Los socios del Gobierno ofrecen a Sánchez una mayoría suficiente para rebajar el delito de sedición

Los portavoces del PNV y de Esquerra, Aitor Esteban y Gabriel Rufián, conversan en el pleno del Congreso.

El Gobierno mantiene en un cajón desde hace más de un año un borrador para reformar el Código Penal que, entre otras cuestiones, incluye una revisión del tipo penal de la sedición. Se trata del principal delito, junto al de malversación, por el que fueron condenados los líderes del procés. En ese documento, elaborado durante la etapa de Juan Carlos Campo como ministro de Justicia, se contempla la rebaja de las condenas por sedición, actualmente fijadas entre 8 y 15 años de cárcel.

Desde Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) esperaban que el Gobierno pusiera esta reforma encima de la mesa durante la tercera reunión de la mesa de diálogo que se ha celebrado este miércoles, pero más allá de comprometerse a "desjudicializar" la política, el Ejecutivo que preside Pedro Sánchez no ha concretado ninguna medida.

Es más, según el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, el Gobierno no tiene la mayoría necesaria en el Congreso para sacar esta reforma adelante, pese a que varios de los aliados parlamentarios del Gobierno sí la apoyarían, tal y como ha podido constatar infoLibre. Bolaños ha asegurado que la intención de Sánchez es “armonizar” la legislación a la de otros países europeos, pero que actualmente no tiene “una mayoría parlamentaria suficiente para abordar” ese asunto

Para reformar el Código Penal es necesaria una mayoría absoluta (176 escaños) del Congreso, al tratarse de una ley orgánica. El socio minoritario del Gobierno, Unidas Podemos, cree que los socialistas están poniendo "excusas". El presidente del grupo parlamentario, Jaume Asens, ha demandado este miércoles al PSOE "que ponga una propuesta sobre la mesa" para reformar el delito de sedición y "así comprobar si hay una mayoría en el Congreso".

Asens siempre ha sido partidario de eliminar este delito y así se lo trasladó a Campo en 2020, pero también aboga por dejar atrás las "posiciones de partida" y negociar. "Esta no es una carpeta que afecte sólo a un grupo de independentistas, ese delito es una reliquia de pasado que, reinterpretado como lo ha reinterpretado el Supremo, supone una amenaza para el derecho de protesta y de manifestación lo ejerza quien lo ejerza", ha argumentado.

Más de 180 votos seguros

En esa supuesta falta de mayoría parlamentaria se basa el ala socialista del Gobierno para enfriar ahora una iniciativa que en 2020 algunas voces consideraban inminente hasta el punto de situarla en el calendario político incluso por delante de la aprobación de los indultos a los condenados por el procés. Sin embargo, desde ERC, PNV, EH Bildu, PdeCat y Compromís confirman a este periódico que sus formaciones sí que estarían dispuestas a avalar esta reforma, lo que daría al Ejecutivo una mayoría suficiente de más de 180 escaños.

"En cuanto a los números requeridos para sacar adelante una Ley Orgánica, para lo que se necesitan un mínimo de 176, en el último Pleno extraordinario de julio se aprobó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que demuestra que sí podría haber una mayoría parlamentaria suficiente para sacar adelante este tipo de iniciativas", explican fuentes del PNV.

"Siempre hemos dicho que la reforma del delito de sedición no soluciona el problema, aunque es cierto que será bienvenida si hace que este estado sea más moderno y democrático. No existe este delito en casi ninguna democracia", apuntan, por su parte, desde ERC, completando así las últimas declaraciones de su líder, Oriol Junqueras. "Si no hay una razón matemática, es evidente que la razón es puramente política", aseguró en una entrevista con Europa Press.

También lo ven así desde el PdeCat. Su portavoz, Ferrán Bel, ha afirmado que él "no puede ni quiere" hablar por los demás, pero ve "muy posible" esta mayoría si el Ejecutivo central está de acuerdo. "En todo caso los 4 diputados del PdeCat estamos dispuestos a hacerlo", ha señalado a través de su cuenta de Twitter. También Compromís, cuyo único parlamentario en el Congreso, Joan Baldoví, confirma su voto favorable a esta iniciativa.

Otras formaciones como Junts o la CUP se muestran más precavidas, si bien no descartan apoyar esa reforma. "Es un tema que se tendrá que discutir en la ejecutiva", plantean los primeros. "Lo tendríamos que valorar en su momento pero nosotros nunca hemos apostado por esa vía como vía para la resolución del conflicto político con Cataluña", sostienen, por su parte, los cupaires.

Un delito que data del siglo XIX

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La sedición, tal y como está establecida en el Código Penal español, no existe en otros modelos europeos. Se incluyó en la normativa española en el siglo XIX para dar respuesta a los levantamientos por la desamortización de Mendizábal y apenas ha sufrido cambios desde entonces. Siempre fue ligada al delito de rebelión y no fue hasta 1995 que quedaron separados, aunque con una redacción apenas diferente a lo que se había mantenido por más de un siglo.

Esta modificación podría tener una incidencia directa en casos como el de Carles Puigdemont, Marta Rivera y otros políticos del procés a los que aún no se ha juzgado. La sentencia del Supremo que redactó el magistrado Manuel Marchena descartó por completo el delito de rebelión y determinó que los hechos encajaban en la sedición que contempla el artículo 544 del Código Penal: “Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.

En la sentencia del procés, el Supremo dejó claro que si bien la “mera reunión” de sujetos “no es, sin más, delictiva”, sí que lo es acudir “como medios comisivos a actos de fuerza o fuera de las vías legales” con el objetivo de impedir que se cumpla la legislación. “Una oposición puntual y singularizada excluiría algunos ingredientes que quizás podrían derivarnos a otras tipicidades. Pero ante ese levantamiento multitudinario, generalizado y proyectado de forma estratégica no es posible eludir la tipicidad de la sedición”, completaba.

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