La familia del dictador

Una jueza fija para el 1 de febrero el juicio contra los Franco por las tallas expoliadas del Pórtico de la Gloria

Las estatuas de los profetas Abraham e Isaac originalmente pertenecían a la fachada del Pórtico

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El Juzgado de Primera Instancia número 41 de Madrid celebrará el próximo 1 de febrero el juicio contra la familia Franco por la titularidad de las estatuas del Pórtico de la Gloria de la catedral de Santiago de Compostela después de que hoy no se alcanzara un acuerdo en la audiencia previa celebrada para que las partes llegaran a un consenso, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Las estatuas de los profetas Abraham e Isaac originalmente pertenecían a la fachada del Pórtico, pero los Franco se adueñaron de las dos tallas tras un obsequio en 1961 del Ayuntamiento de Santiago de Compostela del que no se guarda registro alguno. Ahora el Consistorio reclama la obra que en su día pertenecía al Pórtico de la Gloria del Maestro Mateo ante los tribunales.

Los representantes legales del Ayuntamiento de Santiago y de la familia Franco han acudido esta mañana al juzgado para intentar llegar a un acuerdo y, en su defecto proponer pruebas de cara a la vista oral.

Tras no llegar a ninguna conformidad, la jueza Nieves Medrano ha admitido el informe pericial propuesto por el abogado del Ayuntamiento en el que un catedrático de arte expone que las estatuas fueron adquiridas por el Consistorio en 1948.

El abogado de la parte demandada ha tratado de combatir la prueba afirmando que la misma no era pertinente, según las mismas fuentes. Al inicio del proceso, la familia Franco mantenía que las obras fueron adquiridas por un familiar en un anticuario.

Sin embargo, su abogado sostiene ahora que la propiedad es de la familia por el paso del tiempo.

No han heredado su patrimonio

El pasado 13 de octubre, la audiencia previa inicial se aplazó a raíz de las alegaciones presentadas por los descendientes del dictador, que aseguraron que todavía no "habían heredado el patrimonio" de su madre, Carmen Franco, fallecida en diciembre de 2017, por lo que este proceso aún no podía llevarse adelante.

La demanda presentada por el Ayuntamiento de Santiago hace referencia a dos esculturas que representan a los profetas Abraham e Isaac, originalmente pertenecientes a la fachada situada ante el Pórtico de la Gloria de la Catedral de Santiago y que fueron retiradas durante las obras del siglo XVI.

Ambas piezas fueron incluidas el pasado año en una exposición dedicada al Maestro Mateo como pertenecientes a una "colección particular".

Fue en este momento cuando el Ayuntamiento de Santiago detectó que la documentación en su poder atribuía al patrimonio público la propiedad e inició las gestiones para reclamar la devolución de las piezas.

El Ayuntamiento de Santiago inició a principios de mes de septiembre del pasado año la reclamación de estas figuras directamente a los Franco. Sin embargo, tras no obtener contestación de la familia, el gobierno local decidió el 24 de noviembre de 2017 interponer una demanda judicial contra Carmen Franco para exigir la devolución de estas piezas, que fue admitida a trámite en diciembre. De forma paralela, la Xunta inició el procedimiento para declarar Bien de Interés Cultural (BIC) estas piezas.

Prohibición de venta o cesión 

La demanda de Santiago se vio respaldada, poco después del inicio de las acciones, con la localización en el archivo de la Universidad de Santiago del expediente de adquisición de las piezas, así como de la propia escritura notarial, haciendo constar todas las características de las estatuas, de la titularidad municipal.

Según estos documentos, tras su retirada de la Catedral, las esculturas pasaron a manos del Conde de Ximonde en el siglo XVIII, un noble que las vendió al Ayuntamiento de Santiago por 60.000 pesetas en 1948. En el documento de venta existe una reserva "para evitar que desaparezcan del ayuntamiento" --con una multa en caso de que así sea-- y se preserve su propiedad "pública, de los vecinos de Santiago", sin posibilidad de venta o cesión.

Pese a ello, las dos esculturas pasaron en algún momento a manos de la familia Franco hace más de medio siglo, aunque no se ha localizado ningún documento de cesión. En un principio estuvieron en el polémico Pazo de Meirás y, posteriormente, fueron depositadas en Casa Cornide, hasta que se tuvo noticias de ellas en la exposición del Maestro Mateo.

Los Franco niegan el regalo

La demanda municipal se presentó en su día contra Carmen Franco Polo que, precisamente, falleció en diciembre de 2017, lo que obligó a reorientar la querella hacia sus herederos.

En el escrito que los demandados han presentado en el juzgado, y al que ha tenido acceso Europa Press, los siete nietos de Francisco Franco y Carmen Polo --hijos de Carmen Franco Polo y herederos del dictador-- alegan que las estatuas fueron "adquiridas" por el "matrimonio" a un "particular, a través de un anticuario" y afirman que el Ayuntamiento de Santiago no ha acreditado que las llegase a tener en su posesión.

Los herederos de Franco niegan el "rocambolesco e increíble relato" del Ayuntamiento de Santiago, según el cual, dicen los nietos del dictador, "Carmen Polo se encaprichó de las esculturas en los actos de la ofrenda al Apóstol del año 1954 y que el señor alcalde, y como si de una caja de bombones se tratase, 'complace' a la esposa del jefe del Estado 'regalándole' las figuras". Concretamente, el Consistorio relata el "interés muy insistente" de Carmen Polo al alcalde, "sugiriéndole de forma inequívoca su deseo de poseerlas".

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Las estatuas volvieron a saltar a la palestra hace escasas semanas, cuando uno de los herederos, Francisco Franco Martínez-Bordiú, inició los trámites para intentar vender la parte que le corresponde del Pazo de Meirás a su propia empresa, la sociedad Pristina S.L. En la documentación presentada, esta venta incluiría las esculturas de Abraham e Isaac.

Sin embargo, el alcalde de Santiago, Martiño Noriega, aseguró en su momento que la presentación y admisión a trámite de la demanda en curso "blinda" estas piezas de una posible venta en caso de que sean devueltas al ayuntamiento.

 

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