Derecho a seguir creando

Un traductor jubilado, sancionado con 70.000 euros al compatibilizar pensión y derechos de autor

Un traductor jubilado es sancionado con 70.000 euros por compatibilizar su pensión con los derechos de autor

Durante el año 2011, Daniel Romero ingresó 11.204 euros por sus trabajos como traductor para una editorial; y al año siguiente, percibió 12.135 euros por esa misma actividad. Es decir, sobrepasó en 4.995 euros, repartidos en los dos ejercicios, el tope fijado por ley (9.172 euros) para ganar un salario por cualquier otra actividad laboral que se desarrolle a la par que se cobra una pensión de jubilación. Ahora, se enfrenta a una sanción de 70.000 euros, que ha solicitado pagar en cuotas mensuales durante cinco años, además de hacerse cargo de los costes asociados del proceso: las cuotas como autónomos, la consiguiente multa por haberlas pagado con retraso; y las tasas judiciales y los honorarios de su abogada, por haber recurrido en los tribunales la multa.

En total, Romero tendrá que desembolsar más de 80.000 euros por haber ejercido como traductor durante sus ratos libres. Cuenta no haber dedicado a la labor poco más de una o dos horas al día: según sus cálculos, traducía alrededor de cuatro folios en cada jornada. “Empecé mi vida laboral traduciendo, pero no era mi forma de vida”, se queja Romero, que traduce textos del alemán, inglés, francés e italiano para diferentes editoriales. Su caso se suma al de un puñado de escritores que han denunciado públicamente esta situación. Antonio Gamoneda, Javier Reverte (que se enfreta a una sanción de 120.000 euros, tal y como contó a infoLibre), Forges y Luis Landero son algunos de los autores afectados por esta limitación. 

Jubilado por su trabajo como funcionario, Romero desconocía la legislación que incompatibiliza el cobro de la pensión con otra actividad profesional con la que se obtenga beneficios superiores al SMI en su cómputo anual, es decir, los famosos 9.000 euros. Pero su ignorancia sobre el tema, no significó que Romero dejase de declarar y tributar por los ingresos que recibe como traductor. En 2003, dos años antes de su jubilación, al hacer la declaración de la renta, el funcionario de Hacienda le recomendó darse de alta en IAE, el Impuesto de Actividades Económicas, un gravamen sobre las actividades empresariales, profesionales o artísticas, que le permitía tributar por esos ingresos como traductor. Una vez como pensionista, Romero pensó que podía seguir declarándolos simplemente a través del IAE y continuó con la misma mecánica. Sin embargo, en octubre de 2013 recibió un mensaje de la Seguridad Social en el que le indicaban que había sido dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y su pensión de jubilación quedó automáticamente suspendida.

Inmediatamente, Romero procedió a darse de baja en el IAE, y le restituyeron dicha pensión. Pero poco después, le comunicaron que tenía una deuda con la Administración que ascendía a la cantidad de 136.033 euros, por “pensiones consideradas indebidas” (las que había recibido durante los años que había cobrado por traducir). “Nadie, ni en la instrucción del expediente ni ahora, me ha escuchado”, denuncia el traductor. La Seguridad Social le dio de alta de oficio en el RETA entre el 1 de octubre de 2009 y el 4 de octubre de 2013. Sin embargo, Romero recurrió ante el tribunal contencioso administrativo de Toledo, donde reside, y la Administración reconsideró los años de actividad que incluía en el cómputo. Según explica el afectado, 2010 quedó fuera por haber percibido alrededor de 6.000 euros de beneficios como traductor-autor al margen de su pensión, así como 2013, año en el que no cobró nada.

Quedarían, pues, afectados los ejercicios de 2011 y el de 2012. Esa rectificación redujo la sanción a 70.000 euros, para alivio del afectado, que había pensado en vender su casa para hacer frente a la multa. “La segunda apelación”, relata Romero, “tendría que ser en el Tribunal Superior de Castilla- La Mancha, pero no lo he hecho porque estoy agotado económicamente y la sentencia, desconsiderada con los detalles que había aportado, me desmotivó totalmente”. Romero ha podido fraccionar el pago de la deuda en mensualidades, durante cinco años.

Derechos de autor: ¿afectan o no?

“La editorial me paga unos de derechos de autor al tanto alzado que convenimos. De esta manera, doy permiso para que hagan uso de mis derechos de autor, para que los exploten, durante 15 años”, explica Romero el funcionamiento de sus contratos. “La interpretación del juez es que durante 15 años voy a estar trabajando de continuo”, se queja. Desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social mantienen que los derechos de autor no se tienen en cuenta a la hora de hacer el cómputo, pese a lo que denuncian algunos escritores. “El problema”, aseguran, “son los anticipos”.

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El blog ¿Hay derecho? publicó recientemente un artículo, al hilo de la polémica que sembró las denuncias de la plataforma Seguir Creando, en el que daba cuenta de las singularidades del trabajo creativo. “Definir como profesional la actividad del escritor de libros siempre ha sido ciertamente complejo”, reconocen. “Si se trata de un anticipo a cuenta de los futuros derechos de autor”, añaden en ese mismo artículo, “no habría más remedio que aplicar los criterios generales ya vistos, pero si se trata de una cantidad a tanto alzado podría reputarse una transmisión patrimonial a título gratuito que no debería estar incluida en el cómputo. Todo ello, en un posible desarrollo reglamentario, debería ser objeto de una regulación específica que evita situaciones jurídicamente incoherentes”. En los contratos a tanto alzado, el autor (en este caso de la traducción) recibe una cantidad de dinero por la explotación de sus derechos de autor (15 años, para Romero), según las previsiones de venta de la obra, tirada, etcétera. Durante ese periodo de tiempo, el autor se desentiende del contrato y de las ventas del libro en cuestión.

Daniel Romero lleva pagadas las cuotas correspondientes a dos años, terminará de pagar la deuda con la Administración con 79 años. “Si yo desapareciera antes, mis hijos heredarían la deuda”, indica, al igual que ocurre, como señalan desde el Ministerio, con otras deudas fiscales contraídas con la Administración. “No conocía otros casos, pero quiero que esto se arregle para la creación en general, es muy injusto”, finaliza.

La plataforma Seguir Creando está integrada por las principales asociaciones de creadores españoles -ACE, SGAE, CEDRO, VEGAP, entre otros muchos-. Recientemente se han reunido con el presidente del Congreso, Patxi López, y con el secretario de Estado de Cultura José María Lasalle. Los afectados piden que se suspendan las inspecciones y las sanciones, y que se aplique retroactivamente. Lasalle anunció tras el encuentro el compromiso del PP para presentar una "iniciativa prioritaria" que permita a los creadores compatibilizar pensión y derechos de autor. No obstante, los miembros de la plataforma han solicitado reunirse con la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, pero siguen esperando respuesta de este organismo.

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