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El TC suspende la tramitación de al menos cinco recursos de Moncloa contra leyes catalanas hasta que haya nuevo Govern

Salón de plenos del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional está dejando en suspenso la tramitación de los recursos del Gobierno de Mariano Rajoy contra leyes y normas de Cataluña a la espera de que el Parlament que se vota el 21 de diciembre elija a su vez nuevo president y se forme nuevo Govern.

La fórmula elegida por el pleno del Alto Tribunal es paralizar el plazo de personación y formulación de alegaciones por parte de la Generalitat “con el fin de evitar un conflicto en la defensa de los intereses del Estado y de la Comunidad Autónoma de Cataluña”. En estos momentos, en aplicación de las medidas aprobadas por el Senado en virtud del artículo 155, el Gobierno de Rajoy está presente de los dos lados del conflicto: es al mismo tiempo el que presenta el recurso (Moncloa) y el que tiene que alegar en su contra (la Generalitat).

Esta decisión, sin embargo, no evita la suspensión de los artículos impugnados por el Gobierno, que se produce de forma automática hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo de las cuestiones planteadas.

El plazo de alegaciones por parte del Govern de la Generalitat queda suspendido durante el tiempo en que, en virtud de las medidas aprobadas el pasado 27 de octubre, el Consejo de Ministros ejerza las funciones y competencias que corresponden al Govern. O, lo que es lo mismo, hasta que Cataluña recupere la autonomía de sus instituciones y deje de aplicarse el artículo 155.

Este mismo jueves el Pleno del Constitucional sumó otra suspensión a la lista de recursos presentados por el Gobierno de Rajoy contra normas catalanas. Se trata, en este caso, de la Ley de Comercio, Servicios y Ferias de Cataluña, que según La Moncloa vulnera “el orden constitucional, tanto en los aspectos relacionados con los horarios comerciales y la ordenación del comercio interior, como en lo relativo al régimen lingüístico de la actividad comercial y de servicios”.

En las últimas semanas ya habían sido objeto de idéntico pronunciamiento las leyes de creación de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña, la de regulación de las asociaciones de consumidores de cannabis y la de Cambio Climático, así como un decreto ley que regulaba el transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas. Otros tres recursos presentados por el Gobierno de Rajoy antes de la intervención de la autonomía catalana estarían también afectados por una suspensión de hechos toda vez que cuando fueron admitidos todavía existía el Govern de Carles Puigdemont.

Fuentes del Tribunal Constitucional confirmaron a infoLibre que, con esta decisión, tratan de evitar la “indefensión” de las autoridades catalanas, sometidas a la autoridad del Gobierno central desde la aprobación de las medidas aprobadas a partir del artículo 155. Y enviar, de paso, un mensaje de “imparcialidad” después de semanas dando la razón al Gobierno central en sus conflictos con Cataluña.

El pronunciamiento pendiente sobre el 155

El 155 va a ser, precisamente, unos de los asuntos de mayor trascendencia política sobre los que tendrá que pronunciarse el TC después de que Unidos Podemos presentase un recurso en contra de la interpretación que de este artículo hicieron el Senado y el Gobierno de Rajoy. En el escrito de esta grupo político, de 53 páginas, destaca un argumento: que el artículo 155 no faculta al Gobierno para disolver ejecutivos ni parlamentos autonómicos y tampoco para convocar elecciones en una comunidad, como ha hecho en Cataluña el Gobierno central.

Fuentes del Constitucional confirmaron hace unos días a Europa Press que consideran este recurso como una oportunidad para fijar una doctrina para el futuro sobre la aplicación del artículo, tanto en los procedimientos, el contenido y sus límites.

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De hecho, las mismas fuentes señalaron que los magistrados del TC ya han comenzado a trabajar sobre este asunto recabando y estudiando diversa documentación integrada por distintos estudios académicos publicados en los últimos años sobre la aplicación de 155 y jurisprudencia histórica entre la que se incluiría la sentencia que el 12 de junio de 1935 dictó el Tribunal de Garantías Constitucionales que condenó a Lluís Companys y a varios de sus colaboradores a 30 años de reclusión por un delito de rebelión.

Además, los magistrados del Constitucional tienen también en mente examinar la actuación hace casi un siglo del Tribunal de Estado alemán en lo que se conoció como el “golpe prusiano”. Dicho tribunal, con funciones similares al órgano de garantías constitucionales español, validó el decreto del presidente Hildenburg que cesó a los miembros del Gobierno socialdemócrata de Otto Braun en Prusia.

La presentación del recurso de Podemos permitirá al Alto Tribunal estudiar cómo se aplica el articulo 155 después de que tuviera que rechazar, por prematuro, el presentado por la Generalitat contra el acuerdo del Senado que dio luz verde a la aplicación de las medidas.

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