Concentraciones como las del 13-M ante la sede del PP serán multadas con hasta 600.000 euros

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En el PP, por entonces en el Gobierno, no se han olvidado de la jornada de reflexión del 13 de marzo de 2004, cuando un importante número de ciudadanos se concentraron en las inmediaciones de la sede nacional del partido para protestar por la gestión que el Ejecutivo de José María Aznar había hecho de los trágicos atentados que habían tenido lugar en Madrid sólo dos días antes y exigir la verdad de lo ocurrido. Unos hechos que produjeron un vuelco electoral y provocaron la llegada de José Luis Rodríguez Zapatero al Gobierno.

Si la Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo primer borrador pasó hoy por el Consejo de Ministros, conserva su idea original, este tipo de concentraciones serán consideradas como muy graves y acarrearán sanciones de hasta 600.000 euros. Se trata de la pena mayor prevista en este texto, que antes de cobrar forma definitiva ya ha acumulado las críticas de colectivos sociales, jurídicos, policiales y partidos políticos.

Respecto a estos hechos concretos, el texto de la ley sobre la que trabaja el departamento que preside Jorge Fernández Díaz establece como “muy grave” las concentraciones o manifestaciones sin autorización previa que transcurran entre el fin de la campaña electoral y el término de la jornada electoral. Es decir, las que transcurran tanto el día de reflexión como el día de la cita con las urnas. Para ello, debe darse la circunstancia de que exista una “finalidad coactiva”. “Se pretende garantizar el libre ejercicio del sufragio”, recalcan desde Interior.

Menos claro tienen en el citado ministerio que las concentraciones del 15-M previas a las anteriores elecciones autonómicas y locales de 2011 pudiesen ubicarse dentro de estos supuestos puesto que se trataba de algo más global. “Cada caso tendría que estudiarse de forma individualizada”, apuntan. ¿Quiénes serían en este caso los sancionados? La respuesta de Interior es contundente: todas aquellas personas que fuesen identificadas incumpliendo los preceptos de la ley.

Sanciones

El texto que este viernes presentó Jorge Fernández Díaz ante el Consejo de Ministros ha sido revisado y, en cierto sentido, matizado desde su primer borrador a este que ahora pasa al correspondiente trámite de consultas. De hecho, en el ministerio reconocen estos extremos y precisan que gran parte de las modificaciones se deben a las aportaciones del Ministerio de Justicia.

Respecto al régimen sancionador, los umbrales siguen siendo los mismos. Muy graves: de 30.001 a 600.000 euros; graves, de 1.001 a 30.000 y leves, de 100 a 1.000 euros.

A diferencia del primer texto, las concentraciones sin autorización frente a Congreso, Senado y otras instituciones dejan de ser infracciones muy graves. Pero siguen estando castigadas, en esta ocasión como infracción grave: “La perturbación de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, aunque no estuvieran reunidos, celebradas con inobservancia de los requisitos previstos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio".

Sí se incorporan como “muy graves” la comisión de tres infracciones graves en el plazo de dos años. Y “la proyección de dispositivos luminosos sobre medios de transporte que puedan provocar accidentes”.

Participar en la paralización de un desahucio también tendrá su castigo, concretamente de hasta 30.000 euros. Así lo refleja el punto quinto de las infracciones graves, que establece que obstruir el ejercicio de autoridades o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones conllevará una multa comprendida entre los 1.001 y los 30.000 euros.

"Ofensas o ultrajes a España"

También se contempla como infracción grave "las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito". Es decir, va aparejado de una infracción que conlleva sanciones entre los 1.001 y los 30.000 euros.

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"Imagine por ejemplo una manifestación en la que se llevaran pancartas o gritaran consignas claramente ofensivas o vejatorias contra España, las comunidades autónomas o sus símbolos o instituciones. Cuando no sean constitutivas delito y se produzcan de forma pública, podrán ser considerada infracción grave", señaló el ministro en rieda de prensa.

Esto no afecta, según explicó en rueda de prensa el Ministro del Interior, a las pitadas al himno de España en espacios deportivos, puesto que esto ya tiene su propia ley y está sancionado con hasta 650.000 euros.

Fernández Díaz precisó que las manifestaciones legales, es decir, autorizadas, en las que se corean consignas contra la unidad de España no entran dentro de estos supuestos siempre y cuando se produzcan sin violencia.

En el PP, por entonces en el Gobierno, no se han olvidado de la jornada de reflexión del 13 de marzo de 2004, cuando un importante número de ciudadanos se concentraron en las inmediaciones de la sede nacional del partido para protestar por la gestión que el Ejecutivo de José María Aznar había hecho de los trágicos atentados que habían tenido lugar en Madrid sólo dos días antes y exigir la verdad de lo ocurrido. Unos hechos que produjeron un vuelco electoral y provocaron la llegada de José Luis Rodríguez Zapatero al Gobierno.

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