información sobre la política salarial de su empresa y la obligación de las empresas a partir de 6 trabajadores de suministrar ese tipo de datos. Se mantiene, no obstante, que sólo tendrán obligación de elaborar planes de igualdad las compañías que tengan más de 250 empleados.

En el Estatuto de los Trabajadores, el PSOE quiere introducir el concepto de trabajo de igual valor y lo define como aquel en que "la naturaleza de las actividades efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes".

Fija así que "el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma" igual que estará "obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo" y por categorías y grupos profesionales, al que sus trabajadores "tienen derecho a acceder".

De hecho, introduce un artículo según el cual "cuando en una empresa con al menos veinticinco trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, se presumirá que concurre discriminación salarial por razón de sexo, salvo prueba en contrario que lo justifique por motivos no relacionados con el sexo de los trabajadores".

Conforme recordó Calvo, uno de "los problemas" de la Ley de Igualdad era la ausencia de régimen sancionador. Introduce ahora dos apartados y modifica otro del artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores para tipificar los incumplimientos: será infracción muy grave "no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, incluida la auditoría salarial, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos", cuando exista la obligación de realizarlos.

En cuanto a las infracciones graves, lo será incumplir el deber que se introduce de información a los trabajadores sobre el registro salarial de la empresa, carecer de dicho registro o incumplir las obligaciones que se introducen en la misma reforma en materia de planes de igualdad y auditorías salariales.

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