DESPIDOS COLECTIVOS

La Audiencia Nacional avala la 'enmienda Telefónica' porque 'blinda' a los trabajadores mayores de 50 años ante un ERE

La Audiencia Nacional avala la denominada enmienda Telefónica, una norma de 2011 por la cual las empresas de más de 500 empleados con beneficios deben pagar al Tesoro Público por las prestaciones de desempleo y cotizaciones sociales de los trabajadores mayores de 50 años a quienes despidan. Esa obligación levantó protestas entre las empresas. Una de ellas, el grupo de servicios Raga, presentó una demanda al Ministerio de Empleo porque le obligaba a pagar 164.000 euros por despedir a 13 trabajadores mayores de 50 años entre septiembre de 2011 y septiembre de 2012. La empresa alegaba que dicha norma es “desproporcionada e injusta”, entre otras razones porque se le aplicó con carácter retroactivo. Por el contrario, la Audiencia Nacional entiende que la enmienda Telefónica “persigue un objetivo socialmente loable”: proteger a los mayores de 50 años, “un colectivo especialmente vulnerable” al que perder el empleo le supone convertirse en parados de larga duración.

La empresa Raga despidió a cuatro trabajadores mayores de 50 años en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que inició el 3 de mayo de 2012. La enmienda Telefónica –la Disposición Adicional 16ª de la Ley 27/2011, de reforma de las pensiones—establece que las empresas con más de 500 empleados y con beneficios en los dos ejercicios anteriores deberán pagar no sólo por las prestaciones y cuotas de los trabajadores mayores de 50 años que despidan en un ERE, sino también por los que echen en los tres años anteriores o posteriores a esa medida. En el caso del Grupo Raga, fueron despedidos 13 trabajadores por motivos disciplinarios en ese plazo de tiempo. Además, la empresa reconoció en el juzgado la improcedencia de todos esos despidos, excepto de dos.

En su demanda, Raga cuestionaba la inclusión de los despidos disciplinarios anteriores al ERE en el cálculo para liquidar el pago al Tesoro Público, pero no los posteriores. A su juicio, se trataba de “un atentado contra la seguridad jurídica” al suponer una “aplicación retroactiva de una norma restrictiva de derechos”. También alegaba que el pago de la aportación a Empleo, que fue rebajada de los 200.156,79 euros iniciales a 163.932,86 euros tras un recurso de alzada interpuesto por la empresa, era “desproporcionada” porque superaba con mucho sus beneficios de 2011, 12.000 euros.

Evitar que paguen las arcas públicas

La sentencia, en cambio, entiende que la enmienda Telefónica pretende “blindar” a los trabajadores mayores de 50 años de su inclusión en los despidos colectivos, “proyectando dicho blindaje tres años atrás del inicio del procedimiento y tres años después”. Así, el tribunal advierte a la empresa de que, cuando abrió el periodo de consultas del ERE, en mayo de 2012, “sabía” que la enmienda Telefónica era aplicable a los despidos anteriores y, por tanto, “debía tener en cuenta esas extinciones” para el pago al Tesoro Público.

Además, casi reprocha a la empresa que no ejecutara entonces “otras opciones menos costosas”, y en concreto se refiere a las “medidas de flexibilidad interna” –reducción de jornada, suspensión de contratos, recorte de salarios–, que el legislador entiende preferibles a los despidos. “Cuando no lo hace así”, apunta el tribunal, “a sabiendas de la voluntad del legislador, [la empresa] deberá asumir las consecuencias de despedir a los trabajadores mayores, evitando de este modo la socialización de los costes de su decisión”. Es decir, que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) termine pagando las prestaciones y cuotas a la Seguridad Social de estos empleados despedidos.

Finalmente, la Audiencia Nacional rebaja a 116.163,5 euros la aportación final que deberá hacer Raga al Tesoro Público, después de descontarle del cálculo los dos despidos disciplinarios que los jueces declararon procedentes.

El ERE de Madrid Río

Se da la circunstancia de que el Grupo Raga compareció el pasado jueves en la Audiencia Nacional, en este caso demandado por los trabajadores de mantenimiento de los jardines de Madrid Río, una de sus concesiones municipales. El pasado mes de enero Raga ejecutó un ERE que supuso el despido de 87 empleados después de ganar el concurso convocado por el Ayuntamiento de Madrid con una rebaja en el precio de licitación del 27%. En el momento de subrogar a los trabajadores de la anterior adjudicataria abrió el procedimiento de despido colectivo. La plantilla se mantuvo 20 días en huelga. La sentencia debería conocerse antes de las vacaciones judiciales de agosto.

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