Libertad de expresión

Juristas consideran que la confiscación de camisetas amarillas vulnera derechos fundamentales

Un aficionado del Barcelona siendo registrado antes de comenzar la final de la Copa del Rey entre el Sevilla FC y el FC Barcelona.

El conflicto en torno a la situación política catalana ha degenerado en una guerra de símbolos. Una parte importante de la sociedad catalana ha manifestado su apoyo explícito a los políticos encarcelados a través de manifestaciones o acciones puntuales. El color amarillo, emblema del sector independentista, se ha convertido además en un símbolo que fuera de Cataluña suscita la alerta de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Así se demostró este domingo durante la final de la Copa del Rey, disputada en el madrileño estadio Wanda Metropolitano entre el FC Barcelona y el Sevilla FC. La Asamblea Nacional Catalana (ANC) había invitado a la afición blaugrana a portar camisetas de color amarillo en solidaridad con los políticos soberanistas encarcelados. La Policía Nacional respondió requisando las prendas. Si bien los agentes dijeron ampararse en la Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, juristas consultados por infoLibre entienden la actuación policial como una forma de vulnerar derechos fundamentales.

La Policía Nacional aseguró que no hubo ninguna instrucción especial ni tampoco orden extraordinaria para requisar material más allá de lo establecido por la citada ley contra la violencia en el deporte. Los agentes defendieron su actuación para evitar cualquier "episodio de violencia en un partido declarado de alto riesgo por las circunstancias concurrentes". Indicaron, además, que el decomiso durante el preludio del partido se centró en aquellas prendas con lemas independentistas como Ara és l'hora, consigna popularizada en 2014 en torno a la campaña por el referéndum del 9N impulsado por el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas.

La reacción de los representantes políticos caminó entre la denuncia y la aprobación. ERC preguntó este lunes al Ejecutivo de Mariano Rajoy "cómo justifica el Gobierno la confiscación, por parte de la Policía, de camisetas amarillas a espectadores de un partido de fútbol". JxCat, por su parte, pidió la dimisión inmediata del ministro de Interior, Juan Ignacio Zoido, por "la incautación de piezas de ropa de color amarillo, silbatos y otros bienes personales, así como fotografías de los aficionados que silbaban al himno español". Las críticas no han venido únicamente de las fuerzas catalanas. El coordinador general de Izquierda Unida, Alberto Garzón, tachó este domingo de "atentado contra la democracia" la actuación policial, mientras que el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, también censuró los hechos y criticó a "un Gobierno que obliga a tirar a la basura la palabra libertad". Ciudadanos, sin embargo, defendió la intervención porque las prendas eran, a su entender, "susceptibles de provocar enfrentamientos".

Vulneración de derechos básicos

La citada ley contra la violencia establece, en su artículo número dos, que entre los actos constitutivos de delitos o faltas se encuentra "la exhibición en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos de pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que, por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen de alguna forma inciten, fomenten o ayuden a la realización de comportamientos violentos o terroristas, o constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo". También incluye "la entonación de cánticos que inciten a la violencia, al terrorismo o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos".

Juristas consultados por este diario entienden que la incautación de camisetas amarillas no sólo no se ajusta a los términos expresados por dicha norma, sino que además es una forma de vulnerar derechos básicos de los ciudadanos.

Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional en la Universitat de Barcelona, interpreta que "quien está en condiciones de restringir un derecho debe acreditar que la restricción que impone es imprescindible para que no se produzcan las consecuencias que esa ley quiere evitar". En base a tal precepto, Arbós califica como "difícil de entender que una camiseta amarilla, una bufanda o una pancarta, puedan generar violencia". En todo caso, añade, si se pretendiese que "la generación de violencia pueda venir de una dirección diametralmente opuesta, entonces la infracción no está en la pancarta o en el color de la camiseta, sino en la violencia que frente a ella plantean".

En este contexto, opina Miguel Presno, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo, la prohibición de entrar con camisetas amarillas "pudo vulnerar varios derechos fundamentales". En primer lugar, apunta el jurista, "la libertad ideológica, que incluye el derecho a exteriorizar vistiendo una determinada ropa o llevando un símbolo, las propias convicciones, que no tienen por qué quedarse a la puerta de un estadio". Podría también, en términos generales, "vulnerar el derecho a manifestar opiniones a través de una conducta expresiva, como llevar una camiseta, una bufanda o un lazo". 

Miguel Presno recuerda que "la ley antiviolencia se creó, valga la redundancia, para combatir la violencia en el deporte y la expresión de mensajes dirigidos a menoscabar los derechos de personas y grupos vulnerables". Las camisetas ataviadas por la afición blaugrana, "al menos por lo que se divulgó en los medios de comunicación, no incluían mensajes de ese tipo".

También coincide con ambos Ignacio González Vega, portavoz de Jueces y Juezas para la Democracia, quien cita el artículo sexto de dicha norma. En ese apartado, la ley establece las condiciones de acceso al recinto, por las que queda prohibido "introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, su religión o convicciones, su discapacidad, edad, sexo o la orientación sexual". Este artículo, señala González Vega, "prohíbe toda una serie de objetos siempre y cuando inciten a la violencia", lo que no es aplicable, opina, respecto a las prendas amarillas del domingo. "En un Estado de Derecho se actúa conforme a la legalidad", recuerda el jurista, quien admite no encontrar "precepto jurídico alguno que respalde la actuación policial".

González Vega cree, por tanto, que el decomiso de las camisetas supone una vulneración de la libertad de expresión. Sus palabras son suscritas por Fernando Flores, profesor de Derecho Constitucional en la Universitat de València. Se trata, a su entender, de una "clarísima vulneración de la libertad de expresión, pensamiento y del derecho político a expresarse, lo tomes por donde lo tomes". Para el jurista, la actuación no es más que una "decisión de carácter político que lo que busca no es proteger el orden público ni a las personas, sino limitar la libertad de expresión"

Fernando Flores critica no sólo la interpretación de la ley contra la violencia en el deporte, sino la ambigua redacción que ha posibilitado tal lectura. La norma se redactó "de una manera tan abierta para argumentar las limitaciones de derechos fundamentales". Por otro lado, existe una "discusión sobre qué es lo que puede incitar a la violencia" y ese análisis no debe ser zanjado "por el ofendido". "El ofendido es el que determina la calidad de la ofensa, como ocurre con los delitos de odio, y eso no puede ser", advierte.

Política en los campos de fútbol

Más allá del episodio desarrollado el domingo, lo cierto es que la simbología política se ha topado con ciertos muros a la hora de entrar en los estadios de fútbol. En el año 2016, la Policía Nacional impedía, esta vez por orden de la Delegación del Gobierno en Madrid, el acceso de esteladas a la final de la Copa del Rey. Un año después, el juzgado de lo Contencioso Administrativo número once de Madrid avaló el uso de tales banderas, tras un recurso presentado por un aficionado. El magistrado consideró que portar la enseña independentista es una "manifestación de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos". Posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) rechazó otro recurso interpuesto por el club, pero esta vez a causa de un defecto de forma.

Xavier Arbós considera que, en el terreno deportivo, "no se deben impedir símbolos políticos" aunque entiende el debate en torno a ello por "no tratarse de un espacio estrictamente público, como puede ser una plaza". También Fernando Flores recuerda que "los campos de fútbol son espacios privados" por lo que "si alguien en un campo de fútbol quisiera prohibir determinadas cuestiones, probablemente podría". Lo que rechaza, no obstante, "es que desde una ley general se pueda limitar lo que sucede en un espacio privado". En este sentido, Flores se inclina por permitir toda expresión política siempre y cuando no sea "insultante o agresiva con los demás". "En absoluto debe haber medidas que limiten las expresiones políticas", sentencia.

Por otro lado, Arbós matiza que "nada de eso tendría la trascendencia que tiene si estuviéramos en un clima políticamente más pacífico". La prohibición de simbología política, cree, "es el síntoma". Por este motivo, vaticina, "encontraremos episodios en muchas otras ocasiones en los que tendremos que estar midiendo al milímetro qué es lo que se puede y no se puede hacer, y esto es un problema porque quienes tienen en su mano pacificarlo buscando acuerdos políticos, no lo hacen". El conflicto, sentencia, "se alimenta de gestos, que se ven destinados a la restricción y a su vez la restricción alimenta la justificación del conflicto".

No es la primera vez que la Comisión Antiviolencia propone sanciones contra aficionados que hicieron gala de simbología marcadamente política durante eventos deportivos. Aunque el caso de las banderas soberanistas es posiblemente el más emblemático –las esteladas en la Copa del Rey, pero también otras como la enseña independentista gallega–, no es el único. En febrero de 2017, un juzgado navarro anuló la multa impuesta a un aficionado del Osasuna que trató de acudir a un encuentro deportivo con una pancarta de apoyo al colectivo Etxerat con la leyenda Euskal presoak eta iheslariak etxera, contra la dispersión de los presos,y una prenda con la serigrafía del Arrano Beltza. Tras una larga batalla judicial, los tribunales dieron la razón al ciudadano.

Simbología sancionable

¿Qué símbolos son, entonces, legítimamente sancionables? Miguel Ángel Presno responde: "Los que supongan algún tipo de amenaza clara e inminente para la integridad física o moral o que menoscaben derechos fundamentales de las personas". Existen ejemplos de emblemas en el puesto de mira por transmitir de forma evidente mensajes violentos, aunque las sanciones no siempre se han consolidado debido a la dificultad de identificar a sus autores.

En el año 1992, según relataba entonces el diarioEl País, el entrenador del Valencia CF, Guus Hiddink, logró la retirada de una pancarta con simbología nazi que pretendía hacerse hueco en un partido entre valencianos y albacetenses. Se convertía, el entrenador holandés, el "el primer personaje público del deporte español en actuar contra los símbolos fascistas en los campos".

Más de dos décadas después, y con la Ley contra la violencia en el deporte plenamente desarrollada, Antiviolencia propuso una sanción de 3.001 euros a cuatro aficionados que durante un encuentro entre el Real Madrid y el Atlético de Madrid en 2013 exhibieron en el interior del recinto deportivo material de simbología nazi. Algo similar ocurrió más recientemente, en el año 2017, esta vez respecto a una aficionada que introdujo en el campo del CF Talavera dos banderas con simbología fascista.

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Junto a la simbología de extrema derecha, otro de los ejemplos que más se ajustan a la norma contra la violencia en el deporte es aquel de la violencia machista. No son pocas las veces en que las gradas de los estadios de fútbol se han visto salpicadas por cánticos o pancartas machistas y el propio Pacto de Estado contra la Violencia de Género reclama ampliar las sanciones administrativas a los clubes deportivos que permitan apología de este delito en los acontecimientos deportivos.

En el año 2015, Antiviolencia propuso el cierre parcial del estadio Benito Villamarín debido a los cánticos contra la expareja del futbolista Rubén Castro, acusado en aquellos momentos de malos tratos. Parte de la afición ultra del Betis coreó: "No fue tu culpa, era una puta, lo hiciste bien". Dos años después, la misma Comisión propuso una multa de 4.000 euros contra ultras del Sevilla que exhibieron una pancarta en homenaje a uno de los presuntos agresores de la presunta violación en grupo cometida en los Sanfermines de 2016.

En el mismo año, el Espanyol fue sancionado por permitir que en el partido de Copa del Rey contra el Barcelona fueran exhibidas "pancartas de contenido intolerante" contra la artista Shakira, pareja del jugador Gerard Piqué, que clamaban "Shakira es de todos". En el presente año, una vez más, La Liga ha denunciado ante la Comisión Antiviolencia cánticos ofensivos contra la pareja del jugador culé.

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