En 2018, una mujer que estaba colaborando con la justicia en la investigación del caso Carioca de prostitución en Lugo obtuvo por su ayuda un permiso de residencia extraordinario a solicitud de la justicia. En 2022, tras residir legalmente más años de los requeridos, solicitó la nacionalidad, pero el Estado se la denegó en 2024 sin tener en cuenta su propio permiso extraordinario de residencia.
Ahora la Audiencia Nacional condena al Estado, considera “acreditado el cumplimiento del requisito de residencia legal” y le reconoce a la mujer “la nacionalidad española por residencia”.
El caso Carioca comenzó a investigarse con diligencias previas en 2008 por parte del Juzgado de Instrucción 1 de Lugo, en el que estaba la jueza Pilar de Lara. La investigación, como otras de la misma jueza –que acabó siendo sancionada–, se demoró y se diversificó en varias piezas, llegando la sentencia de la pieza principal en julio de 2024, cuando quedó confirmada para la justicia la existencia de favores mutuos entre agentes de la Guardia Civil y proxenetas, con varias mujeres prostituidas como principales víctimas.
En la sentencia de Carioca fueron condenados por conformidad dos guardias civiles y tres proxenetas. Y entre los primeros estaba precisamente uno que tenía entre sus cometidos realizar inspecciones “en clubes de alterne o establecimientos análogos” para, entre otros aspectos, “examinar la documentación del personal” y, en el caso de personas extranjeras, denunciar posibles estancias en situación irregular.
En este contexto, en marzo de 2018 el juzgado instructor envió un oficio sobre la mujer al subdelegado del Gobierno en Lugo “por el que informa sobre dicha colaboración y que su presencia en España es imprescindible, solicitando asimismo que se le conceda la correspondiente autorización de residencia por circunstancias excepcionales”. La mujer obtuvo “las correspondientes tarjetas de residencia en España desde el año 2018 hasta 2024”, pero en ese año le fue denegada la nacionalidad que había solicitado en 2022 por incumplir el requisito de residencia legal previa.
La legislación establece que las personas de Iberoamérica que soliciten la nacionalidad española solo tienen que residir previamente en España de forma legal, continuada y sin interrupción durante dos años. Y ese fue el argumento dado por el Estado: que no cumplía el requisito de residencia legal previa durante dos años, obviando el permiso extraordinario que había obtenido por su colaboración con la justicia. Así que ahora la Audiencia Nacional anula la decisión del Estado “y en su lugar reconocemos la nacionalidad española por residencia a la recurrente”.
En 2018, una mujer que estaba colaborando con la justicia en la investigación del caso Carioca de prostitución en Lugo obtuvo por su ayuda un permiso de residencia extraordinario a solicitud de la justicia. En 2022, tras residir legalmente más años de los requeridos, solicitó la nacionalidad, pero el Estado se la denegó en 2024 sin tener en cuenta su propio permiso extraordinario de residencia.