La portada de mañana
Ver
Un país en vilo: los escenarios que se abren a Pedro Sánchez y que marcarán "una nueva etapa política"

Choque de poderes

Una legitimidad caducada para decidir sobre su propio desbloqueo: claves de la deriva del TC

Pleno del Tribunal Constitucional tras su última renovación.

El Tribunal Constitucional se da un tiempo antes de decidir sobre el recurso interpuesto por el PP para paralizar la tramitación de los cambios normativos que permitirían desbloquear la renovación del órgano de garantías. El presidente, Pedro González-Trevijano, ha suspendido y pospuesto hasta el próximo lunes el Pleno convocado de urgencia y con carácter extraordinario para resolver sobre una petición conservadora sin precedente alguno. Lo ha hecho a petición del bloque progresista, que ha reclamado más tiempo para poder estudiar bien el asunto ante la "relevancia" de la decisión a adoptar, en tanto que implicaría la suspensión de un procedimiento legislativo. Y tras una mañana de alta tensión en Domenico Scarlatti, la calle en la que se asienta el tribunal de garantías, que ha comenzado con informes jurídicos contradictorios y ha terminado con acusaciones de boicot en los medios.

1. Un tribunal caducado decidiendo sobre su renovación

En el epicentro del debate jurídico se encuentran los cambios normativos que los dos socios del Gobierno han impulsado en forma de enmiendas a la reforma del Código Penal para desbloquear la renovación del propio Tribunal Constitucional, que el bloque conservador del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lleva meses dilatando. En concreto, PSOE y Unidas Podemos incorporaron a esta proposición de ley dos modificaciones. La primera, para retocar la Ley Orgánica del Poder Judicial de forma que se rebaje de tres quintos a mayoría simple la barrera necesaria para que el órgano de gobierno de los jueces pueda nombrar a los dos magistrados del tribunal de garantías que le corresponden. La segunda, para modificar la Ley del Constitucional y permitir que Gobierno o el CGPJ puedan renovar en solitario cuando alguna de las dos partes no realice su propuesta.

Esta fue la fórmula por la que apostó el Ejecutivo para romper el candado que se había puesto alrededor del Constitucional. Un tribunal de garantías que, en la actualidad, tiene un sillón vacío tras la dimisión y no sustitución del magistrado Alfredo Montoya. Y cuatro más pendientes desde el pasado mes de junio de la renovación que corresponde al Gobierno y el Poder Judicial: Pérez-Trevijano, Antonio Narváez, Santiago Martínez-Vares y Juan Antonio Xiol. Desde Unidas Podemos, de hecho, se ha pedido la abstención o recusación de los dos primeros al considerar que tienen interés directo en la causa. Al fin y al cabo, mientras no haya renovación inmediata ellos continuarán desempeñando sus funciones en el TC.

2. Un Pleno urgente para abordar un asunto sin precedentes

La Ley del Tribunal Constitucional establece en su artículo 50 que el recurso de amparo podrá ser admitido por unanimidad por las Secciones. Pero si no se alcanzase, la decisión corresponderá a la Sala. En este caso, según las fuentes jurídicas consultadas, el asunto debería haber caído en la Sala Segunda del tribunal de garantías, compuesta por tres magistrados del denominado sector conservador y tres del progresista, si bien el presidente de la misma, que cuenta con voto de calidad en caso de empate, pertenece a este segundo grupo. Sin embargo, González-Trevijano, tras consultarlo con el vicepresidente, decidió llevar el caso al Pleno a través de una convocatoria "extraordinaria y urgente".

El cónclave para pronunciarse sobre el recurso de amparo de los conservadores se convocó el mismo día que se recibió el escrito y para la jornada siguiente. En menos de veinticuatro horas. Una celeridad que contrasta con casos como el del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, cuyo recurso de amparo contra las decisiones que supusieron la perdida de su condición de parlamentario tardó varios meses en ser admitido por el Constitucional. Y eso que lo que tienen que resolver en este caso es algo sobre lo que no existe ningún precedente: la suspensión del procedimiento legislativo por el recurso de un grupo de diputados. De ahí, la complejidad a la que han aludido los progresistas para pedir un poco más de tiempo antes de tomar ninguna decisión.

3. No es la primera vez que el PP lleva al TC a una situación inédita

No es la primera vez que los conservadores obligan al Constitucional a pronunciarse sobre una maniobra sin precedentes. Ya ocurrió hace casi dos décadas. En 2003, el Gobierno de José María Aznar decidió impugnar amparándose en el artículo 161.2 de la Constitución tanto el acuerdo del Ejecutivo vasco por el que se aprobaba la llamada Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi como el acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco que admitía a trámite la propuesta de reforma para su tramitación legislativa. Alegaban que el contenido de la propuesta chocaba de frente con la Constitución y, por tanto, no tenía cabida su tramitación en la Cámara vasca. Al tribunal de garantías no le quedó más remedio que estudiar, por primera vez, una impugnación nunca antes vista de "actos de tramitación integrantes de un procedimiento legislativo".

En abril de 2004, casi medio año después, emitió su veredicto, que contó con varios votos particulares. Los magistrados decidieron inadmitir la impugnación al considerar que la propuesta del Ejecutivo vasco no hacía otra cosa más que abrir un debate. "En tanto no se agote el procedimiento parlamentario iniciado con la remisión de la propuesta no cabe más inconstitucionalidad, en su caso, que la que resulte de la infracción de las normas que disciplinen ese procedimiento", apuntaban los magistrados, al tiempo que recordaban que toda iniciativa puede sufrir alteraciones durante su tramitación.

En este sentido, concluyeron a modo de resumen: "La eventual inconstitucionalidad de los actos parlamentarios sólo es relevante cuando concluyen con una resolución, disposición o acto que se integra en el Ordenamiento, o cuando, sin finalizar el procedimiento en el que se insertan, producen una lesión inmediata de derechos fundamentales de los sujetos legitimados para participar en el procedimiento. Aquel control se verificará por vía del recurso y de la cuestión de inconstitucionalidad; éste mediante el recurso de amparo".

4. Los letrados no se ponen de acuerdo

El recurso del PP se dirige contra el acuerdo de la Mesa de la Comisión de Justicia por el que se admitieron las enmiendas y contra el acuerdo del presidente de ese mismo órgano de no convocar a la Mesa de esa comisión para resolver la reconsideración que pidieron los conservadores sobre la admisión a trámite de esas enmiendas. En este sentido, los conservadores alegan en su escrito que de no aceptarse sus peticiones "se producirá un perjuicio irreparable a sus diputados". "La vulneración del derecho fundamental al ejercicio del cargo representativo de conformidad con lo establecido en la ley (art. 23.2 CE), así como indirectamente del derecho de los ciudadanos a la representación (art. 23.1 CE), es clara", sostienen.

El PSOE y Unidas Podemos, por su parte, remitieron antes de la celebración del Pleno algunos dos escritos al Constitucional en los que pedían que no se admitieran las cautelarísimas puesto que eso impediría "que el conjunto de diputados y diputadas ejerzan legítimamente sus funciones parlamentarias" y, por tanto, se "vulneraría" indirectamente "el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes". "El Tribunal Constitucional ha reiterado que en supuestos similares a los que ahora se discuten, debe prevalecer 'la presunción de legalidad de los acuerdos de la mesa del Parlamento", han alegado las formaciones en respuesta al recurso del PP, que solicitaba que se frenase la tramitación sin oír a las otras partes.

Dentro del Tribunal Constitucional no hay una posición común. Ni siquiera entre los letrados. De hecho, en las últimas horas se han emitido informes contradictorios en relación al recurso del PP. Según El Periódico de España, el informe que Trevijano encargó a los letrados del TC es contrario a la adopción de las cautelares. Sin embargo, hay estudios encargados por algún magistrado a su letrado de apoyo que parece ir en la dirección contraria.

5. Un nuevo Pleno con el Senado de fondo

El Pleno ha sido aplazado este jueves después de que el bloque progresista pidiese más tiempo a la vista de los nuevos escritos presentados por los partidos y el volumen de documentación a estudiar. Desde este sector avisaron al presidente de que todas estas cuestiones les imposibilitaban "poder participar en la deliberación y la votación". Y, sin ellos, no había el quórum necesario. De ahí que el presidente, finalmente, decidiese suspender el cónclave y trasladarlo al lunes a primera hora. Este aplazamiento ha permitido al Congreso de los Diputados dar luz verde a la reforma. Pero eso no quiere decir, según fuentes jurídicas, que no pueda ser todavía paralizada en plena tramitación. Al fin y al cabo, el texto aún tiene que pasar durante la semana que viene por el Senado.

En las últimas horas, desde el bloque conservador se ha acusado al bloque progresista de boicotear el Pleno. Sin embargo, desde este último sector responden con contundencia que la "medida cautelarísima no tiene justificación alguna" y que los conservadores "no se atrevían a suspender la votación del Congreso". De hecho, dicen que ellos les han "dado la excusa" para poder suspender el Pleno convocado. "Los conservadores siempre nos acusarán de algo", concluyen las fuentes de este bloque.

Más sobre este tema
stats