Tribunales

El Supremo impone 24 años de prisión para Ábalos, 19 para Koldo y libra a Aldama de la cárcel

El exministro de Trasportes José Luis Ábalos durante su declaración como acusado en el juicio del caso Mascarillas.

El Tribunal Supremo condena al exministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, a 24 años y tres meses de prisión en el llamado caso Mascarillas por organización criminal, cohechos, malversación y tráfico de influencias. La sentencia, además, impone una pena de 19 años y ocho meses de prisión por los mismos delitos a Koldo García, quien fuera, en su condición de asesor, sombra del exministro durante mucho tiempo. En cuanto a Aldama, cuyo testimonio ha sido fundamental para atar las acusaciones, el castigo se sitúa en los 4 años y medio de cárcel.

El tribunal, presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, ha establecido que el cumplimiento máximo de la condena del primero será de 15 años y 18 meses, mientras que para su asesor serán 15 años. En el caso del empresario, para quien se aplica la atenuante "muy cualificada" de colaboración, el Supremo ha suspendido la ejecución de la pena con la condición de "no delinquir, presentar un informe semestral de actividades y hacer un años de trabajos en beneficio de la comunidad".

El fallo considera probados los delitos en la adjudicación de los contratos de mascarillas, "en la remuneración mensual" de 10.000 euros para gastos fijos de Ábalos, en la contratación de dos mujeres ligadas al exministro en empresas públicas o en el arrendamiento de viviendas por parte de la trama para el ex número tres de los socialistas, entre otras cosas, "por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos".

La sentencia, adoptada por unanimidad, comienza con un relato sobre cómo se conocieron los condenados. Y a partir de ahí, se mete de lleno en los hechos delictivos. "En el desarrollo de estas relaciones personales, pronto vieron los acusados la oportunidad de obtener un común beneficio económico", se lanza el tribunal. Con ese "ánimo de enriquecimiento", los tres "convinieron" que "aprovechando el cargo" de Ábalos en el Gobierno, "este podría favorecer" la "contratación" pública de empresas "cuyos intereses captaría y promovería" Aldama, así como "facilitar" al empresario "el acceso preferente" a la Administración "para la realización de las gestiones" para sí mismo o para todas esas compañías.

Con esto en mente, constituyeron "una organización" criminal "en la que cada uno" asumió "un papel diverso y complementario, con un reparto preciso de funciones". Ábalos, resalta el tribunal, aportaba "la autoridad" y su "directa influencia" cuando era precisa. Aldama, por su parte, era "el encargado" de "localizar empresas o particulares" interesados en cualquier "clase de gestión" con la Administración para, "articulando sus intereses", hacerlos "valer con preferencia y de manera arbitraria ante aquella". "Siempre a cambio de la correspondiente prestación económica, de la que igualmente hacía partícipes a José Luis Ábalos y a Koldo García", remata la sentencia.

"Convinieron una remuneración mensual"

En el marco de ese "plan criminal", los acusados "convinieron una remuneración mensual" de unos 10.000 euros, cantidad que "se entregó" desde octubre de 2019 a junio de 2022. Además de eso, el tribunal también considera acreditado que la trama también abonó de marzo de 2019 a septiembre de 2021 el pago del alquiler de un lujoso piso en el centro de Madrid a Jessica Rodríguez, entonces pareja de Ábalos. Y destaca que para "garantizar" a Ábalos la "percepción de las comisiones ilícitas" por la adjudicación de contratos, el exministro y el empresario "celebraron un contrato de arrendamiento con opción a compra" de un piso propiedad de Aldama, fijando un "precio" de adquisición "muy inferior al real del mercado". El Supremo considera que estos hechos son constitutivos de un delito continuado de cohecho.

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El tribunal también ve probado que los tres acusados maniobraron para que Soluciones de Gestión se hiciera con dos contratos millonarios de mascarillas en plena pandemia. Por esas dos operaciones y otras adjudicaciones a la misma firma que no han sido objeto de acusación o que la misma se sigue en pieza separada Aldama canalizó "comisiones" por un total de 6,67 millones de euros, mientras que Ábalos y García "le solicitaron" dos y medio millón de euros, respectivamente. En todo esto, los magistrados ven un delito de tráfico de influencias en concurso real con un delito de cohecho para exministro y exasesor, mientras que Aldama sólo incurriría en cohecho pasivo.

En el caso de la contratación de Claudia Montes, amiga de Ábalos, en Logirail –filial de Renfe– los magistrados ven tráfico de influencias. Y en la contratación de Jéssica Rodríguez en Ineco y Tragsatec, otras dos compañías públicas, el Supremo sostiene que los hechos son constitutivos de un delito de malversación en concurso real con un delito de tráfico de influencias. Los magistrados, del mismo modo, ven cohecho en el hecho de que el exministro y su familia disfrutasen de forma gratuita de una vivienda en Marbella en las vacaciones de 2020 "en pago de las gestiones" realizadas en relación con el rescate de Air Europa. Un delito que también aprecian en la cesión gratuita durante varios meses de un chalé en la urbanización La Alcaidesa, ubicada en la Línea de la Concepción.

La sentencia dedica varias páginas a justificar la pena impuesta a Aldama. El tribunal aprecia la atenuante analógica de colaboración como muy cualificada. Y, en base a esto, le rebaja la pena en dos grados respecto a los delitos de organización criminal y el continuado de cohecho, así como un grado respecto al resto de delitos de cohecho. "No cabe duda de la importancia de la colaboración prestada. [...] Sólo la declaración incriminatoria de un coautor ha posibilitado la investigación y, ahora, la condena", recoge la sentencia.

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