Tribunales

La quiebra de la unanimidad en el TC refuerza la posición de Junqueras ante un posible pleito en Europa

El vicepresident de la Generalitat, Oriol Junqueras, durante el juicio del 'procés'.

Un mes y medio después de que el Supremo hiciera pública su sentencia contra los líderes independentistas, el procés logra quebrar la unanimidad del Constitucional. El Pleno del tribunal de garantías ha desestimado este miércoles el recurso del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras contra el auto del juez instructor Pablo Llarena confirmando el mantenimiento de la prisión preventiva del líder de Esquerra durante la fase de instrucción. Y lo ha hecho dividido, con el voto a favor de nueve magistrados –de los cuales uno es concurrente– y un voto conjunto discrepante de los considerados progresistas Fernando Valdés, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol. Una ruptura que acaba con la unanimidad mantenida en el seno del Constitucional por esta causa y que, según los juristas consultados por infoLibre, puede ser utilizada por la defensa del dirigente independentista a la hora de plantear el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), cuya sombra ha estado presente a lo largo de todo el procedimiento judicial que se ha prolongado durante meses en el Tribunal Supremo.

Durante el Pleno, celebrado miércoles y jueves, se ha estudiado tanto la decisión de mantener la preventiva como la prohibición de Llarena de que Junqueras pudiera acudir en enero de 2018 a la sesión constitutiva del Parlament tras su elección como diputado, un límite que no impidió que el líder de Esquerra pudiese delegar su voto. En relación con el primer asunto, había sobre la mesa un borrador de sentencia del presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, en el que se apostaba por desestimar el amparo. En cuanto al segundo, la propuesta de sentencia, que corría a cargo del magistrado del sector progresista Juan Antonio Xiol, planteaba dar la razón a Junqueras al considerar que la decisión de Llarena vulneraba el artículo 23 de la Constitución española, que establece que los ciudadanos tienen derecho “a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal” y a “acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes”.

Las reuniones del núcleo duro del Constitucional se han cerrado solo con el pronunciamiento sobre el mantenimiento de la prisión preventiva, dejando la decisión sobre la prohibición de acudir a la Cámara catalana para más adelante. Y lo ha hecho con una sentencia, de la que ha sido ponente González Rivas, en la que se desestima el primer recurso al considerar que las decisiones judiciales cuestionadas cumplen con las exigencias constitucionales de previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad. Aunque todavía se desconoce el contenido íntegro de la resolución, en la parte dispositiva se establece que no se vulneraron los derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión, igual que tampoco el derecho a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia o a la vida familiar. La decisión también considera “prematura” la impugnación del derecho al juez ordinario predeterminado por ley. Y desestima, además, el recurso respecto a la libertad personal, la aplicación de la prisión provisional o la participación y representación políticas y acceso a cargo público.

El caso ha evidenciado la fragmentación del Pleno del tribunal de garantías. El fallo ha contado con el voto favorable de nueve magistrados, de los cuales uno es concurrente, y un voto particular discrepante de los progresistas Fernando Valdés, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol Ríos. La posición que mantuvieron estos tres magistrados fue, justamente, la que llevó al Constitucional a aplazar temporalmente su decisión sobre la preventiva del dirigente de Esquerra. El pasado mes de enero, el Pleno llevó a cabo una primera deliberación sobre la cuestión. Una reunión en la que se empezaron a apreciar las primeras grietas en el seno del tribunal de garantías. Valdés, Balaguer y Xiol pidieron al presidente que reforzase su argumentación en la propuesta de sentencia, sobre todo teniendo en cuenta el reciente fallo de Estrasburgo en el que se condenaba a Turquía por haber mantenido en prisión preventiva durante dos campañas electorales seguidas al exjefe prokurdo del HDP Selahattin Demirtas en “un intento por asfixiar el pluralismo y el debate político”.

“Importante” pero no “decisivo” de cara a Estrasburgo

Los expertos consultados por infoLibre consideran que el hecho de que la sentencia del Constitucional no se adoptara por unanimidad puede ser tenido en cuenta por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos si el caso se termina elevando a Estrasburgo. Porque no es lo mismo, dicen, que se ponga sobre la mesa un asunto sobre el que coincidan todos que uno que fragmenta al tribunal. “Si hay votos discrepantes, los magistrados pueden entender que existe otra interpretación posible de los hechos”, explica el exletrado del Tribunal Constitucional Joaquín Urías. Coinciden el exmagistrado español del TEDH Luis López Guerra y el exmagistrado del Tribunal Constitucional Pablo Pérez Tremps. “La existencia de votos particulares muestra que se ha discutido y que la cuestión tiene aspectos problemáticos”, recuerda el primero, que insiste en que es “importante” para el tribunal pero no “decisivo”. En la misma línea se pronuncia Tremps, que señala que este es “un elemento más” que se puede “tener en cuenta”, aunque en ningún caso será el único.

Por ello, los juristas no ven descabellado que la defensa del líder de ERC pueda intentar utilizar estas discrepancias surgidas en el Constitucional a su favor. “Normalmente, los abogados suelen usar todos los argumentos que tienen. Y claro, si los jueces del tribunal discrepan, esto también se utiliza porque el letrado sabe que es un arma importante”, dice López Guerra. “Les viene muy bien porque cuando vaya a Europa el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene el pronunciamiento de tres jueces independientes que están de acuerdo con lo que dicen los demandantes, lo que aumenta la fuerza moral de las pretensiones de Junqueras al dejar ver que no es una locura la interpretación de las normas que hacen los demandantes”, completa el exletrado del Tribunal Constitucional.

De España a Europa

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A lo largo de todo el proceso judicial, el tribunal de garantías fue gestionando como pudo el aluvión de recursos interpuestos por los líderes independentistas encausados. Y desde el principio los magistrados mantuvieron la unanimidad a la hora de admitirlos a trámite. Las primeras grietas de enero llevaron al Constitucional a paralizar temporalmente el estudio de los casos abiertos en relación con el procés con la excusa de no interferir en el juicio que estaba a punto de arrancar en el Supremo. Una vez concluida la vista oral, el Constitucional decidió retomar en julio el asunto con el recurso interpuesto por el exlíder de la ANC Jordi Sànchez contra una sanción penitenciaria. Pero afloraron de nuevo roces y el tribunal de garantías tomó apostó por aparcar todo lo relacionado con el procés hasta que se conociera la sentencia. Ahora, tras el fallo del Alto Tribunal, ha llegado el momento de que vayan resolviendo todos los recursos interpuestos por los líderes independentistas que se han ido acumulando con el paso de los meses.

Desde la sentencia del Supremo, el Pleno sólo había resuelto hasta el momento los recursos de amparo presentados por Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez contra los acuerdos de la Mesa del Congreso de la anterior legislatura en los que se les suspendía como diputados al entender que el asunto ya había perdido el objeto porque ninguno de ellos continuaba como parlamentario. A esta decisión se suma ahora la relativa a la prisión preventiva de Junqueras, un debate al que también prestaban atención otros encausados. A lo largo de todo el proceso, el tribunal de garantías también ha admitido a trámite recursos de amparo de Raül Romeva, Carme Forcadell, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull o Dolors Bassa contra el mantenimiento de la prisión provisional. Además, el tribunal tiene que resolver en próximas sesiones el segundo recurso de Junqueras estudiado en el Pleno de esta semana: el que se centra en la prohibición de acudir al Parlament. Según El Mundo, el ponente ha decidido rehacer su propuesta de sentencia tras las críticas de sus compañeros.

Contra el fallo del Tribunal Supremo, los dirigentes independentistas ya han interpuesto los correspondientes incidentes de nulidad como paso previo al TC. El objetivo es agotar cuanto antes todas las vías en suelo español para comenzar la batalla europea. Sin embargo, en los últimos meses ya se han producido en este campo algunas escaramuzas. Forcadell, por ejemplo, intentó llevar su prisión preventiva al TEDH en febrero, pero su demanda se rechazó al considerar que no se habían agotado todas las instancias judiciales internas. En este contexto, no obstante, la decisión más importante a la vista es la que tomará el Tribunal de Justicia de la UE el próximo 19 de diciembre. La sentencia, con la que se responderá a una cuestión prejudicial del Supremo, deberá aclarar el alcance de la inmunidad como eurodiputado de Junqueras. En este sentido, el abogado general del TUE ya señaló en sus conclusiones que debía haber sido reconocido en el cargo porque su escaño dependía únicamente del voto de los electores.

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