Banca

Los cajeros no podrán cobrar a los usuarios la doble comisión pero sí a la entidad titular de la tarjeta

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El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto ley para regular las comisiones que se aplican a la extracción de dinero de los cajeros de una entidad ajena al banco que emitió la tarjeta, según anunció la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

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El banco propietario del cajero no podrá cobrar una comisión directamente al cliente, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta, que será quien decida si carga o no esta tasa al usuario, y si es total o parcialmente. La pantalla del cajero deberá informar al cliente del importe máximo que deberá afrontar.

La norma entra en vigor este sábado con su publicación en el BOE, y las entidades deberán adaptarse antes del 1 de enero de 2016. "Se da seguridad y se protege al consumidor en una cuestión que estaba generando preocupación en la opinión pública", explicó la vicepresidenta del Gobierno.

Las entidades de crédito deberán informar al Banco de España de las comisiones que cobrarán por la retirada de efectivo. Por su parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) deberá enviar un informe cada año al Ministerio de Economía sobre los acuerdos y decisiones de las entidades en relación a las comisiones. El primer informe de la CNMC se emitirá en el primer semestre de 2016.

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