El futuro de Cataluña

La Abogacía pide 12 años a Junqueras por los delitos de sedición y malversación

Los exconsellers Raül Romeva, Oriol Junqueras y Jordi Turull presentando una urna del 1-O.

La Abogacía del Estado pide una pena de 12 años de prisión para el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras; de 11 años y media para cinco de sus consellers, 10 años para la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell, así como ocho años de cárcel para los líderes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y de Òmnium Cultural Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Los considera, junto con otros tres consellers y seis diputados de Catalunya sí que es Pot y de la CUP, los “principales promotores” del procés, que culminó con el referéndum de autodeterminación del 1-O. Para la Abogacía del Estado, se trató de “un plan orquestado” que consistió en un “enfrentamiento” de la Generalitat, el Parlament y las entidades soberanistas “contra la legalidad constitucional y estatutaria”, impidió el “cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales” y organizó movilizaciones sociales para presionar al Estado”.

El servicio jurídico del Estado, que depende del Ministerio de Justicia, considera que los 18 encausados cometieron los delitos de sedición, malversación y desobediencia grave. El exvicepresidente y sus exconsellers “indujeron”, “sostuvieron” y “dirigieron” la sedición como miembros del Gobierno catalán, mientras que los líderes de Omnium y la ANC lo hicieron, dice la Abogacía del Estado, como dirigentes de esas dos asociaciones civiles, y Carmen Forcadell desde la presidencia del Parlament. Por malversación, que el escrito de acusación cifra en 1,97 millones de euros, la Abogacía del Estado acusa igualmente a Junqueras y ocho consellers, mientras que por desobediencia grave se imputa al exconsejero de Justicia Carles Mundó; Santiago Vila (Empresa) y los diputados Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet, Joan Josep Nuet y Mireia Boya.

El escrito de acusación hace un repaso de los antecedentes que llevaron hasta el referéndum del 1 de octubre de 2017, desde que el expresidente de la Generalitat Artur Mas y el líder de ERC, Oriol Junqueras, firmaron el Acuerdo para la Transición Nacional en diciembre de 2012, que ya incluía la celebración de un referéndum para 2014.

También enumera los documentos que, a su juicio, acreditan que los procesados “asumían y aceptaban no sólo la vía de la desconexión y la activación de un proceso constituyente” al margen de la Constitución, sino también “la necesidad de desobedecer los mandatos de las autoridades legítimas y el recurso a la presión social, si fuera precisa” ante la reacción del Estado español: el Libro blanco para la Transición Nacional de Cataluña, la Hoja de Ruta firmada por CiU, ERC, Òmnium Cultural, ANC y la Asociación de Municipios de Cataluña en 2015 y Enfocat, un documento intervenido en el registro del entonces secretario de la Vicepresidencia, Josep María Lladó, donde se prevé “incrementar paulatinamente el nivel de conflictividad según la respuesta del Estado”.

“Herramienta indispensable” para el procés“Herramienta indispensable”procés

El servicio jurídico del Estado detalla las actuaciones de la Generalitat y las resoluciones del Parlament que se fueron sucediendo hasta celebrar el referéndum, y que fueron primero suspendidas y luego anuladas por el Tribunal Constitucional. Finalmente, relata cómo se utilizó la “movilización social como medio” para conseguir un fin: incumplir la legalidad y desobedecer las resoluciones administrativas y judiciales. Según el escrito de acusación, las convocatorias de las asociaciones soberanistas fueron una “herramienta indispensable” para el procés. La Abogacía del Estado recoge declaraciones de Cuixart y Sánchez desde la Diada de 2015, así como en otras manifestaciones posteriores, en favor de la independencia y llamando a la “movilización permanente”. También detalla los hechos ocurridos el 20 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía, en la Rambla de Cataluña, mientras la Guardia Civil efectuaba un registro de las dependencias. Todos los actos de aquel día, subraya el escrito, “fueron conocidos, consentidos y queridos por todos los acusados”.

La Abogacía del Estado hace un repaso de otros hechos similares al anterior, ocurridos en registros policiales y en manifestaciones ante cuarteles de la Guardia Civil y la Policía Nacional y la Ciudad de Justicia. Nombra las dos huelgas generales convocadas los días 3 de octubre y 8 de noviembre, mencionando que el Gobierno catalán se adhirió a la primera y precisando que ambas dieron lugar a cortes de tráfico y vías férreas. Naturalmente, incluye en su relato los incidentes ocurridos durante el mismo día del reférendum en los colegios electorales “como consecuencia de los llamamientos de los procesados”. Según los abogados del Estado, aquel día se produjeron “actos de resistencia y desobediencia a los mandatos legítimos de la fuerza pública y numerosas situaciones de tensión, disturbios y enfrentamientos”. Pero en ningún momento aparece la palabra violencia, que es lo que marca la diferencia entre los delitos de sedición y rebelión –que sí advierte la Fiscalía del Estado–. Mientras el primero requiere que los autores “se alcen pública y tumultuariamente para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes”, el segundo necesita de un alzamiento “público y violento”.

Malversación

Oriol Junqueras: "El juicio y la sentencia pesarán como una losa en la historia de España"

Oriol Junqueras: "El juicio y la sentencia pesarán como una losa en la historia de España"

Por lo que se refiere a la malversación, la Abogacía del Estado asegura que para llevar a cabo los hechos delictivos constitutivos de sedición la Hacienda pública catalana necesitó incurrir en un gasto. Para pagar la publicidad institucional, organizar la administración electoral, confeccionar el registro de catalanes en el exterior, imprimir el material electoral y contratar observadores internacionalescontratar observadores internacionales para el 1-O, la Generalitat desvió dinero público “burlando” los controles que le había impuesto el Ministerio de Hacienda.

Así, el escrito cita el uso del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI), un organismo público adscrito a la Consejería de Presidencia, para crear páginas web y programas informáticos para el recuento de votos el 1-O. También menciona la carta que el presidente Carles Puigdemont y Oriol Junqueras remitieron el 6 de septiembre de 2017 a todos los alcaldes catalanes para pedirles que cedieran centros de votación y el uso de colegios y centros de atención primaria el día del referéndum. Las campañas de publicidad, los gastos de suministro de papeletas contratados con Unipost, la impresión de cartelería o el gasto que supuso la ampliación del número de delegaciones del Gobierno catalán en el exterior son algunos de los apartados en que fundamenta el servicio jurídico del Estado el uso ilegal de fondos procedentes del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) que sólo podían ser destinados a financiar servicios públicos esenciales.

 

Más sobre este tema
stats