Los abusos de la banca

La Audiencia Nacional archiva el 'caso Valores Santander' por el que estaban imputados dos altos directivos del banco

La presidenta del Santander, Ana Botín, durante la rueda de prensa ofrecida este miércoles.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el sobreseimiento provisional de la investigación por la comercialización de los productos financieros Valores Santander por los que estaban imputados los altos directivos del banco Ignacio Benjumea Cabeza de Vaca y José Antonio Soler Ramos como responsables de la venta de un producto "especulativo", según los querellantes, con el que la entidad financiera recaudó 7.000 millones de euros durante nueve días hábiles de 2007, según consta en cinco autos a los que ha tenido acceso infoLibre.

El ponente de uno de los cinco autos que confirman el cierre de la investigación desarrollada en la Audiencia Nacional por el juez Ismael Moreno, el magistrado Juan Francisco Martel Rivero, justifica la decisión del tribunal "al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito de estafa que las dio origen, respecto a la actuación de los órganos directivos del Banco de Santander en el proceso de comercialización de los productos Valores Santander", especifica el auto, que mantiene la opción de que los afectados ejerzan acciones penales y civiles que procedan de "las actuaciones individualizadas producidas en la oferta y venta de los citados valores en las distintas sucursales de la citada entidad en territorio nacional".

El magistrado destaca que el juez que ordenó el archivo del caso en julio pasado, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, siguió "la estela marcada por el Ministerio Fiscal y la representación procesal de la entidad querellada", que según el auto de Juan Francisco Martel Rivero, "ofrecen sólidos argumentos para entender que, en el actual estado del procedimiento, la investigación desarrollada contra los órganos rectores del Banco de Santander no ha logrado desentrañar que en su seno se haya maquinado un conjunto de actividades con rasgos delictivos, tendentes a producir un masivo engaño en los inversionistas que optaron por colocar sus fondos en los denominados Valores Santander, ofertados en septiembre de 2007.

El juez Moreno archivó la querella

El juez Moreno ya había rechazado investigar la querella en 2014 en contra del criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que defendía que existían indicios de la comisión de un delito de defraudación que afectaba a personas de todo el territorio nacional. Y la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal le ordenó admitir la demanda al sospechar que el banco podría no haber suministrado "convenientemente la oportuna información sobre el producto" a los clientes que lo adquirieron.

Sin embargo, ahora la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal considera que no restan "diligencias relevantes y útiles pendientes de practicar, puesto que las necesarias a los fines de averiguación de posible actividad delictiva se han desplegado en los dos años transcurridos desde que este tribunal, con composición personal no del todo coincidente, dictó el 13 de junio de 2014 un auto que ordenó la realización de los actos de comprobación de las presuntas defraudaciones denunciadas, con el amplio despliegue procesal que obra en la causa".

Además, el ponente del auto otorga una importancia relevante al hecho de que la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en sentencia de 1 de julio de 2015, rechazara "cualquier irregularidad en la comercialización general de los Valores SantanderValores Santander", al mismo tiempo que sostiene que el Santander "se aseguró de disponer de toda la información necesaria sobre sus clientes y de mantenerlos siempre adecuadamente informados, y que asimismo hubo una actividad selectiva en la comercialización del producto, consecuencia de las evaluaciones efectuadas por los comerciales del banco".

No hay múltiples afectados

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Los magistrados ponen incluso en duda que se haya podido constatar que las supuestas irregularidades formales en la comercialización del producto haya afectado a múltiples perjudicados: "Teniendo en cuenta la comparación entre el número de reclamantes y el número de inversionistas (la entidad habla de 130.000 operaciones de suscripción). Y tampoco ha podido demostrarse que dichos productos se ofrecieran como inversión en renta fija, puesto que sus características y los riesgos que se asumían distan mucho de la denominada renta fija".

Pese a que el tribunal descarta la existencia de responsabilidades penales de los órganos directivos del Santander en la ideación y planificación para comercializar los Valores Santander, la magistrada Carmen Paloma González Pastor recuerda que el auto de archivo del juez Ismael Moreno "deja a los particulares que se consideren perjudicados el ejercicio de las acciones civiles o penales con respecto a los excesos, si se hubieran cometido en la fase de comercialización por los diversos comerciales de las distintas sucursales bancarias a lo largo del territorio nacional".

Los querellantes aseguraban en su querella que el banco, entonces dirigido por Emilio Botín, "comercializó el producto como si fuera seguro y con funcionamiento similar a un plazo fijo" cuando realmente se trataba de la adquisición de "obligaciones convertibles" que impedían al comprador "recuperar el capital invertido".

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