IGLESIA

Una orden religiosa alquila un convento para un hotel de 4 estrellas en la Costa Brava sin pagar el IBI

Imagen del establecimiento hotelero alquilado por los Padres Mínimos.

La orden religiosa de los Padres Mínimos arrienda a una empresa privada un antiguo convento, que actualmente es un hotel de cuatro estrellas, sin abonar el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). La Iglesia se beneficia así de la exención del IBI para la realización de una actividad lucrativa –el arrendamiento–, ajena a cualquier labor social o pastoral. Casos similares, pero con aparcamientos, se dan en Almería y Lugo, como ha publicado infoLibre. Esta excepcionalidad es causa de controversia jurídica, pero los órganos judiciales suelen inclinarse por considerar que cualquier bien de la Iglesia, aunque le dé un aprovechamiento económico y no un uso religioso, está libre de la contribución urbana. Ayuntamientos como Valencia o Granada, entre otros, lo ven injusto y estudian fórmulas para la eliminación de este tipo de exenciones, que consideran una competencia desleal. Europa Laica ve un "fraude" en este tipo de excepcionalidad fiscal.

El Ayuntamiento de Begur (Girona, 4.000 habitantes) acordó en 2009 girar el recibo del IBI a la Comunidad Padres Mínimos de San Francisco de Paula por el Convento de Santa Reparada, al entender que no cumplía los requisitos para la exención, ya que ni el arrendamiento ni el negocio hotelero son fines propios de la Iglesia. La orden religiosa recurrió y en primera instancia perdió: el juzgado de lo contencioso-administrativo 3 de Girona dio la razón al Ayuntamiento de Begur. Pero el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en una sentencia de 2013, dio la razón a los religiosos. "El Convento de Santa Reparada", atestiguaba la sentencia del TSJC, "se encuentra arrendado a terceras personas que ejercen en ella la explotación económica de hostelería". No obstante, el alto tribunal catalán anuló las resoluciones municipales y estableció la "exención total del IBI" para esta finca.

El Consell Comarcal Baix Empordà, del que forma parte Begur, detalla que se trata de la finca con referencia catrastral 7262513EG1476S0001GU y que continúa hoy "exenta al 100%". Así lo confirman tanto un portavoz oficial del Ayuntamiento como el padre Victoriano, la persona encargada por los Padres Mínimos de atender a las preguntas de este periódico. La parcela exenta de IBI tiene una superficie de 8.801 metros cuadrados y una superficie construida de 1.844 metros cuadrados, según la información catastral. Su uso principal es "ocio y hostelería".

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No hubo respuesta de la orden religiosa a dos cuestiones: una) cuál es la empresa arrendataria; dos) cuál es la cuantía del arrendamiento. Las diócesis de Almería y Lugo tampoco respondieron a estas cuestiones en el caso de sus aparcamientos. Consultada por este periódico, la Diócesis de Girona puntualiza que el convento "no pertenece al obispado, sino a una comunidad religiosa". No obstante, subraya que la sentencia del TSJC "confirma la línea de jurisprudencia" que avala la exención total del IBI de todos los inmuebles de la Iglesia apoyándose en la ley de mecenazgoley de mecenazgo.

El hotel El Convent, de cuatro estrellas, se encuentra a unos minutos a pie de la playa Sa Riera, en la Costa Brava, "en una de las orillas más prestigiosas del mundo", según la web del establecimiento. Tiene habitaciones que cuestan más de 300 euros por noche en temporada alta. El hotel oferta suites y habitaciones dobles e individuales.

Ni los Padres Mínimos ni el propio establecimiento, consultados por infoLibre, aclaran la cuantía del alquiler que los hoteleros pagan a la orden religiosa.

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