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El ‘semáforo’ de riesgos de productos financieros entra en vigor este viernes
La orden ministerial sobre información y clasificación de productos financieros para proteger al pequeño inversor y destinado a garantizar que los particulares conocen los riesgos asumidos entrará en vigor este viernes, 5 de febrero, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hace tres meses.
La orden fija una clasificación de productos mediante una escala de seis colores, conocidos como semáforos, o de números del 1 al 6. Las entidades serán las que realicen la clasificación, cuya información deberá entregarse al cliente antes de la comercialización.
El sistema de semáforos o números alertará sobre el riesgo de depósitos, bonos, acciones, seguros y planes de pensiones, mientras que no estarán incluidos los fondos de inversión ni la deuda pública nacional, de las comunidades autónomas y de los socios de la UE. "Con un vistazo se tendrá información clara y fácilmente comprensible de los productos", defendían desde el Ministerio de Economía.
Las obligaciones de información contenidas en la orden afectan a empresas de servicios de inversión, entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, aseguradoras y gestoras de fondos de pensiones. El régimen sancionador que se aplicará será de acuerdo a la normativa de transparencia del sector implicado, esto es de las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y aseguradores.
El Ministerio de Economía aclaró que para la aplicación de sanciones se podrá entrar de oficio o tras eventuales denuncias de los pequeños inversores. La medida deriva de un proyecto de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), sometida a consulta hace poco más de un año.
Así pues, las entidades comercializadoras deberán incluir en sus comunicaciones publicitarias y entregar previamente a la comercialización un indicador de riesgo identificado con un color entre una gama de seis colores, que recoja el riesgo en función de si se garantiza o no el capital del producto y el plazo para devolver dicho principal, entre otros.
Alertas sobre planes de pensiones
Cuando el producto sea un plan de pensiones, las entidades tendrán que facilitar, en sustitución del indicador de riesgo, otro sobre el indicador sintético de riesgo para las instituciones de inversión colectiva. Este indicador consiste en una cifra dentro de una escala de 1 a 7 en función del nivel de volatilidad de la institución de inversión colectiva. Así, los planes de pensiones tendrán el mismo sistema de clasificación que los fondos de inversión.
Además, se podrán fijar también alertas sobre las limitaciones respecto a la liquidez y habrá un aviso con dos figuras de exclamación que indicará que se trata de un producto "complejo y difícil" de entender.
Facua cree que el semáforo de riesgos de productos financieros "permitirá nuevos engaños"
Facua-Consumidores en Acción considera que el semáforo de riesgos de productos financieros, que comenzará a aplicarse a partir de este viernes, "permitirá nuevos engaños masivos" y critica que el Ministerio de Economía "autorice a la banca a ocultar el riesgo de los productos financieros más peligrosos" con este nuevo sistema.
Según esta nueva norma, las entidades tendrán que informar de los riesgos al cliente antes de venderle productos bancarios, seguros de vida con finalidad de ahorro, bonos empresariales, acciones y fondos de pensiones individuales o asociados. El nivel de riesgo se clasifica en un semáforo con seis colores o un índice numérico del 1 al 6.
Facua recuerda que la información principal que las entidades están obligadas a ofrecer es qué parte del capital invertido es más difícil de recuperar, "pero no se fuerza a clarificar otras cuestiones, como las condiciones de contratación, que pueden seguir incluyendo cláusulas abusivas sin que se le advierta nada al consumidor".
"Para los productos en el máximo nivel tan sólo se advierte de que hay riesgos de perder parte del dinero invertido. Y en este grado tendrán la misma consideración las acciones de determinadas compañías en bolsa que un producto complejo como los bonos convertibles", advirtió la asociación.
Exclusión de determinados productos
Facua también se queja de que el semáforo excluye a los productos que en origen son simples, "pero se vuelven complejos", como una hipoteca cuyo índice para calcular su cuantía está ligado a un activo volátil, como las hipotecas multidivisas, las que están ligadas a los swaps u otros añadidos.
La asociación lamentó que el Ministerio de Economía "vuelva a proteger" los intereses de la banca por encima de los de los usuarios, "con una norma que permite a las entidades financieras seguir engordando sus ganancias a costa de los abusos cometidos sobre los consumidores".
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También critica que productos como los derivados queden fuera de estas normativa "con la excusa de que la comisión Europea ya está trabajando en una legislación para regularlos y pese a que muchos de ellos han sido objeto de especial advertencia la propia Comisión Nacional de Mercados de Valores".
"Con este sistema, se traslada al consumidor toda la responsabilidad en la contratación de estos productos financieros, pese a los elevados conocimientos en la materia que hay que tener para contratarlos, y no se le exige a la entidad información adicional clara y concisa sobre lo que está ofreciendo al consumidor", señaló.
Por todo ello, Facua reclama una normativa que obligue a las entidades financieras a informar de manera "concisa, precisa y en un lenguaje comprensible para los usuarios" de las características y riesgos de los productos que se le ofrecen antes de contratarlos.