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La urgencia de regular el teletrabajo se impone tras el estado de alarma para garantizar los derechos laborales

Imagen de archivo de una mujer teletrabajando.

Se introdujo como una suerte de medida extraordinaria, ajustada a la excepcionalidad del momento. Aconsejada, reflexionan los expertos, por la urgencia y la improvisación. El teletrabajo compite por consolidarse como el mejor compañero durante el confinamiento o el peor enemigo de los trabajadores. Las voces expertas advierten: el instrumento que se ha impuesto durante el estado de alarma poco tiene que ver con el teletrabajo. Y los sindicatos apremian: es necesaria una regulación que diseñe un marco específico para el trabajo a distancia.

Este martes, los sindicatos y la patronal de la banca (CECA), retomaron las negociaciones en torno a un convenio para el sector. La cuestión del teletrabajo apareció por primera vez en la discusión. "Estamos interesados en incorporar el teletrabajo, pero abiertos a cualquier propuesta", dicen a infoLibre fuentes de la patronal. Señalan que algunas empresas sí lo incluían en sus convenios propios, "cada una de diferentes maneras", pero "lo interesante es que se establezcan unas pautas generales".

En el año 2019, hasta diciembre, se firmaron 1.130 convenios con cláusulas cualitativas que afectaban a 2.456.555 trabajadores, según datos de UGT. Los convenios que recogen textos en relación con el teletrabajo fueron 47 (4,16%) e incumbían a 376.863 personas (15,4%). En 2018, el porcentaje de convenios que incluía el teletrabajo era de un 3,62% y un año antes caía al 2,81%.

La pandemia y la declaración del estado de alarma, no obstante, aceleró la instauración del teletrabajo en las empresas. Una encuesta publicada el 7 de mayo revela que el 70% de los empleados españoles comenzaron a trabajar desde el domicilio como resultado de la epidemia, sin haberlo hecho nunca antes. Este hecho se conjuga con otra realidad: según otro análisis, el teletrabajo ha impuesto al menos dos horas extra en relación a la jornada presencial. Los expertos y los sindicatos piden, en consecuencia, una regulación eficaz que garantice las condiciones necesarias para blindar los derechos de los trabajadores.

José Luis Casero preside la Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios Españoles (Arhoe) y es tajante: "Esto que hemos hecho no es teletrabajo". En primer lugar, argumenta, porque rompe uno de sus principios básicos: que sea "libre, voluntario y acordado con la empresa". El estado de alarma ha impuesto una suerte de "sálvase quien pueda y tirar para adelante".

Casero estima que la fórmula del teletrabajo resulta positiva –para empresas y trabajadores– en condiciones y de manera escrupulosamente regulada. Para empezar, defiende un modelo parcial de teletrabajo. "Si es por completo, te aleja de tus compañeros y de los directivos", pero además "suele ser injusto" porque tiende a ser planteado como herramienta de conciliación para las mujeres, "cortando su desarrollo profesional". La pandemia, continúa el experto, ha impuesto una realidad absolutamente excepcional: "Nos vemos obligados a teletrabajar, en el domicilio, con herramientas propias y en muchos casos con niños a los que atender".

Normativa específica

El Estatuto de los Trabajadores menciona, en su artículo 13, el trabajo a distancia. Será aquel en que "la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa". La norma establece, además, que habrá de realizarse previo acuerdo, formalizado por escrito. Los trabajadores "tendrán los mismos derechos que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa" y deberán contar con una "adecuada protección en materia de seguridad y salud". Y hasta ahí el espacio concedido al teletrabajo. El artículo no va más allá, por lo que José Luis Casero demanda una "regulación específica acorde con los tiempos que vivimos".

Gonzalo Pino, secretario de Política Sindical de UGT, también recalca que el actual formato "se ha desarrollado como la pólvora y no tiene nada que ver con el teletrabajo". Critica igualmente que "todos los gastos corran a costa del trabajador", desde el "material hasta el consumo eléctrico". Su sindicato cree fundamental alcanzar acuerdos con la patronal de cara a una regulación del teletrabajo, pero también trasladar los planteamientos "al ámbito del diálogo social con el Gobierno, para establecer una normativa que lo regule adecuadamente".

Comparte posición Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO. "Hay que regularlo, más allá de lo que seamos capaces de avanzar en la negociación colectiva", expone en conversación con este diario. "Hace falta una regulación laboral que lo determine bien y una modificación en la propia Ley de Prevención de Riesgos Laborales" para adecuar el nuevo marco.

Fuentes del Ministerio de Trabajo confirman a infoLibre el valor de este asunto, cuyo "carácter preferente" ya se ha establecido en los decretos relativos al estado de alarma. Además, indican las mismas fuentes, la ministra Yolanda Díaz se ha comprometido a ratificar el Convenio 177 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y a reformar el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, como primer paso en lo que respecta al trabajo a domicilio. La cartera, además, asume que la regulación del teletrabajo habrá de ser objeto de diálogo con los agentes sociales. La propia Yolanda Díez lo reconoció este jueves en una entrevista, en la que se comprometía a desarrollar legislativamente "con prontitud" y "con garantías" el teletrabajo.

Responsabilidad de las empresas

"Aquí hay tela que cortar". Así lo resume la portavoz de Comisiones Obreras. "Las empresas han visto la posibilidad de avanzar hacia el teletrabajo, pero hay cuestiones de carácter legal muy escuetas y en la negociación colectiva no se ha tratado en profundidad, más allá de reconocerlo como derecho". Mari Cruz Vicente habla, en primer lugar, de definir qué se entiende por teletrabajo, "si puede ser flexible, si puede ser compatible con la actividad presencial o si ese trabajo se puede realizar desde otros centros", además de "determinar la voluntariedad y la reversibilidad del mismo". Igual de importante es, a su juicio, "identificar qué puestos cumplen con los requisitos para teletrabajar", así como definir los "criterios organizativos y recursos necesarios" para hacerlo.

La seguridad en el trabajo es igualmente esencial. "La propia Ley de Prevención tiene deficiencias en esa materia" y el real decreto que introdujo el teletrabajo durante el estado de alarma "plantea que los trabajadores realicen una autoevaluación", una alternativa que sin embargo "no puede ser definitiva, sino de emergencia". La evaluación, estima, debe ser efectuada "o bien por un equipo técnico o bien a través de un servicio concertado de prevención".

Los convenios que se comiencen a negociar a partir de ahora, completa Gonzalo Pino, deben tener bien presente "los riesgos laborales, la salud del trabajador, la cantidad de horas de teletrabajo", además de definir de manera clara "qué es el teletrabajo para que no suponga una desventaja". Al final, reflexiona el sindicalista, "dónde se efectúe el trabajo no debe significar que no se protejan los derechos de los trabajadores".

José Luis Casero entiende que las empresas "tienen que hacer planes estratégicos de teletrabajo", que en todo caso pasen por "informarse, analizar, planificar y actuar". Todo lo demás, enfatiza, "es improvisar". Y cree que es ahora precisamente cuando las compañías pueden "planificar con tiempo" cómo hacerlo. En el momento actual, "el miedo por la salud ha superado al miedo del directivo que no sabe dirigir si no tiene a sus trabajadores sentados en la silla". Superado ese miedo, "hay que saber qué es lo que se hace y querer hacerlo".

Propone, para esta labor, un "diagnóstico interno de competencias" para tratar de paliar la "brecha tecnológica" que pueda existir. "La empresa debe invertir en formación y medios", explica el experto, pero el Gobierno también debe "prestar apoyo a las empresas". En ese sentido, no basta con "coger el portátil, ponerlo en la mesa y trabajar mientras uno vigila las lentejas", sino que deben existir las "condiciones ambientales y físicas adecuadas" para proteger la salud de los empleados.

Desconexión digital

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En ese contexto brota otra cuestión clave: la desconexión digital. "El teletrabajo tiene que tener en cuenta la jornada laboral como si el trabajador estuviera en su puesto de trabajo", expone Vicente, por lo que el descanso es igualmente importante. Lo que "no se puede entender" es que un empleado "trabaje catorce horas por hacerlo desde su domicilio", agrega Pino. "La jornada del convenio debe respetarse" y para eso existen herramientas como "el registro horario, que se tiene que mantener". La desconexión, reitera, es fundamental. "Tenemos los medios más avanzados" y eso permite teletrabajar pero también "regular que cuando llegue el final de la jornada, se acabó y no puede haber contacto de la empresa con el trabajador".

Casero recuerda que las circunstancias actuales han lastrado sobremanera la desconexión digital. "Estar confinados en el domicilio ha provocado muchas distorsiones en el uso de los tiempos", reflexiona. El empresario tiene la certeza de que "sus trabajadores están en casa porque no pueden salir", de manera que la desconexión se ha hecho más compleja. "Pero no debería ser así", advierte. "Un directivo sólo podría contactar con su empleado en caso de emergencia, pero si la emergencia se convierte en normalidad hay dos opciones: o se paga como horas extra o se aplaza hasta el día siguiente".

El problema a día de hoy, detecta Pino, es que "desde una mentalidad empresarial" el modelo actual de teletrabajo no supone un lastre, sino todo lo contrario: sin una regulación, la empresa "ni siquiera hablará de horas extraordinarias". El trabajo a distancia puede ser, en definitiva, "una buena herramienta para los trabajadores y para la empresa, siempre que esté regulado".

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