Pensionistas de Telefónica pleitean durante 20 años contra su comité por un fondo de 90 millones

Un puñado de pensionistas de Telefónica lleva casi 22 años pleiteando con su comité de empresa y con la multinacional para reclamar un complemento a la prestación que perciben por su incapacidad permanente total. Esa cantidad debería salir del Seguro de Sueldo de Telefónica, un fondo único en España que se nutre del 0,1% del salario fijo que se les descuenta a todos los trabajadores de la compañía, y que vive desde 1992 en un auténtico limbo legal.

Son 90 millones de euros –15.000 millones de pesetas– cuya responsabilidad recae en el comité intercentros de Telefónica, un órgano que, al carecer de personalidad jurídica, está incapacitado para gestionarlo. En las últimas dos décadas se han sucedido las demandas judiciales, dos conflictos colectivos, sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, denuncias ante la Agencia Tributaria y la Fiscalía Anticorrupción… Algunos de los perjudicados han muerto. Pero, inexplicablemente, el Seguro de Sueldo sigue hoy sin contar un simple reglamento que dicte cómo debe funcionar, y sin un estatuto jurídico que lo ampare. Los pensionistas perjudicados acusan a sus representantes sindicales de “gestión desleal” y “dejación continuada, persistente y posiblemente mal intencionada, de sus obligaciones”. El comité culpa a la empresa de la parálisis. Y Telefónica niega cualquier tipo de responsabilidad sobre un fondo que es exclusivamente de los trabajadores.

La historia comienza en 1992, cuando la Institución Telefónica de Previsión desaparece y se integra en el Régimen General de la Seguridad Social. El comité intercentros se hizo cargo entonces de la administración del Seguro de Sueldo. Y se dio a sí mismo un plazo de un año para redactar un nuevo reglamento que lo regulara, periodo en el que se suspendió el reconocimiento de nuevas prestaciones.

El Seguro de Sueldo había nacido en 1952 para pagar tres conceptos: gratificaciones a los trabajadores en activo que dejaban de cobrar, por enfermedad o accidente, algún plus –70,90 euros al mes por conducir es el típico–, un complemento hasta el 100% del salario líquido a los trabajadores con incapacidad permanente total para la profesión habitual (IPTPH) –la Seguridad Social sólo cubre hasta el 55% o el 75%, dependiendo de la edad– y los complementos a la pensión de los jubilados antes de 1992 que los percibían de la extinta Institución Telefónica de Previsión.

Dudas sobre la fundación

El comité incumplió el plazo para elaborar el reglamento. Con la empresa suscribió el compromiso, firmado en el convenio colectivo de 1993, de crear una Fundación Laboral, que sí tendría capacidad jurídica para gestionar el Seguro de Sueldo. En 1995 ambas partes acordaron que Telefónica aportaría 1,69 millones de euros para crear esa fundación. No lo hizo. La fundación, de hecho, jamás se constituyó.

La Dirección General de Seguros dictaminó en 1997 que una fundación no puede llevar a cabo “cualquier actividad considerada como de seguros”, puesto que es una competencia exclusiva de las entidades aseguradoras. Como alternativa, proponía que la fundación figurara como tomador en un contrato de seguro colectivo con una entidad aseguradora al uso. En 2001 la Dirección General ofreció, instada por una denuncia de los pensionistas afectados, otras tres posibles soluciones: firmar un contrato de seguro y crear una mutualidad de previsión social o un plan de pensiones. Ninguna de ellas se ha puesto en marcha.

Tras encerrarse los trabajadores en la misma sede del comité, en 1996, éste levantó la suspensión que pesaba sobre las nuevas prestaciones y acordó pagar, a modo de “adelanto” y con carácter “provisional”, un 3% del salario a los mayores de 55 años y un 9,5% a los menores de esa edad. En 2000 se aumentaron las cantidades: el 5% a los primeros y el 20% a los segundos. “Hasta tanto se dé la solución definitiva”, acordó el comité.

Ésas son las cuantías que aún hoy, 14 años después, se siguen abonando. En total, cobran del Seguro de Sueldo alguno de los tres tipos de prestación posibles unos 900 trabajadores de Telefónica. De ellos no llegan a 250 los que perciben el complemento por la incapacidad permanente total. Y una cincuentena de ellos son los que reclaman que se les pague la cantidad que resta hasta cubrir el 100% de su salario líquido.

En un banco sin nombre

Los 90 millones de euros que ha acumulado hasta ahora el Seguro de Sueldo están depositados en una cuenta a nombre de Telefónica de España SAU en un banco que la multinacional se ha negado a identificar en los juzgados. Ni siquiera aparece su nombre en los informes mensuales con los movimientos de la cuenta que la compañía envía al comité y a los que ha tenido acceso infoLibre. La empresa lo incluye en su contabilidad, en una cuenta del pasivo de su balance de situación. Es Telefónica la que cobra la cuota del 0,1% a cada trabajador y la que paga luego las prestaciones. Su importe es retribuido al interés medio del mercado interbancario de Madrid para operaciones de depósito a tres meses: en enero pasado fue sólo del 0,12%. Todos estos datos proceden de la auditoría que efectuó en 2008 Gescontrol sobre el Seguro de Sueldo y a la que también ha tenido acceso infoLibre. El fondo no puede capitalizarse en busca de mayores rendimientos ya que, como queda dicho, el comité responsable carece de personalidad jurídica.

Según esos informes que Telefónica envía cada mes al comité con los movimientos de la cuenta, el pasado enero ingresó por cuotas de los trabajadores 74.410,40 euros, y abonó prestaciones por importe de 77.352,07 euros. Los rendimientos de la cuenta fueron de 7.198,35 euros.

Pero esa información no disipa algunas sospechas de los pensionistas demandantes, agrupados en una Coordinadora de Afectados por Invalidez de Telefónica (CAIT). Por ejemplo, el comité ha cargado a la cuenta del Seguro de Sueldo las minutas de los abogados a los que ha recurrido para defenderse de las demandas de sus antiguos compañeros. En concreto, 4.162,25 euros sólo en 2012. También creen que ha hecho lo mismo con los importes de la auditoría de 2008 y con los del estudio actuarial que encargó en 2013.

La auditoría de Gescontrol concluyó que el funcionamiento del Seguro de Sueldo era, al menos hasta 2007, “razonablemente correcto, en línea con las disposiciones legislativas y reglamentarias que regulan su operatividad”. También resolvió que los procedimientos aplicados para registrar sus operaciones son “objetivamente suficientes para un adecuado control”. Pese a que el auditor reconocía que no había podido verificar la información ni los movimientos del Seguro de Sueldo desde su inicio hasta el 31 de diciembre de 1999, ni los pagos efectuados a los trabajadores con incapacidad permanente total entre el 1 enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2003, por problemas informáticos.

Están trabajando en ello

Tanto UGT como CCOO, los dos sindicatos mayoritarios del comité intercentros, repiten que el estudio actuarial encargado determinará la capacidad del fondo para pagar las prestaciones en el futuro y “servirá de base” para redactar el reglamento que tan problemático ha resultado estos 20 años. “Ya se está trabajando en él”, asegura CCOO. También asegura que la auditoría se ha encargado a una “empresa independiente”. En realidad, se la han encargado a CPPS Asesores, una consultora de pensiones en cuyo consejo se sientan algunos de los principales dirigentes tanto de CCOO como de UGT.

Ambos sindicatos se encuentran enfrentados en el seno del comité intercentros con los minoritarios: CGT, AST y Cobas, que se quejan de la falta de transparencia de UGT y CCOO. Les acusan de actuar en connivencia con la empresa y contra los trabajadores a quienes representan. Los dos grandes destacan, por su parte, que las sentencias judiciales les han dado casi siempre la razón. En su día tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo –éste en 2000 y 2001– desecharon las pretensiones de los pensionistas, a quienes sólo les queda ahora reclamar por daños y perjuicios. Como resultado de una de esas demandas, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha condenó en mayo de 2012 al comité intercentros –y absolvió a Telefónica– a pagar casi 82.000 euros a un pensionista de Albacete. La sentencia fue recurrida y se encuentra pendiente del fallo del Supremo. Éste también dictaminará en breve sobre otra demanda de conflicto colectivo de los sindicatos minoritarios del comité y de la asociación CAIT.

El TS ya dejó claro que el Seguro de Sueldo, pese a su nombre, no es un seguro, sino una cobertura cuyo régimen está establecido en un convenio colectivo. Es decir, corresponde a la empresa y al comité regularlo. Por su parte, el tribunal superior manchego afeó al comité que haya incumplido durante 20 años “sin justificación aparente” ni “aceptable” su compromiso de elaborar el ansiado reglamento, una tarea en la que no aprecia “una especial complicación”. Esa “grave morosidad”, añade, “es la que ha ocasionado al pensionista un “perjuicio económico”. También le reprocha al comité que su actuación “injustificada” suponga un “grave desequilibrio”: los trabajadores han seguido todos estos años realizando su aportación económica, pero no reciben la prestación correspondiente.

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Retención obligatoria

En efecto, el 0,1% que se les descuenta de las nóminas es obligatorio. En 1996 se redujo a esa cantidad, pero desde 1977 era del 0,4% y hasta esa fecha, del 0,5%. Pese a la mengua, el fondo no ha hecho más que crecer. En 1992 acumulaba 39 millones de euros, hoy se ha más que duplicado. Aunque hace 20 años la plantilla de Telefónica era de 74.400 trabajadores y ahora no supera los 22.000. Uno de los pensionistas demandantes percibe ahora del Seguro de Sueldo 146 euros al mes, el 5% de su salario líquido cuando estaba en activo. De recibir el 100%, cobraría 1.539,58 euros mensuales.

El convenio colectivo en vigor –prorrogado en marzo de 2013– reitera el compromiso del comité y de Telefónica de elaborar un reglamento para el fondo. En realidad, no han dejado de hacerlo ninguno de los firmados desde 1992. E insiste en crear una fundación laboral, “en la que la empresa asumirá, si es necesario, a petición del comité intercentros, la condición de socio fundador”. Aunque, tras dos décadas de parálisis, las partes no parecen tener mucha fe en esa solución. Como auguran que “razones de orden legal” pueden abortar, de nuevo, la fundación, se emplazan una vez más a buscar “alternativas” para cerrar 20 años de vacío. Continuará.

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